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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Acceso a la Información Pública Relevante
El Ministerio de Hacienda pondrá en conocimiento público información relevante acerca de sus planes, políticas, programas, acciones y presupuestos, en los términos dispuestos en la ley, asegurando así, que esta información sea oportuna, completa y ampliamente accesible. El Acceso a la Información Pública Relevante se llevará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, a lo señalado en la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a Información Pública y a su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones. Para dar cumplimiento a lo anterior, el Ministerio de Hacienda pone a disposición de la ciudadanía los siguientes mecanismos de información contenidos en el sitio electrónico institucional www.hacienda.cl, que cuenta entre otra información, con la siguiente: a) Acceso directo a Transparencia Activa y Solicitud de Información de Ley de Transparencia. b) Acceso directo a Participación Ciudadana. c) Acceso Directo a Gobierno Transparente. (Art. 7 a 9 Res. Ex. 159, de 11 de junio de 2018, de la Subsecretaría de Hacienda)
No hay
Consejos de la Sociedad Civil
La Subsecretaría podrá contar con uno o más Consejos de la Sociedad Civil, según decisión privativa de la autoridad. Esta es una instancia de carácter consultivo, el cual se conformará de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro relacionadas con las políticas, planes y programas ejecutados por el Ministerio o sus Servicios Relacionados. El Consejo tendrá como objetivo participar con su opinión en los procesos de toma de decisión sobre las políticas, los planes y los programas del Ministerio de Hacienda. (Art. 26 a 29 Res. Ex. N° 159 , de 11 de junio de 2018 Subsecretaría de Hacienda)
El Consejo de la Sociedad Civil establecerá su funcionamiento interno por medio de un Reglamento, que deberá ser dictado mediante una resolución exenta de la Subsecretaría. Este Reglamento establecerá, a lo menos: a) Forma de elección de los Consejeros. b) Composición del Consejo. c) Funcionamiento del Consejo.
Consultas Ciudadanas
Con el objetivo de mejorar las políticas públicas que desarrolla la Subsecretaría podrá poner en conocimiento, de oficio o a petición de parte, las materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas. Este proceso debe realizarse siempre manteniendo los criterios de representatividad, diversidad y pluralismo. El Ministerio podrá realizar durante su gestión un proceso de recolección de solicitudes de temas para la realización de Consultas Ciudadanas, las que realizará durante su período de gestión. La autoridad determinará cuáles temáticas se llevarán a consulta e informará esta decisión a las personas interesadas y a la ciudadanía en general, a través del sitio web institucional. Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad podrá establecer mediante acto administrativo otro plazo para recoger dichas temáticas a consultar. Concluido dicho período, la Subsecretaría evaluará cuáles materias serán sometidas a consultas. Las Consultas Ciudadanas podrán ser realizadas por alguno de los siguientes mecanismos: a) Diálogos Participativos. b) Consultas Ciudadanas Virtuales. c) Ambas modalidades simultáneamente. (Art. 16 a 25 Res. Ex. 159, de 11 de junio de 2018, de la Subsecretaría de Hacienda).
No hay
Cuenta Pública Participativa
La Cuenta Pública Participativa es un espacio de diálogo abierto entre la autoridad pública y los representantes de la Sociedad Civil y la ciudadanía en general, que permite a la autoridad pública rendir cuenta anual de la gestión de políticas públicas y, asimismo, permite a los ciudadanos ejercer control social sobre la administración pública. El Ministerio realizará anualmente un proceso de Cuenta Pública Participativa con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada y recoger opiniones, comentarios, inquietudes y sugerencias sobre la misma, promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad social. Este proceso se iniciará con la elaboración de un documento base denominado "Informe de Cuenta Pública", el cual será confeccionado a partir del Balance de Gestión Integral (BGI). El Informe contendrá de manera didáctica la información más relevante acerca de los compromisos y el desempeño de la gestión del Ministerio de Hacienda. La autoridad podrá convocar un Consejo de la Sociedad Civil, quien deberá pronunciarse sobre este Informe, el cual deberá incluir al menos, los siguientes contenidos: a) Políticas, planes y programas desarrollados. b) Medidas tendientes al fortalecimiento de la Sociedad Civil. c) Acciones que promuevan el respeto a la diversidad y la no discriminación arbitraria en los Servicios Públicos. d) Comentarios consignados por el Consejo de la Sociedad Civil. e) Incluir a aquellos Servicios Descentralizados y Relacionados a la Subsecretaría, si así lo estimare pertinente la autoridad. Todo lo anterior sin perjuicio de los demás contenidos que el Ministerio de Hacienda, dentro de sus facultades, considere pertinente comunicar a la ciudadanía. (Art. 10 a 15 Res. Ex. 159, de 11 de junio de 2018, de la Subsecretaría de Hacienda).
No hay