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Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
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Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
01. 01. Consejo Corfo
"El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: a) Formular un plan general de fomento de la producción nacional destinado a elevar el nivel de vida de la población mediante el aprovechamiento de las condiciones naturales del país y la disminución de los costos de producción y a mejorar la situación de la balanza de pagos internacionales, guardando, al establecer el plan, la debida proporción en el desarrollo de las actividades de la minería, la agricultura, la industria y el comercio, y procurando la satisfacción de las necesidades de las diferentes regiones del país. La aprobación de este plan y sus modificaciones deberán contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo; b) Realizar en colaboración con las entidades de fomento fiscales, semifiscales o privadas, estudios destinados a encontrar los medios más adecuados para crear nuevas producciones o aumentar las actuales, mejorando las condiciones en que éstas se desenvuelven en cuanto a calidad, rendimiento y costos de producción, y los destinados a facilitar el transporte, el almacenamiento y venta de los productos, a fin de que éstos puedan ser aprovechados en su estado más satisfactorio y a los precios más convenientes; c) Efectuar, de acuerdo con los resultados a que se refieren los estudios del inciso anterior, ensayos de producción o comercio en la escala y con las ayudas que se estimen convenientes; d) Ayudar la fabricación en el país o la importación de maquinarias y demás elementos para la producción; e) Proponer y ayudar la adopción de medidas destinadas a aumentar el consumo de productos nacionales o a obtener una mayor participación de intereses chilenos en actividades industriales y comerciales; f) Estudiar los medios de financiamiento general del plan de fomento de la producción o de financiamiento particular de las diferentes obras contempladas en él y conceder préstamos en la forma indicada en los artículos 29 y 30. Cuando el financiamiento acordado para una negociación consista en el otorgamiento de avales, éstos no podrán otorgarse sino en moneda nacional por una suma no superior al 20% del Activo Realizable a Corto Plazo según balance del año inmediatamente anterior. g) Recibir erogaciones o contribuciones voluntarias. Las donaciones que se hagan a la Corporación estarán exentas de toda clase de impuestos y no requerirán del trámite de la insinuación.
Ley 6.640, artículo 25°.
Sin información
Sin modificación
10/01/1941
01. 01. Consejo Corfo
"El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: a) Formular un plan general de fomento de la producción nacional destinado a elevar el nivel de vida de la población mediante el aprovechamiento de las condiciones naturales del país y la disminución de los costos de producción y a mejorar la situación de la balanza de pagos internacionales, guardando, al establecer el plan, la debida proporción en el desarrollo de las actividades de la minería, la agricultura, la industria y el comercio, y procurando la satisfacción de las necesidades de las diferentes regiones del país. La aprobación de este plan y sus modificaciones deberán contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo; b) Realizar en colaboración con las entidades de fomento fiscales, semifiscales o privadas, estudios destinados a encontrar los medios más adecuados para crear nuevas producciones o aumentar las actuales, mejorando las condiciones en que éstas se desenvuelven en cuanto a calidad, rendimiento y costos de producción, y los destinados a facilitar el transporte, el almacenamiento y venta de los productos, a fin de que éstos puedan ser aprovechados en su estado más satisfactorio y a los precios más convenientes; c) Efectuar, de acuerdo con los resultados a que se refieren los estudios del inciso anterior, ensayos de producción o comercio en la escala y con las ayudas que se estimen convenientes; d) Ayudar la fabricación en el país o la importación de maquinarias y demás elementos para la producción; e) Proponer y ayudar la adopción de medidas destinadas a aumentar el consumo de productos nacionales o a obtener una mayor participación de intereses chilenos en actividades industriales y comerciales; f) Estudiar los medios de financiamiento general del plan de fomento de la producción o de financiamiento particular de las diferentes obras contempladas en él y conceder préstamos en la forma indicada en los artículos 29 y 30. Cuando el financiamiento acordado para una negociación consista en el otorgamiento de avales, éstos no podrán otorgarse sino en moneda nacional por una suma no superior al 20% del Activo Realizable a Corto Plazo según balance del año inmediatamente anterior. g) Recibir erogaciones o contribuciones voluntarias. Las donaciones que se hagan a la Corporación estarán exentas de toda clase de impuestos y no requerirán del trámite de la insinuación.
Ley 6.640, artículo 25°.
10/01/1941
Sin modificación
No Aplica
01. 02. Consejo Corfo
Los donantes podrán rebajar, de la renta líquida afecta a impuesto de primera categoría, global complementario y adicional, las sumas o bienes donados durante el ejercicio objeto de la respectiva declaración tributaria. Para los efectos anteriores, los bienes raíces se considerarán por su avalúo fiscal y los demás bienes por el valor con que figuren en los libros de donante o, en caso de no existir dicho antecedente, por el valor en que la donación sea aceptada por la Corporación. h) Proponer al Presidente de la República el Reglamento General de la Corporación y sus modificaciones, y dictar los reglamentos internos de la misma; e i) Condonar toda clase de intereses y castigar créditos incobrables. El castigo de créditos superiores a un mil unidades de fomento deberá contar con el voto favorable de los dos tercios del Consejo. El plan de fomento consultará necesariamente fondos para las reparaciones o construcciones de vías de comunicación y medios de transporte, en conformidad con los estudios y proyectos que elabore la Dirección de Obras Públicas. La colocación de recursos crediticios de la Corporación será efectuada solamente a través de préstamos a bancos, instituciones financieras y empresas de leasing. Su objeto será financiar proyectos de inversión en los rubros que determine su Consejo. Tanto los recursos de la Corporación como los provenientes de empréstitos otorgados al Estado por organismos internacionales, que formen un programa de acción específico, administrado por la Corporación en calidad de órgano ejecutor, podrán ser colocados en forma directa o a través de préstamos a las entidades señaladas en el inciso anterior. Igual procedimiento regirá para aquellos programas financiados complementariamente con los recursos de la Corporación y empréstitos otorgados por organismos internacionales directamente a esta institución. No obstante lo establecido en el presente artículo y demás normas legales y reglamentarias aplicables, la Corporación, para concurrir a la formación de empresas o participar en la propiedad o administración de otras distintas a las en que al 31 de diciembre de 1989 tenga porcentaje en su capital social o injerencia en su administración, requerirá de autorización expresa otorgada por ley en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del número 21 del artículo 19 de la Constitución Política. Igual autorización necesitarán para tales actos las empresas o entidades filiales de dicha Corporación".
Ley 6.640, artículo 25°.
Sin información
Sin modificación
10/01/1941
01. 02. Consejo Corfo
Los donantes podrán rebajar, de la renta líquida afecta a impuesto de primera categoría, global complementario y adicional, las sumas o bienes donados durante el ejercicio objeto de la respectiva declaración tributaria. Para los efectos anteriores, los bienes raíces se considerarán por su avalúo fiscal y los demás bienes por el valor con que figuren en los libros de donante o, en caso de no existir dicho antecedente, por el valor en que la donación sea aceptada por la Corporación. h) Proponer al Presidente de la República el Reglamento General de la Corporación y sus modificaciones, y dictar los reglamentos internos de la misma; e i) Condonar toda clase de intereses y castigar créditos incobrables. El castigo de créditos superiores a un mil unidades de fomento deberá contar con el voto favorable de los dos tercios del Consejo. El plan de fomento consultará necesariamente fondos para las reparaciones o construcciones de vías de comunicación y medios de transporte, en conformidad con los estudios y proyectos que elabore la Dirección de Obras Públicas. La colocación de recursos crediticios de la Corporación será efectuada solamente a través de préstamos a bancos, instituciones financieras y empresas de leasing. Su objeto será financiar proyectos de inversión en los rubros que determine su Consejo. Tanto los recursos de la Corporación como los provenientes de empréstitos otorgados al Estado por organismos internacionales, que formen un programa de acción específico, administrado por la Corporación en calidad de órgano ejecutor, podrán ser colocados en forma directa o a través de préstamos a las entidades señaladas en el inciso anterior. Igual procedimiento regirá para aquellos programas financiados complementariamente con los recursos de la Corporación y empréstitos otorgados por organismos internacionales directamente a esta institución. No obstante lo establecido en el presente artículo y demás normas legales y reglamentarias aplicables, la Corporación, para concurrir a la formación de empresas o participar en la propiedad o administración de otras distintas a las en que al 31 de diciembre de 1989 tenga porcentaje en su capital social o injerencia en su administración, requerirá de autorización expresa otorgada por ley en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del número 21 del artículo 19 de la Constitución Política. Igual autorización necesitarán para tales actos las empresas o entidades filiales de dicha Corporación".
Ley 6.640, artículo 25°.
10/01/1941
Sin modificación
No Aplica
01. 03. Consejo Corfo
"El Consejo de la Corporación, por acuerdo fundado adoptado por los cuatro quintos de sus miembros en ejercicio, sin perjuicio de sus atribuciones generales, podrá disponer la enajenación de sus créditos a bancos e instituciones financieras mediante licitación pública y el precio podrá ser inferior al valor nominal de éstos, a partir de un valor mínimo que fijará al efecto. La Corporación comunicará al deudor, mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en la institución, que su crédito se ha incluido en la nómina de cartera a licitar, con 30 días de anticipación, a lo menos, a la fecha de apertura de las ofertas. Dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde la fecha de la apertura de las ofertas, la Corporación deberá, mediante carta certificada, ofrecer al deudor el derecho de prepagar su deuda en una cantidad igual a la mayor de las ofertas recibidas en la licitación correspondiente. La opción deberá ser ejercida por el deudor dentro del plazo de 15 días contado desde la expedición de esa carta por la Oficina de Correos y deberá incluir el pago de una cantidad adicional no superior al 3% del monto establecido, porcentaje que será fijado en las bases de la licitación y que cederá en beneficio del banco o institución financiera que haya hecho la mejor oferta en caso que éste o ésta no se adjudique en definitiva el crédito licitado, o de la Corporación, si no se efectuare el prepago dentro de 30 días contados desde la fecha de la opción. Si el deudor no ejerciere la opción o no efectuare el prepago dentro de los plazos respectivos, la Corporación deberá adjudicar el crédito licitado a la mayor oferta".
Ley 6.640, artículo 26°.
10/01/1941
Sin modificación
No Aplica
01. 03. Consejo Corfo
"El Consejo de la Corporación, por acuerdo fundado adoptado por los cuatro quintos de sus miembros en ejercicio, sin perjuicio de sus atribuciones generales, podrá disponer la enajenación de sus créditos a bancos e instituciones financieras mediante licitación pública y el precio podrá ser inferior al valor nominal de éstos, a partir de un valor mínimo que fijará al efecto. La Corporación comunicará al deudor, mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en la institución, que su crédito se ha incluido en la nómina de cartera a licitar, con 30 días de anticipación, a lo menos, a la fecha de apertura de las ofertas. Dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde la fecha de la apertura de las ofertas, la Corporación deberá, mediante carta certificada, ofrecer al deudor el derecho de prepagar su deuda en una cantidad igual a la mayor de las ofertas recibidas en la licitación correspondiente. La opción deberá ser ejercida por el deudor dentro del plazo de 15 días contado desde la expedición de esa carta por la Oficina de Correos y deberá incluir el pago de una cantidad adicional no superior al 3% del monto establecido, porcentaje que será fijado en las bases de la licitación y que cederá en beneficio del banco o institución financiera que haya hecho la mejor oferta en caso que éste o ésta no se adjudique en definitiva el crédito licitado, o de la Corporación, si no se efectuare el prepago dentro de 30 días contados desde la fecha de la opción. Si el deudor no ejerciere la opción o no efectuare el prepago dentro de los plazos respectivos, la Corporación deberá adjudicar el crédito licitado a la mayor oferta".
Ley 6.640, artículo 26°.
Sin información
Sin modificación
10/01/1941
01. 04. Consejo Corfo
"Las solicitudes de préstamos se tramitarán, según corresponda, por las Cajas de Crédito Hipotecario, Agrario o Minero, Instituto de Crédito Industrial o Caja de Colonización Agrícola e Instituto de Fomento Minero e Industrial de Tarapacá y Antofagasta, y pasarán, en seguida, a la consideración del Consejo de la Corporación. Se aplicarán a estas operaciones lo dispuesto en los artículos 7° y 8°. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores y en los artículos 7.° , 8.° y 30 de la presente ley, podrá el Consejo de la Corporación otorgar y formalizar préstamos o créditos directamente, estableciendo para éstos la tramitación que acuerde el Consejo. Las atribuciones y obligaciones que se otorgan y se establecen en los artículos citados, serán en estos casos ejercidas y cumplidas por la Corporación".
Ley 6.640, artículo 29°.
10/01/1941
Sin modificación
No Aplica
01. 04. Consejo Corfo
"Las solicitudes de préstamos se tramitarán, según corresponda, por las Cajas de Crédito Hipotecario, Agrario o Minero, Instituto de Crédito Industrial o Caja de Colonización Agrícola e Instituto de Fomento Minero e Industrial de Tarapacá y Antofagasta, y pasarán, en seguida, a la consideración del Consejo de la Corporación. Se aplicarán a estas operaciones lo dispuesto en los artículos 7° y 8°. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores y en los artículos 7.° , 8.° y 30 de la presente ley, podrá el Consejo de la Corporación otorgar y formalizar préstamos o créditos directamente, estableciendo para éstos la tramitación que acuerde el Consejo. Las atribuciones y obligaciones que se otorgan y se establecen en los artículos citados, serán en estos casos ejercidas y cumplidas por la Corporación".
Ley 6.640, artículo 29°.
Sin información
Sin modificación
10/01/1941
01. 05. Consejo Corfo
"El consejo de la Corporación podrá designar, de entre sus miembros, comisiones de carácter permanente para el estudio de los proyectos de acuerdo que el mismo deba conocer, con el objeto de realizar los fines de la Corporación. A estas Comisiones corresponderá, también, conocer y resolver todas aquellas materias que el Consejo acuerde delegarles. El Consejo podrá, asimismo, delegar en el Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de éste, en otros funcionarios de la Institución o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y resolución de materias determinadas. El Viceprecidente Ejecutivo podrá delegar parte de sus facultades y conferir poderes especiales".
DFL 211, atículo 7°.
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
01. 05. Consejo Corfo
"El consejo de la Corporación podrá designar, de entre sus miembros, comisiones de carácter permanente para el estudio de los proyectos de acuerdo que el mismo deba conocer, con el objeto de realizar los fines de la Corporación. A estas Comisiones corresponderá, también, conocer y resolver todas aquellas materias que el Consejo acuerde delegarles. El Consejo podrá, asimismo, delegar en el Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de éste, en otros funcionarios de la Institución o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y resolución de materias determinadas. El Viceprecidente Ejecutivo podrá delegar parte de sus facultades y conferir poderes especiales".
DFL 211, atículo 7°.
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
01. 06. Consejo Corfo
"a) Formular un Plan General de Fomento de la Producción Nacional destinado a elevar el nivel de vida de la población mediante el aprovechamiento de las condiciones naturales del país y la disminución de los costos de producción y a mejorar la situación de la balanza de pagos internacionales, guardando, al establecer el Plan, la debida proporción en el desarrollo de las actividades de la minería, la agricultura, la industria y el comercio y procurando la satisfacción de las necesidades de las diferentes regiones del país. La aprobación de este Plan y sus modificaciones deberán contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo; d) Someter a la aprobación del Presidente de la República los planes anuales por medio de los cuales se realizará el Plan General de Fomento de la Producción. En estos planes se detallarán las obras o fines que se contemple realizar en el año correspondiente y las inversiones respectivas; c) Realizar, en colaboración con las entidades de fomento fiscales, semifiscales o privadas, estudios destinados a encontrar los medios más adecuados para crear nuevas producciones o aumentar las actuales mejorando las condiciones en que éstas se desenvuelven en cuanto a calidad, rendimiento y costos de producción y los destinados a facilitar el transporte, el almacenamiento y venta de los productos, a fin de que éstos puedan ser aprovechados en su estado más satisfactorio y a los precios más convenientes; d) Efectuar, de acuerdo con los resultados a que se refieren los estudios del inciso anterior, ensayos de producción o comercio en la escala y con las ayudas que se estimen convenientes; e) Ayudar la fabricación en el país o la importación de maquinarias y demás elementos para la producción; f) Proponer y ayudar la adopción de medidas destinadas a aumentar el consumo de productos nacionales o a obtener una mayor participación de intereses chilenos en actividades industriales y comerciales; g) Estudiar los medios de financiamiento general del Plan de Fomento de la Producción, o de financiamiento particular de las diferentes obras contempladas en él;
Decreto 360, artículo 10°.
15/05/1945
Sin modificación
No Aplica
01. 06. Consejo Corfo
"a) Formular un Plan General de Fomento de la Producción Nacional destinado a elevar el nivel de vida de la población mediante el aprovechamiento de las condiciones naturales del país y la disminución de los costos de producción y a mejorar la situación de la balanza de pagos internacionales, guardando, al establecer el Plan, la debida proporción en el desarrollo de las actividades de la minería, la agricultura, la industria y el comercio y procurando la satisfacción de las necesidades de las diferentes regiones del país. La aprobación de este Plan y sus modificaciones deberán contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo; d) Someter a la aprobación del Presidente de la República los planes anuales por medio de los cuales se realizará el Plan General de Fomento de la Producción. En estos planes se detallarán las obras o fines que se contemple realizar en el año correspondiente y las inversiones respectivas; c) Realizar, en colaboración con las entidades de fomento fiscales, semifiscales o privadas, estudios destinados a encontrar los medios más adecuados para crear nuevas producciones o aumentar las actuales mejorando las condiciones en que éstas se desenvuelven en cuanto a calidad, rendimiento y costos de producción y los destinados a facilitar el transporte, el almacenamiento y venta de los productos, a fin de que éstos puedan ser aprovechados en su estado más satisfactorio y a los precios más convenientes; d) Efectuar, de acuerdo con los resultados a que se refieren los estudios del inciso anterior, ensayos de producción o comercio en la escala y con las ayudas que se estimen convenientes; e) Ayudar la fabricación en el país o la importación de maquinarias y demás elementos para la producción; f) Proponer y ayudar la adopción de medidas destinadas a aumentar el consumo de productos nacionales o a obtener una mayor participación de intereses chilenos en actividades industriales y comerciales; g) Estudiar los medios de financiamiento general del Plan de Fomento de la Producción, o de financiamiento particular de las diferentes obras contempladas en él;
Decreto 360, artículo 10°.
Sin información
Sin modificación
15/05/1945
01. 07. Consejo Corfo
h) Realizar el Plan General de Fomento de la Producción Nacional con los recursos provenientes de los Fondos a que se refieren los Títulos III y IV del presente Reglamento; i) Administrar el Fondo de Fomento de la Producción, en la forma señalada en el Título III de este Reglamento; j) Administrar el Fondo de Realización del Plan de Fomento, de acuerdo con las normas que establece el Título IV; k) Administrar el Fondo de Construcción de Habitaciones Populares, en la forma señalada en el Título V de este mismo cuerpo de disposiciones; l) Aportar capital, hacer préstamos y acordar subvenciones u otras formas de ayuda, y fijar las condiciones de unos y otros; m) Proponer al Presidente de la República la terna para la designación de Fiscal; n) Nombrar y remover, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, al Gerente General y al Secretario General, por simple mayoría, y aceptar sus renuncias en igual forma; ñ) Someter anualmente a la aprobación del Presidente de la República, los Presupuestos de Entradas y Gastos, la Planta del Personal y un Plan de inversiones de los recursos de la Corporación; o) Acordar la adquisición de bienes muebles o inmuebles que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones, y constituir prenda, hipoteca o cualquier otro gravamen o caución; p) Acordar, en casos especiales, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, inversiones o colocaciones de los fondos disponibles de la Corporación; q) Recibir erogaciones, asignaciones, donaciones o contribuciones voluntarias; r) Presentar anualmente al Presidente de la República una memoria relativa a la marcha de la Corporación y un Balance general de sus negocios; s) Proponer al Presidente de la República, con el voto de los dos tercios de los miembros del Consejo, las reformas que fuere necesario introducir al presente Reglamento General, dictar los reglamentos internos o complementarios que se requieran; t) Acordar todos los contratos, actos y operaciones que sean necesarios para la consecución de los fines de la Corporación y que deban surtir efecto dentro o fuera del país".
Decreto 360, artículo 10°.
Sin información
Sin modificación
15/05/1945
01. 07. Consejo Corfo
h) Realizar el Plan General de Fomento de la Producción Nacional con los recursos provenientes de los Fondos a que se refieren los Títulos III y IV del presente Reglamento; i) Administrar el Fondo de Fomento de la Producción, en la forma señalada en el Título III de este Reglamento; j) Administrar el Fondo de Realización del Plan de Fomento, de acuerdo con las normas que establece el Título IV; k) Administrar el Fondo de Construcción de Habitaciones Populares, en la forma señalada en el Título V de este mismo cuerpo de disposiciones; l) Aportar capital, hacer préstamos y acordar subvenciones u otras formas de ayuda, y fijar las condiciones de unos y otros; m) Proponer al Presidente de la República la terna para la designación de Fiscal; n) Nombrar y remover, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, al Gerente General y al Secretario General, por simple mayoría, y aceptar sus renuncias en igual forma; ñ) Someter anualmente a la aprobación del Presidente de la República, los Presupuestos de Entradas y Gastos, la Planta del Personal y un Plan de inversiones de los recursos de la Corporación; o) Acordar la adquisición de bienes muebles o inmuebles que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones, y constituir prenda, hipoteca o cualquier otro gravamen o caución; p) Acordar, en casos especiales, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, inversiones o colocaciones de los fondos disponibles de la Corporación; q) Recibir erogaciones, asignaciones, donaciones o contribuciones voluntarias; r) Presentar anualmente al Presidente de la República una memoria relativa a la marcha de la Corporación y un Balance general de sus negocios; s) Proponer al Presidente de la República, con el voto de los dos tercios de los miembros del Consejo, las reformas que fuere necesario introducir al presente Reglamento General, dictar los reglamentos internos o complementarios que se requieran; t) Acordar todos los contratos, actos y operaciones que sean necesarios para la consecución de los fines de la Corporación y que deban surtir efecto dentro o fuera del país".
Decreto 360, artículo 10°.
15/05/1945
Sin modificación
No Aplica
02. 01. Vicepresidente Ejecutivo
El vicepresidente podrá delegar parte de sus facultades y conderir poderes especiales.
DFL 211 de 1.960, artículo 7°, inciso final.
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
02. 01. Vicepresidente Ejecutivo
El vicepresidente podrá delegar parte de sus facultades y conderir poderes especiales.
DFL 211 de 1.960, artículo 7°, inciso final.
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
02. 02. Vicepresidente Ejecutivo
b) Proponer al Consejo, para su aprobación, las facultades y obligaciones que deben corresponder a los funcionarios incluídos en la planta directiva de la entidad.
DFL 211 de 1.960, artículo 8°, letra b).
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
02. 02. Vicepresidente Ejecutivo
b) Proponer al Consejo, para su aprobación, las facultades y obligaciones que deben corresponder a los funcionarios incluídos en la planta directiva de la entidad.
DFL 211 de 1.960, artículo 8°, letra b).
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
02. 03. Vicepresidente Ejecutivo
"El Vicepresidente podrá contratar personal libremente, en cualquier época del año, cuando las necesidades del servicio lo requieran y con cargo a partidas determinadas del presupuesto, siempre que se cumpla uno de los siguientes requisitos: 1. Que, a su juicio, no haya empleados disponibles, en la Planta, para cumplir las tareas o funciones que se encomendarían a las personas contratadas, y que tales tareas, funciones o cometidos sean de carácter transitorio, o 2. Que las personas contratadas se destinen a prestar servicios, sean transitorios o permanentes, en actividades mineras, comerciales, agrícolas o industriales, llamadas empresas propias de la Corporación. El total de remuneraciones que se pague en el año al personal contratado en conformidad al N° 1, no podrá exceder del 20 por ciento del ítem destinado a sueldos del personal de planta, en el presupuesto del año respectivo. Los empleados y obreros que se contraten en uso de esta autorización tendrán el carácter de particulares, rigiéndose, en consecuencia, exclusivamente por el Código del Trabajo y leyes complementarias. En ningún caso les serán aplicables las disposiciones legales o reglamentarias que se refieran al personal de la Corporación o a sus empleados, salvo que la ley o el reglamento los incluya expresamente".
DFL 211 de 1.960, artículo 9°.
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
02. 03. Vicepresidente Ejecutivo
"El Vicepresidente podrá contratar personal libremente, en cualquier época del año, cuando las necesidades del servicio lo requieran y con cargo a partidas determinadas del presupuesto, siempre que se cumpla uno de los siguientes requisitos: 1. Que, a su juicio, no haya empleados disponibles, en la Planta, para cumplir las tareas o funciones que se encomendarían a las personas contratadas, y que tales tareas, funciones o cometidos sean de carácter transitorio, o 2. Que las personas contratadas se destinen a prestar servicios, sean transitorios o permanentes, en actividades mineras, comerciales, agrícolas o industriales, llamadas empresas propias de la Corporación. El total de remuneraciones que se pague en el año al personal contratado en conformidad al N° 1, no podrá exceder del 20 por ciento del ítem destinado a sueldos del personal de planta, en el presupuesto del año respectivo. Los empleados y obreros que se contraten en uso de esta autorización tendrán el carácter de particulares, rigiéndose, en consecuencia, exclusivamente por el Código del Trabajo y leyes complementarias. En ningún caso les serán aplicables las disposiciones legales o reglamentarias que se refieran al personal de la Corporación o a sus empleados, salvo que la ley o el reglamento los incluya expresamente".
DFL 211 de 1.960, artículo 9°.
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
02. 04. Vicepresidente Ejecutivo
Los reemplazos de los funcionarios que pertenezcan al personal directivo de la Corporación serán dispuestos por el Vicepresidente.
DFL 211 de 1.960, artículo 12°, inciso final.
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
02. 04. Vicepresidente Ejecutivo
Los reemplazos de los funcionarios que pertenezcan al personal directivo de la Corporación serán dispuestos por el Vicepresidente.
DFL 211 de 1.960, artículo 12°, inciso final.
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
02. 05. Vicepresidente Ejecutivo
Sin perjuicio de lo anterior, el Vicepresidente de la Corporación podrá efectuar los gastos que sean necesarios, a fin de proporcionar almuerzo al personal con régimen de jornada única de trabajo.
DFL 211 de 1.960, artículo 17°.
Sin información
Sin modificación
06/04/1960
02. 05. Vicepresidente Ejecutivo
Sin perjuicio de lo anterior, el Vicepresidente de la Corporación podrá efectuar los gastos que sean necesarios, a fin de proporcionar almuerzo al personal con régimen de jornada única de trabajo.
DFL 211 de 1.960, artículo 17°.
06/04/1960
Sin modificación
No Aplica
02. 06. Vicepresidente Ejecutivo
"El Vicepresidente Ejecutivo será de la exclusiva confianza del Presidente de la República y designado por éste. El Vicepresidente Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Reemplazar al Presidente cuando éste no concurra a las sesiones del Consejo y de las Comisiones Permanentes; b) Citar al Consejo a sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente; c) Imponerse de los negocios que se presenten a la Corporación y resolver los que deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo; d) Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos del Consejo; e) Representar legalmente a la Corporación, judicial y extrajudicialmente, con facultad para ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y suscribir todos los instrumentos públicos y privados que sean necesarios, pudiendo delegar y conferir poderes especiales. f) Tener a su cargo la dirección general del Plan de Fomento de la Producción y el manejo superior de los negocios de la Corporación; g) Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rijan la Corporación y de los acuerdos del Consejo; h) Nombrar, aceptar la renuncia y remover al Gerente General, al Subgerente Administrativo, al Secretario General de la Corporación, Jefes de Departamento y al resto del personal, a propuesta del Gerente General, y aplicarles medidas disciplinarias, y, además, nombrar y remover a los representantes de la Corporación en otras entidades. i) Proponer al Consejo el Presupuesto de Entradas y Gastos, la planta del personal, el Plan de Inversiones de los recursos de la Corporación y someter a su aprobación los balances anuales; j) Designar a los funcionarios que deban actuar como subrogantes en los casos no previstos en este reglamento; k) Presentar al Consejo una Memoria Anual de la Corporación; l) Designar los miembros de los Comités Técnicos a que se refiere el artículo 15.° del presente reglamento, y m) Ejercer las demás facultades que el Consejo le confiera".
Decreto 360, artículo 17°.
Sin información
Sin modificación
15/05/1945
02. 06. Vicepresidente Ejecutivo
"El Vicepresidente Ejecutivo será de la exclusiva confianza del Presidente de la República y designado por éste. El Vicepresidente Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Reemplazar al Presidente cuando éste no concurra a las sesiones del Consejo y de las Comisiones Permanentes; b) Citar al Consejo a sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente; c) Imponerse de los negocios que se presenten a la Corporación y resolver los que deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo; d) Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos del Consejo; e) Representar legalmente a la Corporación, judicial y extrajudicialmente, con facultad para ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y suscribir todos los instrumentos públicos y privados que sean necesarios, pudiendo delegar y conferir poderes especiales. f) Tener a su cargo la dirección general del Plan de Fomento de la Producción y el manejo superior de los negocios de la Corporación; g) Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rijan la Corporación y de los acuerdos del Consejo; h) Nombrar, aceptar la renuncia y remover al Gerente General, al Subgerente Administrativo, al Secretario General de la Corporación, Jefes de Departamento y al resto del personal, a propuesta del Gerente General, y aplicarles medidas disciplinarias, y, además, nombrar y remover a los representantes de la Corporación en otras entidades. i) Proponer al Consejo el Presupuesto de Entradas y Gastos, la planta del personal, el Plan de Inversiones de los recursos de la Corporación y someter a su aprobación los balances anuales; j) Designar a los funcionarios que deban actuar como subrogantes en los casos no previstos en este reglamento; k) Presentar al Consejo una Memoria Anual de la Corporación; l) Designar los miembros de los Comités Técnicos a que se refiere el artículo 15.° del presente reglamento, y m) Ejercer las demás facultades que el Consejo le confiera".
Decreto 360, artículo 17°.
15/05/1945
Sin modificación
No Aplica
03. 00. Vicepresidencia Ejecutiva
La Vicepresidencia Ejecutiva está a cargo del Vicepresidente Ejecutivo, quien es el jefe superior de la Corporación de Fomento de la Producción, integrante de su Consejo, además de ser su representante legal, judicial y extrajudicial. El Vicepresidente es el responsable de la conducción, orientación y ejecución de las políticas y tareas que corresponden a la Corporación, como de aquellas que le asignen las autoridades superiores del país, sin perjuicio de las atribuciones y responsabilidades que le competen al Consejo. Recaen en él la integridad de las responsabilidades inherentes a las citadas funciones, aun cuando haya mediado delegación parcial de las facultades antes señaladas a uno o más de sus subordinados. Al Vicepresidente Ejecutivo le corresponderá, asimismo, atender, impulsar y realizar las operaciones de la Corporación, ajustándose a los Acuerdos del Consejo, leyes y reglamentos; la coordinación interna de recursos humanos y financieros; el estudio de los negocios que interesen a la economía nacional o al fomento productivo; y proponer los proyectos que deban ser de su iniciativa y que deben someterse a la aprobación del Consejo.
Resolución Exenta N°720, de 2022, artículo primero.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
03. 00. Vicepresidencia Ejecutiva
La Vicepresidencia Ejecutiva está a cargo del Vicepresidente Ejecutivo, quien es el jefe superior de la Corporación de Fomento de la Producción, integrante de su Consejo, además de ser su representante legal, judicial y extrajudicial. El Vicepresidente es el responsable de la conducción, orientación y ejecución de las políticas y tareas que corresponden a la Corporación, como de aquellas que le asignen las autoridades superiores del país, sin perjuicio de las atribuciones y responsabilidades que le competen al Consejo. Recaen en él la integridad de las responsabilidades inherentes a las citadas funciones, aun cuando haya mediado delegación parcial de las facultades antes señaladas a uno o más de sus subordinados. Al Vicepresidente Ejecutivo le corresponderá, asimismo, atender, impulsar y realizar las operaciones de la Corporación, ajustándose a los Acuerdos del Consejo, leyes y reglamentos; la coordinación interna de recursos humanos y financieros; el estudio de los negocios que interesen a la economía nacional o al fomento productivo; y proponer los proyectos que deban ser de su iniciativa y que deben someterse a la aprobación del Consejo.
Resolución Exenta N°720, de 2022, artículo primero.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 00. Fiscalía
La Fiscalía está a cargo del Fiscal, y tiene como función velar por la legalidad de los actos que ejecute la Corporación, de tal manera que ellos se encuadren dentro del principio de la legalidad de las actuaciones públicas; tiene a su cargo la defensa de los intereses de la Corporación ante cualquier Tribunal; y debe prestar asesoría jurídica al Consejo, al Vicepresidente Ejecutivo y demás reparticiones de la institución. Los abogados de la Corporación, cualquiera sea la unidad en la que se desempeñen, dependen técnicamente del Fiscal. De la Fiscalía dependerá la Gerencia Legal
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafos primero y segundo, artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04. 00. Fiscalía
La Fiscalía está a cargo del Fiscal, y tiene como función velar por la legalidad de los actos que ejecute la Corporación, de tal manera que ellos se encuadren dentro del principio de la legalidad de las actuaciones públicas; tiene a su cargo la defensa de los intereses de la Corporación ante cualquier Tribunal; y debe prestar asesoría jurídica al Consejo, al Vicepresidente Ejecutivo y demás reparticiones de la institución. Los abogados de la Corporación, cualquiera sea la unidad en la que se desempeñen, dependen técnicamente del Fiscal. De la Fiscalía dependerá la Gerencia Legal
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafos primero y segundo, artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. 01. 00. Subgerencia Legal
Le corresponde prestar la asesoría jurídica requerida relacionada con contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, tramitación de procedimientos disciplinarios, materias de personal, administración de activos de la Corporación que no estén delegados en otras unidades o Comités y respecto de los contratos de explotación de las pertenencias mineras “OMA” en el Salar de Atacama con las empresas SQM Salar S.A. y Albemarle Ltda.; así como la tramitación, seguimiento y/o control de los asuntos litigiosos en los que tenga interés la Corporación. De la Subgerencia Legal dependen:
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafo quinto, artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. 01. 00. Subgerencia Legal
Le corresponde prestar la asesoría jurídica requerida relacionada con contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, tramitación de procedimientos disciplinarios, materias de personal, administración de activos de la Corporación que no estén delegados en otras unidades o Comités y respecto de los contratos de explotación de las pertenencias mineras “OMA” en el Salar de Atacama con las empresas SQM Salar S.A. y Albemarle Ltda.; así como la tramitación, seguimiento y/o control de los asuntos litigiosos en los que tenga interés la Corporación. De la Subgerencia Legal dependen:
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafo quinto, artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.01.01. Departamento Contraciones Públicas
Le corresponde asesorar en materia legal a las distintas Gerencias de la Corporación en materias relacionadas a Contratación Pública, administración de bienes muebles y activo fijo, velando por que los actos administrativos cumplan con la reglamentación legal vigente y las normativas institucionales establecidas
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo primero, artículo segundo
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.01.01. Departamento Contraciones Públicas
Le corresponde asesorar en materia legal a las distintas Gerencias de la Corporación en materias relacionadas a Contratación Pública, administración de bienes muebles y activo fijo, velando por que los actos administrativos cumplan con la reglamentación legal vigente y las normativas institucionales establecidas
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo primero, artículo segundo
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04.01.01.02. Departamento de Asuntos Corporativos
Le corresponde asesorar técnica-legalmente sobre materias relacionadas a asuntos institucionales internos de la Corporación (personal, inmuebles, participación ciudadana, activos inmobiliarios, entre otros
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo segundo artículo segundo
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04.01.01.02. Departamento de Asuntos Corporativos
Le corresponde asesorar técnica-legalmente sobre materias relacionadas a asuntos institucionales internos de la Corporación (personal, inmuebles, participación ciudadana, activos inmobiliarios, entre otros
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo segundo artículo segundo
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.01.03. Unidad de Contratos Litio
Le corresponde prestar asesoría o soporte jurídico en el correcto cumplimiento de los contratos celebrados sobre las pertenencias mineras de Corfo en el Salar de Atacama
Resolución Exenta N° 720, párrafo terceto, artículo segundo
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.01.03. Unidad de Contratos Litio
Le corresponde prestar asesoría o soporte jurídico en el correcto cumplimiento de los contratos celebrados sobre las pertenencias mineras de Corfo en el Salar de Atacama
Resolución Exenta N° 720, párrafo terceto, artículo segundo
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04.01.01.04. Unidad Judicial
Le corresponde representar a Corfo en materias judiciales o extrajudiciales en las cuales tenga interés; ya sea en asuntos contenciosos como no contenciosos, contribuyendo a su defensa, mediante la preparación, propuesta y ejecución de defensa de la Corporación.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo segundo
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.01.04. Unidad Judicial
Le corresponde representar a Corfo en materias judiciales o extrajudiciales en las cuales tenga interés; ya sea en asuntos contenciosos como no contenciosos, contribuyendo a su defensa, mediante la preparación, propuesta y ejecución de defensa de la Corporación.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo segundo
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. 02. Subgerencia Legal Financiera
Le corresponderá prestar asesoría jurídica requerida para la creación y operación de programas de financiamiento, garantías, instrumentos de cobertura o subsidios contingentes, y otros que sean administrados por la Gerencia de Inversión y Financiamiento.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo quinto, artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04. 01. 02. Subgerencia Legal Financiera
Le corresponderá prestar asesoría jurídica requerida para la creación y operación de programas de financiamiento, garantías, instrumentos de cobertura o subsidios contingentes, y otros que sean administrados por la Gerencia de Inversión y Financiamiento.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo quinto, artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. 03. Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas
Le corresponderá prestar asesoría legal para la Gerencia de Innovación, el Comité Innova Chile y la Gerencia de Capacidades Tecnológicas. Asimismo, procurará coordinar la labor jurídica de las unidades de Corfo relacionadas a temas de innovación. De esta Subgerencia depende la “Unidad Legal de Emprendimiento y Capacidades Tecnológicas”, que tiene como función apoyar y asesorar en jurídicamente a las Gerencias de Emprendimiento y de Capacidades Tecnológicas, en la administración de instrumentos o programas que contemplan el otorgamiento de subsidios, desde el proceso de creación de instrumentos o programas, hasta el término de la ejecución de los proyectos y de los convenios de subsidio celebrados. Asimismo, le corresponde asesorar en las materias que la Ley N° 20.241 que Establece un Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo le entrega a Corfo y que el Consejo de la Corporación delegó en el Comité Innova Chile
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo sexto, artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. 03. Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas
Le corresponderá prestar asesoría legal para la Gerencia de Innovación, el Comité Innova Chile y la Gerencia de Capacidades Tecnológicas. Asimismo, procurará coordinar la labor jurídica de las unidades de Corfo relacionadas a temas de innovación. De esta Subgerencia depende la “Unidad Legal de Emprendimiento y Capacidades Tecnológicas”, que tiene como función apoyar y asesorar en jurídicamente a las Gerencias de Emprendimiento y de Capacidades Tecnológicas, en la administración de instrumentos o programas que contemplan el otorgamiento de subsidios, desde el proceso de creación de instrumentos o programas, hasta el término de la ejecución de los proyectos y de los convenios de subsidio celebrados. Asimismo, le corresponde asesorar en las materias que la Ley N° 20.241 que Establece un Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo le entrega a Corfo y que el Consejo de la Corporación delegó en el Comité Innova Chile
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo sexto, artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.05 Unidad de Transparencia y Lobby
Le Corresponde gestionar y coordinar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que Representan Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
04.01.05 Unidad de Transparencia y Lobby
Le Corresponde gestionar y coordinar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que Representan Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios.
Resolución Exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. Gerencia Legal
La Gerencia Legal, dependiente del Fiscal, tiene como función velar por las tareas operativas y la coordinación con los abogados que presten servicios en otras áreas de la institución, vigilando directamente la asesoría jurídica a Gerencias que no cuenten con un Subgerencia Legal que se las otorgue directamente. De la Gerencia Legal dependen la “Subgerencia Legal”, la “Subgerencia Legal Financiera”, la “Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas” y la “Unidad de Transparencia y Lobby”
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafos tres y cuarto artículo segundo.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
04. 01. Gerencia Legal
La Gerencia Legal, dependiente del Fiscal, tiene como función velar por las tareas operativas y la coordinación con los abogados que presten servicios en otras áreas de la institución, vigilando directamente la asesoría jurídica a Gerencias que no cuenten con un Subgerencia Legal que se las otorgue directamente. De la Gerencia Legal dependen la “Subgerencia Legal”, la “Subgerencia Legal Financiera”, la “Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas” y la “Unidad de Transparencia y Lobby”
Resolución Exenta N° 720, de 2022, párrafos tres y cuarto artículo segundo.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
05. 00. Secretaría General
La Secretaría General, estará a cargo del Secretario General, quien depende administrativamente del Fiscal, y tiene como función la administración y archivo de la documentación oficial de la Corporación y los Comités que utilicen los servicios de la Oficina de Partes de Corfo, y la anotación y observancia de los trámites que deben cumplir los actos administrativos. Por su parte, el Secretario General actúa como Ministro de Fe de la Corporación y de su Consejo.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo tercero.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
05. 00. Secretaría General
La Secretaría General, estará a cargo del Secretario General, quien depende administrativamente del Fiscal, y tiene como función la administración y archivo de la documentación oficial de la Corporación y los Comités que utilicen los servicios de la Oficina de Partes de Corfo, y la anotación y observancia de los trámites que deben cumplir los actos administrativos. Por su parte, el Secretario General actúa como Ministro de Fe de la Corporación y de su Consejo.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo tercero.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
05. 01. Oficina de Partes
De la Secretaría General depende la “Oficina de Partes” de la Corporación, la que tendrá las siguientes funciones: 1. Recibir toda la documentación oficial dirigida a la Corporación y sus Comités que así lo requieran, darle número de ingreso, ingresarla a la base de datos y distribuirla a sus destinatarios. 2. Oficializar la correspondencia de Corfo y de sus Comités que así lo requieran, ingresarla a la base de datos y generar los despachos correspondientes por las vías pertinentes. 3. Oficializar los Acuerdos de los órganos colegiados de la Corporación, así como las resoluciones de sus autoridades, y enviar a la Contraloría General de la República aquellas que estén afectas al trámite de toma de razón. 4. Mantener y conservar los archivos de correspondencia, resoluciones y acuerdos que oficializa la Oficina de Partes y el Archivo Institucional y de los Comités que lo requieran. 5. Enviar al Archivo Nacional los documentos que corresponda en atención a la época en que fueron emitidos y obtener de la misma entidad los originales o copias que sean requeridos por la Corporación. 6. Llevar a cabo los procesos de catalogación y conservar las bases de datos de los Archivos de Corfo Central, de sus Direcciones Regionales y de los Comités que así lo requieran. 7. Administrar los sistemas informáticos que tienen por objeto facilitar la gestión y el acceso de los documentos en cuya oficialización deba intervenir.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo tercero.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
05. 01. Oficina de Partes
De la Secretaría General depende la “Oficina de Partes” de la Corporación, la que tendrá las siguientes funciones: 1. Recibir toda la documentación oficial dirigida a la Corporación y sus Comités que así lo requieran, darle número de ingreso, ingresarla a la base de datos y distribuirla a sus destinatarios. 2. Oficializar la correspondencia de Corfo y de sus Comités que así lo requieran, ingresarla a la base de datos y generar los despachos correspondientes por las vías pertinentes. 3. Oficializar los Acuerdos de los órganos colegiados de la Corporación, así como las resoluciones de sus autoridades, y enviar a la Contraloría General de la República aquellas que estén afectas al trámite de toma de razón. 4. Mantener y conservar los archivos de correspondencia, resoluciones y acuerdos que oficializa la Oficina de Partes y el Archivo Institucional y de los Comités que lo requieran. 5. Enviar al Archivo Nacional los documentos que corresponda en atención a la época en que fueron emitidos y obtener de la misma entidad los originales o copias que sean requeridos por la Corporación. 6. Llevar a cabo los procesos de catalogación y conservar las bases de datos de los Archivos de Corfo Central, de sus Direcciones Regionales y de los Comités que así lo requieran. 7. Administrar los sistemas informáticos que tienen por objeto facilitar la gestión y el acceso de los documentos en cuya oficialización deba intervenir.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo tercero.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 00. De La Gerencia General
La Gerencia General tiene la función de asesorar al Vicepresidente Ejecutivo en la implementación de la estrategia organizacional, en todas aquellas materias que permitan el correcto funcionamiento institucional, coordinando el accionar de las demás Gerencias y Direcciones de la Corporación. Entre sus funciones principales están: 1. Impulsar las operaciones de la Corporación, ajustándose a los acuerdos del Consejo y a las leyes y reglamentos. 2. Incitar la ejecución de las tareas definidas por el Vicepresidente Ejecutivo, facilitando y promoviendo la necesaria integración de las demás Gerencia y Direccionesde la Corporación 3. Proponer e informar al Consejo los proyectos que deben ser sometidos a su aprobación. 4. Generar y proveer información de valor para apoyar la toma de decisiones del Vicepresidente Ejecutivo, Gerencias y Direcciones, que permita mejorar el funcionamiento e impacto de los programas impulsados por corfo. 5. Supervisar y monitorear el accionar de las Direcciones y/o Gerencias Operativas de la Corporación, siendo éstas, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Dirección de Auditoría Interna; y la Dirección de Tecnología. 6. Coordinar la preparación del presupuesto anual de la Corporación, para su envío al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda. 7. Mantener operativo un sistema de planificación y control de gestión a nivel institucional, que permita dar cuenta del accionar de la Corporación. 8. Realizar el seguimiento y evaluación de los programas e instrumentos que implemente La Corporación. 9. Apoyar, desde el ámbito operativo, para el desarrollo de programas e iniciativas acordes con los lineamientos estratégicos entregados desde el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el Consejo y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. Realizar el seguimiento y evaluación de los programas y políticas que implemente la Corporación. 10. Vigilar la gestión de datos de la Corporación. 11. Gestionar integralmente al personal de la Corporacidón y los Comités, creados de conformidad con el artículo 7° del D.F.L. N°Diseñar y desarrollar pr 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, implementando politicas y procesos de trabajos necesarios. 12. Mantener la relación y control de la gestión de los Comités creados de conformidad con el artículo 7° del D.F.L. N°211, 1960, y coordinar la relacion de Corfo con el Servicio de Cooperación Técnica. 13. Desarrollar e implementar la estrategia de atención de clientes y participación ciudadana. 14. Realizar el seguimiento y control financiero de los proyectos y programas financiados por Corfo y sus Comités; hací como dictar, aprobar, modificar o dejar sin efecto instrucciones operativas en este ambito, velando por la aplición de criterios uniformes en su ejecución. 15. Coordinar y controlar la implementación de todas aquellas materias de interes institucional de carácter transversal, que apoyen la operación y que contribuyan al logro de de los objetivos estratégicos institucionales. 16.velar por la optimización de los procesos para la entrega de los servicios de la Corporación. 17. velar para que las funciones desarrolladas por la Dirección de Auditoría Interna, permitan evaluar sistemática e independientemente que los sistemas de control interno funcionen en forma permanente y adecuada, para prevenir la materialización de riesgos. 18. Cumplir las demás funciones que le encomiende el Consejo o el Vicepresidente Ejecutivo. De esta Gerencia dependen la "Subgerencia de Personas y Desarrollo", la "Subgerencia de Planificación, Gestión y Dato", la "Subdirección de Procesos, Operaciones e Innovación y la "Subdirección de Clientes y Participación Ciudadana"
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero, segundo y tercero, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 00. De La Gerencia General
La Gerencia General tiene la función de asesorar al Vicepresidente Ejecutivo en la implementación de la estrategia organizacional, en todas aquellas materias que permitan el correcto funcionamiento institucional, coordinando el accionar de las demás Gerencias y Direcciones de la Corporación. Entre sus funciones principales están: 1. Impulsar las operaciones de la Corporación, ajustándose a los acuerdos del Consejo y a las leyes y reglamentos. 2. Incitar la ejecución de las tareas definidas por el Vicepresidente Ejecutivo, facilitando y promoviendo la necesaria integración de las demás Gerencia y Direccionesde la Corporación 3. Proponer e informar al Consejo los proyectos que deben ser sometidos a su aprobación. 4. Generar y proveer información de valor para apoyar la toma de decisiones del Vicepresidente Ejecutivo, Gerencias y Direcciones, que permita mejorar el funcionamiento e impacto de los programas impulsados por corfo. 5. Supervisar y monitorear el accionar de las Direcciones y/o Gerencias Operativas de la Corporación, siendo éstas, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Dirección de Auditoría Interna; y la Dirección de Tecnología. 6. Coordinar la preparación del presupuesto anual de la Corporación, para su envío al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda. 7. Mantener operativo un sistema de planificación y control de gestión a nivel institucional, que permita dar cuenta del accionar de la Corporación. 8. Realizar el seguimiento y evaluación de los programas e instrumentos que implemente La Corporación. 9. Apoyar, desde el ámbito operativo, para el desarrollo de programas e iniciativas acordes con los lineamientos estratégicos entregados desde el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el Consejo y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. Realizar el seguimiento y evaluación de los programas y políticas que implemente la Corporación. 10. Vigilar la gestión de datos de la Corporación. 11. Gestionar integralmente al personal de la Corporacidón y los Comités, creados de conformidad con el artículo 7° del D.F.L. N°Diseñar y desarrollar pr 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, implementando politicas y procesos de trabajos necesarios. 12. Mantener la relación y control de la gestión de los Comités creados de conformidad con el artículo 7° del D.F.L. N°211, 1960, y coordinar la relacion de Corfo con el Servicio de Cooperación Técnica. 13. Desarrollar e implementar la estrategia de atención de clientes y participación ciudadana. 14. Realizar el seguimiento y control financiero de los proyectos y programas financiados por Corfo y sus Comités; hací como dictar, aprobar, modificar o dejar sin efecto instrucciones operativas en este ambito, velando por la aplición de criterios uniformes en su ejecución. 15. Coordinar y controlar la implementación de todas aquellas materias de interes institucional de carácter transversal, que apoyen la operación y que contribuyan al logro de de los objetivos estratégicos institucionales. 16.velar por la optimización de los procesos para la entrega de los servicios de la Corporación. 17. velar para que las funciones desarrolladas por la Dirección de Auditoría Interna, permitan evaluar sistemática e independientemente que los sistemas de control interno funcionen en forma permanente y adecuada, para prevenir la materialización de riesgos. 18. Cumplir las demás funciones que le encomiende el Consejo o el Vicepresidente Ejecutivo. De esta Gerencia dependen la "Subgerencia de Personas y Desarrollo", la "Subgerencia de Planificación, Gestión y Dato", la "Subdirección de Procesos, Operaciones e Innovación y la "Subdirección de Clientes y Participación Ciudadana"
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero, segundo y tercero, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.01 Subgerencia de Personas y Desarrollo
Esta Subgerencia será la encargada de la gestión integral del personal de la Corporación. Tiene a su cargo proponer e implementar las politicas y los procesos de trabajo atingentes al modelo de gestión de personas de Corfo, con la finalidad de asegurar la disponibilidad de talentos, su atracción, retención, motivación y la gestión del conocimiento critico de la Corporación, en un clima adecuado para la consecución de los objetivos estratégicos, promoviendo una cultura de colaboración interna que se refleje en el quehacer de las peronas y equipos, y generando acciones preventivas y correctivas con el fin d evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales al interior de la Corporación. De esta Subgerencia dependen el "Departamento de Gestión de Personas", el "Departamento de Desarrollo de Personas" y el "Departamento de Bienestar":
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo primero, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.01 Subgerencia de Personas y Desarrollo
Esta Subgerencia será la encargada de la gestión integral del personal de la Corporación. Tiene a su cargo proponer e implementar las politicas y los procesos de trabajo atingentes al modelo de gestión de personas de Corfo, con la finalidad de asegurar la disponibilidad de talentos, su atracción, retención, motivación y la gestión del conocimiento critico de la Corporación, en un clima adecuado para la consecución de los objetivos estratégicos, promoviendo una cultura de colaboración interna que se refleje en el quehacer de las peronas y equipos, y generando acciones preventivas y correctivas con el fin d evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales al interior de la Corporación. De esta Subgerencia dependen el "Departamento de Gestión de Personas", el "Departamento de Desarrollo de Personas" y el "Departamento de Bienestar":
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo primero, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.02 Departamento de Gestión de Personas
Tiene por función asegurar que los procesos del ciclo de vida laboral bajo su responsabilidad, se ajusten íntegramente a la normativa legal vigente y políticas corporativas de recursos humanos, resguardando una adecuada relación entre funcionarios, sus representantes y la administración, De este Departamento depende la "Unidad de Remuneraciones", la que tiene como función gestionar el proceso de cálculo de remunieraciones, previo análisis de la normativa aplicable a la Corporación y sus Comités. Es la reponsable de la integración de la información y/o datos pertinentes del área, facilitando los requerimientos de sus clientes internos y externos, así como los usuarios finales.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos segundo y tercero artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.02 Departamento de Gestión de Personas
Tiene por función asegurar que los procesos del ciclo de vida laboral bajo su responsabilidad, se ajusten íntegramente a la normativa legal vigente y políticas corporativas de recursos humanos, resguardando una adecuada relación entre funcionarios, sus representantes y la administración, De este Departamento depende la "Unidad de Remuneraciones", la que tiene como función gestionar el proceso de cálculo de remunieraciones, previo análisis de la normativa aplicable a la Corporación y sus Comités. Es la reponsable de la integración de la información y/o datos pertinentes del área, facilitando los requerimientos de sus clientes internos y externos, así como los usuarios finales.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos segundo y tercero artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.03 Departamento de Desarrollo de Personas
Tiene por función impulsar cambios en la cultura y liderazgo organizacional y asegurar espacios seguros de trabajo, que permitan contar con funcionarios calificados, comprometidos y alineados con la estrategia del negocio a través de politicas de desarrollo personal y laboral, y a la vez prevenir la ocurrencia de enfermedades profesionales y/o accidentes laborales; lo anterior, en coherencia con modelos y politicas vigentes que alineen la estrategia de la Corporación, a través del apoyo en definiciones sobre la estructura organizacional y las personas que la componen.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.03 Departamento de Desarrollo de Personas
Tiene por función impulsar cambios en la cultura y liderazgo organizacional y asegurar espacios seguros de trabajo, que permitan contar con funcionarios calificados, comprometidos y alineados con la estrategia del negocio a través de politicas de desarrollo personal y laboral, y a la vez prevenir la ocurrencia de enfermedades profesionales y/o accidentes laborales; lo anterior, en coherencia con modelos y politicas vigentes que alineen la estrategia de la Corporación, a través del apoyo en definiciones sobre la estructura organizacional y las personas que la componen.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.04 Departamento de Bienestar
Tiene por función promover el bienestar integral de los funcionarios de Corfo y su grupo familiar, mediante la administración de sistemas de beneficios y la articulación de programas y actividades que favorezcan su calidad de vida, asegurando una eficaz y controlada gestión de recursos financieros y de los activos bajo su administración. Del Departamento de Bienestar depende la "Unidad de Centros Recreacionales", al que le corresponde resguardar el funcionamiento de los centros recreacionales, asegurando el cumplimiento de estándares de control y calidad, tanto en el uso de los recursos asociados, como de la supervisión de los contratos con proveedores externos. Deberá, además, recopilar y verificar información relevante, generando propuestas de mejoras en las operaciones y su funcionamiento.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos quinto y sexto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.04 Departamento de Bienestar
Tiene por función promover el bienestar integral de los funcionarios de Corfo y su grupo familiar, mediante la administración de sistemas de beneficios y la articulación de programas y actividades que favorezcan su calidad de vida, asegurando una eficaz y controlada gestión de recursos financieros y de los activos bajo su administración. Del Departamento de Bienestar depende la "Unidad de Centros Recreacionales", al que le corresponde resguardar el funcionamiento de los centros recreacionales, asegurando el cumplimiento de estándares de control y calidad, tanto en el uso de los recursos asociados, como de la supervisión de los contratos con proveedores externos. Deberá, además, recopilar y verificar información relevante, generando propuestas de mejoras en las operaciones y su funcionamiento.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos quinto y sexto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01.05 Subgerencia de Planificación, Gestión y Datos
Esta Subgerencia tiene como función apoyar en la definición de los objetivos estratégicos institucionales, y el establecimiento, implementación y mantención de un sistema de control de gestión institucional a nivel intermedio y estratégico, que permita hacer segumiento a los resultados y cumplimiento de objetivos fijados; promover la gestión de riesgos institucionales, mediante su identificación, evaluación, mediciación comunicación y tratamiento; elaborar la estrategia de mantención y generación de los datos a nivel institucional, para entregar información pertinente y oportuna para la toma de decisiones por parte de las autoridades de la Corporación y velar por su correcta implementación; y apoyar técnicamente y metodologicamente en los procesos de diseño y rediseño de instrumentos y programas de la Corparción, mediante la generación de información y/o actuando como contraparte de estudios y evaluaciones que coayudan la retroalimentación y formulación de instrumentos y programas. Sus principales funciones son: 1. Apoyar metodológicamente en el proceso de planificación estratégica institucional. 2. Controlar el avance de las iniciativas o proyectos que se originen en la planificación estratégica instiucional. 3. Implementar y mantener un sistema de control de gestión que permita hacer seguimiento y evaluación a los compromisos emanados de los procesos de planificación estratégica, del Programa de Mejoramiento de la Gestión, de los convenios de desempeño por equipo de trabajo, o de convenios de transferencia que celebre la Corporación y de los demás compromisos asumidos a nivel institucional. 4. Ejecutar acciones de control de la gestión de los Comités creados de conformidad con el artículo del D.F.L. N° 211, de 1960, y servir de nexo en la relación de Corfo con el Servicio de Cooperación Técnica. 5. Mantener un sistema de información a nivel institucional que soporte los procesos de control de gestión, monitoreo de programas y entrega de información de carácter público. 6. Generar información de gestión que sirva para la toma de decisiones a las autoridades institucionales, utilizando herramientas de inteligencia de negocios. 7. Implementar protocolos y procedimientos necesarios para la gestión de los datos institucionales. 8. Velar por el funcionamiento del sistema de gestión de riesgos institucionales. 9. Coordinar la definición y realización de los estudios corporativos que colaboran con la retroalimentación y formulación de instrumentos y programas, con la estrategia institucional. 10. Apoyar, técnica y metodológicamente, a las gerencias de negocios en la formulación, evaluación y mejora de los instrumentos y programas de la Corporación. 11. Coordinar y formar parte de la contraparte en los estudios relacionados con la formulación, diseño y rediseño de los instrumentos y programas de la Corporación. 12. Administrar el presupuesto de la Corporación para la realización de estudios relacionados con las funciones de la Gerencia General. 13. Implementar y mantener un sistema de evaluación de resultados e impacto de los instrumentos y programas de Corfo y de sus Comités, y llevar a cabo los procesos y/o coordinarlos. 14. Servir de contraparte en los procesos de diseño, evaluación ex ante, monitoreo y evaluación ex post de programas, ejecutados por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Control de Gestión Corporativa”, “Unidad de Datos Corfo”y la “Unidad de Estudios y Evaluación”.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01.05 Subgerencia de Planificación, Gestión y Datos
Esta Subgerencia tiene como función apoyar en la definición de los objetivos estratégicos institucionales, y el establecimiento, implementación y mantención de un sistema de control de gestión institucional a nivel intermedio y estratégico, que permita hacer segumiento a los resultados y cumplimiento de objetivos fijados; promover la gestión de riesgos institucionales, mediante su identificación, evaluación, mediciación comunicación y tratamiento; elaborar la estrategia de mantención y generación de los datos a nivel institucional, para entregar información pertinente y oportuna para la toma de decisiones por parte de las autoridades de la Corporación y velar por su correcta implementación; y apoyar técnicamente y metodologicamente en los procesos de diseño y rediseño de instrumentos y programas de la Corparción, mediante la generación de información y/o actuando como contraparte de estudios y evaluaciones que coayudan la retroalimentación y formulación de instrumentos y programas. Sus principales funciones son: 1. Apoyar metodológicamente en el proceso de planificación estratégica institucional. 2. Controlar el avance de las iniciativas o proyectos que se originen en la planificación estratégica instiucional. 3. Implementar y mantener un sistema de control de gestión que permita hacer seguimiento y evaluación a los compromisos emanados de los procesos de planificación estratégica, del Programa de Mejoramiento de la Gestión, de los convenios de desempeño por equipo de trabajo, o de convenios de transferencia que celebre la Corporación y de los demás compromisos asumidos a nivel institucional. 4. Ejecutar acciones de control de la gestión de los Comités creados de conformidad con el artículo del D.F.L. N° 211, de 1960, y servir de nexo en la relación de Corfo con el Servicio de Cooperación Técnica. 5. Mantener un sistema de información a nivel institucional que soporte los procesos de control de gestión, monitoreo de programas y entrega de información de carácter público. 6. Generar información de gestión que sirva para la toma de decisiones a las autoridades institucionales, utilizando herramientas de inteligencia de negocios. 7. Implementar protocolos y procedimientos necesarios para la gestión de los datos institucionales. 8. Velar por el funcionamiento del sistema de gestión de riesgos institucionales. 9. Coordinar la definición y realización de los estudios corporativos que colaboran con la retroalimentación y formulación de instrumentos y programas, con la estrategia institucional. 10. Apoyar, técnica y metodológicamente, a las gerencias de negocios en la formulación, evaluación y mejora de los instrumentos y programas de la Corporación. 11. Coordinar y formar parte de la contraparte en los estudios relacionados con la formulación, diseño y rediseño de los instrumentos y programas de la Corporación. 12. Administrar el presupuesto de la Corporación para la realización de estudios relacionados con las funciones de la Gerencia General. 13. Implementar y mantener un sistema de evaluación de resultados e impacto de los instrumentos y programas de Corfo y de sus Comités, y llevar a cabo los procesos y/o coordinarlos. 14. Servir de contraparte en los procesos de diseño, evaluación ex ante, monitoreo y evaluación ex post de programas, ejecutados por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Control de Gestión Corporativa”, “Unidad de Datos Corfo”y la “Unidad de Estudios y Evaluación”.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero y segundo, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06. 01. 06. Unidad de Control de Gestión Corporativa
Es la responsable de mantener en funcionamiento un sistema de control de gestión institucional, para dar cumplimiento a los compromisos internos y externos, facilitando el proceso de adopción de decisiones de las autoridades de la Corporación, con especial énfasis en el cumplimiento de la normativa aplicable a la función de control de gestión en el Sector Público, en particular el Programa de Mejoramiento de la Gestión para los Servicios Públicos, originado en la Ley N° 19.553 y los decretos del Ministerio de Hacienda aplicables, así como en el Decreto N° 983, de 2003, de dicho Ministerio, que aprueba el Reglamento para la Aplicación de Incremento por Desempeño Colectivo contemplado en el artículo 7º de la Ley ya citada.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo tercero, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01. 06. Unidad de Control de Gestión Corporativa
Es la responsable de mantener en funcionamiento un sistema de control de gestión institucional, para dar cumplimiento a los compromisos internos y externos, facilitando el proceso de adopción de decisiones de las autoridades de la Corporación, con especial énfasis en el cumplimiento de la normativa aplicable a la función de control de gestión en el Sector Público, en particular el Programa de Mejoramiento de la Gestión para los Servicios Públicos, originado en la Ley N° 19.553 y los decretos del Ministerio de Hacienda aplicables, así como en el Decreto N° 983, de 2003, de dicho Ministerio, que aprueba el Reglamento para la Aplicación de Incremento por Desempeño Colectivo contemplado en el artículo 7º de la Ley ya citada.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo tercero, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06. 01. 07. Unidad de Datos Corfo
Tiene como función principal potenciar el uso de la información institucional y permitir una gestión efectiva sobre la misma, apoyando los procesos de toma de decisiones con información de calidad.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01. 07. Unidad de Datos Corfo
Tiene como función principal potenciar el uso de la información institucional y permitir una gestión efectiva sobre la misma, apoyando los procesos de toma de decisiones con información de calidad.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.07 Unidad de Estudios y Evaluación
Le corresponde generar y difundir información relevante, producto de los estudios y consultorías llevados a cabo por la Corporación, para contribuir a la toma de decisiones de la Vicepresidencia Ejecutiva y Gerencias, para la formulación y mejoramiento de sus instrumentos y programas. Adicionalmente, esta Unidad es la responsable del sistema de diseño, monitoreo y evaluación de los resultados e impacto de los programas e instrumentos de Corfo, con el fin de retroalimentar a las Gerencias con información fidedigna y oportuna para su diseño y rediseño, y servir de contraparte ante otros órganos de la Administración del Estado en estas temáticas.
Resolución exenta N°720, párrafo quinto y sexto, artículo cuarto
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.07 Unidad de Estudios y Evaluación
Le corresponde generar y difundir información relevante, producto de los estudios y consultorías llevados a cabo por la Corporación, para contribuir a la toma de decisiones de la Vicepresidencia Ejecutiva y Gerencias, para la formulación y mejoramiento de sus instrumentos y programas. Adicionalmente, esta Unidad es la responsable del sistema de diseño, monitoreo y evaluación de los resultados e impacto de los programas e instrumentos de Corfo, con el fin de retroalimentar a las Gerencias con información fidedigna y oportuna para su diseño y rediseño, y servir de contraparte ante otros órganos de la Administración del Estado en estas temáticas.
Resolución exenta N°720, párrafo quinto y sexto, artículo cuarto
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.08 Subdirección de Procesos, Operaciones e innovación
Esta Subdirección tiene como función apoyar el proceso de diseño e implementación de las mejores soluciones para un correcto y ágil funcionamiento institucional, para propiciar una operación de excelencia, orientada a la transformación digital de Corfo, a través de metodologías de innovación y/o mejora continua, impulsando la innovación interna como un medio para buscar soluciones a problemáticas institucionales. Además, estará a cargo del seguimiento financiero de los proyectos y programas apoyados por Corfo del nivel central, a través de revisiones de las rendiciones de cuentas presentadas, con el objeto de verificar la correcta inversión de los recursos otorgados, con excepción de los convenios cuyo seguimiento sea delegado a otra unidad de la Corporación. Asimismo, el Vicepresidente Ejecutivo podrá encomendarle el segumiento financiero de otras iniciativas que sean responsabilidad de Corfo Sus principales funciones son: 1. Asistir en el levantamiento, rediseño y optimización de los procesos de las distintas áreas y Gerencias, Direcciones y Comités de Corfo, velando por su coherencia y aporte a la consecución de los objetivos institucionales definidos. 2. Apoyar el fortalecimiento de habilidades y capacidades en innovación, gestión por procesos y/o mejora continua de equipos institucionales, para abordar problemas o proyectos, colaborando en la generación de mejoras para el correcto y eficiente funcionamiento a institucional. 3. Apoyar el desarrollo, facilitación y/o mejora continua en la institución y sus equipos. 4. Coordinar y realizar monitoreo permanente de la gestión institucional, con el fin de incentivar la transformación digital de Corfo. 5. Realizar el seguimiento financiero de los proyectos y programas cuyo seguimiento y control sea realizado en el nivel central de la Corporación, establecer procedimientos y aprobar manuales para la presentación de las rendiciones de cuentas por parte de los beneficiarios e intermediarios de los instrumentos de la Corporación, fijando criterios en esta materia, con base en la normativa y en la jurisprudecia administrativa aplicable; además de transferir conocimiento en esta materia a los funcionarios que se desempeñen en las distintas unidades de la Corporación y sus Comités. De esta Subdirección dependen la “Unidad de Excelencia Operacional”, la “Unidad de Seguimiento Financiero” y la “Unidad de Gestión de la Innovación”
Resolución exenta N°720, párrafo primero, segundo y tercero, artículo cuarto
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.08 Subdirección de Procesos, Operaciones e innovación
Esta Subdirección tiene como función apoyar el proceso de diseño e implementación de las mejores soluciones para un correcto y ágil funcionamiento institucional, para propiciar una operación de excelencia, orientada a la transformación digital de Corfo, a través de metodologías de innovación y/o mejora continua, impulsando la innovación interna como un medio para buscar soluciones a problemáticas institucionales. Además, estará a cargo del seguimiento financiero de los proyectos y programas apoyados por Corfo del nivel central, a través de revisiones de las rendiciones de cuentas presentadas, con el objeto de verificar la correcta inversión de los recursos otorgados, con excepción de los convenios cuyo seguimiento sea delegado a otra unidad de la Corporación. Asimismo, el Vicepresidente Ejecutivo podrá encomendarle el segumiento financiero de otras iniciativas que sean responsabilidad de Corfo Sus principales funciones son: 1. Asistir en el levantamiento, rediseño y optimización de los procesos de las distintas áreas y Gerencias, Direcciones y Comités de Corfo, velando por su coherencia y aporte a la consecución de los objetivos institucionales definidos. 2. Apoyar el fortalecimiento de habilidades y capacidades en innovación, gestión por procesos y/o mejora continua de equipos institucionales, para abordar problemas o proyectos, colaborando en la generación de mejoras para el correcto y eficiente funcionamiento a institucional. 3. Apoyar el desarrollo, facilitación y/o mejora continua en la institución y sus equipos. 4. Coordinar y realizar monitoreo permanente de la gestión institucional, con el fin de incentivar la transformación digital de Corfo. 5. Realizar el seguimiento financiero de los proyectos y programas cuyo seguimiento y control sea realizado en el nivel central de la Corporación, establecer procedimientos y aprobar manuales para la presentación de las rendiciones de cuentas por parte de los beneficiarios e intermediarios de los instrumentos de la Corporación, fijando criterios en esta materia, con base en la normativa y en la jurisprudecia administrativa aplicable; además de transferir conocimiento en esta materia a los funcionarios que se desempeñen en las distintas unidades de la Corporación y sus Comités. De esta Subdirección dependen la “Unidad de Excelencia Operacional”, la “Unidad de Seguimiento Financiero” y la “Unidad de Gestión de la Innovación”
Resolución exenta N°720, párrafo primero, segundo y tercero, artículo cuarto
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.09 Unidad de Excelencia Operacional
Le corresponde establecer lineamientos, directrices y parámetros de cumplimiento para llevar a cabo la misión institucional, basados en la gestión por procesos u otras metodologías,generando estándares que busquen aumentar la eficiencia y mejorar la experiencia de los usuarios de Corfo, además de impulsar las optimizaciones que la transformen en una institución más ágil, simple y cercana.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.09 Unidad de Excelencia Operacional
Le corresponde establecer lineamientos, directrices y parámetros de cumplimiento para llevar a cabo la misión institucional, basados en la gestión por procesos u otras metodologías,generando estándares que busquen aumentar la eficiencia y mejorar la experiencia de los usuarios de Corfo, además de impulsar las optimizaciones que la transformen en una institución más ágil, simple y cercana.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo cuarto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06.01.10 Unidad de seguimiento Financiero
Le corresponderá diseñar, implementar y/o proveer un servicio de revisión de las rendiciones de cuentas presentadas por los beneficiarios e intermediarios de los proyectos y programas de la Corporación y su Comité InnovaChile cuyo seguimiento y control le corresponda a las unidades que funcionen en el nivel central, con el objeto de verificar la correcta inversión de los recursos otorgados, con excepción de los convenios cuyo seguimiento sea encomendado a otra unidad de la Corporación. En el desempeño de sus funciones podrá proponer la aprobación, modificación o revocación de las instrucciones operativas y/o criterios para la revisión financiera de los programas y proyectos de la Corporación, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y corporativos requeridos, y será responsable de coordinar y desarrollar capacitaciones internas sobre actualización de criterios de revisión financiera.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo quinto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06.01.10 Unidad de seguimiento Financiero
Le corresponderá diseñar, implementar y/o proveer un servicio de revisión de las rendiciones de cuentas presentadas por los beneficiarios e intermediarios de los proyectos y programas de la Corporación y su Comité InnovaChile cuyo seguimiento y control le corresponda a las unidades que funcionen en el nivel central, con el objeto de verificar la correcta inversión de los recursos otorgados, con excepción de los convenios cuyo seguimiento sea encomendado a otra unidad de la Corporación. En el desempeño de sus funciones podrá proponer la aprobación, modificación o revocación de las instrucciones operativas y/o criterios para la revisión financiera de los programas y proyectos de la Corporación, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y corporativos requeridos, y será responsable de coordinar y desarrollar capacitaciones internas sobre actualización de criterios de revisión financiera.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo quinto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01.11 Unidad de Gestión de la Innovación
Le corresponde promover, impulsar e instalar la innovación interna, junto con facilitar, articular y gestionar las instancias que corresponda para adicionar valor a las iniciativas que se le encomienden, a través de metodologías de innovación, potenciando habilidades en los funcionarios para desarrollar mejor y mayores soluciones a problemáticas institucionales
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo sexto, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
06. 01.11 Unidad de Gestión de la Innovación
Le corresponde promover, impulsar e instalar la innovación interna, junto con facilitar, articular y gestionar las instancias que corresponda para adicionar valor a las iniciativas que se le encomienden, a través de metodologías de innovación, potenciando habilidades en los funcionarios para desarrollar mejor y mayores soluciones a problemáticas institucionales
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo sexto, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01.12. Subdirección de Clientes y Participación Ciudadana
Le corresponde desarrollar la estrategia de orientación a clientes (usuarios) a través de profundizar en el conocimiento de los clientes y sus necesidades, el establecimiento de modelos de atención, la medición constante de su satisfacción y la satisfacción de sus requerimientos a través de los canales y espacios de atención. Entre sus funciones principales se encuentran: 1. Diseñar, gestionar y administrar los modelos corporativos de atención al cliente. 2. Generar información de inteligencia de clientes, propuesta de segmentación a través de la exploración de bases de datos transaccionales de clientes, de manera de entregar a la organización información relevante acerca de los clientes para la adecuación de la oferta de valor. 3. Diseñar, gestionar y administrar de manera sistemática, las métricas de medición de satisfacción de clientes. 4. Ser responsable del sistema integrado de información y atención ciudadana. 5. Administrar las herramientas tecnológicas que permiten el contacto con usuarios, como canales de entrada o a través de generación de campañas personalizadas. 6. Proponer e implementar las medidas tendientes a asegurar el cumplimento de mecanismos de Participación Ciudadana. 7. Poner a disposición de los funcionarios y usuarios, los espacios y recursos de información que contribuyan a la gestión del conocimiento. De la “Subdirección de Clientes y Participación Cuidadana” depende el Centro Colaborativo de la Corporación
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo cuarto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
06. 01.12. Subdirección de Clientes y Participación Ciudadana
Le corresponde desarrollar la estrategia de orientación a clientes (usuarios) a través de profundizar en el conocimiento de los clientes y sus necesidades, el establecimiento de modelos de atención, la medición constante de su satisfacción y la satisfacción de sus requerimientos a través de los canales y espacios de atención. Entre sus funciones principales se encuentran: 1. Diseñar, gestionar y administrar los modelos corporativos de atención al cliente. 2. Generar información de inteligencia de clientes, propuesta de segmentación a través de la exploración de bases de datos transaccionales de clientes, de manera de entregar a la organización información relevante acerca de los clientes para la adecuación de la oferta de valor. 3. Diseñar, gestionar y administrar de manera sistemática, las métricas de medición de satisfacción de clientes. 4. Ser responsable del sistema integrado de información y atención ciudadana. 5. Administrar las herramientas tecnológicas que permiten el contacto con usuarios, como canales de entrada o a través de generación de campañas personalizadas. 6. Proponer e implementar las medidas tendientes a asegurar el cumplimento de mecanismos de Participación Ciudadana. 7. Poner a disposición de los funcionarios y usuarios, los espacios y recursos de información que contribuyan a la gestión del conocimiento. De la “Subdirección de Clientes y Participación Cuidadana” depende el Centro Colaborativo de la Corporación
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo cuarto.
Sin información
Sin modificación
08/07/2022
07.00 Gerencia Asuntos Estrategícos,
La Gerencia de Asuntos Estratégicos tiene la función de asesorar al Vicepresidente Ejecutivo en la implementación de la estrategia organizacional y comunicacional de Corfo, coordinando el accionar de las demás Gerencias y Direcciones de la Corporación, para asegurar el logro de los objetivos estratégicos planteados y maximizar el impacto institucional. Entre sus funciones principales están: 1. Liderar y gestionar las relaciones institucionales necesarias con otras organizaciones, públicas y privadas, para alcanzar los objetivos estratégicos propuestos. 2. Coordinar las relaciones interinstitucionales con otras organizaciones en el ámbito nacional e internacional, apoyando al Vicepresidente Ejecutivo en la gestión y seguimiento de las acciones e iniciativas con este fin. 3. Diseñar y coordinar la implementación de las iniciativas relacionadas con los objetivos estratégicos de la Corporación. 4. Diseñar e implementar la estrategia de comunicación de la institución, destinada a difundir su oferta y obtener el posicionamiento deseado, así como dirigirla a nivel nacional. 5. Dirigir y asegurar la implementación de la estrategia institucional en las Direcciones Regionales y los organismos dependientes de la Corporación que funcionen en las regiones. 6. Promover, desarrollar y coordinar programas e iniciativas en el marco de los lineamientos estratégicos entregados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el Consejo y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. 7. Gestionar, coordinar y/o ejecutar los estudios prospectivos que sean relevantes para la toma de decisiones de las autoridades de Corfo, relacionadas con objetivos estratégicos definidos y que sean competencia de esta gerencia. 8. Administrar y gestionar los contratos celebrados por la Corporación relacionados con los activos mineros de su propiedad, y derechos constituidos sobre ellos. 9. Apoyar al Vicepresidente Ejecutivo en la orientacion y alineamiento con la estrategia institucional, de los representantes de Corfo en las distintas instancias que contemplan la participación de la Corporación. 10. Cumplir las demás funciones que le encomiende el Consejo o el Vicepresidente Ejecutivo. De esta Gerencia dependen la “Subgerencia de Desarrollo Territorial”, la “Subgerencia de Comunicaciones y Marketing”, la “Subdirección de Iniciativas Corporativas”, la “Subgerencia de Estrategia de Desarrollo”, y la “Subdirección de Contratos Mineros
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero, segundo artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07.00 Gerencia Asuntos Estrategícos,
La Gerencia de Asuntos Estratégicos tiene la función de asesorar al Vicepresidente Ejecutivo en la implementación de la estrategia organizacional y comunicacional de Corfo, coordinando el accionar de las demás Gerencias y Direcciones de la Corporación, para asegurar el logro de los objetivos estratégicos planteados y maximizar el impacto institucional. Entre sus funciones principales están: 1. Liderar y gestionar las relaciones institucionales necesarias con otras organizaciones, públicas y privadas, para alcanzar los objetivos estratégicos propuestos. 2. Coordinar las relaciones interinstitucionales con otras organizaciones en el ámbito nacional e internacional, apoyando al Vicepresidente Ejecutivo en la gestión y seguimiento de las acciones e iniciativas con este fin. 3. Diseñar y coordinar la implementación de las iniciativas relacionadas con los objetivos estratégicos de la Corporación. 4. Diseñar e implementar la estrategia de comunicación de la institución, destinada a difundir su oferta y obtener el posicionamiento deseado, así como dirigirla a nivel nacional. 5. Dirigir y asegurar la implementación de la estrategia institucional en las Direcciones Regionales y los organismos dependientes de la Corporación que funcionen en las regiones. 6. Promover, desarrollar y coordinar programas e iniciativas en el marco de los lineamientos estratégicos entregados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el Consejo y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. 7. Gestionar, coordinar y/o ejecutar los estudios prospectivos que sean relevantes para la toma de decisiones de las autoridades de Corfo, relacionadas con objetivos estratégicos definidos y que sean competencia de esta gerencia. 8. Administrar y gestionar los contratos celebrados por la Corporación relacionados con los activos mineros de su propiedad, y derechos constituidos sobre ellos. 9. Apoyar al Vicepresidente Ejecutivo en la orientacion y alineamiento con la estrategia institucional, de los representantes de Corfo en las distintas instancias que contemplan la participación de la Corporación. 10. Cumplir las demás funciones que le encomiende el Consejo o el Vicepresidente Ejecutivo. De esta Gerencia dependen la “Subgerencia de Desarrollo Territorial”, la “Subgerencia de Comunicaciones y Marketing”, la “Subdirección de Iniciativas Corporativas”, la “Subgerencia de Estrategia de Desarrollo”, y la “Subdirección de Contratos Mineros
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos primero, segundo artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.02 Subgerencia de Comunicació y Marketing
Esta Subgerencia tiene como función apoyar los objetivos y compromisos estratégicos de Corfo, mediante acciones y canales de comunicación efectivos con distintos públicos, y lograr el posicionamiento definido por el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. La Subgerencia debe posicionar a la institución, interna y externamente, como promotora de políticas públicas de emprendimiento, innovación productiva o empresarial y fomento de la competitividad, el fortalecimiento del capital humano y las capacidades tecnológicas, a través de la difusión, en diferentes medios, de contenidos relativos a estas temáticas, u otros asuntos relacionados con la operación interna de Corfo y quienes se desempeñan en ella. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Comunicaciones Internas”, la “Unidad de Marketing”, la “Unidad de Prensa” y la “Unidad de Control Financiero y Administración
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos quinto y sexto, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.02 Subgerencia de Comunicació y Marketing
Esta Subgerencia tiene como función apoyar los objetivos y compromisos estratégicos de Corfo, mediante acciones y canales de comunicación efectivos con distintos públicos, y lograr el posicionamiento definido por el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación. La Subgerencia debe posicionar a la institución, interna y externamente, como promotora de políticas públicas de emprendimiento, innovación productiva o empresarial y fomento de la competitividad, el fortalecimiento del capital humano y las capacidades tecnológicas, a través de la difusión, en diferentes medios, de contenidos relativos a estas temáticas, u otros asuntos relacionados con la operación interna de Corfo y quienes se desempeñan en ella. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Comunicaciones Internas”, la “Unidad de Marketing”, la “Unidad de Prensa” y la “Unidad de Control Financiero y Administración
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos quinto y sexto, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.03 Unidad de Comunicaciones Interna
Tiene las siguientes funciones principales: a. Asegurar la implementación de políticas y planes comunicacionales internos de Corfo a nivel central y regional, generando sentido de pertenencia a la institución, creando espacios de difusión y conversación para que las áreas se interrelacionen. b. Cuidar y potenciar la imagen corporativa de Corfo. c. Gestionar la entrega de información a los funcionarios de la Corporación, a través de diversos contenidos que resulten de interés para éstos y para Corfo, definiendo los medios escritos o tecnológicos requeridos para aquello. d. Mantener contacto permanente con las unidades de la Corporación, las áreas de soporte y las regiones, con la finalidad de recibir información de manera regular. e. Mantener estrecha relación con los periodistas que se desempeñan en las Direcciones Regionales o los Comités de Desarrollo Productivo Regional , o los organismos que los reemplacen o sustituyan en el territorio regional, para informar, retroalimentar y mantener alineado al personal con lo que sucede en regiones y en Corfo Central. f. Apoyar a coordinar la producción de eventos internos de la Corporación
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.03 Unidad de Comunicaciones Interna
Tiene las siguientes funciones principales: a. Asegurar la implementación de políticas y planes comunicacionales internos de Corfo a nivel central y regional, generando sentido de pertenencia a la institución, creando espacios de difusión y conversación para que las áreas se interrelacionen. b. Cuidar y potenciar la imagen corporativa de Corfo. c. Gestionar la entrega de información a los funcionarios de la Corporación, a través de diversos contenidos que resulten de interés para éstos y para Corfo, definiendo los medios escritos o tecnológicos requeridos para aquello. d. Mantener contacto permanente con las unidades de la Corporación, las áreas de soporte y las regiones, con la finalidad de recibir información de manera regular. e. Mantener estrecha relación con los periodistas que se desempeñan en las Direcciones Regionales o los Comités de Desarrollo Productivo Regional , o los organismos que los reemplacen o sustituyan en el territorio regional, para informar, retroalimentar y mantener alineado al personal con lo que sucede en regiones y en Corfo Central. f. Apoyar a coordinar la producción de eventos internos de la Corporación
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo septimo, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07. 01.04 Unidad de Marqueting
Esta Unidad tiene como función desarrollar la estrategia comercial y de marketing, dando a conocer los instrumentos, programas y beneficios que entrega la Corporación. Entre sus funciones principales están: a. Generar directrices para el uso y administración de la imagen corporativa de Corfo y el diseño de la estrategia de su posicionamiento a través de acciones de marketing. b. Cuidar y potenciar la imagen corporativa y gestión de marcas de la Corporación, desde el punto de vista de la estrategia comercial y de marketing. c. Dirigir y coordinar la implementación de estrategias de marketing de Corfo a nivel central y regional, enfocadas en la gestión de marca y sub marcas. d. Velar por la correcta utilización y aplicación de la imagen corporativa, basada en el manual de normas gráficas de la Corporación. e. Validar piezas gráficas y campañas con entidades o servicios externos, tales como el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y la Secretaría de Comunicaciones del Gobierno. f. Asesorar y apoyar a las Gerencias, Direcciones Regionales y Comités a través de insumos gráficos. g. Diseñar los insumos gráficos para las redes sociales de la Corporación. h. Coordinar la producción de eventos de la Corporación, tanto internos como externos. i. Velar por el correcto funcionamiento de la página web de la Corporación y la actualización ágil de sus contenidos
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo octavo, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.04 Unidad de Marqueting
Esta Unidad tiene como función desarrollar la estrategia comercial y de marketing, dando a conocer los instrumentos, programas y beneficios que entrega la Corporación. Entre sus funciones principales están: a. Generar directrices para el uso y administración de la imagen corporativa de Corfo y el diseño de la estrategia de su posicionamiento a través de acciones de marketing. b. Cuidar y potenciar la imagen corporativa y gestión de marcas de la Corporación, desde el punto de vista de la estrategia comercial y de marketing. c. Dirigir y coordinar la implementación de estrategias de marketing de Corfo a nivel central y regional, enfocadas en la gestión de marca y sub marcas. d. Velar por la correcta utilización y aplicación de la imagen corporativa, basada en el manual de normas gráficas de la Corporación. e. Validar piezas gráficas y campañas con entidades o servicios externos, tales como el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y la Secretaría de Comunicaciones del Gobierno. f. Asesorar y apoyar a las Gerencias, Direcciones Regionales y Comités a través de insumos gráficos. g. Diseñar los insumos gráficos para las redes sociales de la Corporación. h. Coordinar la producción de eventos de la Corporación, tanto internos como externos. i. Velar por el correcto funcionamiento de la página web de la Corporación y la actualización ágil de sus contenidos
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo octavo, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07. 01.05. Unidad de Prensa
Esta Unidad tiene las siguientes funciones: a. Diseñar e implementar planes comunicacionales para Corfo, a nivel central y regional, enfocándose en la gestión de marca de la institución, a través de la difusión de su oferta y de otros contenidos que resulten de interés para la Corporación. b. Gestionar la relación de la Corporación con los medios de comunicación, impresos y digitales. c. Gestionar las redes sociales de la Corporación. d. Apoyar a la Vicepresidencia Ejecutiva, las Gerencias, las Direcciones Regionales y los Comités creados de conformidad con el artículo 7º del D.F.L N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, en su quehacer comunicacional. e. Monitorear las apariciones en prensa y terreno de autoridades o funcionarios de la Corporación, asegurando las condiciones operacionales y administrativas para ello. f. Mantener relación con áreas de prensa de otras entidades o servicios, coordinando y gestionando los diversos eventos, internos y/o externos, que requieren aparición de autoridades. g. Coordinar la revisión de prensa escrita y digital de manera periódica, identificando las áreas de interés de la Corporación h. Difundir y gestionar eventos de la Corporación.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo noveno, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.05. Unidad de Prensa
Esta Unidad tiene las siguientes funciones: a. Diseñar e implementar planes comunicacionales para Corfo, a nivel central y regional, enfocándose en la gestión de marca de la institución, a través de la difusión de su oferta y de otros contenidos que resulten de interés para la Corporación. b. Gestionar la relación de la Corporación con los medios de comunicación, impresos y digitales. c. Gestionar las redes sociales de la Corporación. d. Apoyar a la Vicepresidencia Ejecutiva, las Gerencias, las Direcciones Regionales y los Comités creados de conformidad con el artículo 7º del D.F.L N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, en su quehacer comunicacional. e. Monitorear las apariciones en prensa y terreno de autoridades o funcionarios de la Corporación, asegurando las condiciones operacionales y administrativas para ello. f. Mantener relación con áreas de prensa de otras entidades o servicios, coordinando y gestionando los diversos eventos, internos y/o externos, que requieren aparición de autoridades. g. Coordinar la revisión de prensa escrita y digital de manera periódica, identificando las áreas de interés de la Corporación h. Difundir y gestionar eventos de la Corporación.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo noveno, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.06 Unidad de Control Financiero y Administración
Esta unidad tiene por función administrar los recursos financieros de la Subgerencia, verificando que los procedimientos asociados se encuentren correctamente ejecutados y los recursos esten disponibles para su utilización cuando sean requeridos.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.06 Unidad de Control Financiero y Administración
Esta unidad tiene por función administrar los recursos financieros de la Subgerencia, verificando que los procedimientos asociados se encuentren correctamente ejecutados y los recursos esten disponibles para su utilización cuando sean requeridos.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07.01.07. Subdirección de Iniciativas Corporativas
Esta Subdirección tiene como función promover, coordinar y articular los programas y agendas transversales relacionadas con los objetivos estratégicos institucionales e impulsadas por la Corporación a través de sus gerencias de negocio. Entre sus funciones principales están: 1. Fijar la orientación, coordinar y articular las iniciativas de relaciones interinstitucionales con otras organizaciones públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional, apoyando al gerente en la gestión y seguimiento de las acciones e iniciativas con este fin. 2. Generar las directrices, diseñar, promover, coordinar y monitorear la estrategia de género de la Corporación para avanzar en la igualdad y equidad de género. 3. Fijar los lineamientos, coordinar y articular las iniciativas, mesas y agendas de carácter sectorial, territorial y/o plataformas habilitantes. 4. Orientar y apoyar en el diseño de las iniciativas relacionadas con potenciar a los distintos sectores asociados a los proyectos del instrumento "Transforma", de forma transversal , para el aumneto de su sustentabilidad , competitividad y aporte al desarrollo del país. La ejecucion de las iniciativas en este ambito corresponderá a las gerencias de negocios.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo primero, artículo quinto. Modificado por la Resolución exenta 1005, de 2022.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.07. Subdirección de Iniciativas Corporativas
Esta Subdirección tiene como función promover, coordinar y articular los programas y agendas transversales relacionadas con los objetivos estratégicos institucionales e impulsadas por la Corporación a través de sus gerencias de negocio. Entre sus funciones principales están: 1. Fijar la orientación, coordinar y articular las iniciativas de relaciones interinstitucionales con otras organizaciones públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional, apoyando al gerente en la gestión y seguimiento de las acciones e iniciativas con este fin. 2. Generar las directrices, diseñar, promover, coordinar y monitorear la estrategia de género de la Corporación para avanzar en la igualdad y equidad de género. 3. Fijar los lineamientos, coordinar y articular las iniciativas, mesas y agendas de carácter sectorial, territorial y/o plataformas habilitantes. 4. Orientar y apoyar en el diseño de las iniciativas relacionadas con potenciar a los distintos sectores de las industrias creativas, de forma transversal, para el aumento de su sustentabilidad, competitividad y aporte al desarrollo del país la ejecución de las iniciativas en este ambito corresponderá a las gerencias de negocio.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo primero, artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07.01.08. Subgerencia de Estrategia de Desarrollo
Esta Subgerencia tiene como función coordinar a las gerencias de negocio en la implementación de las estrategias de sustentabilidad definidas, definir los lineamientos y apoyar en el diseño de las iniciativas de fortalecimiento de capital humano que impulse la Corporación.; y gestionar, coordinar y/o ejecutar los estudios prospectivos que sean relevantes para la toma de decisiones de las autoridades de Corfo, dentro del ámbito de sus labores. Sus principales funciones son: 1. Alinear los estudios prospectivos con la estrategia institucional que digan relación con el ámbito de las funciones de la gerencia; y administrar el presupuesto disponible para este fin. 2. Implementar programas de apoyo que faciliten la adopción e incorporación de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, que fortalezcan las capacidades de su capital humano, ampliando sus competencias. 3. Proponer y/o impulsar iniciativas a ser desarrolladas por la Corporación y que contribuyan al cumplimiento de sus funciones y el desarrollo sostenible. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Capital Humano”, a la que le corresponde orientar y apoyar el diseño de programas de las gerencias de negocios destinados al apoyo a empresas, personas e instituciones de educación, que permitan la adopción e incorporacion de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, para el fortalecimiento del capital humano del pais. i. Unidad de Capital Humano: A esta Unidad le corresponde orientar y apoyar el diseño de programas de las gerencias de negocio destinados al apoyo a empresas, personas e instituciones de educación, que permitan la adopción e incorporación de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, para el fortalecimiento del capital humano del país
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo segundo, tercero y cuarto artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.08. Subgerencia de Estrategia de Desarrollo
Esta Subgerencia tiene como función coordinar a las gerencias de negocio en la implementación de las estrategias de sustentabilidad definidas, definir los lineamientos y apoyar en el diseño de las iniciativas de fortalecimiento de capital humano que impulse la Corporación.; y gestionar, coordinar y/o ejecutar los estudios prospectivos que sean relevantes para la toma de decisiones de las autoridades de Corfo, dentro del ámbito de sus labores. Sus principales funciones son: 1. Alinear los estudios prospectivos con la estrategia institucional que digan relación con el ámbito de las funciones de la gerencia; y administrar el presupuesto disponible para este fin. 2. Implementar programas de apoyo que faciliten la adopción e incorporación de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, que fortalezcan las capacidades de su capital humano, ampliando sus competencias. 3. Proponer y/o impulsar iniciativas a ser desarrolladas por la Corporación y que contribuyan al cumplimiento de sus funciones y el desarrollo sostenible. De esta Subgerencia dependen la “Unidad de Capital Humano”, a la que le corresponde orientar y apoyar el diseño de programas de las gerencias de negocios destinados al apoyo a empresas, personas e instituciones de educación, que permitan la adopción e incorporacion de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, para el fortalecimiento del capital humano del pais. i. Unidad de Capital Humano: A esta Unidad le corresponde orientar y apoyar el diseño de programas de las gerencias de negocio destinados al apoyo a empresas, personas e instituciones de educación, que permitan la adopción e incorporación de nuevos y mejores conocimientos, prácticas y tecnologías, para el fortalecimiento del capital humano del país
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo segundo, tercero y cuarto artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.09 Subdirección de Contratos Minieros
Esta Subdirección tiene como función producir y analizar información de gestión y evaluación para la toma de decisiones a nivel corporativo sobre activos mineros de propiedad de Corfo y apoyar en la implementación y supervisión de las políticas y lineamientos corporativos de carácter estratégico, que permitan gestionar y poner en valor dichos activos. Asimismo, a esta Subdirección le corresponde velar por la adecuada gestión, administración, monitoreo y control del cumplimiento de compromisos y obligaciones contractuales por la explotación del o los yacimientos mineros de propiedad de Corfo, manteniendo acciones complementarias de coordinación y cruce de información con los distintos órganos de la Administración del Estado, para el resguardo y la adecuada supervisión de los contratos suscritos con terceros, comprendiendo los aspectos económicos, técnicos, productivos, ambientales, hidrogeológicos y temas vinculados a las comunidades locales; para cuyos efectos trabajará conjunta y complementariamente con otras Gerencias, Subgerencias, Subdirecciones y/o Comités. De esta Subdirección dependen la “Unidad de Gestión y seguimiento Contratos Mineria no Metalia la que tendrá como pricipal función verificar el correcto cumplimiento de compromisos y obligaciones contractuales y su adecuado seguimiento y monitoreo, para lo cual deberá conocer, examinar y analizar la información que empresas o terceros deban entregar a Corfo en virtud de la suscripción de contratos de explotación u otra modalidad en pertenencias mineras de propiedad de la Corporación, así como los antecedentes públicos a los que se tenga acceso o que otros órganos de la Administración del Estado entreguen a Corfo. Para el desarrollo de sus funciones podrá, además, coordinar acciones complementarias con los distintos órganos de la Administración del Estado relacionados con las operaciones mineras que desempeñen las empresas y/o terceros, para el resguardo y adecuado control de cumplimiento contractual, y efectuar las coordinaciones técnicas necesarias para contar con acceso a información e insumos en diversos ámbitos de especialidad, a modo de ejemplo, hidrogeología, ambientales, productivos y técnicos, que sean necesarias para un correcto desempeño en el seguimiento y supervisión de los contratos mineros.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo quinto y décimo sexto artículo quinto.
08/07/2022
Sin modificación
No Aplica
07. 01.09 Subdirección de Contratos Minieros
Esta Subdirección tiene como función producir y analizar información de gestión y evaluación para la toma de decisiones a nivel corporativo sobre activos mineros de propiedad de Corfo y apoyar en la implementación y supervisión de las políticas y lineamientos corporativos de carácter estratégico, que permitan gestionar y poner en valor dichos activos. Asimismo, a esta Subdirección le corresponde velar por la adecuada gestión, administración, monitoreo y control del cumplimiento de compromisos y obligaciones contractuales por la explotación del o los yacimientos mineros de propiedad de Corfo, manteniendo acciones complementarias de coordinación y cruce de información con los distintos órganos de la Administración del Estado, para el resguardo y la adecuada supervisión de los contratos suscritos con terceros, comprendiendo los aspectos económicos, técnicos, productivos, ambientales, hidrogeológicos y temas vinculados a las comunidades locales; para cuyos efectos trabajará conjunta y complementariamente con otras Gerencias, Subgerencias, Subdirecciones y/o Comités. De esta Subdirección dependen la “Unidad de Gestión y seguimiento Contratos Mineria no Metalia la que tendrá como pricipal función verificar el correcto cumplimiento de compromisos y obligaciones contractuales y su adecuado seguimiento y monitoreo, para lo cual deberá conocer, examinar y analizar la información que empresas o terceros deban entregar a Corfo en virtud de la suscripción de contratos de explotación u otra modalidad en pertenencias mineras de propiedad de la Corporación, así como los antecedentes públicos a los que se tenga acceso o que otros órganos de la Administración del Estado entreguen a Corfo. Para el desarrollo de sus funciones podrá, además, coordinar acciones complementarias con los distintos órganos de la Administración del Estado relacionados con las operaciones mineras que desempeñen las empresas y/o terceros, para el resguardo y adecuado control de cumplimiento contractual, y efectuar las coordinaciones técnicas necesarias para contar con acceso a información e insumos en diversos ámbitos de especialidad, a modo de ejemplo, hidrogeología, ambientales, productivos y técnicos, que sean necesarias para un correcto desempeño en el seguimiento y supervisión de los contratos mineros.
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafo décimo quinto y décimo sexto artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
07.01.10 Subgerencia de Financiamiento Nuevo Modelo de Desarrollo
Esta sugerencia tiene como función diseñar e implementar la estrategia para la implementación de instrumentos de financiamiento piloto de proyectos de inversión que propicien una transacción socio - ecológica justa, un desarrollo territorial equilibrado y que aporten valor económico y social sobre la base del conocimiento.Sus principales funciones son:1.-Articular las distintas unidades de la corporación y otros organismos competentes coma para la ejecución de las acciones que permitan implementar la estrategia corporativa para el financiamiento de proyectos de inversión. 2.-Actuar como contraparte en las mesas de trabajo en las que se definan las acciones para la implementación del sistema de financiamiento de proyectos de inversión con las características mencionadas anteriormente 3.-Proponer las adecuaciones técnicas que requieran los programas administrados por la Gerencia de Inversión y Financiamiento, así como aquellas que exijan las articulación con otros financiamientos y programas institucionales, para contribuir directamente a los pilares de trabajo cocorporativos definidos
Resolución exenta exenta 1005, de 2022.
Sin información
Sin modificación
27/10/2022
07.01 Subgerencia de Desarrollo Territorial
Esta Subgerencia tiene como función principal co-diseñar y velar para que la estrategia institucional de la Corporación para las Direcciones Regionales y los organismos dependientes de la Corporación que funcionen en las regiones se ejecute, acorde con las prioridades y estrategias de desarrollo de cada región. Además, tiene a su cargo la relación, coordinación y comunicación con las Direcciones Regionales de Corfo, para asegurar una correcta vinculación entre el nivel nacional y el nivel regional. Sus principales funciones son: 1. Apoyar la implementación, en las regiones, de la estrategia de descentralización institucional, en conformidad con los lineamientos gubernamentales y velando por el cumplimiento de los compromisos institucionales al respecto. 2. Generar información de valor para la gestión territorial, permitiendo que la Corporación en su conjunto y los organismos públicos relacionados en el territorio cuenten con información integrada y análisis de la misma, que contribuya al desarrollo territorial sustentable. 3. Poner en valor la gestión regional en los territorios y fortalecer a las Direcciones Regionales y Comités de Desarrollo Productivo Regional, o los organismos que los reemplacen o sustituyan en el territorio regional
Resolución exenta N° 720 de 2022, párrafos tercero y cuarto, artículo quinto.
Sin información
27/10/2022
08/07/2022
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