Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2337 | DENIÉGASE la entrega de la información relativa al cierre por renuncia al reconocimiento oficial del establecimiento indicado, fundado en la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 21 N° 1, letra b) de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al artículo 21 N° 1, letras b), de la .Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, letra b), de la Ley Nº 20.285. | 30/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2282 | DENIÉGASE la entrega de la información requerida en su solicitud referente a: Carpeta administrativa, Concentración de notas de la carrera de Psicología de los 5 semestres que cursé en Arcis desde el año 2009 hasta 2013 y al Certificado de egreso de la carrera de Psicología", por cuanto la sistematización de dicha información implica la distracción indebida de los funcionarios de esta Subsecretaría, en relación con lo contenido en la causal establecida en el N° 1 del artículo 21 de la Ley de Transparencia y por los motivos ya señalados, teniendo en consideración además que es un proceso que actualmente se encuentra en curso, pero que en esta oportunidad se deniega en consideración a que el tiempo de preparación de la información es más extenso del concedido por la Ley de Transparencia, para atender el presente requerimiento. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad a las excepciones de publicidad consagradas en el artículo 21 N° 1 , de la Ley de Transparencia. | Art. 21, N°1, de la Ley Nº 20.285. | 25/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2273 | ACCÉDASE a la entrega de la información requerida en la solicitud de acceso N° AJ001W-1822828, de 12 de marzo de 2019, presentada por doña Valentina González, en relación a cómo se resuelven los reclamos contra el Sistema de Admisión Escolar (SAE) y especificar cuántos han sido derivados posteriormente a la Universidad de Chile, como creadores del algoritmo utilizado. DENIÉGASE parcialmente la entrega de la información requerida por la solicitud N° AJ001W-1822828, de 12 de marzo de 2019, presentada por doña Valentina González, respecto de cuántos casos de familias que tienen reclamos contra el Sistema de Admisión Escolar (SAE) han recibido, por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el N° 1, letra c) del artículo 21 de la Ley de Transparencia, tratándose de requerimiento de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al N° 1, letra c) del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, letra c), de la Ley Nº 20.285. | 24/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2255 | DENIÉGASE la entrega de la información requerida en la solicitud de acceso a la información pública, código AJ001W-1822853, de fecha 03 de abril de 2019, formulada por doña Patricia Mercedes Donoso Rojas, relativa al "acceso a la evaluación", por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el artículo 21 N° 1 de Ley de Transparencia, por cuanto su entrega afecta el debido cumplimiento de las funciones del CPEIP. DECLÁRESE reservada la información denegada en el numeral 1 de esta resolución, de conformidad al N° 1, del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, de la Ley Nº 20.285. | 24/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2254 | DENIÉGASE la entrega de la entrega de la copia de la evaluación docente su pauta de corrección y, copia de las respuestas abiertas que fueron calificadas con mayor puntaje, por cuanto se trata de antecedentes cuya publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, según lo establecido en el artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al artículo 21 N° 1, de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, de la Ley Nº 20.285. | 24/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2149 | ACCÉDASE PARCIALMENTE a la entrega de la información requerida en la solicitud efectuada por don Sebastián Labrín, referida a las asesorías internas y externas realizadas entre el 11 de marzo de 2018 y la actualidad, a esta Cartera de Estado, con indicación de los detalles que solicita. DENIÉGASE la información relativa a los números de RUT de las personas contenidas en la nómina entes mencionada, en tanto afectan el derecho de la vida privada de su titular en su vertiente positiva, esto es, la autodeterminación informativa como poder de control sobre la información propia, amparado por las causales de reserva N°S 2 y 5 del artículo 21 de la Ley de Transparencia. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad a las excepciones de publicidad consagradas en el artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia. | Art. 21, N°1, 2 y 5, de la Ley Nº 20.285. | 17/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2152 | ACCÉDASE a la entrega del Plan Anual de Capacitación 2019 y al nombre del encargado de capacitación de esta Secretaría de Estado. DENIÉGASE la entrega de la casilla de correo electrónico y número telefónico del funcionario encargado de Capacitación, por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el N° 1 del artículo 21, letra c) de Ley de Transparencia, por cuanto su publicidad, comunicación o conocimiento, afecta el eficiente desarrollo de la función pública y, lo relativo al Plan Anual de Capacitación 2019, de conformidad a la causal contenida en el artículd N° 21 , letra DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al N° 1 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, letra c), de la Ley Nº 20.285. | 17/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2071 | ACCÉDASE, parcialmente, a la entrega de la información requerida en la solicitud de acceso a la información pública código AJ001W-1822902, de fecha 10 de abril de 2019, formulada por doña Jennifer Joyce Cathalifaud, en Io referido a nombre de los encargados del Programa de Integración Escolar (PEI), por regiones DENIÉGASE, parcialmente, la entrega de la información, relativa a teléfono y correo de los encargados del PIE, por regiones, dado que se configura la causal de reserva o secreto prevista en el N° 1 del artículo 21 de Ley de Transparencia, por cuanto su publicidad, comunicación o conocimiento, afecta el eficiente desarrollo de la función pública. DECLÁRESE reservada la información denegada en el numeral 2 de esta resolución, de conformidad al N° 1 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, de la Ley Nº 20.285. | 15/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2072 | DENIÉGASE la entrega de la información requerida en la solicitud de acceso a la información pública, código AJ001W-1822767, de fecha 06 de marzo de 2019, formulada por don Rafael González, relativa a "acceso a los exámenes libres", por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el artículo 21 N° 1 de Ley de Transparencia, por cuanto su entrega afecta el debido cumplimiento de la funciones de la División de Educación General del Ministerio de Educación, específicamente, de lo mandatado respecto a la modalidad de adultos, establecida en el artículo 24, de la Ley N° 20.370, General de Educación. DECLÁRESE reservada la información denegada en el numeral de esta resolución, de conformidad al N° 1 , del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, de la Ley Nº 20.285. | 15/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°2003 | Deniega solicitud de acceso a Información Pública, por las razones que indica | Art. 21, N°1, letra c), de la Ley Nº 20.285. | 09/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1974 | DENIÉGASE la entrega de la información relativa a la tramitación de los DFL que establecen la entrada en funcionamiento y fijan la planta y otras normas de la Subsecretaría de Educación Superior, fundado en la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 21 N° 1 letra b) de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al artículo 21 N° 1 , letras b), de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, letra b), de la Ley Nº 20.285. | 09/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1970 | ACCÉDASE PARCIALMENTE a la entrega de la información requerida en la solicitud efectuada por don Carlos Saraos, referida a la base de datos con el decil de ingreso de los estudiantes que se acreditaron y matricularon en instituciones de Educación Superior durante el año 2018 y los recién matriculadosen 2019. DENIÉGASE la información relativa a los números de RUT de las personas contenidas en la nómina entes mencionada, en tanto afectan el derecho de la vida privada de su titular en su vertiente positiva, esto es, ta autodeterminación informativa como poder de control sobre la información propia, amparado por las causales de reserva N°S 2 y 5 del artículo 21 de la Ley de Transparencia. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad a las excepciones de publicidad consagradas en el artículo 21 N° 1 , de la Ley de Transparencia. | Art. 21, N°1 y N°2, de la Ley Nº 20.285. | 08/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1972 | DENIÉGASE el acceso al correo electrónico de la Sra. Ministra y el Sr. Subsecretario, ambos de Educación, por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el N° 1 del artículo 21 letra b) de la Ley de Transparencia, por cuanto su publicidad, comunicación o conocimiento, afecta el eficiente desarrollo de la función pública de esta Subsecretaría de Educación. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al N° 1 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21, N°1, letra b), de la Ley Nº 20.285. | 08/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1971 | DENIÉGASE la entrega de la información de la especie, relativa a las materias que indica sobre reconocimiento oficial, toda vez que distrae indebidamente a los funcionarios respecto al cumplimiento regular de sus labores habituales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 N° 1 , letra c), de la Ley N° 20.285. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad a las excepciones de publicidad consagradas en el artículo 21 N° 1 , de la Ley de Transparencia. | Art. 21, N°1, letra c), de la Ley Nº 20.285.- | 08/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1891 | ACCÉDASE a la entrega de la información requerida en la solicitud de acceso a la información pública código AJ001W-1822617, de fecha 21 de febrero de 2019, formulada por W INGENIEROS, relativa al nombre de la persona encargada de ciberseguridad y su dependencia, de esta Subsecretaría de Educación. DENIÉGASE el acceso al correo electrónico y teléfono del encargado de Ciberseguridad de esta Subsecretaría de Educación, por configurarse la causal de reserva o secreto prevista en el I del artículo 21 letra b) de la Ley de Transparencia, por cuanto su publicidad, comunicación o conocimiento, afecta el eficiente desarrollo de la función pública de esta Subsecretaría de Educación. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al N° 1 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21 N°1, letra b), de la Ley Nº 20.285 | 03/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1895 | DENIÉGASE, la entrega de la información solicitada con fecha 21 de febrero de 2019, por doña Paulina Mella, codificada con el N° AJ001W-1822400, relativa al informe final de la situación financiera de la Universidad del Pacifico y, que de conformidad a la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, no pueden ser entregados por ser antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al artículo 21 N° 1 , letras b), de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21 N° 1 letra b), de la Ley Nº 20.285 | 03/04/2019 | |
Responde a solicitud de acceso a información que indica | Resolución Exenta N°1893 | DENIÉGASE, la entrega de la información solicitada con fecha 21 de febrero de 2019, por doña Paula Herrera, codificada con el N° AJ001W-1822619, relativa al informe final de la situación financiera de la Universidad del Pacifico y, que de conformidad a la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, no pueden ser entregados por ser antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución. DECLÁRESE reservada la información denegada de conformidad al artículo 21 N° 1 , letras b), de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. | Art. 21 N°1, letra b) Ley Nº 20.285 | 03/04/2019 | |