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Transparencia Activa
Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
Consejo de Rectores
Proponer a las entidades que lo integran, iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos, para procurar un mejor rendimiento y calidad de la enseñanza superior.
DFL Nº 2, -fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Orgánico del Consejo de Rectores(Artículo 2)
04/06/1986
04/06/1986
No Aplica
Presidente
El Consejo de Rectores será integrado y presidido por el Ministro de Educación, quien designará un Vicepresidente de entre los miembros del Consejo.
Decreto Ley Nº 1287- Diciembre de 1975 (Artículo 1)-/DFL Nº 2 (1985)
26/07/2001
26/07/2001
No Aplica
Secretario General
La Secretaría General estará a cargo de un Secretario General quien será el Ministro de Fé y le corresponderá certificar la autenticidad de todas las actuaciones o acuerdos que adopte el Consejo encargado de realizar estudios y prestar apoyo administrativo y técnico al Consejo , entre otras. La Secretaría General del Consejo de Rectores estará encargada de la administración del Servicio, de realizar estudios y prestar apoyo administrativo y técnico al Consejo para el cumplimiento de sus funciones y de llevar las actas y registros de acuerdos.
Resolución Nº 001, Fija Texto del Reglamento de la Secretaría General del Consejo de Rectores -abril de 1986 (Artículo 2)
03/04/1986
03/04/1986
No Aplica
Vice Presidente Ejecutivo
Son funciones fundamentales del Vicepresidente Ejecutivo: a) Aquellas emanadas de las atribuciones que le sean expresamente delegadas en conformidad al artículo 5 letra e) de la Ley Orgánica del Consejo de Rectores; b) presidir el Comité Ejecutivo; c) realizar labores de representación protocolar del Consejo ante organismos y autoridades vinculadas al ámbito de la educación, en conjunto con el Comité Ejecutivo; y d) ejercer las demás funciones que le encomiende el plenario del Consejo de Rectores.
Resolución exenta 114-2019, que lleva a efecto acuerdo 57-2019 adoptado en sesión 607 del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, que aprueba reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de Rectores.
06/09/2019
06/09/2019
No Aplica