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Transparencia Activa
Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
A) Director Ejecutivo
Su objetivo, será dirigir, organizar, administrar y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación pública, dentro del territorio de su competencia. Dentro de las funciones del Director ejecutivo, se encuentran las siguientes: a) Elaborar e implementar el Plan Estratégico Local de Educación Pública y el Plan Anual a que se refieren, respectivamente, los artículos 45 y 46 de la Ley 21.040, con la participación de las respectivas comunidades locales y educativas y respondiendo a sus necesidades. b) Celebrar convenios de desempeño con los directores de los establecimientos educacionales de dependencia del Servicio Local, de conformidad al artículo 33 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 1996, del Ministerio de Educación, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.070, que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación. c) Contratar y designar, así como poner término a las funciones del personal del Servicio Local y de los profesionales de la educación, asistentes de la educación y otros profesionales de los establecimientos educacionales de su dependencia, de conformidad a la normativa vigente, según corresponda. d) Delegar en los directores de los establecimientos educacionales de su dependencia, así como en funcionarios del Servicio Local, las atribuciones que estime conveniente, de conformidad a la Ley. e) Representar judicial y extrajudicialmente al Servicio Local de Colchagua. f) Participar, con derecho a voz, en las sesiones del Comité Directivo Local y del Consejo Local. g) Rendir cuenta pública en el mes de abril de cada año, sobre la marcha del Servicio Local. Dicha cuenta pública, deberá ser publicada en el sitio electrónico del Servicio Local respectivo. h) Las demás funciones y atribuciones que le encomienden las leyes.
Artículo 22 Ley N°21.040
24/11/2017
24/11/2017
No Aplica
B) Jefa Gabinete
El objetivo de la Jefa de Gabinete es coordinar las actividades de la Dirección del Servicio Local, supervisar y apoyar la gestión de todas las áreas del Servicio Local, para la buena ejecución de sus planes y tareas. Entre sus funciones se encuentran: a) Filtrar y analizar las invitaciones y/o compromisos que llegan a la Dirección de SLEP. b) Hacer una clasificación de la agenda, para rescatar y promover actividades de relevancia en el territorio del SLEP. c) Recibir y atender autoridades, representantes de organizaciones, funcionarios y otras personas, de acuerdo con las pautas que el Director le indique. d) Coordinar acciones con área de comunicaciones. e) Mantener contacto permanente con la Dirección de Educación Pública, y autoridades Municipales o Regionales. f) Revisar discursos de la Dirección antes que lleguen a sus manos. g) Efectuar los demás cometidos que le asigne el Director Ejecutivo.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
C) Unidad de Auditoría y Control Interno
El Objetivo de la Unidad de Auditoría Interna será contribuir en el diseño, implementación, monitoreo, ejecución de las disposiciones de Control Interno en el SLEP y evaluar que los procesos administrativos y operacionales del Servicio Local se ajusten al marco jurídico vigente, a los estándares que regulan su funcionamiento, a la propensión del logro de los objetivos institucionales y a la mejora continua, a través de auditorías con foco en procesos considerados críticos o de especial trascendencia, realizando un control interno, evaluando riesgos y elaborando informes que contengan observaciones y recomendaciones. Sus funciones son: a) Colaborar en la planificación en implementación de normativas y estándares vinculados a procesos de auditoría del SLEP, con el fin de agregar valor a la gestión institucional; b) Elaborar e implementar el plan anual de auditoría del Servicio Local. c) Diseñar y elaborar informes de auditoría. d) Cumplir con la entrega de informes de auditoría y seguimiento hacia el CAIGG (Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno), en los plazos y formas establecidas. e) Coordinar acciones correctivas a partir de los hallazgos de auditoría. f) Evaluar el sistema de control interno institucional, efectuando las recomendaciones en los ámbitos financiero y operativo. g) Evaluar y recomendar acciones que propendan al fortalecimiento del Sistema de Control Interno del Servicio Local. h) Evaluar el grado de cumplimiento y pertinencia del uso eficiente y eficaz de los recursos humanos, financieros y materiales del Servicio. i) Asegurar la coherencia entre las políticas y actividades del Departamento de Auditoría, y aquellas emanadas de la autoridad Presidencial y del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG). j) Definir los puntos críticos de su ámbito de acción asociados a riesgos administrativos y de gestión, aportando información para la elaboración de la matriz de riesgos institucional. k) Otorgar permanente y oportuno seguimiento al proceso de gestión de riesgos del Servicio, según directrices entregadas por el Consejo de Auditoría. l) Colaborar en la gestión de la información en procesos de Fiscalización de la Contraloría General de la República en el Servicio, en la respuesta a Preinformes y posterior seguimiento mediante plataforma de seguimiento de la CGR. m) Contribuir y coordinar la implantación y operación del Proceso de Gestión de Riesgos en la Institución. n) Generar cualquier solicitud de auditoría no planificada o) Ejecutar tareas o actividades que sean requeridas por el Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Colchagua.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
D) Unidad de Asesoría Juridica
A la unidad de Asesoría Jurídica le corresponderá asesorar en todo lo relacionado con materias legales de Derecho Educativo, Administrativo, Derecho Laboral, Civil, procesal y Compras Públicas, respecto de los cuales se estime pertinente su pronunciamiento, a fin de asegurar los principios de legalidad, probidad, de competencia, de responsabilidad, de eficacia y de control de gestión de actos relacionados con terceros internos y externos del Servicio. Entre sus funciones se encuentran: a) Colaborar e informar en materias de Derecho Educativo, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Laboral, Compras Públicas y en todos los asuntos legales que las Divisiones le planteen, manteniendo un archivo actualizado de los informes emitidos. b) Analizar y brindar respuesta sobre y representación sobre los juicios presentados ante el Consejo de Defensa del Estado y a los tribunales de Justicia, realizando un seguimiento permanente de los informes emitidos, realizando, además, un seguimiento permanente de las causas vigentes ante los Tribunales de Justicia. c) Brindar asesoría jurídica permanentemente a todas las Subdirecciones del Servicio, aplicando la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, atingentes a las materias propias de la Institución. d) Oficiar, según requerimiento de su jefatura, como Fiscal o investigador(a), ejecutando la investigación y análisis de los hechos para la formulación de cargos y elaboración del informe final, en las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio de las que puedan ser efectuadas por funcionarios(as) de la Institución, las que se harán bajo la supervigilancia de esta División. e) Colaborar, en conjunto con el Área de Administración y Abastecimiento, en la elaboración y revisión de las contrataciones, procedimientos licitatorios y de compras públicas, asegurando con eficiencia y transparencia, la oportunidad de los bienes y servicios proporcionados. f) Brindar asesoría jurídica, respecto a todos los asuntos legales, en materias de compras públicas y contrataciones, según los requerimientos que le planteen las distintas Subdirecciones del Servicio. g) Colaborar y coordinar la elaboración y revisión de los convenios que suscriba el Servicio Local de Educación, con distintas entidades públicas y privadas. h) Colaborar en la elaboración de los proyectos de reglamentos, instructivos, convenios y bases administrativas legales, según los requerimientos que le planteen las Subdirecciones. i) Integrar las comisiones, comités y mesas de trabajo que su jefatura determine, representando estratégicamente al SLEP, asesorando en las materias legales en las que ésta debe contribuir. j) Mantener el compromiso de comportarse desde los más altos estándares de transparencia y probidad en el ejercicio de sus funciones. k) Manejar la información a la cual tiene acceso respetando su naturaleza, a fin de otorgarle el tratamiento respectivo. l) Participar y cumplir con los hitos de la gestión del desempeño en conjunto con su jefatura, en forma proactiva y oportuna, para alcanzar las metas encomendadas, acorde a los lineamientos de la Gestión del Desempeño institucional. m) Responder a las solicitudes de Transparencia, velando por la entrega correcta de los antecedentes solicitados por la ciudadanía.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
E) Unidad de Comunicaciones
Corresponderá a la Unidad de Comunicaciones coordinar al Servicio Local en materia comunicacional, transmitiendo su visión, objetivos estratégicos e información que la Dirección desee divulgar, asesorando a la Dirección en sus actividades de carácter público y mediático. Funciones: a) Apoyar la coordinación comunicacional del Director y del Servicio Local; b) Administrar la página web del SLEP; c) Dirigir levantamiento de campañas en redes sociales; d) Redactar y editar minutas comunicacionales; e) Gestionar estratégicamente las crisis comunicacionales; f) Editar y corroborar el correcto uso de normas gráficas (imagen) del Servicio Local; g) Edición de comunicados de Prensa; h) Colaborar con la estructura y contenido de la cuenta pública del Servicio Local.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
F) Subdirección de Administración y Finanzas
A la Subdirección de administración y finanzas le corresponderá, entre otras, la función de administrar los recursos materiales y financieros del Servicio Local, y de apoyar, en el ámbito que le competa, a los equipos directivos de los establecimientos educacionales de su dependencia, especialmente en la preparación de los informes solicitados por la Superintendencia de Educación. A demás, tendrá a su cargo las Unidades de Finanzas, Adquisiciones, Informática y Servicios Generales.
Artículo 25 Ley N°21.040
24/11/2017
24/11/2017
No Aplica
G) Unidad de Finanzas
La Unidad de Finanzas, deberá confeccionar los reglamentos, normas e instrucciones que se puedan impartir sobre la materia a nivel interno del Servicio Local, rendiciones de cuenta ante los organismos competentes y controlar la ejecución presupuestaria anual. En este sentido, deberán llevar la contabilidad del Servicio Local, de acuerdo con los reglamentos e instrucciones aprobadas; las normas contables generalmente aceptadas y las reglas impartidas al efecto por la Contraloría General de la República y demás organismos competentes en la materia. Asimismo, esta Unidad deberá llevar al día el inventario de los bienes del Servicio Local y de aquellos sobre los que este tenga algún título, derecho o la mera tenencia. Dentro de sus funciones le corresponde: a) Preparar los informes financieros que le sean requeridos por el Subdirector de Administración y Finanzas y/o Director Ejecutivo b) Preparar las rendiciones de cuenta del uso de los recursos, cualquiera sea su origen, y custodiar la documentación de respaldo correspondiente. c) Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en la Resolución N°30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuenta, así como la normativa que la modifique o reemplace, de ser pertinente. d) Prestar asesoría a los directores de los establecimientos dependientes del Servicio Local en lo relativo a temas financieros, de ejecución presupuestaria o de rendición de cuenta de los recursos que administren o perciban. e) Llevar el inventario de los bienes existentes en el lugar de desempeño del Servicio Local y en sus distintos establecimientos. f) Realizar los trámites necesarios para los intereses del Servicio Local ante los bancos y compañías de seguro. g) Tener al día los contratos de seguro relativos a los distintos bienes del Servicio Local y establecimientos de su dependencia. h) Mantener al día las conciliaciones bancarias de las distintas cuentas activas del Servicio Local. i) Realizar los trámites necesarios ante el Servicio de Impuestos Internos para mantener al día la situación tributaria del Servicio Local, y tramitar y llevar al día los documentos tributarios relativos a donaciones, transferencias u otras situaciones. j) Registrar, custodiar, devolver, en su caso, o gestionar el cobro de las boletas de garantía cuyo beneficiario sea el Servicio Local. k) Las demás que le sean encomendadas por el Subdirector de Administración y Finanzas o el Director Ejecutivo.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
H) Unidad de Adquisiciones
La Unidad de Adquisiciones, estará encargada de llevar a cabo los procedimientos de contratación que sean necesarios para la debida prestación del servicio educacional, hasta la completa ejecución de los mismos, para lo cual contará con el apoyo de las demás unidades del servicio. Dentro de sus funciones se encuentran: a) Efectuar las cotizaciones que sean necesarias para determinar la oferta más conveniente a los intereses del Servicio Local, en relación con los bienes o servicios que se pretenda contratar. b) Lograr el abastecimiento de bienes y servicios en la calidad, cantidad, oportunidad y lugar requerido por los usuarios, para el buen funcionamiento del Servicio Local y el logro de los objetivos y metas establecidas. c) Establecer los mecanismos de supervisión del cumplimiento de los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios. d) Mantener el control de stocks de los bienes necesarios para la operatividad de los servicios asistenciales y administrativos. e) Elaborar las bases de licitación que sean necesarias para la contratación y/o abastecimiento bienes y servicios. f) Determinar el procedimiento de contratación que sea aplicable para satisfacer las necesidades del Servicio Local, de acuerdo con lo que le sea requerido por el Subdirector de Administración y Finanzas u otros Directivos del Servicio Local. g) Analizar los procedimientos de compras, con el fin de mejorar los procesos asociados a ella. h) Llevar a cabo los procedimientos de contratación, en sus distintas etapas, con sujeción a la Ley N°19.885 y su reglamento, contenido en el decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. i) Cumplir con la normatividad técnica y legal en el abastecimiento de bienes y servicios. Alcanzar en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales, el control interno previo, simultáneo y posterior. j) Gestionar la suscripción de las órdenes de compra que sean procedentes para la realización de las obras o prestación de los servicios. k) Las demás que le sean requeridas por el Subdirector de Administración y Finanzas o el Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
I) Unidad de Informatica
Coordinar, controlar y registrar el parque de equipos computacionales, software, telefonía y redes de cada unidad de la SLEP, garantizando su correcto funcionamiento y la ejecución del programa preventivo y correctivo de los mismos. a) Elaborar y ejecutar el programa de mantenciones preventivo de equipos y sistemas informáticos. b) Proponer el programa de reemplazo de equipos y periféricos ajustados a la realidad presupuestaria de cada unidad perteneciente al Servicio Local. c) Controlar, inventariar y tramitar las licencias de software y sistemas existente en la SLEP. d) Velar por el buen funcionamiento de las redes de voz y dato de las distintas unidades, generando mejoras y adecuaciones que el caso requiera con la finalidad de generar un adecuado nivel de comunicaciones, uso y rapidez de los sistemas. e) Controlar, asignar y proponer modificaciones al parque de celulares y contratos de telefonía celular en las unidades de la SLEP a fin de garantizar un adecuado uso y tráfico de telefonía celular.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
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J) Servicios Generales
La unidad de Servicios Generales tendrá a cargo al Estafeta del Servicio Local de Educación y a Oficina de Partes, a los que les corresponderá: Estafeta: a) Transportar al personal del Servicio Local de acuerdo a la programación en terreno de las Subdirecciones y Gabinete. b) Mantener al día los libros de bitácora de los vehículos institucionales; c) Transportar correspondencia a las instituciones externas cuando sea necesario. d) Cumplir con las demás funciones que le sean encomendadas por el encargado de Servicios Generales, Subdirector de Administración y finanzas o Director Ejecutivo del Slep. Oficina de Partes: a) Tener a su cargo el trámite de ingresos y distribución de la correspondencia oficial del Servicio Local. b) Efectuar seguimiento de la tramitación de la documentación interna y externa de Servicio Local e informar, cuando proceda, a Subdirección de Administración y Finanzas. c) Distribuir copias de decretos, resoluciones, órdenes de servicios, circulares y otros a quienes corresponda, de manera oportuna. d) Recepcionar las presentaciones, felicitaciones o reclamos de la comunidad en general. e) Emitir informes periódicos a Subdirección de Administración y Finanzas, de las presentaciones y reclamos recibidos en la Unidad. f) Mantener el archivo de la documentación del Servicio Local clasificado, velando por su correcta conservación, actualización y utilización. g) Las demás que le sean requeridas por la Subdirección de Administración y Finanzas o Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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K) Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas
La Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas del Servicio Local de Colchagua, tendrá como objetivo el acompañamiento de los funcionarios a lo largo de su desempeño en la Institución y todas las consecuencias administrativas del mismo, desde su inicio hasta su término.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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L) Encargada Gestión de Personas
Dentro de sus funciones se encuentran: a) Acompañar, supervisar y asegurar el correcto funcionamiento de las unidades de remuneraciones y procesos; b) Supervisar el adecuado registro y mantención de la información que da soporte a los procesos gestionados por el área; c) Generar información cuantitativa (estadísticas e indicadores) y cualitativa acerca de los procesos que lidera dentro de la subdirección, estableciendo una metodología para su recolección, validación, integración, consolidación y oportuna disponibilidad. d) Implementar de modelo de control que asegure el correcto funcionamiento de ciclos de procesos y remuneraciones. e) Participar de la implementación de un sistema de remuneraciones, intranet para programa 01 y 02 f) Elaborar y mantener un sistema de información para la gestión de las personas actualizado de los funcionarios., que detalle la cantidad de funcionarios, datos personales, profesión y otros. g) Las demás que le sean requeridas por la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas o Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
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04/05/2021
04/05/2021
No Aplica
M) Área de Procesos Administrativos
Al área de Procesos Administrativos le corresponderá dirigir las gestiones relacionadas a la administración del archivo de todos los funcionarios del servicio sin distinción del régimen estatutario o laboral que les rija, administrando el resguardo de los documentos asociados a la vida laboral de los trabajadores del SLEP, cumpliendo con la normativa y lineamientos del Servicio. Llevará a cabo las siguientes funciones: a) Confeccionar los documentos necesarios para llevar a cabo las contrataciones o sus modificaciones, de acuerdo a cada estatuto que sea aplicable. b) Registrar, en los casos que sea aplicable, oportunamente los documentos (contratos, anexos, etc.), ante las instituciones con competencia en la materia. c) Custodiar la documentación correspondiente a los funcionarios, velando por la debida reserva de su contenido. d) Extender los certificados que le sean requeridos por los funcionarios o las autoridades competentes. e) Informar respecto de cualquier asunto de naturaleza laboral, para los efectos de responder a los requerimientos efectuados por Contraloría General de la República, Tribunales de Justicia u otros organismos competentes. f) Recibir y someter a tramitación, de conformidad a la ley y los reglamentos, las licencias médicas que afecten al personal. g) Mantener actualizados los reglamentos internos del Servicio Local, en lo relativo a los funcionarios. h) Las demás que le sean requeridas por la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas o Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
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04/05/2021
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No Aplica
N) Área de Remuneraciones
Al Área de Remuneraciones le corresponderá la gestión del pago íntegro en tiempo y forma de los funcionarios del SLEP y de los establecimientos educacionales vinculados, correspondiente a sus remuneraciones y compromisos previsionales, ejerciendo un eficiente control en la gestión del proceso. Al Área de Remuneraciones le corresponderán las siguientes funciones: a) Pagar oportuna y correctamente las remuneraciones de los funcionarios dependientes del Servicio Local, de acuerdo a sus respectivos estatutos. b) Efectuar los descuentos que sean pertinentes de las remuneraciones, conforme a la Ley. c) Retener y enterar en el Servicio de Impuestos Internos y en las Instituciones Previsionales correspondientes los impuestos que graven a las remuneraciones y las cotizaciones previsionales. d) Las demás que sean inherentes a la naturaleza de sus funciones y las que le sean encomendadas por la Subdirectora de Gestión y Desarrollo de Personas o Director Ejecutivo del Servicio Local.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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O) Unidad de Formación y Desarrollo Organizacional
A la Unidad de Formación y Desarrollo Organizacional le corresponderá liderar la gestión de procesos vinculados al ingreso, formación y desarrollo de capacidades y formación profesional de los funcionarios del Servicio Local, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección Nacional del Servicio Civil, así como de los directivos, docentes y asistentes de la educación de cada establecimiento educacional, acorde a los desafíos y necesidades propias de cada unidad educativa, ejerciendo un eficiente control y supervisión de estos. La Unidad deberá cumplir con las siguientes funciones: a) Diseñar, implementar, supervisar y evaluar Plan Anual de Capacitación y Gestión del Desempeño, estableciendo metas e indicadores de cumplimiento; b) Coordinar la gestión de la formación continua en servicio y perfeccionamiento de los funcionarios del Servicio Local y de los Establecimientos Educacionales, de acuerdo con las necesidades e intereses que sean manifestados por los distintos estamentos. c) Coordinar en conjunto con subdirecciones del Servicio Local acciones relacionadas con: capacitación, perfeccionamiento, desarrollo profesional y presupuesto d) Definir e implementar un proceso de inducción para los funcionarios que se integran al Servicio Local o se trasladan internamente de área. e) Definir e implementar un proceso de reclutamiento y selección para los talentos requeridos por el funcionamiento del Servicio Local f) Gestionar y tramitar los concursos del personal que sean llevados a cabo por el Servicio Local y Establecimientos Educacionales en cada una de sus diferentes etapas. g) Resguardar el cumplimiento de las normas de aplicación general en materia de gestión y desarrollo establecidas por el servicio civil. h) Implementar un modelo de gestión de Clima Laboral con acciones visibles para los funcionarios del SLEP y la incorporación de otros diagnósticos organizacionales. Elaborar y/o coordinar la elaboración de instructivos, procedimientos y herramientas auxiliares asociadas a los procesos que forman parte del ámbito de competencia del área. i) Monitorear y rendir procesos de evaluación y Planes de Superación Profesional j) Diseñar, monitorear y evaluar Plan de Desempeño de los funcionario/as del Servicio Local k) Apoyar en tareas o actividades que puedan ser requeridas por el Jefe Directo.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
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P) Unidad de Bienestar
a) Diseñar, implementar y ejecutar un Plan de atención social tendiente a otorgar atención integral a los funcionarios/as, indicando metas e indicadores del servicio, de acuerdo a la cantidad y calidad de los beneficios a entregar, número de funcionarios a beneficiar y cronograma de trabajo. b) Implementar y evaluar territorialmente la red social del estado y asesorar a los socios para acceder a los beneficios de dicha red. c) Proponer, implementar y evaluar programas y metodologías de trabajo para abordar la problemática social de los socios del servicio. d) Liderar los procesos de levantamiento de información respecto a las necesidades y nuevos requerimientos de los funcionarios. e) Proponer nuevos proyectos y convenios que permitan mejorar continuamente el sistema de beneficios entregados por el servicio. f) Monitorear la ejecución del presupuesto asociado a Bienestar y su correcta utilización, revisando información de ingresos y egresos del Servicio, supervisando los procesos de compras y licitaciones. g) Elaborar informes de gestión respecto a los avances de los procesos llevados a cabo por el área. h) Generar estrategias de difusión respecto a los convenios vigentes con empresas, informando respecto a los servicios y beneficios a los que pueden acceder los funcionarios afiliados. i) Coordinar y supervisar la ejecución oportuna de charlas informativas. j) Colaborar en la gestión de otorgamiento de beneficios dirigidos a los funcionarios/as. k) Ejecutar tareas y/o actividades que sean requeridas por el Jefe Directo.
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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Q) Unidad de Prevención de Riesgos
El objetivo de la Unidad es asegurar el cumplimiento de las disposiciones relativas a seguridad y salud del trabajo, accidentabilidad y enfermedades profesionales, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°16.744 y reglamentos asociados. Dentro de sus funciones se encuentra: a) Elaborar, proponer, promover, aplicar y evaluar el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad del servicio. b) Planificar, organizar, promover y ejecutar acciones destinadas a prevención y atención de accidentes y enfermedades profesionales producidas en el servicio y en los establecimientos educacionales. c) Planificar, elaborar, ejecutar y evaluar plan de riesgo y medidas de prevención y atención de accidentes y enfermedades profesionales producidas en cada uno de los distintos Establecimientos Educacionales y dependencias del Slep. d) Apoyar y asesorar a la jefatura en la prevención de riesgos y mejora de los ambientes laborales del Servicio y Establecimientos Educacionales, proponiendo iniciativas que vayan en ese sentido. e) Coordinar y asesorar la conformación y funcionamiento de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad existentes en cada uno de los distintos Establecimientos Educacionales y dependencias del Slep. f) Elaborar, aplicar y difundir planes, procedimientos y reglamentos internos a todos los miembros del Servicio Local y Establecimientos Educacionales procurando su actualización cuando corresponda. g) Registrar y mantener estadísticas completas de accidentabilidad y siniestralidad de los distintos Establecimientos Educacionales y dependencias del Servicio Local, de acuerdo con lo establecido en la norma. h) Coordinar la implementación de planes de colaboración suscritos con la Mutualidad u otras instituciones relacionadas. i) Atender y/o coordinar la atención de inquietudes presentadas por los funcionarios del Servicio Local y Establecimientos Educacionales en el ámbito de su competencia. j) Planificar, coordinar y/o ejecutar charlas de prevención de riesgo y de derecho a saber para los funcionarios del Servicio Local y de los establecimientos educacionales. k) Realizar y/o coordinar visitas de inspección a los distintos Establecimientos Educacionales del territorio del Servicio Local en coordinación con los responsables que corresponda en cada establecimiento. l) Coordinar y/o ejecutar la evaluación de Factores de Riesgo Psicosocial con instituciones relacionadas. m) Evaluar y/o coordinar evaluaciones de puestos de trabajo. n) Supervisar el cumplimiento de estándares de seguridad de empresas externas que presten servicios o realicen trabajos para el Servicio Local o en los establecimientos educacionales de su territorio. o) Gestionar la adquisición y entrega de implementos de seguridad y ergonómicos para los funcionarios del Servicio Local y Establecimientos Educacionales en atención a las funciones desempeñadas. p) Apoyar en tareas que puedan ser requeridas por el Jefe Directo
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
04/05/2021
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R) Subdirección de Apoyo Técnico Pedagógico
A la Subdirección de Apoyo Técnico Pedagógico le corresponderá liderar el apoyo técnico-pedagógico de los establecimientos educacionales, comunidades educativas de dependencia del Servicio Local, promoviendo la estrategia y proceso educativo integral del SLEP, en especial en lo relativo a la implementación curricular, la gestión y liderazgo directivo, la convivencia escolar y el apoyo psicosocial a sus estudiantes, orientando y acompañando los procesos de Plan de Mejoramiento Educativo y el Proyecto Educativo de cada establecimiento educacional, mediante la gestión de los recursos asignados para esta función
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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S) Unidad de Mejoramiento Continuo y Acompañamiento Técnico
A la Unidad le corresponderá conducir y coordinar los procesos del apoyo y acompañamiento técnico pedagógico a partir de un ciclo de involucramiento, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación, velando por su calidad y pertinencia en relación con la realidad y contexto de los establecimientos educacionales del territorio a cargo, promoviendo el desarrollo de capacidades de los equipos de los establecimientos educacionales, mediante el uso de estrategias de asesoría directa y trabajo colaborativo y en red. Dentro de sus funciones están: a) Planificar y coordinar el apoyo y acompañamiento técnicopedagógico a los equipos directivos de los establecimientos educacionales con foco en el desarrollo de las capacidades profesionales de los actores educativos. b) Entregar orientaciones y lineamientos al equipo territorial para que éstos apoyen a los equipos directivos en la elaboración de los distintos instrumentos de gestión institucional y pedagógica, ya sea plan de mejoramiento educativo (PME), proyecto de mejoramiento educativo (PEI), proyecto curricular y de integración escolar (PIE), entre otros. c) Orientar y coordinar el diseño de los planes de apoyo entre el equipo territorial y los equipos directivos resguardando estrategias de asesoría directa y promoviendo el trabajo colaborativo y en red de los establecimientos educacionales del Servicio Local. d) Levantar las necesidades de perfeccionamiento de los establecimientos educacionales a través de los equipos territoriales, de los directivos, docentes y asistentes de la educación (cargos técnicos y otros profesionales como psicopedagogos, fonoaudiólogos, psicólogos y otros perfiles); e) Desarrollar un sistema de abordaje de la diversidad en distintos ámbitos mediante un diagnóstico y diseñar estrategias de apoyo para los estudiantes dentro del Plan de Apoyo Global del SLEP y de cada plan de apoyo de cada Establecimiento Educacional. f) Establecer redes de cooperación y trabajo permanente con organismos gubernamentales y no gubernamentales (por ej.: municipios, SENDA, SENADIS, Chile Crece Contigo, entre otros). g) Entregar lineamientos y orientaciones a los equipos de apoyo y acompañamiento territorial promoviendo el trabajo colaborativo, acompañándolos en terreno y generando instancias de desarrollo profesional. h) Realizar seguimiento y retroalimentación de los informes y experiencias del equipo territorial de apoyo y acompañamiento de manera permanente. i) Coordinar el apoyo y acompañamiento a los equipos de los establecimientos educacionales pertenecientes al Servicio Local en la elaboración y seguimiento de sus Proyectos Educativos Institucionales, Planes de Mejoramiento Educativo y, en general, de cualquier instrumento de planificación y gestión. j) Diseñar instrumentos y herramientas de acuerdo a las bases modelo del apoyo y acompañamiento técnicopedagógico de la DEP, que faciliten y hagan más efectivo y eficiente el trabajo de acompañamiento a los establecimientos educacionales por parte de los equipos territoriales. k) Propiciar la innovación y el desarrollo en los procesos de acompañamiento y apoyo a los establecimientos, en base a los resultados del análisis y sistematización realizados, de acuerdo a su PEI y necesidades particulares.
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04/05/2021
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T) Unidad de Monitoreo y Resultados Educativos
Corresponderá a la Unidad de Monitoreo y Resultados Educativos definir y garantizar la implementación de sistemas de monitoreo y seguimiento de procesos y resultados educativos de los establecimientos del territorio, con el propósito de orientar el apoyo y las medidas de mejoramiento continuo, el intercambio de experiencias, la gestión del conocimiento y la toma de decisiones oportuna. Dentro de las funciones de la Unidad se establecen las siguiente: a) Diseñar los instrumentos y herramientas necesarios para monitorear el desempeño de los establecimientos del territorio en relación con sus procesos y resultados educativos. b) Guiar los procesos de recopilación de información por medio de los instrumentos y herramientas definidas. c) Definir información recopilada, para orientar decisiones del SLEP en virtud del mejoramiento educativo continuo. d) Asesorar a otras unidades del SLE y a los equipos directivos de los establecimientos respecto del análisis e interpretación de la información producida y recopilada, contribuyendo con ello a una adecuada toma de decisiones. e) Asesorar a otras unidades del SLE y a los equipos directivos de los establecimientos respecto de las necesidades profesionales de los establecimientos educacionales. f) Entregar información a la Subdirección de Planificación y Control de Gestión respecto a los datos recopilados y analizados en los establecimientos educacionales del territorio. Junto con ello, el diagnóstico anual local.
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U) Subdirección de Gestión Territorial
Corresponderá a la Subdirección de Gestión Territorial el análisis, diseño e implementación de un sistema para proveer las necesidades y requerimientos de los EE y del SLEP, de manera coordinada y articulada con todas sus subdirecciones, procurando el funcionamiento óptimo y eficiente de los EE.
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No Aplica
V) Unidad de Vinculación y Participación Territorial
Corresponderá a la Unidad de Vinculación y Participación Territorial: a) Diseñar un mecanismo basado en relaciones coordinadas y colaborativas con los Establecimientos Educacionales que permitan detectar y pesquisar oportunamente las necesidades y requerimientos físicos y materiales, gestionando las respuestas de estas con las unidades correspondientes. b) Diseñar e implementar una metodología de trabajo con las diferentes unidades del Servicio Local de Educación, que asegure la respuesta efectiva y oportuna a las necesidades de los Establecimientos Educacionales. c) Monitorear y dar seguimiento a las acciones generadas por las unidades del Slep correspondientes para dar respuesta a las necesidades derivadas y medir el alcance de las soluciones propuestas. d) Impulsar un modelo de trabajo coordinado y colaborativo que fortalezca el posicionamiento y articulación con los E.E. del Servicio Local en el territorio, a fin de asegurar la vinculación y comunicación efectiva. e) Asesorar como unidad al Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Colchagua, en las materias que sean de su competencia. f) Coordinar las agendas de los gestores para las visitas a los EE para atender a sus pedidos en coordinación con la subdirección del UTP
Resolución Exenta N°725 - 2021
04/05/2021
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W) Unidad de Participación Ciudadana
a) Diseñar, mejorar y evaluar procesos participativos que velen por una cultura de mejora educativa de calidad y equidad en la educación, generando capacidades en las comunidades. b) Establecer mecanismos efectivos de participación ciudadana en el marco de las actividades desarrolladas por la SLEP. c) Asesorar a los establecimientos en cuanto a la implementación de iniciativas de participación ciudadana, cuando sea pertinente.
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04/05/2021
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X) Subdirección de Planificación y Control de Gestión
A la Subdirección de planificación y control de gestión le corresponderán, entre otras, las funciones de colaborar con el Director Ejecutivo en la planificación estratégica y presupuestaria para la provisión del servicio educacional por parte del Servicio Local, junto con monitorear el cumplimiento de las metas e indicadores contemplados en los instrumentos de gestión del Servicio Local y sus establecimientos. Asimismo, a esta unidad le corresponderá elaborar los proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento a los que se refiere la letra m) del artículo 18 de la Ley 20.040, así como velar por la adecuada mantención de los establecimientos educacionales de su dependencia.
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Y) Unidad de Planificación Estratégica
Corresponderá a la Unidad de Planificación Estratégica: a) Elaborar el proyecto de presupuesto, considerando las necesidades de recursos y su coherencia con los objetivos de los proyectos y actividades del Servicio Local. b) Colaborar en el desarrollo de la oferta de educación pública en el territorio que le corresponda y velar por una adecuada cobertura del servicio educacional, de acuerdo a las particularidades del territorio c) Contar con sistemas de seguimiento, información y monitoreo, de conformidad a las orientaciones establecidas por el Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua, que consideren tanto la evaluación de procesos y resultados de los establecimientos educacionales de su dependencia, como los informes emitidos por la Agencia de Calidad de la Educación, de conformidad a la ley N° 20.529, con el objeto de propender a la mejora continua de la calidad de la educación provista por dichos establecimientos. d) Elaborar el Plan Estratégico Local de Educación Pública y el Plan Anual, con la participación de las respectivas comunidades locales y educativas, respondiendo a sus necesidades. e) Colaborar en la determinación de la apertura, fusión o cierre de los establecimientos educacionales de su dependencia dentro del territorio de su competencia, debiendo cumplir al efecto con la normativa educacional vigente. f) Colaborar en la determinación de la apertura o cierre de especialidades de formación diferenciada en sus establecimientos de enseñanza media técnico-profesional, asegurando la existencia de una oferta territorial pertinente a las necesidades de desarrollo locales y debiendo cumplir al efecto con la normativa educacional vigente. g) Efectuar el control de gestión, planificación, gestión de los procesos y proyectos que lleva a cabo el Servicio Local para el cumplimiento de sus funciones. h) Ejecutar los demás cometidos e instrucciones que le asigne el Subdirector de Planificación y Control de Gestión o Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
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Z) Unidad de Infraestructura Escolar
a) Diagnosticar, permanentemente, el estado y necesidades de infraestructura educacional, planificando y gestionando acciones tendientes a la elaboración de diseños y proyectos que permitan cumplir con la normativa legal vigente y cumplir con los estándares de calidad necesarios. b) Coordinar y supervisar el cumplimiento de los plazos para la postulación de los proyectos de infraestructura a las distintas fuentes de financiamiento. c) Coordinar y velar por el proceso administrativo de todas las obras en ejecución y el cumplimiento de los plazos del plan de mantención. d) Colaborar en la determinación de la apertura, fusión o cierre de los establecimientos educacionales de su dependencia dentro del territorio de su competencia, debiendo cumplir al efecto con la normativa educacional vigente. e) Colaborar en la determinación de la apertura o cierre de especialidades de formación diferenciada en sus establecimientos de enseñanza media técnico-profesional, asegurando la existencia de una oferta territorial pertinente a las necesidades de desarrollo locales y debiendo cumplir al efecto con la normativa educacional vigente. f) Elaborar y proponer a la Dirección de Educación Pública, u otros organismos públicos a través de ella, proyectos de inversión en equipamiento e infraestructura educacional u otros ítems relacionados con su objeto y fines para desarrollar en el territorio de su competencia, de conformidad a la ley. g) Diagnosticar las necesidades de infraestructura y equipamiento educacional, gestionar acciones que permitan la elaboración de diseños y proyectos en base a la normativa y los estándares de calidad determinados. h) Ejecutar los demás cometidos e instrucciones que le asigne el Subdirector de Planificación y Control de Gestión o Director Ejecutivo del Servicio Local de Colchagua.
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