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Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
Departamento de Administración y Finanzas
Asesorar al director(a) del Trabajo en materias que son de su competencia en cuanto a: Compras y contrataciones del Servicio, Infraestructura, Finanzas y logística.
Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967
29/09/1967
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Administración y Finanzas
Por Resolución exenta N° 1489, de fecha 29-12-2020 Se modifica Resolución Exenta N° 948, de 17 de septiembre de 2008 y 1551, de 10-10-2018, establece nueva denominación y funciones de las unidades del Departamento
Por Resolución exenta N° 1489
29/12/2020
Sin modificación
29/12/2020
Departamento de Administración y Finanzas
Por Resolución exenta N° 1551, de fecha 10.10.2018 Se modifica Resolución Exenta N° 948, de 17 de septiembre de 2008. Crea las Unidades que indica y determina sus funciones .
Resolución exenta N°1551
10/10/2018
29/12/2020
10/10/2018
Departamento de Administración y Finanzas
Resolución exenta N° 1190, de 17 de julio de 2014 que Establece nueva denominación del Departamento de Administración y Gestión Financiera su estructuray fija funciones de de sus unidades . Modifica Resolución Exenta N° 948 de 17 de septiembre de 2008
Resolución Exenta N°1190
17/07/2014
10/10/2018
17/07/2014
Departamento de Administración y Finanzas
Resolución exenta N° 948, de 17 de septiembre de 2008, de la Sra. Directora del Trabajo de la época y determina sus funciones.
Resolución Exenta N°948
17/09/2008
17/07/2014
17/09/2008
Departamento de Atención de usuarios
Crea Departamento de Atención de Usuarios
Resolución Exenta N°1379
26/11/2010
23/04/2013
26/11/2010
Departamento de Atención de Usuarios
Establece y sistematiza nueva estructura , objetivos y funciones del departamento de Atención de Usuarios de la Dirección del Trabajo.
Resolución exenta N°2246
14/10/2019
Sin modificación
02/10/2019
Departamento de Atención de Usuarios
Establece y sistematiza nueva estructura objetivos y funciones del Departamento de Atención de Usuarios de la Dirección del Trabajo. Deja sin efecto Resolución Exenta 129 de 2013
Resolución Exenta N°2610
30/12/2014
31/08/2017
30/12/2014
Departamento de Atención de Usuarios
Fija estructura y funciones del Departamento de Atención de Usuarios. Deja sin efecto Resolución Exenta N°2610, de 30-12-2014
Resolución Exenta N°1489
31/08/2017
14/10/2019
31/08/2017
Departamento de Atención de Usuarios
Fija la estructura, objetivos y funciones del Departamento de Atención de Usuarios y deja sin efecto Resolución N° 1379 exenta
Resolución exenta N°129
23/04/2013
Sin modificación
25/01/2013
Departamento de Estudios
Establece la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Estudios, en los términos que se señala.
Resolución Exenta N° 0151
17/01/2020
09/03/2021
17/01/2020
Departamento de Estudios
Establece la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Estudios, en los términos que se señala.
Resolución Exenta Nº 52
09/03/2021
Sin modificación
19/01/2021
Departamento de Estudios
Establece y sistematiza la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Estudios y deja sin efecto resoluciones exentas N°35 y N°2.200, de 1995
Resolución exenta N°1340
12/11/2011
Sin modificación
28/10/2011
Departamento de Estudios
La misión del departamento de estudios será proveer de información especializada sobre relaciones laborales y transformaciones en el mundo del trabajo, mediante investigaciones, estudios diagnósticos, evaluaciones, generación de indicadores estadísticos y análisis de coyuntura, para apoyar la elaboración de políticas públicas y aportar conocimiento a los diversos actores vinculados al mundo del trabajo y a la acción del Servicio. Los objetivos estratégicos del Departamento de Estudios serán: - Investigar, analizar y evaluar permanente y periódicamente las transformaciones en las condiciones de trabajo y en la organización de la producción y el empleo. - Evaluar el cumplimiento de los derechos laborales, el estado de las relaciones laborales y los estándares de trabajo. - Generar Información laboral especializada relevante, confiable, oportuna y de interés público sobre el sistema de relaciones laborales del país y de los procedimientos operativos de la Dirección del Trabajo.
Articulo 17º, DFL Nº2 de 1967, Resolución
29/09/1967
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Estudios
Modifica lo dispuesto en el Numeral 1) letra A y B de la Resolución Exenta N°801 de 28-05-2014
Resolución Exenta N° 1723
26/09/2014
Sin modificación
26/09/2014
Departamento de Gestión y Desarrollo
Deja sin efecto parcialmente resolución 1306 exenta, de 2020 y nueva estructura funcional del Departamento de Gestión y Desarrollo
Resolución Exenta N° 503 de fecha 10-08-2022
13/08/2022
Sin modificación
10/08/2022
Departamento de Gestión y Desarrollo
Deja sin efecto Resolución Nº 365 Exenta, de 2019 y establece nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Gestión y Desarrollo
Resolución Exenta N° 1306 de fecha 01-12-2020
01/12/2020
13/08/2022
13/11/2020
Departamento de Gestión y Desarrollo
Generar y contribuir a los procesos e iniciativas de modernización del Servicio, mediante el diseño y aplicación de instrumentos que permitan el seguimiento y evaluación de los resultados de la gestión institucional. Implementar a nivel Institucional los procesos de Planificación Estratégica, Planificación Anual y Control de Gestión de la Planificación Anual Formular los compromisos Institucionales en el ámbito externo e interno, exigidos por las Instancias Ministeriales y Técnicas, a través de los documentos legales y/o técnicos y sus medios de verificación vigentes Preparar, implementar y mantener el Sistema Unificado de Gestión de la Calidad de los procesos que la Institución establezca bajo su alcance, en pos del cumplimiento de los requisitos de la norma ISO 9001:2000, asesorar a el(la) Director(a) del Trabajo en materias de gestión interna y externa de la institución
Articulo 15º, DFL Nº2 de 1967
29/09/1967
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas
Atender los asuntos relacionados con los derechos y obligaciones del personal de acuerdo con lo que determine el Reglamento Orgánico General del Servicio y, preferentemente, el mantenimiento del Servicio de Bienestar del Personal
Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº100 de fecha 25-01-2018
25/01/2018
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Inspección
Asesorar al (a) Director(a) del Trabajo en materias de su competencia, El control funcional y técnico de las Inspecciones del trabajo en materias que son de su competencia; Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la función de fiscalización que compete al Servicio; Impartir las normas generales e instrucciones adecuadas para el cumplimiento de la función de fiscalización, Estudiar y evaluar los resultados de la aplicación de la legislación y reglamentación del trabajo, proponiendo las reformas legales y reglamentarias que la práctica aconseja, gestionar los programas de fiscalización, tanto presencial como virtual, así como nacionales y regionales, planificar la capacitación de los funcionarios de la línea inspectiva, gestionar infomáticamente las multas administrativas que se cursan en el Servicio ESTABLÉCESE que el Departamento de Inspección, se estructurará sobre la base de un Jefe de Departamento, un Subjefe, que conforman su nivel directivo; la Unidad de Planificación, la Unidad de Control de Gestión, la Unidad de Requerimientos Inspectivos, la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo, Asesoría Estratégica y Secretaría Departamental, cuyas responsabilidades y funciones
Articulo 8º, DFL Nº2 de 1967,
29/09/1967
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Inspección
ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA
Resolución Exenta N° 205 de fecha 10-02-2023, deroga Resolución Exenta N° 1492 de fecha 30-12-2020
10/02/2023
Sin modificación
10/02/2023
Departamento de Relaciones Laborales
Asesorar al (a) Director(a) del Trabajo en materias de su competencia, direccionar estratégicamente tanto la solución alternativa de conflictos laborales, colectivos e individuales; definir , elaborar, divulgar, controlar y evaluar el sistema de solución alternativa de conflictos laborales, individuales y colectivos; apoyar a los funcionarios de la Dirección del Trabajo en la aplicación correcta de los procedimientos vigentes en materia de negociación colectiva y organizaciones sindicales, desarrollar políticas, programas y acciones destinadas a brindar a los actores del mundo laboral, asistencia, capacitación e información sobre materias propias de las relaciones laborales; desarrollar material, metodología y los instrumentos necesarios para lograr que la Asistencia Técnica del Servicio cumpla en forma eficaz los objetivos programados.
Articulo 9º y 10º, DFL Nº2 de 1967.
14/10/2016
Sin modificación
30/05/1967
Departamento de Relaciones Laborales
ESTABLECE Y SISTEMATIZA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Resolución Exenta Nº 681 de 31-05-2021
04/06/2021
22/02/2023
31/05/2021
Departamento de Relaciones Laborales
ESTABLECE Y SISTEMATIZA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO. Deja sin efecto Resolución Exenta Nº 681 de fecha 31-05-2021
Resolución Exenta Nº 1837 de fecha 10-02-2023.
22/02/2023
Sin modificación
10/02/2023
Departamento de Tecnologías de la Información
Deja sin efecto Resolución Exenta Nº 1550 de 2009, establece nueva estructura del Departamenteo de Tecnologías de información y fija funciones de sus unidades
Resolución Exenta Nº223 de 26-02-2015
26/02/2015
14/05/2018
26/02/2015
Departamento de Tecnologías de la Información
Deja sin efecto Resoución exenta N° 223, de 2015, en los térinos que se señala y establce nueva estructura del Departamento de tecnología de información y fija funciones de unidades.
Resolución exenta N° 0597
14/05/2018
Sin modificación
14/05/2018
Departamento Inpección
Establece nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Inspección y deroga Resolución que indica
Resolución Exenta N°1492 de fecha 30-12-2020
30/12/2020
10/02/2023
30/12/2020
Departamento Jurídico
Asesorar a la directora(a) del Trabajo en materias que son de su competencia, elaborar los proyectos de dictámenes y ordinarios para la aprobación y posterior suscripción del (a) Director(a) del Trabajo, emitir informes en derecho en el ámbito de su competencia, asesorar jurídicamente a los Departamentos Operativos del Servicio, confeccionar los proyectos de memorias sobre convenios internacionales OIT, coordinación y control jurídico de los procedimientos administrativos a los departamentos operativos, Supervisión, coordinación y control de las acciones asociadas a la Ley 20.285, supervisar, apoyar y controlar el procedimiento administrativo por denuncias por vulneración de derechos fundamentales, tramitar las causas judiciales en que sea parte pasiva o activa la Dirección del Trabajo, supervisar, apoyar y controlar la labor de defensa judicial a nivel nacional y definir criterios jurídicos de la defensa judicial
Articulo 11º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº 556 de fecha 28-04-2014
28/04/2014
Sin modificación
30/05/1967
Departamento Jurídico
Establece Nueva estructura Orgánica y Funcional del departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo, y deroga resolución que indica.
Resolución Exenta N° 382 de fecha 13-03-2019
22/03/2019
16/02/2023
13/03/2019
Departamento Jurídico
ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 382 EXENTA, DE 2019.
Resolución Exenta N° 204 de fecha 10-02-2023
16/02/2023
Sin modificación
10/02/2023
Direcciones Regionales del Trabajo
Las Direcciones Regionales dependerán jerárquica y administrativamente del Director del Trabajo y se relacionarán funcionalmente con cada uno de los Departamentos del Servicio en las materias de su competencia. Representar al Servicio en la Región promoviendo su inserción en el territorio, desarrollando acciones, politicas y programas destinados a hacer efectiva la Misión Institucional.  Las Direcciones Regionales del Trabajo, son quienes deben ordenar la instrucción de los procedimientos disciplinarios por hechos ocurridos dentro de su territorio, así como sobreseerlos, absolver a los inculpados y aplicar las medidas disciplinarias que no consistan en la destitución, a menos que esta última les haya sido expresamente delegada.
Decreto Nº 60 de 1984, Ministerio del Trabajo, Resolución Exenta Nº1348 del 1 de diciembre de 2008. Reservado N° 150, de fecha 08-11-2017
08/11/2017
Sin modificación
18/08/1984
Director(a) Nacional del Trabajo
Le corresponde especialmente: a) La dirección y supervigilancia de la Dirección del Trabajo en toda la República y la representación del Estado en la aplicación y fiscalización de las leyes sociales; b) Fijar la interpretación de la legislación y reglamentación social, sin perjuicio de la competencia que sobre determinadas materias tengan otros Servicios u Organismos Fiscales, salvo que el caso esté sometido al pronunciamiento de los Tribunales y esta circunstancia esté en su conocimiento; c) Velar por la correcta aplicación de las leyes del trabajo en todo el territorio de la República; d) Autorizar al Subdirector u otros funcionarios para resolver determinadas materias o para hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando "por orden del Director". e) Proponer al Supremo Gobierno las medidas que, a su juicio, convenga adoptar para la mejor marcha del Servicio y desarrollar todas las iniciativas tendientes a tal fin; f) Dirigir, controlar y coordinar todas las actividades del Servicio, pudiendo en el ejercicio de esta facultad dictar todas las resoluciones, circulares, órdenes de servicio e instrucciones que estime necesarias para su mejor administración; g) Proponer el nombramiento, promoción y remoción del personal con sujeción a las disposiciones administrativas pertinentes, sin perjuicio de su facultad para la libre designación o contratación de personal secundario o de servicios menores y a jornal, conforme a los artículos 377º y 379º del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, sobre Estatuto Administrativo,(actual DFL Nº 29, del 16.06.2004, el cual fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834 sobre el Estatuto Administrativo); h) Ubicar y distribuir al personal del Servicio; i) Aplicar al personal las sanciones que sean de su incumbencia, en conformidad a las disposiciones administrativas en vigor y solicitar las demás medidas de quien corresponda; j) Resolver respecto del ejercicio de los derechos del personal y fiscalizar el cumplimiento de sus deberes; k) Encomendar al o a los funcionarios del Servicio, que él designe, determinados trabajos o comisiones, bajo su dependencia directa o del Departamento que señala; l) Confeccionar y presentar el proyecto de presupuesto anual del Servicio para la consideración de las autoridades que corresponda; m) Presentar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, antes del 31 de marzo de cada año, una Memoria Anual sobre la marcha del Servicio; n) Presentar a la Contraloría General de la República las rendiciones de cuentas de los fondos invertidos por el Servicio; ñ) Suscribir convenios con organismos nacionales e internacionales, con personas naturales o jurídicas de Derecho Público o Privado, sobre materias, propias del Servicio, previa autorización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; o) Proponer a la consideración del Supremo Gobierno las reformas legales y reglamentarias relacionadas con el derecho laboral, y p) En general realizar cualquier gestión o actividad tendiente a una mejor aplicación de las facultades que esta ley u otras le otorgan.
Articulo 5º, DFL Nº 2 de 1967
04/12/1996
Sin modificación
30/05/1967
Inspecciones Provinciales/Comunales del Trabajo
Los Inspectores Provinciales y Comunales tendrán en su jurisdicción las mismas facultades del Director en lo que respecta a la aplicación de la legislación social, salvo en las que le son privativas.
Titulo III y IV, DFL Nº2 de 1967
29/09/1967
Sin modificación
30/05/1967
Oficina de Auditoría
Son funciones de esta oficina: Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento; Evaluar el Grado de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales del organismo; promover los mecanismos de autocontrol de las unidades del organismo; verificar la existencia de adecuados mecanismos de información, su confiabilidad y conformidad; Elaborar y proponer al director(a) del Trabajo, para su aprobación, el Plan de Auditoria de la institución; efectuar las medidas correctivas y preventivas emanadas de los informes de auditoria, aprobadas por la autoridad; Otorgar permanente y oportuno aseguramiento al proceso de gestión de riesgos de la dirección del Trabajo
Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº1502, del 26 de diciembre de 2008, Resolución Exenta Nº1330, de fecha 22-11-2010
22/11/2010
Sin modificación
30/05/1967
Oficina de Comunicaciones y Difusión
ESTABLECE MISIÓN, NUEVA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA
Resolución exenta N° 1 de fecha 03-01-2023
03/01/2023
Sin modificación
03/01/2023
Oficina de Comunicaciones y Difusión
Establece nueva denominación, estructura y funciones de la Oficina de Comunicación y Difusión de la Dirección del Trabajo
Resolución Exenta N° 806 - 30-05-2016
30/05/2016
03/01/2023
30/05/2016
Oficina de Contraloría Interna
Deja sin efecto Resolución N° 1.542 Exenta, DE 2003, en los términos que se señala y establece Nueva estructura Orgánica y Funcional de la oficina de Contraloría
Resolución exenta N° 1198 de fecha 11-11-2022
03/01/2023
Sin modificación
11/11/2022
Oficina de Contraloría Interna
Supervigilar el funcionamiento de las Inspecciones; b) Cumplir las comisiones e instrucciones que reciba del Director, y c) Realizar investigaciones sumarias y sustanciar sumarios administrativos.
Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967
04/12/1996
03/01/2023
30/05/1967
Oficina de Control y Gestión de Multas
Crea y establece la orgánica estructura y funciones de la Oficina de Control y Gestión de Multas de la Dirección del Trabajo
Resolución Exenta N°1822 de fecha 29-10-2015
23/10/2015
Sin modificación
23/10/2015
Subdirector del Trabajo
a) Subrogar al Director, con sus mismas facultades, en los casos de ausencia temporal o accidental, o mientras se nombre al titular, y b) Cooperar, en general, a la labor que corresponda al Director de acuerdo con la ley. Facultad de ejecutar actos y dictar las resoluciones exentas y fundados que corresponde a la ejecución de procesos de compras y/o contrataciones de bienes y servicio. c) Mediante Resolución Exenta Nº 724, Delégase en el Subdirector del Trabajo las siguientes facultades: 1.1) Ordenar mediante resolución exenta la instrucción de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo, según corresponda, cuando estime que los hechos son susceptibles de responsabilidad administrativa o en el caso de disponerlo expresamente la ley, designando en el mismo acto al Investigador(a) o Fiscal, en su caso, y nombrando, cuando lo estime conveniente, mediante resolución exenta, nuevo Investigador(a) o Fiscal, en procesos disciplinarios que se encuentren instruidos. 1.2) Desestimar la instrucción de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo cuando considere que los hechos denunciados o reclamados no son susceptibles de responsabilidad administrativa. 1.3) Disponer mediante resolución exenta la reapertura de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo, cuando corresponda, especialmente para que se corrijan vicios esenciales del procedimiento o para ordenar la realización de nuevas diligencias, designando nuevo Investigador(a) o Fiscal, en su caso. 1.4) Aceptar o rechazar, mediante resolución fundada, la declaración de inhabilidad efectuada por el Investigador(a) o Fiscal, según corresponda. En el caso de acceder a la inhabilidad, dictará, en el mismo acto, resolución exenta designando nuevo Investigador(a) o Fiscal para la continuación del proceso disciplinario.
Articulo 6º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº 1440 del 15 de diciembre de 2006, Resolución Exenta Nº 724
15/12/2006
Sin modificación
30/05/1967