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Transparencia Activa
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Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado
Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación
Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial
Fundamento legal y causal de secreto o reserva
Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa)
Enlace al acto o resolución en que consta la calificación
Copia digital de los siguientes documentos referentes al proceso de perímetro de exclusión del Gran Concepción: - ORD. Nº 05 de fecha 28 de julio de 2020 (...) - ORD. Nº 4356/2021(...) - Resolución Nº 34/2021 (...) - Resolución Exenta Nº 2590 de 2022 (...) - Resolución Nº 25/2022 (...) - Resolución Exenta Nº 3426 de 2022 (...).
Resolución exenta N°58, de 23 de noviembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
27/11/2023
Copia de actas de inspección visual a los buses que fueron postulados por los distintos oferentes en la licitación del servicio CTA0677 de la Región de la Araucanía, que fue publicada con fecha 28-09-2023 y cerrada el 13-10-2023.
Resolución exenta N°59, de 24 de noviembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
27/11/2023
Los incentivos al transporte marítimo entre la Región de Los Lagos y la Región de Aysén. - Considerar las Estadísticas de los Subsidios en los años 2020, 2021, 2022, (... ) las Empresas que usan el Subsidio, (...) los sectores geográficos beneficiados, (...) la Duración de los Subsidios, (...) los Montos involucrados y considerar carga y pasajeros movilizados.
Resolución exenta N°57, de 17 de noviembre de 2023.
Carga y pasajeros movilizados
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
20/11/2023
Copia de todos los estudio de demanda y recaudación de SECTRA (2022), o informes similares, donde se determina la viabilidad de Padre hurtado y Lampa para la extensión del sistema Red de Movilidad a dichas comunas.
Resolución exenta N°56, de 02 de noviembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
08/11/2023
Copia de todos los documentos y archivos, (...) - listado de todos los estudios generados por el estado sobre trazados y construcción de futuras redes del Metro de Santiago. - adjuntar estos estudios íntegros en formato PDF o los enlaces para poder acceder a ellos.
Resolución exenta N°55, de 02 de noviembre de 2023.
Estudios íntegros en formato PDF o los enlaces para poder acceder a ellos
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
08/11/2023
Imágenes de la cámara N°9 de la intersección de Santa Rosa con Vespucio del día 29.08.2023 a las 15.30 a las 16.00 horas.
Resolución exenta N°53, de 04 de octubre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
11/10/2023
Copia de todos los correos y demás comunicaciones por escrito que tengan como remitente o destinatario cualquier funcionario o autoridad de la (...) Subsecretaría de Transportes, (incluyendo también al subsecretario de Transportes) y/o la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de La Araucanía, y que digan relación a la planificación, gestión y coordinación de las reuniones celebradas los días 07 de junio de 2023 y 09 de junio de 2023, entre Operadores de Transporte de la conurbación de Temuco-Padre Las Casas. Asimismo, toda comunicación por escrito que diga relación a la evaluación y diagnóstico posterior a las citadas reuniones, entre los funcionarios y las autoridades de las reparticiones citadas precedentemente. En particular, pero sin perjuicio de otras comunicaciones relevantes, solicito toda comunicación instruida o realizada por la Seremi de Transportes de la IX Regioń, Mary Valdebenito Tapia, relacionada con la organización, coordinación, agendamiento, citación, y posterior evaluación de estas reuniones. Periodo de correos podría ser aproximadamente entre la segunda mitad de mayo 2023 y la primera mitad de junio 2023.
Resolución exenta N°52, de 03 de octubre de 2023.
Todas las comunicaciones sostenidas mediante correos electrónicos.
Artículo 21 N° 1 y 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
04/10/2023
Respecto del Perímetro de Exclusión de la Zona Sur Poniente en la Región Metropolitana, se solicita explicitar la metodología de Calculo y Montos ($) de los Subsidios ahí incorporados.
Resolución exenta N°51, de 03 de octubre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
03/10/2023
Registro de video cámaras de la UOCT del dia 29 de julio del presente año, del cruce H-30 con Pedro Aguirre Cerda de la comuna de Doñihue (cruce Lo Miranda), el registro es del rango horario de las 01:50 a 02:10 de la madrugada
Resolución exenta N°50, de 28 de septiembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N°2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
28/09/2023
1. Actas de sesiones sostenidas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y/o la subsecretaría de Transportes (en adelante, “MTT”) relativas a discusión reglamento Ley N°21.553. 2. Actas de reuniones y/o sesiones sostenidas con gremios de taxistas y/o sindicatos de trabajadores de taxis o taxis colectivos. 3. Actas de reuniones y/o sesiones sostenidas con representantes de Empresas de Aplicaciones de Transporte (“EAT”). 4. Actas de reuniones y/o sesiones sostenidas con gremios de y/o sindicatos de conductores de vehículos que prestan servicios a través de EAT. 5. Oficios, circulares u otras comunicaciones sostenidas entre el MTT y otros organismos públicos en el contexto de la elaboración del reglamento de la Ley N°21.553, como por ejemplo, Servicio de Impuestos Internos, Ministerio de Obras Publicas, Ministerio de Economía y Fomento, Ministerio de Hacienda y Municipalidades, Comisión para el Mercado Financiero, Consejo para la Transparencia, Contraloría General de la República, Ministerio del Trabajo, entre otros. 6. Oficios, circulares, cartas, minutas u otras comunicaciones recibidas de organismos privados en relación al reglamento de la Ley N°21.553, como por ejemplo, Automóvil Club de Chile, ACUA Chile (Asociación de Conductores Unidos de Apps, Asociación de Conductores de Temuco, Asociación Chilena de Seguridad, Cámara de Comercio, u otros). 7. Informes técnicos, minutas, opiniones, u otros documentos elaborados por el MTT o encargados a terceros para la elaboración del reglamento de la Ley N°21.553. 8. Informes técnicos, minutas, opiniones, u otros documentos recibidos de autoridades internacionales o países extranjeros sobre la regulación de aplicaciones de transporte, en el contexto de la elaboración del reglamento de la Ley N°21.553. 9. Borrador preliminar del Reglamento de la Ley N°21.553. 10. Informes y documentos elaborados para el análisis de licencias de conducir chilenas y extranjeras, en el contexto de la redacción del reglamento de la Ley N°21.553. 11. Informes elaborados por el MTT o encargados a terceros acerca protección de datos de los usuarios, en el contexto de la elaboración del reglamento de la Ley N°21.553.
Resolución exenta N°48, de 27 de septiembre de 2023.
1. Actas de sesiones sostenidas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones relativas a discusión reglamento Ley N°21.553. 5. Oficios, circulares u otras comunicaciones sostenidas entre el MTT y otros organismos públicos(...) 6. Oficios, circulares, cartas, minutas u otras comunicaciones recibidas de organismos privados (...) 7. Informes técnicos, minutas, opiniones, u otros documentos elaborados por el MTT o encargados a terceros para la elaboración del reglamento de la Ley N°21.553.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
27/09/2023
Antecedentes respecto del Oficio N°18378/2023 DTPR de fecha 30 de junio del año 2023, que invita a los operadores de Transporte que indica, a presentar cotizaciones en el marco del programa especial de fomento establecido por resolución exenta N°2657 del 2020 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones: 1.- El nombre o razón social con su RUT o ROL UNICO TRIBUTARIO de los oferentes que ingresaron cotizaciones dentro de plazo. 2.- Monto del subsidio propuesto por cada oferente y antecedentes en que se sustentan. 3.- Documentos que acrediten antecedentes técnicos acompañados por cada oferente en virtud de las beses técnicas contenidas en el referido oficio N°18378/2023 DTPR de fecha 30 de junio del año 2023.
Resolución exenta N°46, de 21 de septiembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
25/09/2023
Solicito copia de Resolución afecta N° 29 sobre el nuevo perímetro de exclusión del Gran Concepción - Región del Bio Bio.
Resolución exenta N°47, de 21 de septiembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
22/09/2023
1- Solicito copias de todas las actas del Programa Nacional de Fiscalización de la IX región, realizadas a los diversos concesionarios que operan plantas de revisión técnica en la región desde el 02 de Enero del Año 20189 al 10 de Agosto del Año 2023, (las actas deben incluir la fecha de fiscalización, el concesionario y planta donde se realizó́ hora de inicio y hora de término, observación si existe en la visita realizada por el personal del Programa de Fiscalización, además los nombres de los inspectores que realizaron la fiscalización). 2- Solicito copia de todas las resoluciones de procesos administrativos en contra de cada planta de revisión técnica y oficios que se han generado a los diversos concesionarios de la IX región, desde el 02 de Enero del Año 2018 al 10 de Agosto del Año 2023. 3- Solicito copias de todas las resoluciones que han significado el cobro de boletas de garantías (terceras, segundas o parte de ellas), de todos los concesionarios que operan plantas en la región desde el periodo que comprende desde 02 de Enero del año 2018 al 10 de Agosto del año 2023, todo esto como termino de un proceso administrativo"". 4- Solicito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones copia de todas las resoluciones que han sido otorgadas a las empresas concesionarias de revisión técnica en la IX región, como prorroga de los contratos de concesión desde el 02 de Enero del año 2018 al 10 de Agosto del Anõ 2023. 5- Copia de las resoluciones de la Subsecretaria de Transportes y Telecomunicaciones de la IX Región, por cierre de plantas por termino de concesión o caducidad de la concesión, del 02 de Enero del Año 2018 al 10 de Agosto del año 2023.
Resolución exenta N°44, de 13 de septiembre de 2023.
1. Solicito copias de todas las actas del Programa Nacional de Fiscalización de la IX región, realizadas a los diversos concesionarios que operan plantas de revisión técnica en la región desde el 02 de Enero del Año 20189 al 10 de Agosto del Año 2023, (las actas deben incluir la fecha de fiscalización, el concesionario y planta donde se realizó́ hora de inicio y hora de término, observación si existe en la visita realizada por el personal del Programa de Fiscalización, además los nombres de los inspectores que realizaron la fiscalización). 2. Solicito copia de todas las resoluciones de procesos administrativos en contra de cada planta de revisión técnica y oficios que se han generado a los diversos concesionarios de la IX región, desde el 02 de Enero del Año 2018 al 10 de Agosto del Año 2023.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
15/09/2023
Antecedentes respecto al proceso de sumario administrativo instruido a través de resolución exenta N° 109 del 17 de febrero de 2022. Resoluciones en que se solicite ampliaciones de plazo. Vista fiscal (Fiscal Verónica Moraga Guzmán). Resoluciones de cambio de fiscal (si lo hubiese). Declaraciones de todos los testigos referentes a la investigación. Liquidaciones de sueldo de la funcionaria Paula Andrea Zurita Maturana desde febrero 2022 a Julio 2023. Estado de la investigación. Sanciones si es que las hubiese.
Resolución exenta N°45, de 13 de septiembre de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, 2 y 5, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
14/09/2023
"Información respecto a todos los estudios de demanda de pasajeros en sistemas de transporte público mayor urbano o rural ejecutados desde enero de 2020 en adelante, en que se considere el tipo de pasajero ""adulto mayor"". Además solicito información respecto a: 1. Listado de estudios ejecutados, en desarrollo o planificados. 2. Para los estudios ejecutados, solicitó informes finales en PDF y planillas en formato Excel con resultados de las mediciones. 3. Para los estudios en desarrollo, solicito informes de avance y fechas de termino de estos. 4. Para los estudios planificados, solicitó fechas proyectadas de inicio de las mediciones."
Resolución exenta N° 43, de 12 de septiembre de 2023.
Copia de los avances y resultados del "Estudio Análisis de Demanda de Pasajeros en Servicios Rurales de la Región Metropolitana".
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
12/09/2023
Listado del total de actas e informes remitidos al Directorio de Transporte Pub́lico Metropolitano por los inspectores del Programa de Fiscalización del MTT, referidos a: 1) Ranking de los 50 puntos y paradas con mayor evasión registrados en el sistema Red Movilidad. 2) Cantidad total de informes emitidos por evasión registrada por la puerta trasera del bus entre el 4 de julio de 2022 y el 4 de julio de 2023. La misma información, para el primer mes de fiscalización, es decir, entre el 4 de julio de 2023 y el 4 de agosto de 2023 (o hasta la fecha de entrega de la presente solicitud) 3) Listado o nomina (con empresa, si se realizo ́denuncia o no, y si participó Carabineros o no) para los hechos de agresión (verbal o física) contra los conductores de todas las empresas RED ocurridos entre el 4 de julio de 2022 y el 3 de julio de 2023. 4) Las actas, informes, decretos o resoluciones, etc. El total de descuentos o multas cursados a empresas operadoras de recorridos del sistema RED por razones de evasión, informadas, ejecutadas o realizadas entre el 1 de enero de 2022 y el 3 de julio de 2023.
Resolución exenta N° 39, de 24 de agosto de 2023.
Entrega de los informes y su cantidad, emitidos por evasión registrada por la puerta trasera del bus.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
25/08/2023
Los distintos estudios o información existente sobre la petición de una posible extensión de la línea 5 del metro en la comuna de Maipú.
Resolución exenta N° 38, de 21 de agosto de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
24/08/2023
Copia del estudio en el avance que se encuentre;"Análisis Implementación de una Plataforma Logística en la ciudad de Valdivia.
Resolución exenta N° 40, de 24 de agosto de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
24/08/2023
En el marco del estudio de transporte (IMIV) en la Comuna de Cerrillos, región Metropolitana, y en las observaciones nos solicitan los siguientes proyectos para que sean considerados: - Plaza Inalcanzable - Centro Polideportivo - Proyecto Ciudad Bicentenario Macrolote F2 y F3 - Ciudad Parque Bicentenario
Resolución exenta N° 37, de 11 de agosto de 2023.
IMIV correspondiente al proyecto "Plaza Inalcanzable"
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
16/08/2023
Informar cuales son las empresas que participaron en el piloto de dispositivos de detección automatizada de infracciones de transito, en el marco de la Ley N° 21.549, se solicita copia de cada uno de los convenios de colaboración suscritos al efecto entre cada una de las empresas que ejecutan dicho piloto y la Subsecretaria de Transportes. SEGUNDO CONASET: Se solicita informar cuales fueron las empresas que participaron en la consulta al mercado publicada en el siguiente link: https://consultamercado.mercadopublico.cl/detalle-consulta-mercado/2747-2- RFI23 , relacionada con la detección automatizada de infracciones a la ley de transito, junto con remitir base de datos consolidada que incluya todas y cada una de las respuestas brindadas por las empresas participantes a las consultas planteada."
Resolución exenta N° 36, de 04 de agosto de 2023.
Respuestas brindadas por las empresas participantes en la Consulta al Mercado ID 2747-2- RFI23
Artículo 21 N° 1 y N °2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
07/08/2023
red y matrices para desarrollar el modelo SATURN de un IMIV Mayor en la comuna de Vitacura, específicamente que incluya el sector de C. Luis Pasteur con Sta. Maria. Lo anterior, en marco de lo definido por el Decreto Supremo N°30, Articulo 3.3.6. Modelación de tránsito de vehículos motorizados y calibración de la situación actual en un IMIV Mayor, letra b) y letra c).
Resolución Exenta N° 33, de 24 de julio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
27/07/2023
Investigaciones sumarias o sumarios administrativos en los que hayan declarado o hayan sido investigados los funcionarios o ex funcionarios del ministerio de Transportes Javier Olivos Santa María, Roberto Antonio Villalobos Roman-Mienert y Rodrigo Alejandro Vallette Gordon sean estos en calidad de terminados, suspendidos, elevados, etc
Resolución Exenta N° 35, de 24 de julio de 2023.
Proceso disciplinario en trámite.
Artículo 21 N° 1 y N° 5, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
24/07/2023
Sistema de salud que tiene el Presidente y cada Ministro. Si es Fonasa a que letra está asociado y desde cuándo. SI es Isapre en cual está inscrito y desde cuando.
Resolución Exenta N° 31, de 06 de julio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
09/07/2023
Contratos que haya celebrado la Subsecretaría de Transportes con el proveedor SONDA S.A., RUT 83.628.100-7, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2015 y el 06 de junio de 2023, ambas f́echas inclusive.
Resolución Exenta N° 32, de 06 de julio de 2023.
Contrato celebrado el 09 de Febrero de junio 2023 con SONDA S.A.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
07/07/2023
Informe y anexos digitales, del segundo Informe de Avance del Estudio “ANAĹISIS Y DESARROLLO DE REDES DE TRANSPORTE MASIVO EN EL GRAN SANTIAGO, ETAPA I”
Resolución Exenta N° 30, de 03 de julio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
06/07/2023
Registros de transacciones Bip!, realizadas en el sistema de Transporte Público de la Región Metropolitana en la semana del 13/03/2023 al 1́9/03/2023, y en semana del 10/04/2023 al 16/04/2023. En particular, se solicita para cada validación realizada (buses, Metro, Tren Central) en los periodos indicados, las siguientes variables FECHAHORATRX CODIGOENTIDAD NOMBREENTIDAD CODIGOSITIO NOMBRESITIO NROTARJETA
Resolución Exenta N° 29, de 27 de junio de 2023.
Número de tarjeta
Artículo 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
27/06/2023
Información de todos los concursos público (para todo tipo de régimen laboral -planta, contrata, honorarios, Código de Trabajo y alta dirección pública-) de este Ministerio durante el 12 de marzo del 2018 a 11 de marzo del 2022. Información solicitada: nombre del concurso, fecha de inicio y término del concurso, detalles del cargo, n° de personas que postularon, separados por sexo, sexo del él/la seleccionada, motivo de selección, profesión, motivo de rechazo de los otros concursantes, n° de concursantes rechazados separados por sexo, sueldo del seleccionado, indicar si la persona sigue en ese cargo considerando el mes de mayo del 2023, copia digital de los documentos que muestre los detalles de cada concurso público.
Resolución Exenta N° 28, de 23 de junio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
23/06/2023
Información de denunciante, en relación a la patente buses BYVG19 y XC9695.
Resolución Exenta N° 27, de 13 de junio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1 y N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
19/06/2023
IMIV entre 2021 y 2023 de proyectos ubicado en Providencia, en el siguiente cuadrante: - Los Conquistadores-Av. El Cerro por el norteponiente. - Av. kennedy por el oriente. - Av. Nueva Providencia por el Sur - Eliodoro Yánez y Puente del Arzobispo por el poniente.
Resolución Exenta N° 26, de 07 de junio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
07/06/2023
Oficios enviados a los operadores de buses del sistema de Transporte Público de la Región Metropolitana entre marzo de 2022 a abril de 2023.
Resolución Exenta N° 25, de 07 de junio de 2023.
Cuatro oficios, dos dirigidos a la empresa SU-BUS CHILE S.A.. y dos a BUSES OMEGA S.A.,
Artículo 21 N° 1 letra b) y 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
07/06/2023
Perímetro de Exclusión o Resolución 130, Transporte Público del Gran Concepción.
Resolución Exenta N° 24, de 05 de junio de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
05/06/2023
Acceso y copia de documentos que contengan información respecto a denuncias de acoso laboral y acoso sexual al interior del organismo, entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de abril de 2023. Además solicito indicar un breve descripción de la denuncia y el estado de la denuncia, indicar si está en investigación sumaria, fue sancionada o derivada al Ministerio Público o se declaró inadmisible o si el denunciado o victimario fue expulsado del organismo.
Resolución Exenta N° 20, de 26 de mayo de 2023.
Descripción y estados de denuncias, sanción y derivación al Ministerio Público.
Artículo 21 N° 1 y N° 5, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
30/05/2023
Se solicita nombre, mail y teléfono del Jefe de Bienestar del Ministerio.
Resolución Exenta N° 21, de 26 de mayo de 2023.
Correo electrónico y teléfono.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido
30/05/2023
Se solicita una copia de la Resolución N° 19 del 18 de Abril de 2023 de la Subsecretaria de Transportes. (Bases de licitación establecimientos PRT)
Resolución Exenta N° 23, de 29 de mayo de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
30/05/2023
Se solicita fecha en que la empresa SUBUS CHILE SA, Rut. 99.554.700-7 entrega los servicios llamados zona G y del deposito denominado "catemito" ,ubicado en general Urrutia N°876, comuna de San Bernardo a empresa VOY o a otra que destine el Ministerio de Transportes. (...) bajo que condiciones se entregara el deposito o patio y su fecha de comunicación a empresa SUBUS CHILE SA.
Resolución Exenta N° 22, de 26 de mayo de 2023.
"Fechas de entrega de los servicios de la zona G y del depósito “catemito"". Condiciones de entrega del deposito o patio y su fecha de comunicación a empresa SUBUS CHILE SA. "
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
30/05/2023
Se solicita copia de actos administrativos relacionados con los estudios para la ampliación del Transantiago en comunas aledañas al actual perímetro de esta Red Metropolitana (...). En caso de haber licitaciones asociadas indicar ID de mercado público (...) Además, se solicita copia de los avances y resultados.
Resolución Exenta N° 19, de 26 de mayo de 2023.
Copia de avances y resultados del "Estudio Análisis de Demanda de Pasajeros en Servicios Rurales de la Región Metropolitana".
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
26/05/2023
Información sobre descargos ante la solicitud de invalidación (...) que se realizaron con fecha 3 de Febrero del año 2022, ante la SEREMITT de Valparaíso.
Resolución Exenta N° 18, de 18 de mayo de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
23/05/2023
Información asociada al traslado de pasajeros en las barcazas que operan desde Hornopirén a Caleta Gonzalo. (...) , cantidad de personas y/o vehículos caracterizados por meses del año. Esta información se requiere desde el 2010 al 2022.
Resolución Exenta N° 17, de 16 de mayo de 2023.
Información requerida para el periodo 2010 a 2017.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
22/05/2023
Solicita Oficio N°10497/2023. enviado por el DTPM. a Subus Chile S.A.
Resolución Exenta N° 16, de 16 de mayo de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
17/05/2023
Se solicita Informe técnico del Secretario Regional Ministerial sobre perimetro de exclusión, Acuerdo entre MTT y 7 empresas -Actas de reunión entre MTT y Empresas y argumento juridico para no realizar Licitación Pública.
Resolución Exenta N° 15, de 12 de mayo de 2023.
Informe técnico del Secretario Regional Ministerial sobre perimetro de exclusión y Acuerdo entre MTT y 7 empresas -Actas de reunión entre MTT y Empresas.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
12/05/2023
Documentación relacionada tratos directo del año 2023 relativo al servicio Aéreo de Conectividad con Isla Mocha, comuna de Lebu. (...) requiriendo la información de las empresas que se enviaron la invitación, documentación presentada por las empresas.
Resolución Exenta N° 13, de 26 de abril de 2023.
Documentación presentada por las empresas.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
28/04/2023
Denuncias a empresas de transporte público en la comuna de Colina (...) desde 2019 hasta 2023, (...) resoluciones o estados de las denuncias y número de personas que pasaron a tribunales ordinarios y recibieron sanciones.
Resolución Exenta N° 14, de 28 de abril de 2023.
Resoluciones y el estado de denuncias, número de personas que pasaron a tribunales ordinarios y recibieron sanciones.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
28/04/2023
Solicita información de estudios, proyectos u obras a ejecutar en relación con la implementación de medidas como semáforos u otras, en la intersección de la ruta hacia Nueva Braunau (ruta V-50) con el Camino Línea Nueva, comuna de Puerto Varas.
Resolución Exenta N° 12, de 26 de abril de 2023.
IMIV presentado por la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas correspondiente al proyecto “Diseño de Seguridad Vial Ruta V-500 Ruta V-508 (Línea Nueva) Caletera Poniente Ruta 5”.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
26/04/2023
Solicita copia de todos los expedientes de procesos sancionatorios que hayan culminado con la sanción de caducidad de concesiones o término de contratos de Perímetros de Exclusión a Empresas de Transporte Público de Pasajeros. Copia las resoluciones que hayan resuelto término de contrato, y que se haya aplicado "con efecto inmediato".
Resolución Exenta N° 11, de 10 de abril de 2023.
Antecedentes documentales y resoluciones de los procesos sancionatorios que no se encuentran afinados.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
12/04/2023
Copia del cuestionario base relativo a las preguntas que el Ministerio de Transporte, para la selección de preguntas del examen teórico para obtener licencia de conducir clase B.
Resolución Exenta N° 10, de 05 de abril de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1 y 3, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 3. Cuando la publicidad, comunicación o conocimiento afecte la seguridad de la Nación, particularmente si se refiere a la defensa nacional o la mantención del orden público o la seguridad pública.
10/04/2023
Se solicita copia de correos electrónicos entre la funcionaria de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones y Funcionario municipal de Estación Central
Resolución Exenta N° 9, de 29 de marzo de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
04/04/2023
Se solicita información, antecedentes y expedientes relativos a taxis en todas sus modalidades y solicitudes de traslados a la Región del Maule, en la particular la ciudad de Linares.
Resolución Exenta N° 8, de 29 de marzo de 2023.
Información de expedientes administrativos de solicitud de traslados relativos a antecedentes médicos
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
30/03/2023
Se solicita conocer los antecedentes que fundaron el oficio Ord.N° 3.964, ademas se solicitan antecedentes de la contratación de personal a honorarios en relación al proyecto PRODOC “Apoyo a la Implementación del nuevo sistema de Transporte Público de Santiago de Chile"
Resolución Exenta N° 7, de 23 de marzo de 2023.
Correos electrónicos
Artículo 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2, Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
23/03/2023
Se solicita información sobre procesos sancionatorios del perímetro de exclusión del Gran Valparaíso (...)
Resolución Exenta N° 6, de 01 de marzo de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
01/03/2023
Se solicita correo electrónico del 21 de Septiembre de 2021, identificado como el ANT. 2 en oficio 2211/2022 DTPM, oficio con fecha 24/01/2022, enviado desde Subus Chile S.A hacia DTPM y copia carta GG Nº001 identificada como ANT. 3 del 10 de enero de 2022, del mismo oficio antes mencionado, respecto a solicitud de re asignación de servicios.
Resolución Exenta N° 5, de 24 de febrero de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2, Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
27/02/2023
Se solicita copia de todos los "Informes de Cumplimiento de Condiciones de Operación" emitidos mensualmente, correspondiente a los meses de enero a diciembre del año 2022(...). B) Copia de la Resolución que autorizó la operación de nuevos servicios de transporte en la conurbación Iquique - Alto Hospicio iniciados en diciembre de 2022.
Resolución Exenta N° 4, de 10 de febrero de 2023.
Copia de la Resolución que autorizó la operación de nuevos servicios de transporte en la conurbación Iquique - Alto Hospicio iniciados en diciembre de 2022
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
14/02/2023
Se solicita copia de cada uno de los procesos sancionatorios iniciados en el año 2021 y en 2022, concluidos o no, contra las empresas de Transporte Público Urbano prestados con buses que operan bajo la regulación de Perímetro de Exclusión en la Región de Tarapacá.
Resolución Exenta N° 3, de 08 de febrero de 2023.
Antecedentes y copia de los procesos sancionatorios que no se encuentran finalizados y de las modificaciones de contrato que actualmente se encuentran en trámite de toma de razón.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
08/02/2023
Antecedentes en relación a la contratación del servicio ID CAL0012, en la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Resolución Exenta N° 2, de 01 de febrero de 2023.
No aplica.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
02/02/2023
Se solicita nombre y mail de funcionarios que operen en mercado publico.
Resolución Exenta N° 1, de 12 de enero de 2023.
Correos electrónicos .
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
16/01/2023
Se solicita el nombre, teléfono y correo del encargado de capacitaciones de su Servicio y los mismos datos del jefe de la División/depto/unidad jurídica, según corresponda. Junto con ello se solicitan los mismos datos de quienes ocupen esos cargos en su ministerio, subsecretarías y servicios relacionados
Resolución Exenta N°44, de 22 de diciembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
27/12/2022
Se solicita el nombre, correo electrónico y teléfono del encargado de capacitaciones de su servicio y del jefe de su división, departamento o unidad jurídica, según corresponda.
Resolución Exenta N°42, de 22 de diciembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
27/12/2022
Se solicita los movimientos y recorridos que se tuvieron de las siguientes tarjetas BIP Nº 12496718, Nº09315859, Nº28799834, Nº27783953, Nº103747593, Nº101692259, movimientos y recorridos que se mantuvieron entre los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Resolución Exenta N°43, de 22 de diciembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N°2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
23/12/2022
Se solicita copia de todos los sumarios finalizados en esta subsecretaría, entre el 1 de enero de 2012 al 07 de noviembre de 2022, contra funcionarios por cualquier conducta que pueda ser calificada –independiente si fue comprobada o no– como acoso sexual, abuso sexual, violación, estupro, promoción de prostitución, producción de material pornográfico o almacenamiento de material pornográfico.
Resolución Exenta N°41, de 19 de diciembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
19/12/2022
Se requiere la cantidad de solicitudes de información pública que ha recibido esta Subsecretaría durante el tiempo transcurrido entre el 11 de marzo y el 14 de noviembre de 2022, ambas fechas inclusive. Asimismo cuántas han sido respondidas por el Subsecretario, don Cristóbal Pineda y por otra autoridad o jefatura y cuántas por doña María Carolina Acuña Porras (Coordinación de Usuarios). S e solicita los oficios que den cuenta de las respuestas correspondientes y las actas, oficios, circulares, documentos, correos electrónicos, o cualquier otro antecedente donde conste que el Subsecretario, don Cristóbal Pineda, u otra autoridad de esta repartición, haya instruido a doña María Carolina Acuña Porras.
Resolución Exenta N°38, de 05 de diciembre de 2022.
Los Oficios que den cuenta de las respuestas por el Subsecretario, don Cristóbal Pineda. Los Oficios que den cuenta de las respuestas por doña María Carolina Acuña Porras (Coordinación de Usuarios).
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
14/12/2022
Se solictica acceso y copia a todos los documentos (resoluciones/oficios/etc) que contengan información respecto a denuncias de acoso y/o abuso sexual al interior del organismo, entre el 1 de agosto y 30 de noviembre de 2022.
Resolución Exenta N°40, de 07 de diciembre de 2022.
Acceso y copia a todos los documentos (resoluciones/oficios/etc.) que contengan información respecto a denuncias de acoso y/o abuso sexual al interior de este organismo, entre el 1 de agosto y 30 de noviembre de 2022,
Artículo 21 N° 1, 2 y 5 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
12/12/2022
Se solicita acceso y copia a los sumarios investigativos y/o resoluciones administrativas por cada investigación de mobbing.
Resolución Exenta N°39, de 06 de diciembre de 2022.
Antecedentes que forman parte de los procedimientos disciplinarios en actual tramitación
Artículo 21 N° 1, 2 y 5 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
06/12/2022
Se solicita acceder a manual de integración informático de QR BIP (Pasaje BIP) para incorporarlo en aplicación móvil, y en caso de no existir, solicito información técnica detallada de flujo de desarrollo e integración de QR BIP (Pasaje BIP), con información de endpoints públicos y URLs necesarias para funcionar en producción
Resolución Exenta N°37, de 30 de noviembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N°2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
30/11/2022
Se solicita información acerca de la investigación sobre las siguientes denuncias CAS-444812-Q0Y2L1 Nº CAS-443916-T9F1H4.
Resolución Exenta N°34, de 10 de noviembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
17/11/2022
Se solicita listado de empresas nacionales y extranjeras autorizadas para realizar transporte nacional e internacional en Región de Tarapacá con dirección, mail, teléfono y representante, con las patentes de cada uno de los vehículos autorizados sea camiones o buses marca y año de fabricación.
Resolución Exenta N°36, de 15 de noviembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
16/11/2022
Se solicita nombre completo del Jefe del Servicio de Bienestar, nombre completo del Contador o persona encargada de la contabilidad del Servicio de Bienestar, teléfonos de contacto, emails y cantidad de socios o afiliados del servicio de bienestar.
Resolución Exenta N°35, de 13 de noviembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
15/11/2022
Se solicita información relativa a sus dependencias, consumos energéticos e intensidad energética al ministerio de energía.
Resolución Exenta N°33, de 03 de noviembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
09/11/2022
Se solicita información sobre planificación para el mes de octubre, noviembre y diciembre de 2022 sobre ejecución o planificación de controles preventivos en la ciudad de Santiago, con fiscalización en terreno por parte de funcionarios. Indicando horario y lugar de dichos controles.
Resolución Exenta N°32, de 26 de octubre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
02/11/2022
Se solicita 1.- Copia de los reglamentos definitivos o propuestas de reglamento, con sus respectivos informes en derecho contratados confeccionados. 2.- Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, firmado también por el Ministro de Obras Públicas; reglamentos confeccionados para la aplicación de la Ley N°21.473, publicada el 10 de Agosto de 2022. Sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos. 3.- Se solicita los antecedentes que conforman los procedimientos en cada reglamento, y en el caso de no estar concluidos, se solicita el material actualmente utilizado para su confección, eso incluye los informes en derecho pagados por el Estado, con recurso de los contribuyentes. Un reglamento expedido a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, firmado también por el Ministro de Obras Públicas, que regulará los aspectos concernientes a las normas de seguridad vial que deberán cumplir los elementos publicitarios que puedan ser vistos desde vías públicas urbanas que no correspondan a caminos públicos, especialmente en lo que respecta a la determinación de puntos peligrosos y distanciamientos mínimos, sea respecto de dichos puntos o entre elementos publicitarios sucesivos. Asimismo, regulará el procedimiento para obtener la autorización señalada en el artículo 6° y la fiscalización de los mencionados elementos publicitarios en lo que respecta a la seguridad vial.
Resolución Exenta N°30, de 19 de octubre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
19/10/2022
Se solicita copia de toda o cualquier comunicación sostenida, sea a través de correo electrónico, oficio o informe, entre los funcionarios de CONASET y las siguientes entidades: (i) Latin NCAP; (ii) Global NCAP; y (iii) Automóvil Club de Chile, durante el periodo que abarca desde 2019, 2020, 2021 y 2022. Del mismo modo, se solicita copia de toda o cualquier comunicación sostenida, por cualquier canal, sea correo electrónico, oficio o informe, con los señores Alberto Escobar Poblete y/o Alejandro Furas, por parte de funcionarios de CONASET durante los años 2019, 2020, 2021 y hasta el actual año 2022.
Resolución Exenta N°31, de 19 de octubre de 2022.
Comunicaciones sostenidas mediante correos electrónicos entre los funcionarios de la CONASET y las personas que se indican en el requerimiento.
Artículo 21 N° 1 y 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
19/10/2022
Se solicitan las ofertas económicas de todas las empresas presentadas en el llamado de DTPM a requerimientos técnicos para cotización de estudios y asesorías para el conocimiento de los usuarios del sistema de transporte público y la percepción e impacto en la ciudadanía de la operación y acciones implementadas en el sistema, para realizar una adjudicación directa, en junio de 2022.
Resolución Exenta N°29, de 12 de octubre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 y 5 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
13/10/2022
Se solicita información sobre los descargos ante la solicitud de invalidación ingresada por don Washington González Hidalgo, que se realizaron con fecha de 3 de Febrero del año 2022, ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Valparaíso.
Resolución Exenta N°28, de 07 de octubre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
12/10/2022
Se solicita el nombre completo los funcionarios y la calidad jurídica que ostentan (planta o contrata) que pertenezcan a alguna Asociación de Funcionarios interna o Confederación de funcionarios, con el nombre de la asociación de la cual forman parte y que tengan fuero gremial durante este año 2022. Registro de asistencia -en la Subsecretaría- de los meses de mayo de 2022, junio de 2022, julio de 2022 y agosto de 2022, del o los funcionarios indicados.
Resolución Exenta N°27, de 03 de octubre de 2022.
Funcionarios afiliados a las asociaciones de funcionarios de la Subsecretaría de Transportes.
Artículo 21 N°2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
03/10/2022
Se solicita la totalidad de correos que ha enviado el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones a través de su correo institucional durante los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2022, hasta el 14 de agosto de 2022.
Resolución Exenta N°26, de 27 de septiembre de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 y 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
28/09/2022
Se solicita todas las comunicaciones, tales como correos electrónicas, cartas y cualquier otro documento, intercambiado, dirigido o recibido hacia y desde la Contraloría General de la República, que tenga como antecedente directo o indirecto el Decreto Nº35 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de fecha 4 de junio de 2021, que introduce modificaciones al DS Nº 212 de ese mismo Ministerio.
Resolución Exenta N°25, de 26 de septiembre de 2022.
Correos electrónicos solicitados
Artículo 21 N° 1 y 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
26/09/2022
Se solicita datos de contacto (nombre, correo y número telefónico) del encargado de capacitación en el Programa de Fiscalización de Transporte Terrestre.
Resolución Exenta N°24, de 09 de septiembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
12/09/2022
Se solicitan los descargos correspondiente a cargos formulado a empresas de transporte público en Valparaíso por incumplimientos de programa operacional en el año 2021.
Resolución Exenta N°23, de 06 de septiembre de 2022.
Descargos presentados en aquellos procesos que aún se encuentran en etapa de revisión de recursos administrativos ante esta Subsecretaría.
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
09/09/2022
Se solicita de nombre, correo y número telefónico del encargado de capacitación del Transantiago
Resolución Exenta N°22, de 01 de septiembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
05/09/2022
Se solicita datos de contacto (nombre, correo y número telefónico) del encargado de capacitación en el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Resolución Exenta N°21, de 01 de septiembre de 2022.
Correo electrónico y del número de teléfono requeridos.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
05/09/2022
Se solicita descuentos de las remuneraciones de los cargos a planta y contrata, de periodo 2018 - 2022.
Resolución Exenta N°20, de 17 de agosto de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
19/08/2022
EISTU's y IVB's, que se ejecutarán o materializarán cercanos al proyecto "Torreones de La Serena V & VI". Dicha información es necesaria para poder visualizar la situación futura del área urbana del sector y el crecimiento vehicular, así como el peatonal. Asimismo, líneas y recorridos de Transporte Público (buses y colectivos), definidos en el área de influencia, definida en la imagen adjunta.
Resolución Exenta N°19, de 16 de agosto de 2022.
IMIV intermedio correspondiente al proyecto “Loteo El Francés III".
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
18/08/2022
Se solicita conocer el análisis general básico y toda la documentación presentada para instalar la Planta de Revisión Técnica en Chiguayante, en la intersección de Calle Coquimbo y Manuel Rodríguez.
Resolución Exenta N°18, de 05 de agosto de 2022.
Documentación presentada para la instalación de la Planta de Revisión Técnica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.
09/08/2022
Se requiere información de proyectos en vías de inicio de obras o en construcción, y de Lago Villarrica con Estero Maintenlahue, Lago Villarica con Lago Huilipilún, Lago Zenteno con Lago Yelcho, Lago Zenteno con Lomas del Bosque, Lago Zenteno con José Aberlardo Núñez, José Abelardo Nuñez con Alemania y Dionisio Hernández, Ruta 64. en la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso. Se solicita lo siguiente: Oficio de aprobación. Listado de Medidas de Mitigación. Informe del estudio. Plano de Situación con Proyecto Mitigado. En caso de estudio en trámite, informar su estado y eventuales medidas de mitigación.
Resolución Exenta N°17, de 02 de agosto de 2022.
IMIV intermedio correspondiente al proyecto Condominio Vive Alto Reñaca III.
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
04/08/2022
Se solicita toda la documentación relacionada con proceso de licitación del contrato N°7 de la concesión para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región de Valparaíso, en especial recursos presentados en contra del proceso de licitación y observaciones, reparos, objeciones o cualquier otro documento que emane de la Contraloría General de la República, en relación a este proceso o su adjudicación.
Resolución Exenta N°16, de 19 de julio de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
21/07/2022
Se solicita información sobre la cuota leasing del bus definido en el contrato de provisión, si aplica por ser contrato de provisión. Asimismo, la cuota leasing de infraestructura de carga en contrato de provisión, si aplica por ser contrato de provisión. Por último, se solicita información respecto a la tenencia de un contrato de overhauling y su eventual presupuesto.
Resolución Exenta N°15, de 12 de julio de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
12/07/2022
Se solicita cualquier tipo de información en cualquier tipo de formato respecto del nombre y correo electrónico de todas las encargadas del área de género que se encuentren actualmente en funciones en los Ministerios, Subsecretarías, Servicios, y cualquier otro organismo gubernamental.
Resolución Exenta N°14, de 04 de julio de 2022.
Correos electrónicos
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
05/07/2022
Se copia de Contrato vigente de Subsidio Lacustre Lago General Carrera. Contrato a la fecha Vigente firmado la primera semana de mayo de 2022 y adjudicada a la Empresa SOMARCO. Asimismo se solicita una copia de contrato de Barcaza Chelenco; subcontrato existente entre la empresa SOMARCO y la empresa TRANSAL; y que forma parte del contrato de Subvención antes solicitada.
Resolución Exenta N°13, de 16 de junio de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
20/06/2022
Se solicita que se envíe la información sensible que el Ex SEREMITT de la V Región dio acceso a una persona externa al Ministerio
Resolución Exenta N°12, de 07 de junio de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 y 5 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
07/06/2022
Se solicita correo electrónico recibido con fecha 3 de mayo de 2002 por la funcionaria Natalia Ramírez, encargada de genero del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, correo enviado por la abogada Carolina Rivera y que contiene una demanda en contra de esta sociedad concesionaria (Sociedad Concesionaria Ruta 5 TALCA – CHILLÁN S.A., Rol Único Tributario N° 77.337.752-9).
Resolución Exenta N°11, de 27 de mayo de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
30/05/2022
Se solicita publicación del Oficio N°3601/2022 junto con la Resolución Exenta N°3402/2021, los cuales se refieren a Contratos de Operación y modificación de los mismos de la Unidad de Negocios 4 del Sistema de Transporte Público Metropolitano de Santiago.
Resolución Exenta N°10, de 25 de mayo de 2022.
Oficio N° 3601 de 2022, del Directorio de Transporte Público Metropolitano
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
27/05/2022
Se solicita la siguiente información: 1. Reuniones sostenidas entre la SEREMITT y la Directiva o RRLL de la linea 104, entre enero de 2021 y diciembre de 2021 y que digan relación con aspectos relativos al operador tecnológico, en este caso, la Empresa Latinsoft. 2. Todos los actos administrativos, como resoluciones, email y actas de reuniones, para el mismo periodo ya mencionado, de advertencias y recomendaciones que realizó personal de la SEREMITT de Antofagasta y personeros del nivel central, de que el operador tecnológico de la empresa 104 no se encontraría operando correctamente. 3. Todos los actos administrativos, minutas de reuniones y sanciones producto de no haber contado con los contadores de pasajeros, los cuales debieron estar operativos el mes de diciembre. 4. Todas las actas de reuniones entre la directiva de la linea 104 y la SEREMITT de Antofagasta junto a jefaturas o personal administrativo del nivel central del MTT.
Resolución Exenta N°9, de 28 de abril de 2022
Correos electronicos
Artículo 21 N° 1 y 2, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
29/04/2022
Se solicita acceso y copia del historial de llamados de todos los teléfonos fijos instalados al interior de las dependencias del Gabinete del Ministerio de Transportes y de la Subsecretaría de Transportes, entre las 00:00 del día 1 de noviembre de 2021 y las 23:59 del 11 de marzo de 2022. Incluyendo las siguientes variables: Tipo de llamada (local, celular o larga distancia internacional), Número al cual se llama o número desde el que se recibió la llamada, Fecha y hora de llamada y Duración de la llamada.
Resolución Exenta N°8, de 18 de abril de 2022.
Número al cual se llama o número desde el que se recibió la llamada
Artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico
18/04/2022
Se solicita datos de contacto (correo electrónico y teléfono) de las autoridades de gobierno entrante para nuestra base de datos. Observaciones: solicito información de: Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, Jefe Gabinete Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y Jefe de Gabinete Subsecretario Transportes.
Resolución Exenta N°7, de 08 de abril de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido.
12/04/2022
Se solicita listado de los y las funcionarias con cargas legales entre los 2 y 4 años de edad a nivel nacional. Se solicita que la información venga; nombre y rut funcionario (a); nombre, rut y fecha de nacimiento de la carga.
Resolución Exenta N °6, de 30 de marzo de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.
30/03/2022
Base de datos empresas que respondieron encuesta Barómetro Logístico de Comercio Exterior, publicada en enero de 2021.
Resolución Exenta N°5, de 21 de marzo de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1 y 5, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
22/03/2022
Informes IMIV (Básico, intermedio y mayor) realizados hasta 14 de enero de 2022, de los cuales se tenga información.
Resolución Exenta N°4, de 16 de febrero de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
22/02/2022
En el marco del proceso de licitación para el transporte aéreo, en Villa OHiggins, CEE0005, Región de Aysén. Se solicita copia de los documentos mediante los cuales la DGAC no habría aceptado la documentación aclaratoria entregada por Inversiones Aereas Patagonia Limitada, relativa a las características y capacidad de la aeronave descritas para el Servicio Aéreo de Transporte.
Resolución Exenta N°3, de 11 de febrero de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
17/02/2022
Se solicita descargos presentados por la empresa Somarco el pasado 04 de enero de 2022, en razón del inicio del proceso de invalidación del Decreto de Adjudicación N°41 del año 2021, lo que fue ordenado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en el Decreto Exento N°3638/2021 del 27 de diciembre.
Resolución Exenta N°2, de 24 de enero de 2022.
No aplica
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
26/01/2022
Se solicita copia de antecedentes presentados por oferente Servicio de Transporte de Personas Santiago S.A. para las Unidades de Servicios 2, 3 y 5, en la Licitación Pública para la Concesión del Uso de las Vías de las Unidades de Servicios N°1, 2, 3, 4, 5 y 6, para la Prestación de Servicios Urbanos de Transporte Público Remunerado de Pasajeros mediante Buses, N° LPCUV001/2019. Asimismo se solicita formulario de modelo financiero y de oferta económica presentados por oferente Servicio de Transporte de Personas Santiago S.A. para las Unidades de Servicio 2, 3 y 5, en la Licitación Pública antes señalada. Finalmente, plan de explotación del MTT utilizado para el análisis y determinación del número reservado de buses, en la Licitación Pública señalada.
Resolución Exenta N°1, de 10 de enero de 2022.
Antecedentes presentados por el oferente Servicio de Transporte de Personas Santiago S.A., y la metodología de cálculo empleada para la determinación del número reservado de buses.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
10/01/2022
Se solicita la nómina de los funcionarios del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que entre el 1 de enero de 2016 y 30 de noviembre 2021, se han sometido a test de drogas. Desglosado por cargo de funcionario, si se detectó o no algún estupefaciente y si se negó a la toma de muestra. En caso de que el resultado dio positivo, indicar qué tipo de estupefaciente se encontró.
Resolución Exenta N°49, de 31 de diciembre de 2021.
No aplica
Artículo 21 N° 2 y 5 de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico. 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.
04/01/2022
Se solicita el estado del procedimiento sancionatorio dispuesto en la Resolución Exenta N°144/2019 y Resolución Exenta N°145/2019. Adicionalmente, se solicitan los respectivos expedientes sumariales iniciados de dichas resoluciones.
Resolución Exenta N°48, de 21 de diciembre de 2021.
Entrega de los expedientes de los procesos administrativos de carácter sancionatorio iniciados por las resoluciones exentas N°144/2019 y N°145/2019.
Artículo 21 N° 1, de la Ley de Transparencia, esto es: Artículo 21.- Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas.
22/12/2021
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