Fondo Concursal | División Gerencia del Fondo de desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT) | De acuerdo a lo establecido en el Art. 28 D de la Ley General de Telecomunicaciones y el Decreto Supremo N° 353, del reglamento del FDT, podrán postular las personas Jurídicas que cumplan los requisitos legales y reglamentarios para ser titulares de una concesión o permiso de servicio de telecomunicaciones, según lo requerido en las Bases Específicas de cada concurso público. | 34.651.315 | Pesos | 01/02/2023 | 31/12/2023 | Según se especifique en cada base de licitación, para cada concurso público vigente. | Los plazos y procedimientos de evaluación y asignación son establecidos en la calendarización de actividades, en las Bases Específicas de cada proyecto. | Promover el aumento de la cobertura de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o urbanas de bajos ingresos, con baja o nula disponibilidad de estos servicios, a través de subsidio a la oferta, debido a la inviabilidad económica de ser atendidas por parte de la industria de telecomunicaciones. | Bases | Subsidio | 0 | 01/01/2023 | | No cumplimiento de bases concursales | Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones | |