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Transparencia Activa
Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado
Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación
Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial
Fundamento legal y causal de secreto o reserva
Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa)
Enlace al acto o resolución en que consta la calificación
Copia de las liquidaciones de sueldo
Artículo 20 de la Ley de Transparencia N° 20.285
Artículo 20 de la Ley de Transparencia N° 20.285
Artículo 20 de Ley de Transparencia N° 20.285
21/11/2023
Nómica de estudiantes
RESS3763.05.06.2023
artículo 21 N° 2) de la Ley de Transparencia - Ley 19.628 letra f)
artículo 21 N° 2) de la Ley de Transparencia - Ley 19.628 letra f)
23/06/2023
Información respecto de los Datos de Atención de Urgencia (DAU) que contenga ingreso médico y epicrisis medica
RESS3517.23.05.2023
artículo 12° de la ley N°20.584 - letra g) del artículo 2º de la ley Nº 19.628
artículo 12° de la ley N°20.584 - letra g) del artículo 2º de la ley Nº 19.628
23/05/2023
BB.DD Mujeres haitianas en etapa gestacional
RESS3516.23.05.2023
artículo 21 N°2 de la ley N°20.285
artículo 21 N°2 de la ley N°20.285
23/05/2023
Certificado de Práctica profesional
ORD. 186 25.01.2023
No Aplica
Artículo 20 de Ley de Transparencia N° 20.285
25/01/2023
Entrega Antecedentes Clínicos (Grabaciones SAMU)
ORD. 1471 19.12.2022
No Aplica
Instrucción General Nº 10 del Consejo para la Transparencia
19/12/2022
Entrega Antecedentes Clínicos (Grabaciones SAMU)
ORD. 1313 15.11.2022
No Aplica
No es SAI (Solicitud de Acceso a la Información)
15/11/2022
Información Clinica
ORD. 1264 02.11.2022
No Aplica
No es SAI (Solicitud de Acceso a la Información)
12/11/2022
Entrega Antecedentes Clínicos (Grabaciones SAMU)
Artículo 21 N° 2) de la Ley de Transparencia N° 20.285
Resolución 5084 01.09.2022
Artículo 21 N° 2) de la Ley de Transparencia N° 20.285
01/09/2022
Información sobre idoneidad psicológica de asistente de la educación
Mail 31.08.2022
No Aplica
No es SAI (Solicitud de Acceso a la Información)
31/08/2022
Información quienes se acogieron a retiro de acuerdo al artículo 84 de la ley 21.360
Mail 17.08.2022
No Aplica
Artículo 12 de la Ley de Transparencia (Subsanación)
26/08/2022
Se envía Mandato judicial otorgado con fecha 28 de Octubre de 2019 en la Notaria de Concepción
Mail 23.08.2022
No Aplica
Artículo 12 de la Ley de Transparencia (Subsanación)
23/08/2022
Solicita número de pacientes en lista de espera para vicios de refracción
Mail 17.08.2022
No Aplica
Artículo 12 de la Ley de Transparencia (Subsanación)
17/08/2022
Se solicita emisión de un certificado de defunción para poder inscribir la causal de muerte
Mail 12.08.2022
No Aplica
No es SAI (Solicitud de Acceso a la Información)
12/08/2022
Información del estado de uso actual de los sistemas informáticos clínicos y administrativos
ORD. 713 23.06.2022
No Aplica
No es SAI (Solicitud de Acceso a la Información)
23/06/2022
Solicita Información de Tele odontología
ORD. 151 09.02.2022
No Aplica
Instrucción General Nº 10 del Consejo para la Transparencia
09/02/2022
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°6789 de fecha 19 de noviembre 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°6483 de fecha 19 de noviembre 2020
No Aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°6479 de fecha 19 de noviembre 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°6484 de fecha 19 de noviembre 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°6480 de fecha 19 de noviembre 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolucion Exenta N°6482 de fecha 19 de noviembre de 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolucion Exenta N°6481 de fecha 19 de noviembre de 2020
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
19/11/2020
Antecedentes administrativos de adjudicación licitación pública equipo médico Microscopio Quirúrgico marca Leica, modelo Arveo M530, adjudicado a la empresa Arquimed Ltda en Resolución Exenta N° 005315, del 12 de Noviembre de 2019, de la Propuesta Pública ID 1057804-11-LR19. (contrato, acta de entrega, guía de despacho, factura, informe técnico de instalación)
Resolución Exenta N° 2748 de fecha 19 de mayo 2020
No Aplica
Fundamento Legal artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o concimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido; y, particularmente en su letra a) establece la reserva cuando se trata de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.
19/05/2020
Nombre, correo y teléfono del jefe Departamento de Bieenstar o Convenios.
Resolución Exenta N°001720 de fecha 30 de Marzo de 2020
No aplica
Fundamento Legal Art.21N°1 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
30/03/2020
Listado de personas fallecidas en 2015-2018, con diagnósticos y contacto(dirección y teléfono)
Resolución Exenta N°005629 de fecha 26 de noviembre de 2019
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
26/11/2019
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°3497 de fecha 12 de julio de 2019
No Aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
12/07/2019
Protocolo Trauma abdominal cerrado( ruptura de cúpula hepática)
Resolución Exenta N°3692 de fecha 29 de julio de 2019
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o concimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones delmórgano requerido; y, particularmente en su letra a) establece la reserva cuando se trata de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.
29/06/2019
Protocolo Trauma abdominal cerrado( ruptura de cúpula hepática)
Resolución Exenta N°003234 de fecha 21 de junio de 2019
No aplica
Fundamento Legalrtículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o concimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones delmórgano requerido; y, particularmente en su letra a) establece la reserva cuando se trata de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.
21/06/2019
Protocolo Trauma abdominal cerrado( ruptura de cúpula hepática)
Resolución Exenta N°002989 de fecha 7 de junio de 2019
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o concimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones delmórgano requerido; y, particularmente en su letra a) establece la reserva cuando se trata de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.
07/06/2019
Informe sumario administrativo de SOME Hospital de Mulchén Sra Pamela Duran
Resolucion Exenta N°002373 de fecha 24 de abril de 2019
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". N°2 Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las persnas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico y considerando el artículo 33 letraj) de la Ley de Transparencia, el cual dispone que el Consejo deberá "velar por la debida reserva de los datos e informaciones que conforme a la Constitución y a la Ley tengan carácter de secreto o reservado".
24/04/2019
Planilla excel con los nombres de los funcionarios (as) de la dirección del Servicio de Salud Biobío que presentaron licencia médica durante el año 2018 a la fecha febrero 2019 con la compraración de los días de licencia frente a los días trabajados en el servicio público
Resolución Exenta N°000995 de fecha 18 de febrero de 2019, emitida por el Servicio de Salud Biobío, donde conta la denegación de entrega de información requerida por don Daniel Nuñez.
No aplica
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
18/02/2019
Resultados de Evaluación Idoneidad Psicológica Asistentes de Educación
Resolución Exenta N°000925 de fecha 15 de febrero de 2019 del Servicio de Salud Biobío, donde consta la denegación de entrega de información a don Guillermo Muñoz Acuña
La correspondiente Evaluación de Idoneidad Psicológica como Asistente de Educación realizada a don Guillermo Muñoz Acuña.
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
15/02/2019
Resultados de Evaluación Psicolaboral
Resolución Exenta N°002074 del 23.04.2018 del Director del Servicio de Salud Biobio
No aplica
Artículo 21N°1 de la Ley N°20.285 de Transparencia
23/10/2017
Información Materia de Investigación
Resolución Exenta N° 001002 del 24.02.2017 del Director (S) Servicio de Salud Biobío 
No Aplica
Artículo 21 N° 1 letra C de la Ley N° 20.285 de Transparencia
24/02/2017
Información de Carácter Genérica referente a un Elevado Número de Actos Administrativos
Resolución Exenta N° 000004 del 05.01.2017 de Directora Servicio de Salud Biobío 
Deniégase la información relativa a los numerales 39, 40 y 41 de la solicitud de acceso a la información N° A0029T0000080
Artículo 21 N° 1 letra C de la Ley N° 20.285 de Transparencia
05/01/2017
Resultados de Evaluación Psicolaboral
Ordinario N° 02426 del 07.10.2016 del Director (S) Servicio de Salud Biobío 
No Aplica
Artículo 21 N° 1 de la Ley N° 20.285 de Transparencia
07/10/2016
Pruebas Sicológicas realizadas a los postulantes al concurso de Técnico en Prevención de Riesgos del Servicio de Salud Bio Bio.
Resolución Exenta N° 003870 de fecha 15 de Diciembre de 2014, emitida por la Dirección del Servicio de Salud Bio Bio, donde consta la denegación de entrega de información requerida por don Marcelo Lagos Cárdenas.
La correspondiente Prueba y posterior Evaluación Sicológica realizada a don Marcelo Lagos Cárdenas, postulante al concurso de Técnico en Prevención de Riesgos del Servicio de Salud Bio Bio.
Fundamento Legal: Artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia N° 20.285, que expresa lo siguiente: "Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido". Igual regla, se encuentra contenida en el artículo 7 N° 1 del Decreto Supremo N° 13 del año 2009 del Ministerio General de la Presidencia, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 20.285.
15/12/2014