Comision Salud Mental | La Comision Regional de Proteccion de las Personas Afectadas por una Enfermedad Mental basa su funcionamiento en la ley 20.584 de Derechos y Deberes de los Pacientes art 1 y párrafo 8 y art 29 .su objetivo es velar por la proteccion de los derechos de klas personas con discapacidda psíquica o intelectual | Representantes de diversas organización sociales, publicas y privadas, relacionadas con salud mental | |
Consejo Asesor Regional | Es el mecanismo más antiguo regulado en la Ley, son anteriores a los consejos de la sociedad civil, establecidos en la Ley 20.500 y tienen su propio marco regulatorio. El objetivo es contribuir a mejorar las condiciones de vida y del entorno de los habitantes de la Región de O'Higgins, mediante la promoción de estilos de vida saludable, la identificación de áreas de riesgo sanitario y la elaboración de estrategias que enfrenten la obesidad infantil en la región de O'Higgins. El Consejo llevar un registro de sus actividades contenidas en el plan de trabajo y reuniones realizadas a lo largo del año. | Ser miembro de alguna organización de carácter territorial o funcional, la persona que esté interesada puede incorporarse a través de una solicitud formal al CAR, ajustándose al reglamento interno de funcionamiento. | |
Cuentas Públicas Participativas | Es el informe anual de la gestión institucional que se entrega cada año al público interno y externo, sobre el cumplimiento del plan de salud pública, objetivos y metas programadas, uso de recursos financieros, entre otros, en el marco de las directrices del nivel central de la Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Salud. | Ser integrante del Consejo Asesor Regional, de organismos públicos, Intendencia, Carabineros, Servicios de Salud, representantes de Colegios Profesionales de la Salud, Parlamentarios, comunidad, funcionarios de la Autoridad Sanitaria. | |
Gobierno en terreno | Difusión y educación en el rol de la Autoridad Sanitaria para la comunidad en general, su objetivo general es construir espacios de mayor acercamiento y diálogo entre la comunidad y los Servicios Públicos del Estado, con el fin de dar respuestas a las necesidades de los ciudadanos mas alejados de las capitales regionales. | No existe requisitos para participar. | Sin información |
ley de acceso a la información Pública 20.285 | Permite Acceso a Información Pública del Seremi de Salud a través de: a) Información permanente de interés público a través de distintos links de acceso, b) Un banner de OIRS, Oficina de Información, reclamos y Sugerencias, c) Un banner de Gobierno Transparente, que contiene los requisitos de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información Pública | Se puede acceder desde cualquier dispositivo con acceso a internet. | |
Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencia (OIRS) | Espacio para Solicitudes Ciudadanas, presenciales, telefónicas y virtuales. Oficinas de atención que permiten a las usuarios vincularse con los Servicios Públicos, facilitándoles el ejercicio de su derecho a plantear solicitudes, informarse, sugerir, denunciar o reclamar, en relación con la interacción que han experimentado o requieren, garantizando la oportunidad de acceso sin discriminación, la difusión de programas, trámites y la comunicación de prioridades gubernamentales. | No existe requisitos para participar. | |
OIRS Virtual | A través de la Página Web se puede acceder al registro de solicitudes ciudadanas (Sistema Trámite en Línea) y exponer su solicitudes, sugerencias, felicitaciones y o reclamos, para el mejoramiento continuo del servicio. | Se puede acceder desde cualquier disposituivo con acceso a internet. | |