Las solicitudes de acceso a la información se deben efectuar siempre por escrito y su vía de ingreso deberá ser: I) Por vía electrónica. Es aquella que se realiza a través de la Web. Se efectúa ingresando a la página web del Ministerio, banner "Gobierno Transparente" o al banner "Solicitud de información Ley de Transparencia" II) Por vía material: Es aquella que no es electrónica y que puede ser efectuada de cualquiera de las siguientes formas: a) En las Oficinas de partes. Se realiza completando el formulario disponible en esas oficinas o el cual puede ser descargado en la página web del Ministerio, banner "Gobierno Transparente" o del banner "Solicitud de información Ley de Transparencia" , luego ingresando a la parte que dice, "Solicitud de Acceso a la Información Pública" , posteriormente ingresando en la parte que dice, "Enlace a formulario descargable". b) Por correspondencia. Esta debe ser ingresada en la Central de Documentación del Ministerio.