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Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
Administrador(a) de CESFAM
Es el funcionario encargado de las funciones administrativas y de recursos humanos del CESFAM. Funciones financieras: 1. Efectuar el pago de sueldos, entrega de Liquidación de Sueldos con registro de recepción en planilla. 2. Recaudación. 3. Recibir dineros por pago de consultas médicas, podológicas y otros. 4. Mantener libro de recaudación al día. 5. Enviar a la CMDS una vez por semana informe detallado de los dineros recaudados y depositados con los comprobantes de cada uno de ellos. 6. Mantener al día el manejo de los dineros de gastos menores y de fondos a rendir por otras actividades. 7. Vigilar que los gastos se realicen de acuerdo a necesidades y con respaldo de boletas o facturas que comprueben el uso de los dineros 8. Realizar una vez al mes la planilla de rendición de estos gastos. Funciones de Recursos Humanos: 1. Mantener el registro actualizado de licencias médicas, feriados legales y permisos administrativos del personal. 2. Informar al personal de requisitos necesarios para el reconocimiento de los beneficios que le correspondan. Funciones en Infraestructura: 1. Velar por la adecuada mantención del edificio, presentando a la Dirección los proyectos y presupuestos para mejorar o mantener la infraestructura del Centro. 2. Enviar a la CMDS los presupuestos aprobados para su cancelación. 3. Conocer la distribución y funcionamiento de los tableros eléctricos. 4. Supervisar el aseo y orden tanto al interior como el exterior del CESFAM. 5. Supervisar calefacción del CESFAM. 6. Estar atento a condiciones de seguridad del recinto e informar a la Subdirección para tomar medidas pertinentes. 7. Encargado de la llaves de las distintas dependencias. 8. Elaborar pedidos de insumos de aseo, escritorio e imprenta a partir de necesidades de los sectores y unidades no sectorizadas, consolidar y enviar a la C.M.D.S, previa autorización de subdirección. 9. Realizar distribución del pedido de aseo, escritorio, imprenta y quirúrgico. 10. Encargado del inventario del CESFAM. 11. Administrar de la fotocopiadora. 12. Controlar la línea telefónica. 13. Mantener informado a la Subdirección de las actividades de su servicio. 14. Reemplazar a la secretaria en caso de ausencia. 15. Asistir a cursos del Plan Comunal de Capacitación con un número proporcional de horas según la jornada laboral. 16. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección que tengan relación con su cargo.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Administrativo de Adquisiciones y Recursos Físicos
Preparar todas las fases del proceso de adquisición y compras del CESFAM y Unidades de Urgencia, llevando registro de la actividad. Mantener actualizado y respaldado los gastos asociados al cumplimiento de convenios financieros de la institución. Coordinadora de servicios externos. Funciones 1. Gestionar la compra de productos del CESFAM, Centro de Urgencia y SAPU RR (Cotización, negociación, consulta, órdenes de compra). 2. Responsable de adquisición de fármacos y de insumos médico-quirúrgicos, dentales, aseo, formularios y artículos de escritorio, de acuerdo a las solicitudes técnicas generadas. 3. Preocuparse de la destinación y distribución de los insumos, para satisfacer la demanda de los usuarios internos. 4. Velar por la existencia efectiva del stock de insumos y medicamentos. 5. Mantener registro y copias de las facturas, boletas y órdenes de compra que son enviadas a la Corporación Municipal. 6. Controlar las Rendiciones de los diferentes Programas. 7. Responsable de la Generación y Actualización del Inventario General del Centro. 8. Recaudar dineros por concepto de venta de carné y otros. Realizar rendiciones periódicas ante la CMDS. 9. Mantener al día el manejo de los gastos menores y su rendición a la CMDS. 10. Sugerir a la dirección, propuestas de mejoramiento del Centro. 11. Colaborar en la solución de todo tipo de situaciones imprevistas que afecten al establecimiento. 12. Gestionar la solicitud de reparaciones y necesidades referentes a mobiliario e infraestructura, vigilando que los desperfectos sean reparados efectivamente. 13. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección que tengan relación con su cargo.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Administrativo Servicio Orientación Medica (SOME) y Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) del CESFAM
Es el funcionario encargado de admisión, orienta e informa al público sobre requisitos de ingreso, inscripción y horas de atención, custodia, control, conservación y distribución de historia clínica; archivo y desarchivo (según requerimiento); confección de agendas; entrega de horas, coordina sistema de referencia y contra referencia. Funciones: 1. Informar al beneficiario, nombre del profesional que lo asistirá, hora, día, número de la sala de atención. 2. Atender por orden de llegada a las personas que solicitan horas de atención diaria en CESFAM. 3. Entregar citaciones diferidas según necesidad y urgencia del usuario. 4. Recepcionar y orientar a los usuarios que solicitaron su hora por medio de la agenda telefónica. 5. Registrar diariamente rechazos, sí es que lo hubiera, por grupo etario. 6. Realizar inscripción per cápita, entregando al usuario tarjeta de inscripción. 7. Calificar estado previsional, verificando antecedentes entregados con base de datos FONASA. 8. Solicitar y revisar documentación de la familia (RUT, previsión, certificado de residencia, libreta de matrimonio o certificado de nacimiento). 9. Efectuar acciones necesarias para el traslado de historias clínicas por cambios de domicilio. 10. Velar porque el uso del documento, respalde la privacidad y la integridad de las personas. 11. Entregar la historia clínica para consultas de los profesionales, que deseen complementar la información de la ficha electrónica con la ficha de papel, utilizando protocolo de solicitud de fichas. 12. Confeccionar las agendas. 13. Cambiar citaciones en caso de inasistencia de profesionales. 14. Recepcionar y tramitar las Interconsultas a especialistas del nivel secundario, confirmando horas de control mediante llamado telefónico. 15. Solicitar a nivel secundario la contra referencia, la resolutividad, presentándola al Director y C.T.A. 16. Asistir a reuniones del equipo de Salud y participar de actividades comunitarias cuando su presencia es requerida. 17. Asistir a Capacitaciones programadas por la Dirección del Centro de Salud. 18. Recepcionar las Solicitudes Ciudadanas y tipificación de las mismas, derivando a organismos competentes para la gestión de la respuesta al usuario. Seguimiento de solicitud, preparación y entrega de respuesta al usuario. 19. Mantener información actualizada de Solicitudes Ciudadanas a la Dirección y CTA del Centro de Salud.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Asamblea General de Socios
Tiene como principal función mantener en vigencia los objetivos de la Corporación, elegir a los miembros del directorio que le correspondan y aprobar la memoria y balance anual proporcionado por el directorio. Todo ello conforme a los Estatutos de la Corporación.
Estatuto
04/02/1982
Sin modificación
04/02/1982
Asesor jurídico
Estudiar y proponer los contratos que requiere suscribir la Corporación en sus áreas educación, salud y nivel central, para el cumplimiento de sus fines 2. Estudiar e informar respeto de todos los actos, resoluciones, acciones, etc. que ejecuta el Secretario General, cuando éste lo requiera. 3. Asistir a las citaciones de la Inspección del Trabajo, respecto del personal de la Corporación. 4. Representar judicialmente y extrajudicialmente a la Corporación ante todas las autoridades administrativas y judiciales, cuando el Secretario General lo requiera. 5. Dirigir la defensa judicial de la Corporación en todo tipo de juicios, como demandante y demandado, pudiendo designar a otros abogados para la prosecución de las defensas de la Corporación. 6. Mantener actualizado el presente Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
Artículo 91 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Asistente de contabilidad
Asistente de la educación encargado de apoyar a la Dirección y/o Jefe administrativo, en el manejo contable y financiero del establecimiento educacional. Funciones: 1. Apoyar la elaboración de informes sobre situación financiera mensual y anual. 2. Recepcionar, llevar control y archivo de ingresos y egresos, elaboración de conciliación bancaria, mantener al día libros contables, informes de recaudación, mantención de libreta de banco, registro de deudas y convenios, realizar depósitos y pagos a proveedores. 3. Colaborar en actividades docentes y administrativas. 4. Fiscalizar aseo y cuidado de las dependencias de su sector, y responsabilizarse por el inventario a su cargo.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Asistente de Sala
Asistente de la educación encargado(a) de asistir al profesor (a) en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del programa de dicho nivel educativo. Funciones: 1. Apoyar al docente de aula. 2. Diseñar y elaborar materiales y recursos de actividades diarias. 3. Apoyar en el orden y la disciplina de grupo. 4. Realizar labores de asistencia en la higiene, alimentación y orden de los niños y niñas. 5. Promover el desarrollo personal y social de los niños y niñas, velando por su bienestar y proceso de aprendizaje. 6. Diseñar e implementar experiencias pedagógicas adecuadas para los objetivos de aprendizaje y de acuerdo al contexto. 7. Generar y mantener ambientes acogedores, seguros e inclusivos
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Asistente Social Educación
Profesional encargado de desarrollar programas de carácter social, asesorando a estudiantes y sus familias en la solución de problemas socioeconómicos que puedan estar afectando el proceso de aprendizaje, permitiendo el bienestar y motivación para el logro del rendimiento escolar. Funciones: 1. Atender y elaborar diagnósticos e informes sociales de estudiantes y sus familias que presentan problemas socio económicos. 2. Realizar visitas domiciliarias y proponer alternativas de solución para problemáticas detectadas. 3. Evaluar y elaborar informes sociales para solicitud de becas y beneficios para los(as) estudiantes. 4. Atención directa de estudiantes o familias que presentan, o están en riesgo de presentar problemas de índole social, potenciando el desarrollo de las capacidades y facultades de las personas, para afrontar por sí mismas futuros problemas. 5. Entrevistas, visitas domiciliarias, contactos telefónicos, derivaciones y coordinación con redes externas como CESFAM, Carabineros, OPD, Investigaciones u otros establecimientos, para la realización de charlas preventivas y talleres. 6. Planificar y conducir un plan de acuerdo con los objetivos propuestos, en el programa de Asistencia Social o en el plan de intervención individual o familiar mediante un proceso de análisis de la realidad. 7. Coordinadora de salud, gestionando a través de JUNAEB y CESFAM todas las evaluaciones y controles oftalmológicos, auditivos y de columna, vacunas, como la promoción y prevención en temas de salud, coordinando charlas preventivas con CESFAM.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Asistente Social Salud
Profesional universitario con el título de asistente social, responsable de facilitar la interacción entre la comunidad y el equipo de salud, utilizando recursos sociales en la resolución de conflictos de los usuarios. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Efectuar actividades propias de la profesión en los diferentes programas según metas establecidas y en concordancia con la normativa actual, tales como atención al usuario y su familia, visitas domiciliarias, educaciones grupales. 4. Mantener información actualizada de la realidad socioestadística del Sector y un catastro de organizaciones y recursos comunitarios. 5. Asesorar a organizaciones comunitarias en torno a temas de salud. Formar y capacitar a líderes grupales. 6. Promover y coordinar las actividades de trabajo comunitario y promoción de salud del Sector. Asesorar y participar en la realización de diagnósticos participativos. 7. Participar en proyectos comunales y locales junto al equipo de salud. 8. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 9. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 10. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 11. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 12. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el Plan de Salud Comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Auxiliar de Servicio de COSAM
Realizar aseo en las dependencias del Centro, colaboración con personal administrativo, reemplazando en puestos de funcionaria SOME en caso de necesidad (ausencia inesperada), cumplir con horarios de jornadas laborales que faciliten el aseo del centro, así como su apertura de lunes a viernes; realizar encargos y traslado o tramitación de documentación con discreción, responsabilidad y confiabilidad. Funciones: 1. Realizar aseo de todas las dependencias del COSAM. Incluye pisos, ventanas, muros, puertas, muebles, equipos, baños, tanto de funcionarios como de usuarios. 2. Informar y reponer insumos necesarios en baños de funcionarios y de usuarios, solicitándolo a la administradora del Centro. 3. Mantener el orden de espacios comunes, como sala de espera, comedor de funcionarios, pasillos. 4. Realizar reparaciones menores, si corresponde. 5. Preparar espacios de reunión. 6. Abrir el Centro a las 07:45 horas, dejando boxes de atención abiertos para su uso. 7. Realizar labores de estafeta, llevando correspondencia a Tribunales o a Correos. 8. Acoger demandas de usuarios presentes en el Centro, otorgando la información general del Centro. 9. Contestar el teléfono y colaborar con personal administrativo, reemplazando a funcionaria de SOME en caso de necesidad.
Artículo 107 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Auxiliar de servicios Educación
Asistente de Educación encargado de labores relacionadas con vigilancia, cuidado, aseo y mantención del mobiliario y dependencias del establecimiento, excluidas aquellas que requieran de conocimientos técnicos específicos. Funciones: 1. Realizar labores de aseo, orden y mantención de las dependencias e infraestructura del establecimiento educacional, en el interior y exterior del edificio. 2. Realizar labores de riego y aseo de jardines. 3. Realizar mantenciones menores en el área de la gasfitería, electricidad y pintura, dando aviso a su superior jerárquico en el caso de no poder resolver las reparaciones o desperfectos. 4. Trasladar mobiliario y otros cuando le sea solicitado. 5. Realizar labores de aseo, orden y mantención de dependencias e infraestructura de internado. 6. Desempeñar, cuando proceda, funciones de portero o de cuidador nocturno del establecimiento educacional. 7. Retirar, franquear y repartir mensajes, correspondencia y otros que le sean encomendados. 8. Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación, limpieza de herramientas y maquinarias que se le hubieren asignado. 9. Responsabilizarse por el inventario de aseo que tiene a su cargo.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Auxiliar de Servicios en Unidades de Urgencia (CUÑ y SAPU RR).
Función de colaboración en las actividades de enfermería, procesos administrativos y aseo de las Unidades de Urgencia. Funciones: 1. Mantener el aseo de baños, box clínicos (según necesidad y por requerimiento de la atención), muebles clínicos y estanterías. 2. Efectuar el aseo concurrente de camillas, mobiliario, pisos, durante el periodo de atención. 3. Realizar los aseos terminales según calendario. 4. Realizar el aseo de microondas, refrigeradores, estufas, etc., que se encuentren en salas de estar o residencias del personal. 5. Colaborar en la preparación de los box de atención, mediante la reposición de jabón, toalla desechable, sabanillas de los box, baños y residencias. 6. Retirar y eliminar residuos sólidos según normas establecidas. 7. Mantener limpias y ordenadas las bodegas y estanterías internas del centro. 8. Llevar ropa sucia del servicio a lavandería. 9. Retirar ropa limpia, contar, registrar y guardar en los estantes destinados para ello. 10. Llevar libro de registro de ropa, sabanas, colchas, fundas, toallas, etc. 11. Colaborar en la pesquisa de desperfectos de la planta física, mobiliario, materiales y equipos y dar aviso oportuno a jefatura directa. 12. Participar de manera activa en el equipo en pacientes en reanimador, apoyando en todas las labores permitidas de su rol. 13. Colaborar en el traslado de los pacientes que lo requieran entre las dependencias del recinto. 14. Realizar funciones administrativas de SOME según necesidad y recurso humano disponible. 15. Cumplir con rotativa de turnos mensual. Realizar refuerzos de turnos, si es solicitado.
Artículo 107 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Auxiliar de Servicios Menores de CESFAM
Es el funcionario encargado de las funciones de aseo en los Centro de Salud de la Corporación. Funciones: 1. Realizar aseo en el interior y exterior del edificio, en box de atención, pasillos, salas de espera, baños públicos y de personal, veredas y patio. 2. Limpiar pisos, sacudir, ordenar y botar basura dos veces al día. 3. Limpiar vidrios, muros, puertas y radiadores de calefacción una vez por semana. 4. Sacudir estanterías con paños húmedos, en pasillos, oficinas, sala de espera, bodega de leche etc., una vez por día. 5. Limpiar lavamanos y sanitarios de oficina una vez por día. 6. Limpiar lavamanos y sanitarios de baños públicos y personal con soluciones desinfectantes a lo menos dos veces por día. 7. Lavar basurero con agua y detergente. Cambiar bolsas de basura cada vez que sea necesario o a lo menos una vez por día. 8. Lavar marcos y ventanas una vez cada quince días. 9. Trapear los pisos con agua y detergente indicado en forma diaria. 10. Mover los muebles en oficinas para trapear y sacudir a lo menos una vez por día. 11. Limpiar mobiliario con lustra muebles. 12. Aseo terminal en vacunatorio, esterilización, salas de tratamiento, salas de toma de muestras para exámenes de laboratorio, cada quince días. 13. Mantener normas de bioseguridad y prevención de accidentes. 14. Protegerse con guantes, mascarillas, pecheras durante las maniobras de aseo y traslado de basura. 15. No contaminar áreas limpias con elementos infectados. 16. Disponer las basuras en recolector central y dejarlo con llave. 17. Mantener elementos de aseo en los lugares habilitados para ello. 18. Lavar y enjuagar los traperos en los lugares habilitados para ello. 19. Señalizar y no permitir el paso por sector en donde se está trapeando o encerando. 20. Dar aviso en administración sobre desperfectos de alumbrado, sanitarios u otros. 21. Mantener el stock ropa limpia. 22. Cambiar la ropa sucia por limpia en los diferentes sectores, contando la ropa sucia y enviándola a lavandería. 23. Recepcionar la ropa limpia. 24. Mantener al día el cuaderno de entrega de ropa. 25. Colaborar con vigilancia del edificio 26. Encender y apagar las luces. 27. Encender y apagar la caldera. 28. Cargar y descargar cajas de alimento en bodega de leche. 29. Servir café u otros en reuniones. Mantener el aseo y lavado de los utensilios. 30. En caso necesario, efectuar labores de estafeta.
Artículo 107 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Camillero
Asistir el traslado de usuarios que lo requieran, en camilla o sillas de rueda, en los diversos dispositivos de la red. Funciones: 1. Trasladar a enfermos en camillas, sillas de ruedas, a las diferentes áreas requeridas 2. Realizar transferencia de usuarios y/o traslados aplicando medidas de seguridad. 3. Proporcionar a los pacientes un servicio de calidad durante el traslado y movilización a los diferentes servicios solicitados. 4. Movilizar a los pacientes de acuerdo a su padecimiento. 5. Mantener en buenas condiciones de uso, limpieza e higiene las camillas y ropa de las mismas. 6. Reportar al Jefe de servicio los desperfectos y faltantes del equipo de traslado y movilización asignado al servicio.
Artículo 107 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Cirujano Dentista
Es el profesional con título universitario de cirujano dentista, responsable de la entrega de prestaciones odontológicas preventivas y curativas a la población usuaria. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión señaladas en el Plan de Salud Comunal, que implican actividades odontológicas preventivas y recuperativas, priorizando los grupos de riesgo según orientaciones del MINSAL. 4. Participar junto al equipo de sector en actividades comunitarias y de promoción de salud. 5. Participar en proyectos comunales y locales junto al equipo de salud. 6. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 7. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 8. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 9. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 10. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el Plan de Salud Comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Conductor de CESFAM o Unidades de Urgencia
Conducir los vehículos del CESFAM y/o Unidades de Urgencia, ya sea en el traslado de usuarios, funcionarios y/o material, de acuerdo al plan de trabajo del móvil en el que se encuentre desarrollando la labor. Licencia Profesional A2. Funciones: 1. Trasladar pacientes que sean derivados desde CESFAM y/o SAPU a Servicios de Urgencia de la Red, en cumplimiento del protocolo "Sistema de derivación de pacientes que presentan urgencias que exceden la capacidad de resolución". 2. Trasladar usuarios postrados, o con limitaciones físicas y/o mentales, para atenciones de salud en los establecimientos del SSMO. 3. Trasladar equipos de salud desde el CESFAM a la comunidad y establecimientos del SSMO según corresponda. 4. Retirar correspondencia y material desde y hacia el SSMO (estafeta). 5. Trasladar exámenes y muestras (biopsias)que requieren procesamiento en laboratorios especializados como Laboratorio Comunal, Laboratorio Central del Hospital del Salvador, Laboratorio del Hospital del Tórax, Unidad de Anatomía Patológica (HS), entre otros. 6. Trasladar exámenes citológicos cervicales a Laboratorio Universidad de Chile – Occidente. 7. Realizar estadística mensual de actividades de ambulancia. 8. Mantener al día revisión técnica y de gases correspondiente del vehículo a su cargo. 9. Avisar oportunamente desperfectos o mal funcionamiento del vehículo. 10. Mantener el vehículo en condiciones higiénicas y mecánicas de ser utilizados. 11. Cumplir rotativa de turno mensual de las Unidades de Urgencia de la Comuna.
Artículo 107 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Conductor Educación
Asistente de la educación encargado del transporte y/o traslado de personal y/o estudiantes, y diversas actividades de trámites, reparto de materiales y documentación. Funciones: 1. Conducir y trasladar en forma segura y responsable a las personas encomendadas por el superior jerárquico. 2. Mantener en óptimas condiciones el aseo del vehículo a su cargo. 3. Velar por el buen funcionamiento del vehículo de su responsabilidad. 4. Informar oportunamente posibles fallas del vehículo a su cargo y los repuestos requeridos para su mantenimiento.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Coordinador(a) Nivel Prebásico
Profesional de la educación encargado(a) de coordinar las actividades definidas en la Unidad Técnico Pedagógica para el nivel pre escolar del establecimiento educacional. Funciones: 1. Orientar las actividades docentes de acuerdo a las Bases Curriculares de Educación Parvularia. 2. Realizar acompañamiento en sala de cada curso, completando pauta de observación. 3. Orientar y revisar planificaciones de las educadoras de párvulos de cada curso. 4. Informar a Directora sobre la marcha del proceso educacional. 5. Encargado de Unidad Técnico Pedagógica, de las Educadoras y técnicos sobre los acompañamientos realizados. 6. Realizar retroalimentación con las educadoras sobre las visitas realizada
Artículo 97 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Coordinador(a) Programa de Integración Escolar PIE
Profesional de la educación responsable de planificar, coordinar y supervisar las acciones relacionadas con el Programa de Integración Escolar comunal (PIE). Funciones: 1. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y actividades comprometidas en el PIE. 2. Preparar las condiciones en los establecimientos educacionales para el desarrollo de los PIE. 3. Conformar los equipos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes del PIE. 4. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales. 5. Liderar la instalación de una nueva cultura de colaboración en los establecimientos educacionales. 6. Asegurar la inscripción de los profesionales en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial, de acuerdo con las orientaciones del Ministerio de Educación. 7. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales permanentes y transitorias. 8. Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos de educación especial, disponibles a través de la página web del Ministerio de Educación. 9. Coordinar el trabajo entre los equipos de salud y educación en el territorio, en el marco de los PIE. 10. Velar por la confidencialidad y el buen uso de la información de los(as) estudiantes y sus familias. 11. Monitorear de manera permanente los aprendizajes de los(as) estudiantes. 12. Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE, implementando entre otras, estrategias para conocer la satisfacción de los usuarios. 13. Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades detectadas en la o las comunidades educativas. 14. Disponer de sistemas de información dirigidos a las familias para que cuenten con información oportuna de los establecimientos capaces de dar respuestas educativas de calidad a las necesidades educativas especiales que presenten sus hijos(as). 15. Cautelar el cumplimiento del número de las horas profesionales que exige la normativa de los PIE. 16. Asegurar asignación de horas cronológicas a los profesores de educación regular para el trabajo colaborativo. 17. El Coordinador de PIE del establecimiento podrá formar parte de la Unidad Técnica Pedagógica, facilitando así los procesos de articulación entre los diversos programas que apuntan al mejoramiento continuo del establecimiento educacional.
Artículo 97 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Coordinador de Sector
Profesional de la salud, responsable del funcionamiento del sector. Funciones: 1. Coordinar, programar, planificar, supervisar y controlar todas las actividades realizadas por el Equipo de Salud en el marco del modelo de Salud Familiar. 2. Velar por el cumplimiento de las normas, reglamentos generales y procedimientos, adecuándolas a la realidad local de su sector. 3. Difundir permanentemente y de forma oportuna, la información emanada de organismos técnicos administrativos superiores. 4. Dictar y elaborar normas internas de organización y funcionamiento del Equipo de Sector. 5. Proponer a la Dirección proyectos de inversión para el mejoramiento de la planta física y equipamiento del Sector. 6. Determinar requerimiento de personal, para el adecuado funcionamiento del Sector. 7. Evaluar (según programa) el cumplimiento del Plan de Salud Comunal en lo concerniente a su Sector. 8. Representar al Sector en reuniones Técnico – Administrativas. 9. Controlar el aprovisionamiento de insumos. 10. Velar y satisfacer la demanda de atención priorizada de su Sector. 11. Impulsar la implementación de procedimientos para la medición de la calidad técnica. 12. Registro actualizado en Hoja de Vida de Funcionarios del Sector. 13. Participar en la selección, evaluación y calificación del Personal a su cargo. 14. Colaborar con las actividades o indicaciones que emanen de la dirección del CESFAM.
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Departamento de Contabilidad
1. La elaboración del presupuesto y balance anual de salud, educación y nivel central. 2. Desarrollar la contabilidad, registrando diariamente todas las operaciones y/o movimientos contables. 3. Elaborar semanalmente las conciliaciones bancarias del nivel central. 4. Efectuar el pago electrónico de remuneraciones y proveedores. 5. Elaborar el informe de ejecución presupuestaria mensual por áreas y centros de costos. 6. Visar y registrar órdenes de compra emitidas a terceros; gestionar los pagos previsionales y de impuestos que graven a la gestión. 7. Gestionar la adquisición y pago del combustible para los vehículos institucionales. 8. Desarrollar las comunicaciones con las instituciones bancarias y empresas de servicios en general. 9. Coordinar las auditorias que realizan instituciones externas a la gestión. 10. Administrar y gestionar los pagos menores sujetos a rendición de cuentas. 11. Gestionar la información financiera y contable, relacionada con la transparencia activa en su plataforma web. 12. Efectuar y coordinar la rendición de cuentas a terceros. 13. Elaborar la información necesaria para efectuar la declaración de renta y pago de impuestos anuales del personal y toda otra gestión propia de la naturaleza del departamento.
Artículo 94 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Departamento de Informática
1. Desarrollar, mantener y optimizar los programas computacionales necesarios para el funcionamiento de la institución. 2. Mantener los programas informáticos, prevenir y corregir los defectos de funcionamiento; desarrollar la mantención adaptativa y evolutiva de los sistemas y programas. 3. Desarrollar y mejorar la calidad interna de los sistemas informáticos optimizando su rendimiento y eficiencia. 4. Brindar apoyo y asesoría a las estaciones de trabajo, tanto en equipo como en programas; respaldar y resguardar la información institucional, velando por la seguridad y operatividad de los sistemas y su información. 5. Asesorar en materia informática a las distintas unidades de la Corporación. 6. Mantener la comunicación informática con terceras personas e instituciones públicas o privadas.
Artículo 94 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Departamento de Prevención de Riesgos
Es la persona designada por el Secretario General, para asistirlo en todas aquellas materias relativas a la prevención de riesgos y accidentes del trabajo, desarrollando las funciones de prevención, educación y atención de los eventos que se originen en la materia. Funciones: 1. Elaborar, gestionar, fiscalizar y evaluar el Programa de Trabajo en Prevención de Riesgos de la institución. 2. Atender el control de los riesgos que puedan motivar la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales en el ambiente o recinto de trabajo y en el trayecto del personal desde sus hogares a sus lugares de trabajo y viceversa. 3. Efectuar acciones educativas y de capacitación de carácter preventivo, para impedir la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales. 4. Asesorar técnicamente a los Comités Paritarios existentes en todos los recintos de la Corporación y especialmente fiscalizar su funcionamiento y cumplimiento de todas las normas que regulan su actuar. 5. Mantener las comunicaciones y relaciones con la respectiva mutual. 6. Asistir a la Corporación y su personal en los eventos de accidentes del trabajo que se produzcan.
Artículo 94 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Departamento de Remuneraciones.
1. Gestionar y coordinar el pago de las remuneraciones, aguinaldos y bonos especiales del personal de la institución. 2. Gestionar mensualmente el pago de las cotizaciones previsionales de todo el personal; gestionar las retenciones de remuneraciones y pagos a terceros, ya sea de carácter legal o convencional. 3. Elaborar, preservar y custodiar los archivos de pagos de remuneraciones y previsionales de todo el personal de la institución. 4. Elaborar certificados de remuneraciones y previsionales del personal, requeridos para el proceso de jubilación o retiro. 5. Elaborar y suministrar la información mensual al Instituto Nacional de Estadísticas, relativa al detalle de las remuneraciones del personal de la institución. 6. Elaborar los cálculos de las remuneraciones para la confección de finiquitos. 7. Atender las consultas del personal, relacionadas con las remuneraciones o materias previsionales. 8. Desarrollar charlas explicativas al personal, referidas a remuneraciones y materias previsionales, cuando se disponga. 44 REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD disponga. Es la persona designada por el Secretario General, para asistirlo en todas aquellas materias relativas a las remuneraciones del personal de la instituición, siendo su misión y función el desarrollar y coordinar en forma integral los procesos de pago de remuneraciones de todo el personal de la institución y en otras que el Secretario General disponga,
Artículo 94 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Digitador SIGGES
Registrar en el sistema los formularios de eventos: Solicitud de Interconsulta (SIC), Orden de Atención para la realización de una Prestación de Salud (OA), Informe Proceso Diagnostico (IPD), Prestaciones Otorgadas (PO), citación, etc. Funciones: 1. Ingresar toda la actividad de producción asociada a la actividad GES del establecimiento. 2. Monitorear diariamente los registros efectuados. 3. Realizar los registros necesarios e indicados por la Dirección de Servicio o Establecimiento, como registros paralelos de Prestaciones Valoradas (PPV), en el caso de hospitales. Resolver dudas de registro y contingencias. 4. Reportar errores y reingreso de modificación en el sistema SIGGES. 5. Realizar el seguimiento de casos con problemas de registro en conjunto con el monitor SIGGES. 6. Actuar como fuente de información interna de temas relacionados al registro. 7. Informar permanentemente al jefe respectivo y/o monitor SIGGES sobre el cumplimiento de su actividad.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Digitador SIGGES y Estadístico de COSAM
Recolectar, revisar, registrar, elaborar y procesar toda la Información estadística de las actividades del COSAM, así como las prestaciones GES en SIGGES. Funciones: 1. Dar cumplimiento de los procedimientos de registro en el SIGGES, de acuerdo a la normativa vigente. 2. Ingresar al sistema los formularios, siguiendo la parametrización para cada uno de los problemas de salud, lo que debe hacer con la calidad, confiabilidad y oportunidad requeridas. 3. Acreditarse a través de los cursos impartidos desde el Nivel Central, en el caso del Digitador SIGGES.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director(a) Educación
Profesional al cual le corresponde la dirección, administración, supervisión y coordinación del establecimiento educacional. Debe conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional, forjando una comunidad educativa orientada al logro de los aprendizajes de los(as) estudiantes. Para ello debe gestionar, orientar, coordinar y supervisar a los diferentes actores que la conforman así como sus procesos, cautelando el cumplimiento de los lineamientos y las orientaciones establecidas, los planes y programas de estudios vigentes, considerando las características de sus educandos. Funciones: 1. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el cumplimiento de las acciones en las áreas técnico pedagógica, administrativa y financiera del establecimiento educacional, para el logro de los objetivos propuestos en el Proyecto de Desarrollo Educativo Institucional. 2. Liderar la implementación exitosa del Proyecto Educativo Institucional y planificación estratégica, debiendo asegurar la participación de toda la comunidad educativa. 3. Elaborar el presupuesto de ingresos y gastos anuales de su unidad educativa. 4. Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con el desarrollo del proceso enseñanza- aprendizaje, elevando el nivel de logros del rendimiento escolar de los estudiantes, y la calidad de los aprendizajes, cautelando el cumplimiento de los Planes, Programas de Estudios, Reglamento de Convivencia Escolar y Plan de Seguridad Escolar. 5. Cautelar la existencia y selección de recursos humanos idóneos para ejercer las funciones docentes y de asistentes de la educación, ejerciendo las atribuciones propias de la jefatura laboral. 6. Propiciar un ambiente de colaboración y de fluida comunicación, favoreciendo un buen clima organizacional y una sana convivencia institucional. 7. Informar oportunamente al personal de su dependencia, de las normas legales y reglamentarias vigentes, supervisando su correcta aplicación. 8. Asumir la responsabilidad delegada de administración de recursos. 9. Integrar al Consejo Escolar en la planificación y seguimiento de las actividades institucionales, explicitado en un plan de trabajo anual. 10. Entregar Rendición de Cuentas e Informe de Cuenta Pública anual a la comunidad escolar y a la autoridad de la Corporación Municipal. 11. Desarrollar las acciones necesarias para vincular el establecimiento educacional con los organismos intermedios de la comunidad escolar y comunidad vecinal. 12. Delegar en el personal subalterno las funciones que estime pertinente y procedentes, sin perjuicio de la responsabilidad directiva.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director(a) Salud
Profesional de la salud responsable de la dirección, administración, supervisión y coordinación del Centro de Salud. Debe conducir y liderar el Proyecto de Salud Primaria dentro de su unidad. Para ello debe gestionar, orientar, coordinar y supervisar a los diferentes actores que conforman el personal de la dotación de salud primaria, cautelando el cumplimiento de los lineamientos y orientaciones establecidos en los planes y programas de salud vigentes, considerando las características de sus beneficiarios. Funciones: 1. Velar por el cumplimiento de las normas, reglamentos generales y procedimientos particulares, adecuándolos a la realidad local. 2. Dictar y elaborar normas internas de organización y funcionamiento del Centro de Salud (organigrama y manual de la organización). 3. Elaborar el presupuesto de ingresos y gastos anuales de su centro de costos. 4. Programar, planificar, supervisar y controlar todas las actividades realizadas por el personal a su cargo. 5. Estimular la formación de un equipo de salud orientado al desarrollo y promoción de la Salud Familiar. 6. Difundir permanentemente y en forma oportuna la información emanada de organismos Técnicos Administrativos superiores. 7. Proponer a la autoridad competente, proyectos de inversión para el mejoramiento de la planta física y equipamiento del Centro. 8. Determinar requerimiento de personal para el adecuado funcionamiento del Centro de Salud. 9. Constituir un equipo de asesoría Técnico Administrativa con los coordinadores de sector, jefes de programa, encargado de enfermería y comités. 10. Promover la capacitación continua del personal. 11. Evaluar según lo programado el Plan de Salud Comunal. 12. Supervisar y gestionar el cumplimiento de metas sanitarias, IAAPS y desempeño colectivo. 13. Representar al Centro en Reuniones Técnico – Administrativas a realizarse en los niveles y con las autoridades que corresponda. 14. Preocuparse de la destinación y distribución de las horas funcionarias, para satisfacer la demanda de atención priorizada. 15. Participar en la elaboración del arsenal farmacológico y de su mantención actualizada. 16. Velar por la existencia efectiva del stock de farmacia mínimo y crítico. 17. Impulsar la implementación de procedimientos para la medición de la calidad de atención del Centro. 18. Facilitar la coordinación con los organismos gubernamentales y no gubernamentales de la Comuna. 19. Responder a situaciones imprevistas que afecten al Centro.
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director COSAM
Profesional de la salud responsable de programar, planificar, supervisar y controlar todas las actividades realizadas por el personal a su cargo, para cumplir con la misión de COSAM. Funciones: Dirigir, coordinar, planificar, ejecutar y supervisar el equipo de salud del centro, fortaleciendo el desarrollo del Modelo de Salud Mental Comunitario y potenciando el trabajo en Red con los distintos dispositivos de la comuna, especialmente los Centros de Salud Familiar, logrando así, mejorar la pertinencia, oportunidad y acceso de los usuarios referidos a COSAM.
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director de Administración y Finanzas
Proponer al Secretario General las formulaciones de políticas, planes y programas de acción de corto, mediano y largo plazo de carácter administrativo, relacionadas con presupuesto, contabilidad, personal, remuneraciones e informática. 2. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones de carácter administrativo, relacionadas con presupuesto, contabilidad, personal, remuneraciones e informática. 3. Elaborar, consolidar y presentar al Secretario General, el Plan Anual Financiero de todos los centros de costo de la Corporación. 4. Mantener actualizada la información presupuestaria, financiera y contable de la Corporación, informando en forma periódica al Secretario general, conforme a sus instrucciones. 5. Mantener actualizada la información sobre recursos humanos, en especial lo relativo a dotación docente, dotación de personal de atención primaria de salud municipal y Código del Trabajo, velando por que se cumpla con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. 6. Elaborar las bases y controlar la ejecución de los distintos concursos públicos que se implementen en los sectores de educación y salud de la Corporación. 7. Elaborar e implementar el proceso anual y mensual de remuneraciones de todo el personal de la Corporación. 8. Elaborar e implementar los procesos informáticos, desarrollando los planes de compras y modernización del software y hardware de la institución. 9. Elaborar, desarrollar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa y pasiva de la Corporación. 10. Dirigir, coordinar y controlar la oficina de partes de la Corporación. 11. Mantener y custodiar el archivo documental e inventario de la Corporación.
Artículo 90 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director de Educación
Es la persona designada por el Secretario General para asesorarlo en todas aquellas materias de orden educacional, desarrollando la supervisión técnico pedagógica de las unidades educativas de la Corporación. Funciones: 1. Proponer al Secretario General las formulaciones de políticas, planes y programas de acción de corto, mediano y largo plazo para el desarrollo del sector de educación. 2. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones docentes y técnicas de las diversas unidades educacionales dependientes de la Corporación, estableciendo sus prioridades. 3. Elaborar y presentar el Plan Anual de Educación Municipal al Concejo Municipal. 4. Fiscalizar la ejecución y rendición de cuentas de los Planes de Mejoramiento Educativo de la Subvención Escolar Preferencial, en todos los centros educacionales de la Corporación. 5. Elaborar, fiscalizar la ejecución y rendición de cuentas de los Programa de Integración Escolar y todo otro de similar naturaleza que se implemente en la educación municipal. 6. Evaluar la gestión de los Directores (as) de los establecimientos educacionales. 7. Controlar e informar respecto del cumplimiento de las instrucciones y normas técnico pedagógicas y administrativas emanadas del Ministerio de Educación, Superintendencia u otros organismos competentes del área. 8. Velar por el correcto destino, uso y rendición de cuentas de los fondos destinados a la educación. 9. Elaborar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los calendarios del año lectivo en todos los centros educacionales de la Corporación. 10. Velar por el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Transparencia, en lo que diga relación con su área.
Artículo 90 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director de Salud
1. Proponer al Secretario General las formulaciones de políticas, planes y programas de acción de corto, mediano y largo plazo para el desarrollo del sector de salud. 2. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones profesionales y técnicas de las diversas unidades de salud dependientes de la Corporación, estableciendo sus prioridades. 3. Elaborar y presentar el Plan Anual de Salud Municipal al Concejo Municipal. 4. Coordinar, fiscalizar y rendir cuenta de los diferentes planes especiales de salud que implemente la autoridad de salud a nivel municipal y del Servicio de Salud Metropolitano Oriente y todo otro de similar naturaleza que se implemente en la salud municipal. 5. Elaborar, y presentar la dotación de personal de atención primaria de Salud Municipal. 6. Evaluar la gestión de los Directores (as) de los establecimientos de salud de la Corporación. 7. Controlar e informar respecto del cumplimiento de las instrucciones y normas técnicas y administrativas emanadas del Ministerio de Salud, Superintendencia, Servicio de Salud Metropolitano Oriente u otros organismos competentes del área. 8. Velar por el correcto destino, uso y rendición de cuentas de los fondos destinados a la salud comunal. 9. Programar y coordinar actividades de perfeccionamiento para el personal dependiente de la Dirección de Salud. 10. Elaborar programas anuales sobre necesidades de material y/o medicamentos necesarios para la gestión de los Consultorios o Secciones de su dependencia. 11. Proponer al Secretario General la dotación de salud anual para su presentación al Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
Artículo 90 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Directorio
Tiene como principal función dirigir y administrar la Corporación y sus bienes. Ejercer la supervisión y fiscalización del normal funcionamiento de ella; citar a Asamblea General ordinaria y extraordinaria de socios, interpretar los estatutos y dictar reglamentos, organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. Rendir cuenta por escrito ante la asamblea de socios; delegar en el presidente de la Corporación, Director o Secretario General, las facultades económicas y/o administrativas, conforme al artículo 21 del Estatuto de la Corporación.
Artículo 89 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Director Laboratorio Comunal
1. Planificar y desarrollar en forma eficiente la gestión financiera del Laboratorio. 2. Supervisar al personal, para el cumplimento der las normas técnicas y de bioseguridad. 3. Supervisar el cumplimento de los estándares de Calidad del Laboratorio.
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Docente del Programa de Integración Escolar
Profesional de la educación, del área de educación diferencial, encargado de conducir el proceso de enseñanza- aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales permanentes y/o transitorias que se estudian en establecimientos educacionales regulares, en Educación Básica y Media. Funciones: 1. Organizar, planificar y coordinar las actividades previstas y planificadas en el proceso de aprendizaje de forma colaborativa con los docentes regulares. 2. Impartir enseñanza teórico-práctica a los(as) estudiantes. 3. Evaluar y calificar a los(as) estudiantes, según los criterios técnicos. 4. Registrar y llevar el control de las actividades y resultados obtenidos según la planificación. 5. Desarrollar actividades dirigidas a estimular y desarrollar habilidades, destrezas y aptitudes sociales y de estudio en los(as) estudiantes. 6. Aplicar evaluaciones diagnósticas y evaluar los perfiles de los(as) estudiantes del grado anterior. 7. Realizar informes diagnósticos de estudiantes en forma individual y/o grupal. 8. Dirigir actividades complementarias a los(as) estudiantes tales como: Dinámicas de grupos, exposiciones, trabajos de investigación, actividades recreativas, deportivas, entre otras. 9. Elaborar boletines informativos referentes a la evaluación y actuación de los(as) estudiantes en actividades complementarias. 10. Elaborar el material de apoyo necesario para el aprendizaje. 11. Asistir a reuniones de padres y representantes, eventos y otros. 12. Detectar problemas de aprendizaje y remitir al especialista de ser necesario. 13. Participar de los procesos relacionados con el inicio, desarrollo y culminación del año escolar.
Artículo 97 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Docente del Proyecto Integración Escolar.
Profesional de la educación, del área de educación diferencial, encargado de conducir el proceso de enseñanza- aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales permanentes y/o transitorias que se estudian en establecimientos educacionales regulares, en Educación Básica y Media Funciones: 1. Organizar, planificar y coordinar las actividades previstas y planificadas en el proceso de aprendizaje. 2. Impartir enseñanza teórico-práctica a los(as) estudiantes. 3. Evaluar y calificar a los(as) estudiantes, según los criterios técnicos. 4. Registrar y llevar el control de las actividades y resultados obtenidos según la planificación. 5. Desarrollar actividades dirigidas a estimular y desarrollar habilidades, destrezas y aptitudes sociales y de estudio en los(as) estudiantes. 6. Aplicar evaluaciones diagnósticas y evaluar los perfiles de los(as) estudiantes del grado anterior. 7. Realizar informes diagnósticos de estudiantes en forma individual y/o grupal. 8. Dirigir actividades complementarias a los(as) estudiantes tales como: Dinámicas de grupos, exposiciones, trabajos de investigación, actividades recreativas, deportivas, entre otras. 9. Elaborar boletines informativos referentes a la evaluación y actuación de los(as) estudiantes en actividades complementarias. 10. Elaborar el material de apoyo necesario para el aprendizaje. 11. Asistir a reuniones de padres y representantes, eventos y otros. 12. Detectar problemas de aprendizaje y remitir al especialista de ser necesario. 13. Participar de los procesos relacionados con el inicio, desarrollo y culminación del año escolar.
Artículo 98 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Educadora de Párvulos
Profesional docente encargada del trabajo con niños en la sala de estimulación temprana en el marco del Programa de Apoyo al Desarrollo Biopsicosocial en las Redes Asistenciales (Chile Crece). Funciones: 1. Realizar trabajo en sesiones de estimulación a niños y niñas que presentan algún rezago en su desarrollo. 2. Aplicación de Test o escalas de desarrollo psicomotor. 3. Derivar niños a instituciones educativas o especialistas según protocolo. 4. Realizar talleres grupales sobre temas relevantes, como estimulación temprana, desarrollo psicomotor, pautas de crianza a padres y/o cuidadores de niños que asisten a la sala de estimulación. 5. Mantener contacto con la red intersectorial para el eficaz seguimiento de los usuarios de la sala de estimulación.
Artículo 98 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargada SOME de COSAM
Es el funcionario encargado de admisión, orienta e informa al público sobre requisitos de ingreso, inscripción y horas de atención, custodia, control, conservación y distribución de historia clínica; archivo y desarchivo (según requerimiento); confección de agendas; entrega de horas, coordina sistema de referencia y contra referencia. Funciones: 1. Recepcionar y orientar a los usuarios que acuden en busca de atención. 2. Agendar hora para los profesionales. 3. Avisar oportunamente a los usuarios en caso de cambio de hora y reasignar nueva hora. 4. Administras fichas clínicas, mantenerse informada acerca del quehacer de los profesionales (reuniones, permisos, licencias, etc.) para entregar una información oportuna y veraz a los usuarios. 5. Dar respuesta telefónicamente a todas las consultas que realizan los usuarios por esta vía. 6. Informar inmediatamente a la Dirección sobre observaciones, reclamos y sugerencias de los usuarios.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargado de Biblioteca
Profesional o técnico encargado de gestionar, administrar y coordinar los recursos didácticos de la biblioteca del establecimiento, Funciones: 1. Registrar todo el material a su cargo llevando un control de archivos existentes. 2. Clasificar y catalogar las obras según las normas que faciliten su consulta. 3. Habilitar ficheros para su mejor empleo. 4. Llevar un registro de préstamo de libros, textos y materiales. 5. Orientar al alumnado en la búsqueda de material informativo y bibliográfico para trabajos, investigaciones o tareas. 6. Administrar el uso de recursos bibliográficos y audiovisuales. 7. Estimular la búsqueda y uso de la información para potenciar los aprendizajes.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargado de Estadística
Es el funcionario encargado de recolectar, revisar, registrar, elaborar y procesar toda la información estadística de las actividades del CESFAM. Funciones: 1. Relacionarse con los Coordinadores de Sector para la entrega oportuna y completa de los datos. 2. Vigilar por el correcto registro de las actividades. 3. Confeccionar consolidados mensuales por cada uno de los profesionales. 4. Confeccionar consolidados mensuales por programa. 5. Realizar y enviar informes en formularios que solicita el Departamento de Bioestadística del SSMO. 6. Mantener, recolectar y enviar oportunamente las declaraciones de enfermedades de notificación obligatoria y toda información epidemiológica requerida por el SSMO. 7. Realizar informe mensual de Nº de consultas médicas y consultas IRA de la Campaña de Invierno. 8. Colaborar en el monitoreo y evaluación del Plan de Salud y Compromisos de Gestión. 9. Presentar a la Dirección del CESFAM informe mensual para su aprobación. 10. Consolidar el registro de monitoreo de la Oportunidad de la Atención de la Morbilidad. 11. Vigilar la integridad y veracidad de los registros per cápita. 12. Enviar a la CMDS y a FONASA información de los inscritos per cápita en las fechas programadas. 13. Colaborar en la investigación y docencia aportando datos estadísticos. 14. Participar en reuniones de equipo. 15. Cumplir con la capacitación anual programada. 16. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección que tengan relación con su cargo.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargado de fotocopias
Asistente de educación encargado del área de copiado y multicopiado, de documentos y pruebas que se le entregan en carácter de confidencialidad para apoyar o complementar el proceso de aprendizaje de los(as) estudiantes . 1. Coordinar con Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General y Dirección, el material a duplicar en multicopiadora. 2. Entregar el material duplicado separado y ordenado a los diferentes estamentos y docentes. 3. Velar por la mantención diaria de máquinas multicopiadoras, coordinando con el Servicio Técnico a la brevedad en caso de posibles desperfectos. 4. Control y existencia de los insumos necesarios para el multicopiado, coordinando con Administración en el abastecimiento de los materiales requeridos. 5. Fiscalizar aseo y cuidado de las dependencias responsabilizándose por el inventario que tiene a su cargo. 6. Fotocopiar el material solicitado por estudiantes y personal del establecimiento educacional, según recibo de contabilidad.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargado de Programa
Profesional de la salud, con título universitario de las categorías A o B de la Ley 19.378, encargado de dirigir, planificar, programar, organizar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades tanto intra como extramurales del Programa a su cargo, en el marco del Plan de Salud Comunal. Funciones: 1. Entregar la información necesaria para la elaboración del Plan Salud Comunal. 2. Programar y realizar reuniones periódicas con el Equipo de Salud, necesarias para el desarrollo del Programa. 3. Evaluar en forma periódica los objetivos programáticos del Plan de Salud. 4. Programar y coordinar auditorías e investigaciones operativas. 5. Aportar y apoyar en forma permanente a los Coordinadores de Sector y Director (a) del CESFAM. 6. Participar en reuniones del Equipo de Salud y Consejo Técnico Administrativo. 7. Coordinación permanente con nivel central. 8. Velar por el cumplimiento de normas tanto Ministeriales como internas. 9. Difundir la información atingente al programa, al interior del Equipo de Salud y red local. 10. Coordinar los recursos adecuados para el desarrollo del trabajo concerniente al Programa. 11. Formular junto al Equipo de Salud, proyectos innovadores con miras a cumplir las estrategias globales del Centro de Salud. 12. Gestionar financiamiento interno y externo, cuando la situación lo permita, que apoyen los objetivos del programa. 13. Participar en la calificación de los integrantes del Equipo de Salud. 14. Promover el perfeccionamiento y mantención de la calidad de la atención. 15. Representar las actividades del programa, dentro y fuera del Centro de Salud. 16. Promover las buenas relaciones humanas dentro del Equipo de Salud. 17. Colaborar en las actividades de Investigación y Docencia. 18. Responder a todas aquellas solicitudes que emanen de la Dirección del CESFAM, atingentes al desarrollo del programa que lideran. 19. Velar por el cumplimiento de metas del programa que tiene a cargo.
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Encargado de servicio de alimentación
Asistente de la Educación encargado de planificar, desarrollar, monitorear y evaluar el servicio de alimentación escolar. Funciones: 1. Mantener el inventario al día de útiles y productos alimenticios. 2. Seleccionar y mantener actualizado el registro de proveedores. 3. Solicitar alimentos perecibles y no perecibles a cartera de proveedores. 4. Recepcionar los productos alimenticios. 5. Supervigilar el cumplimiento de la minuta alimenticia. 6. Entregar diariamente las raciones alimenticias que corresponden al Maestro de Cocina para elaboración de minutas. 7. Entregar semanalmente informe a Dirección con gastos del periodo conforme a presupuesto entregado por Jefe Administrativo, refrendado con facturas correspondientes
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Enfermera
Profesional universitario con el título de enfermera, responsable de gestionar el proceso de atención integral de enfermería, para lograr el máximo de calidad y rendimiento; participar en la definición de las políticas y lineamientos del centro de salud y políticas de calidad del mismo. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión señaladas en el Plan de Salud Comunal, que implican acciones tales como: control durante todo el ciclo vital, consulta por déficit en el desarrollo psicomotor, visitas domiciliarias, controles en escolares, vacunaciones a escolares según PAI, control a pacientes crónicos, consultas por TBC, consejerías, entre otras, en cumplimiento con los flujogramas de atención de los diferentes programas en que participa. 4. Liderar y coordinar las acciones del sector orientadas a la atención del paciente. 5. Participar en equipos interdisciplinarios, para la gestión del Centro de Salud. 6. Asistir (si el horario lo permite) a reuniones clínicas, de sector y estamento. Si corresponde la participación, asistir a reuniones técnicas, comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 7. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 8. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 9. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el Plan de Salud Comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Enfermera Coordinadora de Unidades de Apoyo
Profesional universitario con el título de enfermera, responsable de dirigir, programar, coordinar, supervisar y cautelar el cumplimiento de las actividades 76 REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD realizadas por los funcionarios que se desempeñan en los servicios de apoyo (Unidad de Tratamiento, Esterilización, Vacunatorio). Funciones: 1. Cumplir y hacer cumplir normas reglamentos y procedimientos en los servicios a su cargo. 2. Difundir la información emanada de los organismos técnicos y administrativos superiores. 3. Mantener vigentes los programas asignados. 4. Proponer capacitación del personal a su cargo de acuerdo a las necesidades del servicio. 5. Asegurar la calidad de la atención del usuario. 6. Distribuir al personal a su cargo de acuerdo a las necesidades del servicio. 7. Coordinar actividades intra y extra CESFAM, necesarias para asegurar la calidad de la atención. 8. Organizar, ejecutar y evaluar reuniones técnicas administrativas con el personal a su cargo. 9. Entregar información estadística de las unidades cuando ésta sea requerida. 10. Establecer un programa de orientación al personal que ingresa. 11. Evaluar el desempeño del personal a su cargo. 12. Autorizar permisos administrativos de acuerdo a las necesidades de la unidad. 13. Programar vacaciones del personal. 14. Visar licencias médicas y solicitar su reemplazo si fuese necesario. 15. Proponer proyectos para el mejoramiento de la atención. 16. Velar por la mantención periódica y reposición de equipos e insumos. 17. Realizar procedimientos programados para la Enfermera. 18. Apoyar a técnicos en procedimientos de mayor complejidad. 19. Realizar acciones y procedimientos en situaciones de urgencia. 20. Realizar docencia según Acuerdo de Docencia Asistencial del Cesfam. 21. Promover y realizar educación en servicio. 22. Realizar actividades de investigación tendientes a mejorar el funcionamiento del servicio y al desarrollo profesional.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Enfermera Coordinadora Unidades de Urgencia
Profesional universitario con el título de enfermera, responsable de gestionar el proceso de atención integral de la atención de enfermería de urgencia, para lograr el máximo de calidad y rendimiento. Participar en la definición de las políticas y lineamientos de la institución y Políticas de Calidad del Centro Asistencial. Funciones: 1. Programar, organizar, dirigir y evaluar los procesos asistenciales en el ámbito de la gestión del cuidado de enfermería. 2. Ejercer y promover un liderazgo efectivo en la gestión de los equipos de trabajo de su dependencia, en los procesos de selección, desarrollo de competencias y evaluación de desempeño. 3. Planificar la educación continua y programada, del equipo de enfermería. 4. Promover las acciones de prevención y seguridad de los funcionarios a su cargo. 5. Coordinar las derivaciones de los funcionarios en casos de accidentes laborales. 6. Diseñar y mantener actualizadas, normativas, protocolos de atención y procedimientos de enfermería. 7. Mantener el flujo efectivo de las comunicaciones del personal a su cargo con la Dirección del servicio. 8. Diseñar y mantener actualizado los flujos de derivación de pacientes en la Red Asistencial. 9. Promover el mejoramiento continuo de la atención resolviendo problemáticas de ausentismo, equipamiento e insumos necesarios para la atención. 10. Monitorear indicadores de la atención definidos por el establecimiento. 11. Programar los turnos del personal de enfermería para la atención continua de 24 horas. 12. Realizar Plan de Contingencia en caso de carencia de personal o emergencia sanitaria. 13. Diseñar Protocolos de Inducción de nuevos funcionarios. 14. Realizar la evaluación continua de equipamientos y materiales para su reposición y/o mantención. 15. Colaborar en la pesquisa de desperfectos de la planta física, mobiliario, materiales y equipos, informando a los directivos y realizando seguimiento de las peticiones. 16. Realizar trimestralmente el pedido de reposición de insumos en conformidad al stock informado por bodega, para la adecuada atención de pacientes. 17. Colaborar activamente con el Coordinador Médico y el Director del establecimiento.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Enfermera (Sector - Postrados)
Profesional universitario con el título de enfermera, responsable de gestionar el proceso de atención integral de enfermería, para lograr el máximo de calidad y rendimiento. Funciones: 4. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 5. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 6. Realizar actividades propias de la profesión señaladas en el Plan de Salud Comunal, que implican acciones tales como: Control durante todo el ciclo vital, consulta por déficit en el desarrollo psicomotor, visitas domiciliarias, controles en escolares, vacunaciones a escolares según PAI, control a pacientes crónicos, consultas por TBC, consejerías, entre otras, en cumplimiento con los flujogramas de atención de los diferentes programas en que participa. 7. Liderar y coordinar las acciones del sector orientadas a la atención del paciente postrado. 8. Liderar y coordinar las acciones del sector orientadas a la vacunación y cumplimiento del PAI. 9. Participar en equipos interdisciplinarios, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red, tanto local como comunal, entre otras. 10. Asistir (si el horario lo permite) a reuniones clínicas, de sector y estamento. Si corresponde la participación, asistir a reuniones técnicas, de postrados, comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 11. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 12. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 13. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el Plan de Salud Comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Enfermera Unidades de Urgencia.
Profesional universitario con el título de enfermera, responsable de la atención directa del paciente, correspondiéndoles ejecutar coordinar y supervisar la atención de enfermería de los pacientes consultantes. Funciones: 1. Recibir turno de su colega saliente, informándose de los pacientes en observación y de las novedades ocurridas manteniendo la continuidad de la atención. 2. Supervisar y dirigir las actividades asignadas al personal técnico a su cargo. 3. Supervisar la priorización en la atención de pacientes. 4. Realizar la atención de enfermería en forma oportuna, eficiente y responsable. 5. Realizar procedimientos invasivos y de complejidad mayor. 6. Delegar procedimientos de mayor complejidad de acuerdo a demanda asistencial y urgencias vitales, a técnicos de mayor experticia. 7. Evaluar permanentemente a los pacientes en hospitalización abreviada u observación. 8. Supervisar el cumplimiento de las normas para la seguridad del paciente. 9. Resolver las situaciones de imprevistos en horarios no hábiles por carencia de personal. 10. Realizar la estadística de las atenciones diarias, informando de ésta a la autoridad central. 11. Mantener los registros diarios de fármacos controlados.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Fonoaudiólogo Educación
Profesional encargado de evaluar, diagnosticar e intervenir los problemas en el ámbito del lenguaje, voz, deglución y audición de modo de prevenir, pesquisar y tratar a los estudiantes de los diferentes niveles educativos. Funciones: 1. Evaluar cada uno de los niveles de lenguaje expresivo y comprensivo, articulación y función del habla, voz y deglución. 2. Detectar trastornos lingüísticos comunicativos de manera oportuna. 3. Entregar tratamientos fonoaudiológicos de manera continua y sistemática. 4. Entregar herramientas necesarias para una comunicación efectiva y retroalimentadora a los(as) estudiantes. 5. Apoyar el desarrollo de la actividad en aula, en forma individual y grupal, asesorando al docente a cargo. 6. Integrar en forma activa y participativa el equipo multidisciplinario del establecimiento educacional. 7. Aplicar pruebas o instrumentos de carácter formal o informal con el fin de facilitar la información previa al diagnóstico definitivo. 8. Apoyar a los estudiantes y sus familias a través de entrevistas, entrega de informes y sugerencias de acción durante la intervención.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Inspector(a) de Patio
Asistente de la educación encargado(a) de mantener una buena convivencia y disciplina escolar al interior del establecimiento educacional, colaborando con las necesidades de los estudiantes y el personal docente. Funciones: 1. Vigilar el comportamiento de los(as) estudiantes, orientándolos en su conducta y actitudes, de acuerdo a las normas existentes en el establecimiento educacional. 2. Velar por el clima y la buena convivencia escolar. 3. Colaborar en la gestión administrativa indicada por su superior jerárquico. 4. Apoyar la labor docente, velando por la seguridad, convivencia escolar y disciplina tanto dentro de la sala de clases como fuera de ella. 5. Informar y gestionar acciones de atención médica y/o de primeros auxilios en caso de accidente escolar, cuidado de estudiantes enfermos y comunicación al hogar. 6. Colaborar en actividades docentes y administrativas: Libros de clases, asistencia diaria, asistencia mensual, horario de clases, control de justificativos e inasistencias, dar salida diaria, anotaciones, mantener actualizada la documentación de estudiantes, pases escolares, matrícula, formación de cursos y atención de cursos sin profesor. 7. Controlar presentación personal, vocabulario y actitudes de los(as) estudiantes. 8. Velar por el buen aseo y cuidado de las dependencias de su sector, y responsabilizarse por el inventario a su cargo.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Inspector(a) General
Docente Directivo responsable de los aspectos administrativos del establecimiento, velando porque las actividades se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia. Le compete representar y asesorar al (la) Director(a) en todas aquellas materias que requieran su presencia y colaboración. Funciones: 1. Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de Cooperador de la Función Educacional del Estado del establecimiento educacional y aquellos que se requieran para impetrar la subvención del Estado. 2. Resguardar las condiciones higiénicas y de seguridad del edificio escolar, sus dependencias e instalaciones. 3. Controlar la disciplina del alumnado, profesores y personal administrativo exigiendo puntualidad y responsabilidad. 4. Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases y horas de colaboración, al igual que el de todos los funcionarios de la unidad educativa. 5. Llevar los libros de control, registros de la función docente, hoja de vida de los alumnos y antecedentes por curso. 6. Programar y coordinar los horarios del personal que labora en el establecimiento, con horarios de clases y de colaboración del personal docente. 7. Supervisar y controlar los turnos del personal en general, formaciones y presentaciones del establecimiento. 8. Facilitar la realización de actividades culturales, sociales, deportivas, de bienestar estudiantil, centro de alumnos y centro de padres y apoderados. 9. Supervisar el correcto desempeño de los actos académicos, cívicos y extraescolares en que intervenga el establecimiento educacional y las delegaciones de alumnos y profesores que representen de cualquier forma al establecimiento educacional en toda actividad que se ejecute fuera del recinto educacional. 10. Verificar la correcta confección de actas, certificados anuales de estudio y concentraciones de notas. 11. Supervisar y controlar el buen estado físico, higiene y aseo general del establecimiento educacional.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Inspector de Internado
Asistente de la educación encargado de los(as) estudiantes que permanecen en el internado del establecimiento educacional durante el año escolar, de lunes a viernes o durante toda la semana. Funciones: 1. Velar por la seguridad de todos y cada uno de los(as) estudiantes internos(as), su convivencia escolar y disciplina en el internado, tanto en dormitorios, sala de estar o estudio y comedor. 2. Informar y gestionar acciones de atención médica y/o de primeros auxilios en caso de accidente escolar, cuidado de estudiantes enfermos(as), administración de medicamentos según receta médica y comunicación al hogar. 3. Velar por aseo y ornamentación de las dependencias a su cargo, y responsabilizarse por inventario de ellas. 4. Apoyar gestión administrativa del internado: Llevar hoja de vida de cada estudiante interno(a), confección de libros de internado y llevar asistencia diaria, junto con Bitácora de su dormitorio. 5. Colaborar en actividades docentes y administrativas, y desempeñar otras funciones de acuerdo a necesidades del servicio (recepción, secretaria, biblioteca, Sala de computación u otros). 6. Mantener una comunicación diaria y fluida con superior jerárquico, informando diariamente sobre necesidades o desperfectos detectados. 7. Supervisar y reforzar presentación personal e higiene personal de estudiantes, reforzando hábitos de aseo y orden, apoyando a los(as) recién ingresados(as) en su período de adaptación. 8. Organizar dormitorios con su respectiva implementación llevando un inventario, apoyando en el aseo de estas dependencias en período de vacaciones de estudiantes. 9. Permanecer en vigilia para circular por los dormitorios y estar atento(a) a las necesidades de los(as) estudiantes para solucionarlos con prontitud.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica
Docente superior responsable de asesorar a la Dirección en todo lo concerniente al programa curricular del establecimiento, la planificación, supervisión y evaluación los aprendizajes, investigación pedagógica y coordinación de proceso de perfeccionamiento docente, fortaleciendo un trabajo cooperativo del equipo docente. Es responsable de la coordinación, programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades de la Unidad Técnico Pedagógica conformada por profesionales de apoyo, tales como Orientador(a), Psicólogo(a), entre otros. Funciones: 1. Dirigir los procesos de enseñanza y de aprendizaje poniendo en práctica el enfoque de mejora continua, apuntando a un permanente desarrollo y progreso, velando por la sistematicidad y rigurosidad que permitirá obtener los resultados esperados. 2. Gestionar los procesos, movilizar recursos y generar las condiciones para el desarrollo de procesos efectivos de planificación, desarrollo, monitoreo y evaluación de los aprendizajes. 3. Integrar el Equipo Docente Directivo. 4. Asesorar a la Dirección en el proceso de elaboración del Plan Anual de las actividades curriculares del establecimiento educacional. 5. Programar, asesorar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de las actividades curriculares. 6. Asesorar, apoyar, reforzar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y aplicación de Planes y Programas de Estudio. 7. Supervisar el proceso de aprendizaje y el rendimiento escolar de los(as) estudiantes. 8. Cuidar la adecuada interpretación, aplicación y readecuación de los Planes de Programas de Estudio. 9. Programar la integración del plan general con el plan diferenciado, acorde al Proyecto de Desarrollo Educativo Institucional. 10. Controlar periódicamente los contenidos o actividades en libros de clases, formulando observaciones a los docentes si fuera necesario. 11. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente, diagnosticando necesidades de capacitación, y programar cursos en materias afines a la labor pedagógica. 12. Favorecer el desempeño innovador de los docentes, acorde a la modernización de la educación, asumiendo un mayor protagonismo y conducción de los procesos de enseñanza y aprendizaje, como de la investigación y experimentación educacional. 13. Apoyar el funcionamiento del Centro de Recursos de Aprendizaje, laboratorios, talleres y gabinetes dependientes de la Unidad Técnico Pedagógica. 14. Dirigir los consejos técnicos de profesores y los grupos profesionales de trabajo. 15. Asesorar el proceso de selección y admisión de alumnos a la Enseñanza Técnico Profesional en los establecimientos que imparten este tipo de educación. 16. Coordinar las actividades propias de la SEP.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Jefe de Producción
Docente Directivo al que le corresponde asesora a la Dirección de establecimientos de educación técnico profesional, en todo lo concerniente al programa curricular, la planificación, supervisión y evaluación del aprendizaje y la formación profesional de los estudiantes. Funciones: 1. Integrar el equipo de gestión. 2. Organizar y controlar el eficiente y eficaz funcionamiento de los talleres y laboratorios de las especialidades. 3. Supervisar y controlar las actividades de docentes y alumnos(as) en las asignaturas profesionales. 4. Controlar la calidad de los trabajos realizados por los(as) estudiantes. 5. Organizar, dirigir y controlar las actividades del Sistema Dual y su aplicación y desarrollo por profesores y estudiantes. 6. Organizar, dirigir y controlar las actividades de Prácticas Profesionales y Titulación de los(as) estudiantes. 7. Mantener Libro de Registro de los(as) estudiantes Titulados y Egresados. 8. Elaborar y coordinar los planes de inversión de elementos técnicos para las especialidades. 9. Entregar periódicamente informes de requerimientos, altas y bajas de inventario a la Dirección del establecimiento educacional. 10. Visitar las aulas, laboratorios y talleres de especialidades para apoyar a los docentes a optimizar su labor. 11. Velar por el rendimiento, asistencia, puntualidad, seguridad y disciplina laboral de los(as) alumnos(a) en las diferentes Especialidades. 12. Coordinar evaluación que ejecuta la Empresa y/o Servicio de la formación profesional de los(as) estudiantes.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Kinesiólogo Educación
Profesional responsable de planificar, ejecutar, coordinar y evaluar un conjunto de acciones destinadas a los(as) estudiantes que presentan algún tipo de discapacidad motora con el fin de que desarrollen al máximo sus capacidades remanentes, facilitando el proceso educativo. Funciones: 1. Realizar las evaluaciones y reevaluaciones kinésicas en los rubros de potencia muscular. movilidad articular, capacidad motora funcional de desplazamiento, postura y coordinación neuromotriz del desarrollo psicomotor, etc., que culminen en una apreciación y diagnóstico kinésico que permita orientar y determinar las posibles terapias a desarrollar e indicaciones generales. 2. Determinar normas sobre el manejo del niño (como tomarlo, por ejemplo) y desarrollar programas de terapia kinésica individual o grupal según corresponda a aquellos niños que por su problemática lo requieran directa o indirectamente a través de indicaciones a desarrollar en la sala de clases y en el hogar. 3. Indicar el mobiliario y adaptaciones especiales necesarias para la rehabilitación de los(as) estudiantes. 4. Mantener una evolución clara y permanente del tratamiento, registrándolo en la ficha individual del (la) estudiante. 5. Prevención terciaria a través de la intervención directa sobre el(la) estudiante a través de: a) Estimulación temprana en distintos déficit (sensoriales, motores, deficiencia mental). b) Utilización de medidas terapéuticas para evitar alteraciones del sistema músculo-esquelético 6. Coordinar con los distintos estamentos las acciones a realizar en las distintas funciones establecidas. 7. Coordinar acciones con instituciones afines, de salud u otros cuando el caso lo requiera. 8. Realizar diagnóstico, orientación e información a los estudiantes que provienen de otras instituciones de la comunidad y que lo soliciten a través del Gabinete Técnico. 9. Difundir a través de entrevistas, charlas, cursos, publicaciones y otros, materias de la especialidad u otras en las que tenga capacitación. 10. Participar en las actividades de investigación que se programen en el Establecimiento tanto intra como extra institucional.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Kinesiólogo IRA/ERA
Profesional universitario con el título de kinesiólogo, responsable de responsable del funcionamiento de la Sala de Atención Respiratoria, de acuerdo a las Normas IRA y/o ERA, MINSAL. Funciones: 1. Efectuar la atención kinésica respiratoria de pacientes, en cumplimiento con flujogramas y normativa correspondiente. 2. Ejecutar procedimientos para la realización de Hospitalización Abreviada en las crisis agudas respiratorias, de acuerdo a normas establecidas. 3. Realizar espirometrías y otros exámenes funcionales para evaluar la condición respiratoria de los usuarios. 4. Promover, coordinar y ejecutar el Programa de Rehabilitación Pulmonar. 5. Participar junto al equipo de salud en el diseño y ejecución de estrategias, para el manejo adecuado en APS, del paciente con patología respiratoria aguda y crónica. 6. Controlar el aprovisionamiento de insumos y mantención de equipos de la Sala IRA y/o ERA. 7. Participar y contribuir en instancias de educación y promoción sobre temas de salud respiratoria en los grupos comunitarios que lo requieran. 8. Realizar labores de docencia clínica en su área de especialización, para alumnos de pregrado, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 9. Registrar datos epidemiológicos e intervenciones realizadas en las Salas de Atención Respiratoria y entregar oportunamente la información al departamento de estadística. 10. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a los procesos de formación dispuestos por el programa IRA y/o ERA del MINSAL y otros temas atingentes a su labor en APS. 11. En caso de ausencia del profesional par de la sala ERA, asumir las urgencias de adultos y participar de los procesos de registro que correspondan. 12. Colaborar con las actividades o indicaciones que emanen de la dirección del CESFAM.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Kinesiólogo Postrados
Profesional universitario con el título de kinesiólogo responsable de entregar prestaciones kinésicas a pacientes postrados. Funciones: 1. Evaluar ingresos en caso necesario, junto con médico. 2. Realizar controles según planificación. 3. Educación a cuidadores en manejo de postrados. 4. Entrega de ayudas técnicas en domicilio. 5. Educación de uso y cuidados de ayudas técnicas en domicilio. 6. Rehabilitación motora en domicilio. 7. Kinesiterapia respiratoria. 8. Detección de casos sociales y derivación según sector para manejo interdisciplinario. 9. Apoyar a sectores en ordenamiento de listado y tarjetero de postrados. 10. Registrar datos epidemiológicos e intervenciones realizadas, entregando oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Kinesiólogo Rehabilitación
Profesional universitario con el título de kinesiólogo responsable de otorgar atención kinésica (Evaluaciones, fisioterapia, rehabilitación) de adultos con patologías músculo esqueléticas. Funciones: 1. Realizar Ingreso y Egreso al Programa de Rehabilitación Músculo-esquelética. 2. Efectuar atención kinésica (Evaluaciones, fisioterapia, rehabilitación) de adultos con patologías GES: Artrosis leve de cadera y rodilla, mayores de 55 años. 3. Efectuar la rehabilitación de usuarios Post-operados con endoprótesis de cadera, mayores de 65 años. 4. Realizar la educación individual y grupal a los pacientes en la prevención de progresión y conocimiento de su patología. 5. Realizar la entrega y educación de Ayudas Técnicas, beneficio GES. 6. Supervisar el cumplimiento de garantías GES en relación a enfermedades Músculo-esqueléticas. 7. Registrar datos epidemiológicos e intervenciones realizadas, entregando oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 8. Programar aprovisionamiento, distribución y control de insumos de la sala de Kinesiología. 9. Responsable del equipamiento de la sala de Rehabilitación. 10. Participar activamente en concretar estrategias de APS con el equipo y en la comunidad. 11. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 12. Colaborar en todas las actividades o indicaciones que emanen de la dirección del CESFAM. 13. Evaluar resultados de la aplicación del programa periódicamente y entregar informe a la dirección del CESFAM.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Maestro de cocina y ayudante
Asistente de la Educación encargado de la preparación de las minutas diseñadas para el Servicio de Alimentación del establecimiento educacional e internado cuando corresponda. Funciones: 1. Cumplir con las normas de seguridad e higiene exigidas. 2. Preparar y controlar la elaboración de las raciones alimenticias. 3. Recepción y control de mercadería entregada diariamente para la preparación de la alimentación. 4. Entregar raciones alimenticias a estudiantes y funcionarios. 5. Mantener limpieza de máquinas y utensilios, utilizados en su turno. 6. Colaborar en la recepción de pedidos de mercadería y otros, cuando corresponda. 7. Realizar lavado y desinfectado de frutas.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Matrona
Profesional universitario con el título de matrona, responsable de atención a usuarias, en las distintas etapas de su vida sexual y reproductiva. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Atención de usuarias en diferentes etapas de su ciclo vital tales como embarazo, puerperio, climaterio en cumplimiento con los flujogramas de atención y las normas GES. 4. Atención de morbilidad ginecológica. 5. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 6. Participar junto al equipo de sector en actividades comunitarias y de promoción de salud. 7. Participar en proyectos comunales y locales junto al equipo de salud. 8. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 9. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y a unidades administrativas según corresponda. 10. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 11. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el plan de salud comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Médico Centro de Urgencia Ñuñoa y Sapu
Es el profesional con título universitario de médico cirujano, responsable de la atención directa de los pacientes que concurren a las Unidades de Urgencias, así como también de los diferentes tratamientos, procedimientos y/o intervenciones que sean efectuados para el paciente. Funciones: 1. Realizar funciones de médico tratante, de manera oportuna y eficiente bajo el concepto de calidad de atención. 2. Colaborar en todas las funciones encomendadas por el jefe administrativo y/o técnico directo. 3. En lo relativo a la atención directa, atender a los pacientes consultantes que presenten alguna situación de urgencia o no y realizar los diagnósticos, tratamientos, procedimientos y/o intervenciones que correspondan, con aplicación de un criterio de urgencia. 4. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL, SSMO e internas. 5. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas, entregando oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 6. Trabajar en equipo coordinándose y apoyándose con los diferentes estamentos. 7. Recibir y entregar turnos en forma directa y personalizada respetando los horarios establecidos con anterioridad por la autoridad técnica respectiva. 8. Extender certificado de defunción cuando corresponda. 9. Realizar derivaciones a niveles de mayor complejidad en la red y coordinar traslado de pacientes con dichas entidades cuando corresponda. 10. Extender los documentos necesarios para el traslado de cadáveres en horario inhábil. 11. Registrar y notificar las enfermedades de notificación obligatoria. 12. Preocuparse por su educación continua mediante la constante actualización de sus conocimientos y competencias atingentes a su ámbito de trabajo asistencial. 13. Colaborar en los programas de pregrado de las carreras de la salud, de acuerdo a los convenios docentes asistenciales vigentes. 14. Asumir el liderazgo del equipo de salud en la atención del paciente. 15. Realizar las atenciones de toma de alcoholemias, constatación de lesiones y otros procedimientos policiales atingentes al quehacer médico-legal en plazos razonables. 16. Mantener informados a las jefaturas técnicas y administrativas correspondientes y al equipo de salud, sobre el funcionamiento, desarrollo, novedades, aspectos técnicos y/o administrativos concernientes a buen servicio que se debe entregar en las unidades de urgencias.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Médico Coordinador de Unidades de Urgencia
Es el profesional con título universitario de médico cirujano, responsable del funcionamiento técnico y administrativo de las Unidades de Urgencia. Funciones: 1. Conformar los equipos médicos de cada turno y velar que sean cumplidos. 2. Definir objetivos de las unidades de urgencia y velar por el cumplimiento de estos. 3. Evaluar permanentemente con la Dirección, objetivos, metas y presupuesto atingentes. 4. Evaluar periódicamente en forma conjunta con referente de enfermería, tanto los procesos como los resultados de la gestión de las unidades de Urgencia, velando por el buen funcionamiento del servicio. 5. Ser la instancia de comunicación, supervisión y coordinación entre el equipo médico, la Dirección del centro y las unidades de control y/o gestión a nivel local. 6. Ser una vía de comunicación, coordinación y referencia ante la Red de Urgencia del Servicio de Salud Metropolitano Oriente. 7. Programar, organizar, ejecutar y evaluar las diferentes actividades concernientes a la atención dada por el equipo médico. 8. Elaborar, difundir y fiscalizar las normas y reglamentos del complejo CESFAM-CUÑ o CESFAM-SAPU Rosita Renard y las emanadas de las autoridades del SSMO y/o MINSAL. 9. Elaborar y ejecutar programas de educación en servicio para personal médico. 10. Disponer un óptimo aprovechamiento del personal médico, solucionando situaciones de ausentismo. 11. Elaborar y ejecutar programa de orientación para los médicos nuevos que ingresan. 12. Velar por el máximo aprovechamiento de los recursos, evitando gastos innecesarios al establecimiento. 13. Asesorar a quién se lo solicita del equipo médico, en materia de su competencia. 14. Estudiar, definir y proponer a la Dirección, necesidades de recursos humanos, recursos físicos y materiales, proporcionando las especificaciones de lo requerido. 15. Participar en Comités y Consejos Técnicos que solicita la Dirección. 16. Reforzar constantemente las buenas relaciones interpersonales del equipo médico con el resto del equipo de salud.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Médico de Cesfam
Es el profesional con título universitario de médico cirujano perteneciente a la categoría A del Estatuto de Atención Primaria, Ley 19.378, responsable de la atención de salud de los usuarios, con participación en la entrega de prestaciones promocionales y preventivas, enmarcadas en el Modelo de Salud Familiar. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión, bajo el concepto de calidad de atención, señaladas en la Programación Anual de Actividades y el Plan de Salud Comunal, tales como atención de usuarios en consultas de morbilidad y control de salud a lo largo del ciclo vital, control de crónicos, consejerías, visitas domiciliarias, entre otras; en cumplimiento con los flujogramas y normativas correspondientes. 4. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 5. Participar junto al equipo de sector en actividades comunitarias y de promoción de salud. 6. Participar en proyectos comunales y locales junto al equipo de salud. 7. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 8. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas, entregando oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 9. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 10. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el plan de salud comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Médico Programa Procedimientos Cutáneos Quirúrgicos de Baja Complejidad (Cirugía Menor)
Médico general, médico familiar, médico con especialidad o residente en cirugía, responsable de la evaluación y procedimientos quirúrgicos de baja complejidad, susceptibles de resolver en nivel Primario de Atención. Funciones: 1. Evaluar los pacientes derivados a cirugía menor, definiendo conducta quirúrgica en nivel primario, derivación a nivel secundario o referencia a equipo de CESFAM para tratamiento médico. 2. Educar al paciente sobre la patología o lesión evaluada, pudiendo programar un procedimiento de cirugía menor, previa firma de consentimiento informado. 3. Realizar procedimientos quirúrgicos de baja complejidad. 4. Solicitar biopsias. 5. Control y evaluación post tratamiento de usuarios sometidos a procedimiento. 6. Evaluar resultados de biopsias con derivación a nivel secundario según corresponda. 7. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas, entregando oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 8. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Médico Psiquiatra de Adultos, Niños y Adolescentes
Es el profesional con título universitario de médico cirujano, especialista en salud mental, de adultos, niños y adolescentes; responsable del ingreso, diagnóstico y tratamiento farmacológico de los usuarios de COSAM, así como de las indicaciones de referencia a otros dispositivos de la red. Funciones: 1. Ingreso pacientes, con evaluación clínica y solicitud de exámenes si procede. 2. Diagnóstico médico/psiquiátrico. 3. Tratamiento farmacológico y no Farmacológico. Psicoeducación a usuarios y/o familiares a cargo. 4. Indicación de derivación a otros dispositivos de la red. Referencia y Contrareferencia. 5. Indicación de Alta terapéutica. 6. Participación en consultoría. 7. Participación en la creación de protocolos que puedan ser utilizados tanto en nivel primario y secundario 8. Articulación del trabajo en equipos biopsicosociales. 9. Registro en Ficha clínica, oportuno y de calidad de todas las prestaciones que otorga, así como en registros de Estadísticas para MINSAL, como actividades SIGGES. 10. Otras innerentes al cargo.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Monitor SIGGES
Su función está focalizada en la supervisión del cumplimiento de los procedimientos de registro en el SIGGES, de acuerdo a la normativa vigente. Funciones: 1. Recibir, filtrar, revisar, y procesar toda la información de patologías GES registrada por los profesionales en sus agendas diarias, en los diferentes grupos etáreos y patologías contenidas en el GES. 2. Monitorear diariamente los formularios de constancia al paciente GES de acuerdo a los registros obtenidos. 3. Recibir, revisar las solicitudes de Interconsulta. 4. Enviar la información estadística a encargado(a) del CESFAM. 5. Relacionarse con encargadas de programas, jefes de sector, coordinadora SOME para dar cumplimiento GES. 6. Reunirse con el Director para el análisis de casos GES, descarte de patologías, excepciones de garantías, formularios GES, Cierres de Casos, etc.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Nutricionista
Profesional universitario con el título de nutricionista, responsable de atención y apoyo nutricional en las diferentes etapas del ciclo vital. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión señaladas en el Plan de Salud Comunal, que implican acciones tales como atención al usuario en consulta, control nutricional integral, clínica de lactancia materna, visita domiciliaria integral, consejerías , talleres grupales, entre otras, en cumplimiento con los flujogramas de atención de los diferentes programas en que participa. 4. Supervisar el cumplimiento de las normativas de PNAC y PACAM. 5. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 6. Participar junto al equipo de sector en actividades comunitarias y de promoción de salud. 7. Participar en proyectos comunales y locales junto al equipo de salud. 8. Asistir (si el horario lo permite) a Reuniones Clínicas, de Sector y Estamento. Si corresponde la participación, asistir a Reuniones Técnicas, de Postrados, Comités, entre otras, previa autorización de la jefatura. 9. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 10. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 11. Mantener la capacitación continua en cursos de actualización de acuerdo a las necesidades establecidas en el plan de salud comunal.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Oficina de Partes e Informaciones
Es la persona designada por el Secretario General, para asistirlo en todas aquellas materias relativas al archivo, despacho y recepción de documentación, correspondencia, recepción, entrega y custodia de documentos de pago y toda otra materia relacionada con la oficina de partes. Funciones: 1. Servir de enlace entre el Consejo Municipal y la Corporación. 2. Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir la correspondencia que ingresa a la Corporación. 3. Despachar la correspondencia que se distribuye desde la Corporación. 4. Mantener registro de ingreso y egreso de la correspondencia y archivo de la misma. 5. Informar y pagar a proveedores, Salas cunas, Instituciones y otros. 6. Atención de público, consultas e informaciones. 7. Administrar y distribuir labores de Junior.
Artículo 94 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Orientador(a)
Profesional encargado de planificar, coordinar, supervisor y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional y profesional, implementando el Programa de Orientación a nivel individual y grupal. Funciones: 1. Asesorar y supervisar a los profesores jefes y de asignatura en sus funciones de orientación y consejo de curso, como también, en las reuniones de padres proporcionándoles apoyo y material cuando sea requerido. 2. Coordinar el proceso de seguimiento de estudiantes y elaborar el panorama de posibilidades de continuación de estudios, según sean sus necesidades. 3. Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de orientación de sus hijos. 4. Conocer, analizar técnicamente e informar las circulares y otros documentos sobre orientación. 5. Colaborar con la familia para el ofrecimiento de ayuda profesional para el estudiante, cuando la circunstancia lo amerite. 6. Desarrollar con alumnos, padres o apoderados y docentes, asesoría para la prevención y manejo de eventuales problemas de aprendizaje, de comportamiento, de convivencia escolar y de adaptación escolar. 7. Promover, junto con docentes, proyectos de educación afectiva y otros que promuevan el desarrollo de la personalidad y valores de los estudiantes. 8. Orientar acerca de la búsqueda soluciones de conflictos individuales, familiares y grupales y posterior derivación, si es necesario. 9. Atender casos especiales de comportamiento y convivencia escolar que se presenten en el establecimiento. 10. Orientar a los padres y estudiantes en relación con los beneficios otorgados por las becas estatales y municipales. 11. Responsabilizarse del registro de hoja de vida, seguimiento académico, vocacional y personal de los estudiantes. 12. Coordinar actividades del Programa de Salud escolar de JUNAEB. 13. Responsabilizarse del Programa de Alimentación Escolar de JUNAEB. 14. Programar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Gestión de Convivencia Escolar y socializarlo con los distintos estamentos de la comunidad educativa. 15. Dar a conocer y difundir el Manual de Convivencia escolar en la Comunidad Educativa. 16. Orientar a los estudiantes, junto al profesor jefe y la UTP, en la selección adecuada de asignaturas del Plan Diferenciado, según sus intereses y aptitudes.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Paradocentes
Personal de un establecimiento educacional que no esta afecto al Estatuto Docente que desarrolla funciones de colaboración y asistencia a la función educacional, de nivel técino, complementaria a la labor educactiva, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, incluyendo las labores de apoyo adminitrativo necesarias para la administración y funcionamiento de los establecimientos.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Podóloga(o)
Profesional técnico autorizado e inscrito en superintendencia de prestadores, que brinda atención predominantemente al paciente diabético mediante un programa de evaluación, control y tratamiento de las afecciones podológicas. Funciones: 1. Realizar un diagnóstico inicial de las afecciones más comunes y de los factores recurrentes en las lesiones podológicas posibles de tratar y evitar 2. Realizar atención precoz de posibles afecciones de riesgo. 3. Determinar pautas de atención en el manejo del pie en el diabético y cómo se puede aplicar a nivel multidisciplinario. 4. Realizar educación preventiva en forma individual y grupal a usuarios del CESFAM.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Presidente del Directorio
Tiene como principal función, representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre. Firmar los documentos oficiales de la entidad. Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las asambleas generales y del directorio. Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y estos estatutos le otorguen, conforme a los artículos 16 y 23 del Estatuto de la Corporación.
Artículo 89 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Profesor(a) Jefe
Profesional de la educación que planifica, desarrolla y evalúa el proceso educativo en el que se desarrollan las actividades de los alumnos del curso bajo su responsabilidad. Funciones: 1. Coordinar actividades educacionales, formativas y comunicacionales con alumnos, profesores y apoderados del curso. 2. Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar actividades de Jefatura de Curso y Orientación. 3. Establecer un clima propicio para el aprendizaje de todos los estudiantes de su curso. 4. Conocer y respetar los intereses, necesidades y expectativas de los estudiantes de su curso, abordando dificultades o conflictos con apoyo de los otros profesionales del establecimiento educacional. 5. Conocer y aplicar diferentes estrategias metodológicas y de evaluación. 6. Monitorear los procesos de aprendizaje de los estudiantes de su curso. 7. Potenciar en sus estudiantes sus fortalezas y contribuir en la superación de sus debilidades. 8. Brindar espacios para el aprendizaje colaborativo y mediar en el proceso educativo y de convivencia. 9. Involucrar a los apoderados del curso en el proceso de formación y aprendizaje de los estudiantes. 10. Conocer y aplicar metodología de resolución de conflictos que pudieran surgir involucrando estudiantes de su curso. 11. Involucrar a los estudiantes en las actividades del Establecimiento. 12. Conocer, aplicar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento Interno del establecimiento educacional. 13. Responsabilizarse del cuidado del material, mobiliario e infraestructura. 14. Conocer e incorporar en su quehacer profesional, los lineamientos y orientaciones del Proyecto de Desarrollo Educativo Institucional. 15. Participar y colaborar en Consejos Técnicos y Administrativos. 16. Asistir y participar en actos culturales y cívicos dentro y fuera del establecimiento educacional, que la Dirección determine. 17. Mantener al día la documentación relacionada con su función, entregando en forma precisa y oportuna la información que le sea solicitada. 18. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los Planes y Programas de Estudio en el desempeño de su labor docente. 19. Desarrollar las actividades de colaboración designadas.
Artículo 98 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Profesor de asignatura
Profesional de la educación, que ejerce la actividad docente de su especialidad en forma continua y sistemática en el aula, con responsabilidades de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los procesos educativos según lo establecido en el Marco de la Buena Enseñanza. Funciones: 1. Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje, fomentando valores, actitudes y hábitos que contribuyan al desarrollo integral y armónico de todos los estudiantes, en concordancia con los Planes y Programas de Estudio de cada establecimiento educacional. 2. Conocer, actualizar, crear y utilizar procedimientos didácticos que favorecen los aprendizajes y competencias de orden superior, a través del uso eficiente y eficaz de la tecnología educativa. 3. Integrar su quehacer profesional y los contenidos de su asignatura, a la de otros docentes o especialistas desarrollando programas de trabajo en equipos interdisciplinarios, referidos a lo pedagógico y curricular. 4. Conocer, aplicar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento Interno del establecimiento educacional. 5. Conocer y aplicar el reglamento de evaluación del establecimiento educacional. 6. Registrar y completar diariamente las actividades realizadas en libro de clases, evaluaciones, calificaciones y las observaciones relevantes según corresponda. 7. Responsabilizarse del cuidado del material, mobiliario e infraestructura en general, que use durante el desarrollo de sus clases. 8. Conocer e incorporar en su quehacer profesional, los lineamientos y orientaciones del Proyecto de Desarrollo Educativo Institucional. 9. Participar y colaborar en Consejos Técnicos y Administrativos. 10. Asistir y participar en actos culturales y cívicos dentro y fuera del establecimiento educacional, que la Dirección determine. 11. Mantener al día la documentación relacionada con su función, entregando en forma precisa y oportuna la información que le sea solicitada. 12. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los Planes y Programas de Estudio en el desempeño de su labor docente. 13. Desarrollar las actividades de colaboración designadas.
Artículo 98 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Profesor de Educación Física Salud
Profesional docente que desempeña acciones enmarcado en los diversos programas destinados a la prevención de enfermedades crónicas en niños, adolescentes, adultos y adultos mayores. Funciones: 1. Efectuar actividades propias de la profesión en programas orientados a la prevención de patologías crónicas, a lo largo de todo el ciclo vital. 2. Diseñar y realizar las sesiones educativas grupales de actividad física en los programas que requieran intervención de su especialidad. 3. Dar cumplimiento de normas y pautas tanto ministeriales como internas. 4. Participar en actividades de promoción, estilos de vida y alimentación saludable tanto en programas específicos, como en otras actividades promocionales del CESFAM.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Psicólogo(a) Educación
Profesional responsable de favorecer el proceso de enseñanza y aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de los(as) estudiantes que presentan necesidades derivadas de su desarrollo emocional social o discapacidades. Funciones: 1. Brindar atención psicológica individual y grupal a los(as) estudiantes. 2. Realizar intervención psicoeducativa. 3. Realizar evaluación para la integración escolar y la convivencia. 4. Elaborar informes sobre las evaluaciones y/o las intervenciones realizadas. 5. Detectar las necesidades de apoyo de los(as) estudiantes. 6. Apoyar a los docentes y asistentes en el correcto abordaje de estudiantes que requieran de apoyo psicológico. 7. Realizar talleres educativos a docentes, alumnos y apoderados en temas de interés para la comunidad educativa relacionados con el área. 8. Planificar y elaborar el programa de trabajo en conjunto con otros profesionales de la Unidad Técnica Pedagógica.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Psicólogo(a) Salud
Profesional universitario con el título de epsicólogo, responsable de atención de Salud Mental a los usuarios, en las diferentes etapas del ciclo vital, favoreciendo el desarrollo y potenciación de habilidades y competencias personales y familiares. Funciones: 1. Conocer, difundir y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna de la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad y del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión señaladas en el Programa Nacional de Salud y Psiquiatría, y en el Plan de Salud Comunal, que implican acciones tales como atención al usuario y sus familias, talleres grupales, entre otras, en cumplimiento con los flujogramas de atención. 4. Estimular al Equipo de Salud para la detección de problemas de Salud Mental en controles de salud y consultas de morbilidad, asegurando el acceso a intervenciones en los casos que corresponda. 5. Asesorar a técnicos y profesionales del CESFAM en las intervenciones psicosociales necesarias para el cumplimiento del programa. Distribución de orientaciones y material de apoyo al equipo del sector. 6. Conocer el catastro actualizado de organizaciones de usuarios, familiares de apoyo y autoayuda de su sector, así como otras instituciones que trabajan en Salud Mental en la Comuna. 7. Capacitar y asesorar a la comunidad organizada, estableciendo vínculos intersectoriales. 8. Participar en equipos interdisciplinarios de su sector, para evaluar vulnerabilidad de familias bajo control, realizando intervenciones atingentes como visitas domiciliarias, estudio de casos, coordinación de trabajo en red tanto local como comunal, entre otras. 9. Participar junto al equipo de sector en actividades comunitarias y de promoción de salud. 10. Registrar datos epidemiológicos, prestaciones, intervenciones y actividades realizadas y entregar oportunamente la información al departamento de estadística y unidades administrativas según corresponda. 11. Realizar labores de docencia en su área de especialización, para alumnos de pregrado, postgrado o pasantías, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 12. Coordinación con los distintos estamentos del Centro y dispositivos de la Red.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Psicólogo COSAM
Profesional universitario con el título de psicólogo, responsable de brindar atención psicológica a los usuarios de COSAM y sus familiares o cuidadores; otorgando intervenciones acorde a los requerimientos particulares de quiénes consultan, basado en una evaluación integral. Funciones: 1. Participar del ingreso de pacientes, en dupla junto al médico psiquiatra. 2. Generar espacio de escucha en que se facilite la expresión del malestar biopsicosocial por parte del usuario y sus familiares o cuidadores, realizando psicoterapia individual e intervenciones familiares, según se requiera. 3. Generar diagnóstico y plan de intervención de acuerdo a requerimientos y recursos del usuario y sus familiares o cuidadores. De ser necesario, evaluación con instrumentos psicodiagnósticos. 4. Detectar en los usuarios riesgos o patologías biopsicosociales que necesiten ser Articulo 24 del D.S 54derivados a otros profesionales o instancias de atención especializadas. 5. Detectar los requerimientos de la población usuaria generando intervenciones grupales que pudieran acoger tales problemáticas e implementar intervenciones grupales de acuerdo a los requerimientos de la población usuaria. 6. Construir junto al usuario un motivo de consulta y acordar un plan de intervención individual, familiar o grupal, junto al sistema consultante, de acuerdo a sus necesidades y coordinando el proceso de intervención con los demás profesionales del área. 7. Coordinar altas de proceso y administrativas en reuniones de equipo. 8. Presentar y coordinar casos con indicadores de riesgo y/o vulneración de derechos, construyendo intervenciones apropiadas en equipo. 9. Contactar vía telefónica o visita domiciliaria a los usuarios. 10. Entregar el consentimiento informado o constatar que éste haya sido compartido, firmado y realizar el Plan de Tratamiento Integral, acorde a los planteamientos trabajados en equipo. 11. Coordinación de casos con profesionales o equipos de trabajos con red de salud mental comunal y Tribunales. 12. Coordinación con las redes de cada usuario con el fin de potenciar su bienestar en las áreas en las que se desenvuelve, según se estime necesario y participar de las intervenciones comunitarias programadas por el equipo. 13. Registrar en la ficha del usuario todas las intervenciones realizadas.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Psicopedagoga
Profesional de la educación, que ejerce la actividad de su especialidad, en aula de recursos y aula común según las necesidades, con responsabilidades de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los procesos educativos de los estudiantes con necesidades educativas especiales, transitorias de los estudiantes que no están incorporados en el Programa de Integración Escolar y que requieren de apoyo y ejecutando también, actividades como asistente de la educación de apoyo al PIE en el proceso de Evaluación Diagnóstica Integral (EDI) Funciones: 1. Conocer y manejar las características de la persona y su desarrollo humano e identificar las NEE (Necesidades Educativas Especiales) de los estudiantes, desde una perspectiva multidimensional. 2. Fundamentar su acción en los referentes teóricos y empíricos que orientan prácticas psicopedagógicas inclusivas, enfocadas en estudiantes con NEE, en los distintos niveles educacionales. 3. Diseñar y aplicar los procedimientos evaluativos idóneos que permiten comprender integralmente al estudiante que presenta NEE en su contexto escolar, familiar y comunitario. 4. Identificar y evaluar las necesidades de apoyo de quienes requieren atención psicopedagógica en la diversidad de sus manifestaciones, considerando las barreras y facilitadores del aprendizaje y la participación. 5. Diseñar y aplicar los apoyos más adecuados a las particularidades de los estudiantes en su entorno, a partir de una toma de decisiones con el equipo de aula y los profesionales que el caso exija. 6. Utilizar estrategias psicopedagógicas para un aprendizaje de calidad de los conocimientos y habilidades que mejor favorecen la autonomía, participación y calidad de vida de los estudiantes que presentan NEE. 7. Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso. 8. Generar relaciones interpersonales respetuosas y beneficiosas para el trabajo colaborativo dentro de la propia unidad educativa, con la familia y con las redes de la comunidad, orientado a la valoración de la diversidad y calidad de vida del niño, niña o joven que presenta NEE. 9. Monitorear la aplicación de evaluación diferenciada solicitada por profesional idóneo a alumnos con NEE que lo requieran y que no participen del PIE. 10. Promover el acceso, la participación y el aprendizaje de personas que presentan NEE.
Artículo 99 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Químico Farmacéutico
Químico farmacéutico responsable de la fármaco vigilancia y supervisión de la dispensación de tratamientos farmacológicos en los CESFAM. Funciones: 1. Conocer y aplicar las normas emanadas del MINSAL y SSMO. 2. Conocer y aplicar la normativa interna a la institución. Cumplir con acuerdos internos y soluciones locales en pro del mejor funcionamiento de la unidad del Centro de Salud. 3. Realizar actividades propias de la profesión como: farmacovigilancia, atención farmacéutica, resolución de consultas farmacéuticas y actividades educativas tanto internas como externas (administración, horarios, interacciones, etc.). 4. Coordinar reuniones del comité de farmacia y terapéutica (mantener arsenal farmacoterapeútico de APS actualizado, implementar medidas para la optimización de recursos farmacológicos, evaluar uso y consumos de medicamentos asociadas a algunas patologías crónicas y/o de morbilidad, etc.). 5. Participar y colaborar en comités multidisciplinarios del establecimiento. 6. Asesorar a la unidad de adquisiciones, estudiar convenios y programas vigentes (solicitudes, gasto de medicamentos, evaluación técnica de estos, determinar consumos definidos y estacionales). 7. Supervisar procesos de dispensación y despacho de medicamentos en cumplimiento de las normas. 8. Realizar capacitaciones continuas al personal fijo de farmacia y/o reemplazos. 9. Velar por el cumplimiento de las leyes, decretos, normas y reglamentos vigentes (productos psicotrópicos y estupefacientes, validando recetas de medicamentos con control de stock, correcto almacenamiento y conservación de medicamentos, gestión de vencimientos, sobre stock, inventarios selectivos, cadena de frio, etc.) 10. Elaborar y actualizar protocolos para asegurar la calidad de los procesos farmacéuticos, aplicar supervisión y elaboración de informes de manera de generar un constante plan de mejora.
Artículo 104 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Recepcionista
Asistente de la educación encargado de atención de público en general, recibir, responder consultas y entregar la información básica. Funciones: 1. Atender e informar al público, derivando cuando sea necesario a la oficina que corresponda. 2. Atender el teléfono y traspasar llamadas a la oficina que corresponda. 3. Control de ingreso y salida de los(as) estudiantes. 4. Tocar el timbre para el inicio de la jornada, cambios de hora y recreos. 5. Controlar la entrada y salida de visitas, vendedores y proveedores. 6. Controlar presentación personal, vocabulario y actitudes de los (as) alumnos (as). 7. Fiscalizar el aseo y cuidado de las dependencias de su sector, responsabilizándose por el inventario que tiene a su cargo. 8. Colaborar en actividades docentes y administrativas, y desempeñar otras funciones de apoyo cuando sea necesario.
Artículo 101 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Relaciones Públicas
Es la persona designada por el Secretario General, para asistirlo en todas aquellas materias de carácter comunicacional, siendo su misión y función el prestar asesoría en el área de las relaciones públicas, tanto el sector de educación como en el de salud y en otras que el Secretario General disponga. Funciones: 1. Asesorar al Secretario General en aquellas materias que requieren apoyo comunicacional cuando éste lo disponga. 2. Cubrir las actividades que realizan los colegios y centros de salud a cargo de la corporación. 3. Asesorar a las distintas direcciones en la realización y programación de las actividades, ceremonias y todo evento que requiera de apoyo comunicacional. 4. Elaborar y coordinar la Memoria Anual de Actividades, en los formatos físicos y electrónicos que se requiera, con las principales actividades realizadas en educación y salud. 5. Elaborar y mantener actualizada la página web de la Corporación. 6. Dirigir las actividades propias de la casilla electrónica institucional, elaborando y enviando las respuestas que se efectúen por terceros a dicha casilla electrónica, denominada “contacto@cmdsnunoa.cl”. 7. Coordinar el envío de la información de educación, salud e institucional a la I. Municipalidad de Ñuñoa, para la cuenta anual municipal. 8. Coordinar con el Departamento de Comunicaciones de la I. Municipalidad de Ñuñoa, todas las materias de comunicación que tengan relación con la Corporación.
Artículo 92 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Secretaría
Es la persona designada por el Secretario General, para asistirlo en todas aquellas materias propias de la secretaría; siendo su misión y función, el coordinar el gabinete de la Secretaría General y de las Direcciones de Salud y Educación cuando así se disponga. Funciones: 1. Asesorar al Secretario General en aquellas materias que requieren apoyo de secretaría. 2. Elaborar y coordinar la agenda del Secretario General. 3. Coordinar las reuniones del Directorio de la Corporación y transcribir las actas de sus reuniones para su archivo. 4. Asistir al Secretario General en la elaboración de cartas, documentos reservados, ordinarios y todo otro documento que éste le encomiende.5. Atención de público, consultas telefónicas y las comunicaciones telefónicas del Secretario General. 6. Recibir a las personas que acudan por diferentes motivos hasta el despacho del Secretario General y coordinar su atención. 7. Gestionar el archivo físico y electrónico de la Secretaría. 8. Coordinar la gestión de la Secretaría. 9. Coordinar el uso de la sala de reuniones de la Corporación. 10. Gestionar la adquisición y administración de útiles de escritorio, aseo e insumos en general, necesarios para la administración y funcionamiento de la Secretaría.
Artículo 93 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Secretaria de Dirección
Asistir el trabajo de Dirección en las áreas de comunicaciones, recursos humanos y físicos. Coordinadora de Movilización. Funciones: 1. Asistir el trabajo de Dirección en las áreas de comunicaciones, recursos humanos y financieros. 2. Velar por la existencia y cumplimiento de registros y solicitudes formales de permisos que permitan gestionar de manera adecuada el recurso humano. 3. Agendar reuniones, recepcionar usuarios y recepcionar las llamadas y derivarlas según corresponda. 4. Mantener preocupación permanente para que se cumpla con el traslado de la correspondencia. 5. Mantener actualizada e informada a la Dirección en la correspondencia interna y con otros servicios. 6. Tramitar oportunamente documentos que emanen desde la Dirección a otros servicios (internos y externos). 7. Mantener registro actualizado de licencias médicas, feriados legales y permisos administrativos del personal. 8. Archivar correspondencia de Dirección. 9. Retirar y entregar liquidaciones de sueldo a los funcionarios. 10. Colaborar con el control de horarios del personal. 11. Informar al personal de requisitos necesarios para el reconocimiento de los beneficios que le correspondan. 12. Fotocopiar material solicitado y distribución por carpetas. 13. Coordinar el uso de laptop y data, con registro de las salidas y la entrega de los equipos. 14. Coordinar la utilización del auditórium. 15. Coordinar servicio Movilización. 16. Apoyar la labor de Secretaría de otras dependencias de acuerdo a las necesidades del servicio.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Secretaria de Dirección Salud
Es el funcionario encargado de la secretaría de la Dirección de Salud de la Corporación. Funciones: 1. Asistir el trabajo de Dirección en las áreas de comunicaciones, recursos humanos y financieros. 2. Recepcionar las llamadas y coordinar las reuniones y entrevistas de Director/subdirector de salud. 3. Recepcionar, distribuir y archivar la correspondencia emanada de los diferentes dispositivos de la red, manteniendo actualizado e informado a Director/subdirector de salud. 4. Tramitar oportunamente documentos que emanen desde la Dirección a otros dispositivos. 5. Atender al público que requiera de servicios dela Direcciuón de Salud. 6. Apoyar la labor de Secretaría de otras dependencias de la Corporación, de acuerdo a las necesidades del servicio.
Artículo 106 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Secretario General
Es la persona designada por el Directorio de la Corporación y de su exclusiva confianza, que por su delegación administra la Corporación, haciendo cumplir los acuerdos de la Asamblea de Socios y del Directorio. Funciones: 1. Proponer al Directorio de la Corporación las formulaciones de políticas, planes y programas de acción de corto, mediano y largo plazo para el desarrollo del sector de educación y salud. 2. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones administrativas de las diversas unidades operativas que conforman la Corporación, para el logro de los objetivos propuestos por el Directorio y establecer las prioridades necesarias de acción de la institución. 3. Ejercer la dirección de los servicios de la Corporación y velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a los funcionarios que en ella laboran, a fin de proponer y ejecutar las políticas de desarrollo fijadas por la Asamblea de Socios y el Directorio de la Corporación. 4. Fomentar y estimular iniciativas de mejoramiento de la educación y salud según las políticas que patrocine la autoridad sectorial respectiva y la propia Corporación. 5. Velar por el correcto destino de los fondos públicos o de otro origen que sean entregados a la Corporación para el cumplimiento de sus fines. 6. Conocer, resolver e informar al Directorio de la Corporación, respecto de todas las situaciones administrativas y financieras que se generen en el funcionamiento de la Corporación. 7. Mantener permanentemente informado al Directorio de la marcha de la Corporación, tanto en el aspecto técnico, económico y administrativo. 8. Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación ante cualquier tercero o autoridad que se requiera.
Artículo 90 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Soporte Informático
Asistente de la educación encargado del laboratorio de computación, de administrar y mantener los recursos materiales de informática promoviendo la integración de las TICs que facilitan la labor docente. Funciones: 1. Planificar, desarrollar, supervisar y evaluar acciones en el área de informática del establecimiento educacional. 2. Gestionar la adquisición de recursos TICs. 3. Coordinar las acciones de Enlaces, su implementación y desarrollo. 4. Mantener operativos los sistemas computacionales de todo el establecimiento educacional, verificando diariamente el uso correcto de computadores e impresoras. 5. Atender cursos en Sala o Laboratorio de Computación. 6. Solucionar problemas que presenten los equipos de profesores, colaborando en actividades docentes. 7. Cooperar en labores administrativas en periodos de postulación, matrícula y cuando su superior jerárquico lo requiera. 8. Fiscalizar aseo y cuidado de las dependencias, responsabilizándose por inventario a su cargo.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Subdirector(a) de Salud
Es la persona designada por el Secretario General, con proposición no vinculante del Director de Salud, para coordinar, supervisar y evaluar, los diferentes dispositivos de la red de salud Comunal, favoreciendo el logro de los objetivos sanitarios y la satisfacción usuaria. Funciones: 1. Difundir y coordinar la información emanada de los diferentes organismos técnico administrativos de la red de salud. 2. Representando al Director de Salud, en las diferentes reuniones tanto de la Red de SSMO, como con interesados en participar de proyectos locales. 3. Responsable de supervisar y presentar al Director de Salud, las rendiciones de cuentes de los diferentes programas ministeriales destinados a APS y COSAM, para ser enviados a SSMO. 4. Tramitar los reclamos de los usuariosa del sistema de salud comunal que sean presentados al Director de Salud o al Secretario General.
Artículo 90 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Subdirector(a) EE
Docente Directivo al que le corresponde apoyar al (la) Director (a) en la dirección, administración, supervisión y coordinación del establecimiento educacional municipal. Debe subrogar al (la) Director (a) en su ausencia, y dirigir, conducir, programar, organizar, controlar y evaluar el cumplimiento y logro de los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo de Desarrollo Institucional. Funciones: 1. Subrogar a al (la) Director (a) en su ausencia. 2. Velar conjuntamente con el (la) Director(a) en la planificación, organización, ejecución, supervisión y evaluación del nivel de logros en el aprendizaje de los(as) estudiantes. 3. Asesorar en la programación, organización, dirección, control y evaluación periódica de las acciones financieras y administrativas. 4. Supervisar los recursos humanos idóneos acorde a cada función. 5. Cooperar en la selección y contratación del personal docente y asistente de la educación. 6. Coordinar el proceso de matrícula de la unidad educativa. 7. Resguardar y supervisar el uso correcto de las normativas legales y reglamentarias vigentes. 8. Velar por la utilización idónea de los recursos para las actividades programáticas y extra programáticas. 9. Organizar, planificar y evaluar los beneficios otorgados a favor de la asistencialidad para los(as) estudiantes. 10. Apoyar y asistir a las reuniones técnicas, consejos de evaluación y otros, ordinarios y extraordinarios. 11. Asistir a la reunión de coordinación con el equipo de gestión y/o círculo de calidad. 12. Asesorar las reuniones mensuales del Centro General de Padres. 13. Cooperar con la mantención de un buen clima organizacional con los diferentes estamentos de la comunidad escolar, otorgando las instancias para el diálogo permanente.
Artículo 96 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Subdirector (a) establecimiento salud
Profesional de la salud responsable de la subrogación del Director y en dicha calidad ejercerá, sin perjuicio de sus funciones propias del cargo, la dirección, administración, supervisión y coordinación del Centro de Salud. Debe conducir y liderar el Proyecto de Salud Primaria dentro de su unidad. Para ello debe gestionar, orientar, coordinar y supervisar a los diferentes actores que conforman el personal de la dotación de salud primaria, cautelando el cumplimiento de los lineamientos y orientaciones establecidos en los planes y programas de salud vigentes, considerando las características de sus beneficiarios. De acuerdo al organigrama de cada centro este cargo puede desempeñarlo uno o dos profesionales, subdividiendo en el último caso la subdirección en Técnica y Administrativa. Funciones: 1. Dirigir, planificar, organizar, programar, supervisar, controlar, coordinar y evaluar las tareas y funciones del personal de su dependencia con el propósito que la atención al usuario sea expedita y de buena calidad. 2. Velar para que el edificio cuente con las condiciones básicas necesarias para la atención de público. 3. Facilitar el aporte de insumos y otros para la atención del usuario. 4. Colaborar en la mantención actualizada del organigrama y del manual de organización del CESFAM. 5. Estimular la formación de un equipo de salud orientado al desarrollo y promoción de la Salud Familiar. 6. Velar por la existencia de un clima organizacional satisfactorio para el equipo de salud. 7. Colaborar en la confección de proyectos. 8. Conocer y colaborar en evaluaciones del Plan de Salud Comunal y en los ajustes que sean necesarios para que éste se cumpla. 9. Velar para que se mantenga un sistema de control que permita evidenciar el cumplimiento de la jornada diaria, así como otros aspectos relacionados con la disciplina, cumplimiento de normas y reglamentos atingentes. 10. Asistir a reuniones técnicas y administrativas. 11. Velar por existencia y cumplimiento de registros e informes estadísticos adecuados y oportunos que permitan al equipo de salud la toma de decisiones acorde a la situación. 12. Colaborar en la solución de todo tipo de situaciones imprevistas que afecten al establecimiento. 13. Impulsar al personal a cargo para mantener una actitud permanente de atención personalizada, deferente y humanizada al beneficiario de nuestra atención. 14. Colaborar para que la demanda diaria de atención médica sea organizada de acuerdo a los recursos, factores de riesgo y situaciones críticas o epidemiológicas
Artículo 103 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico de nivel superior
Técnico con el título de técnico de nivel superior, encargado de desempeñarse en una especialidad de apoyo al nivel profesional de aquellos referidos en el artículo 31 de la ley 18.962. Funciones: 1. Aplicar los conocimientos y técnicas propias de su especialidad. 2. Dar atención personalizada al usuario. 3. Informar y orientar sobre consultas y procedimientos. 4. Mantener coordinación con otras unidades que garanticen la calidad de la atención 5. Colaborar con actividades docentes, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 6. Asistir a reuniones de la unidad y del CESFAM 7. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección del CESFAM que tengan relación con su cargo.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico en Educación de Párvulos
Asistente de la educación encargado de apoyar a la Educadora de Párvulos en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del programa educativo de dicho nivel educativo. Funciones: 1. Apoyar a la Educadora de Párvulos. 2. Diseñar y elaborar materiales y recursos de actividades diarias. 3. Apoyar en el orden y la disciplina de grupo. 4. Realizar labores de asistencia en la higiene, alimentación y orden de los niños y niñas. 5. Promover el desarrollo personal y social de los niños y niñas, velando por su bienestar y proceso de aprendizaje. 6. Diseñar e implementar experiencias pedagógicas adecuadas para los objetivos de aprendizaje y de acuerdo al contexto. 7. Generar y mantener ambientes acogedores, seguros e inclusivos.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico en Educación Diferencial
Asistente de la educación encargado de apoyar la labor docente en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del programa educativo de estudiantes con necesidades educativas especiales transitorias y/o permanentes, en el aula y fuera de ella. Funciones: 1. Apoyar a la Educadora Diferencial en el proceso de aprendizaje de los(as) estudiantes. 2. Diseñar y elaborar materiales y recursos de actividades diarias. 3. Apoyar en el orden y la disciplina de grupo o individual. 4. Realizar labores de asistencia en la higiene, alimentación y orden de los(as) estudiantes que lo requieran, en la sala de clases, y otras dependencias, tales como patio, comedor, sala de estar y servicios higiénicos.
Artículo 100 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico en Rehabilitación Programas Adicciones
Técnico paramédico de nivel superior que tiene por función orientada, evaluar y ofrecer tratamiento en torno al consumo de drogas ilícitas; tanto de modo individual como grupal, a los usuarios del programa de rehabilitación de adultos y sus familias, en coordinación con el equipo del programa y los lineamientos de este. Funciones: 1. Evaluación y diagnostico entorno al consumo del usuario 2. Participar en el Plan de Tratamiento Integral 3. Realizar intervenciones psicosociales de grupo 4. Participar en taller multifamiliar 5. Realizar taller de evaluación de fin de semana 6. Revisar taller de rutina de fin de semana y estado de consumo 7. Realizar consulta de salud mental 8. Realizar visitas domiciliaria 9. Realizar rescates telefónicos 10. Realizar test de drogas 11. Realizar rendición financiera del programa de Rehabilitación de Drogas de Adultos, al SSMO
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico Paramédico de Ambulancia
Técnico de Enfermería con preparación para atención de pacientes de mayor complejidad, con formación en rescate, movilización y transporte de pacientes, que brinda atención clínica a los pacientes del centro de urgencia y SAPU, que requieren de traslado a centros de mayor complejidad, colabora activamente en las actividades clínicas habituales del centro durante la permanencia en el Centro Asistencial. Funciones: 1. Cumplir con turnos asignados mensualmente y de acuerdo a las necesidades del servicio. Realizar refuerzos de turnos, si es solicitado. 2. Revisar y registrar, equipos, insumos y fármacos de maletín de rescate y del equipamiento para la ambulancia y de todo equipo o insumo que sea necesario para movilización y traslado de pacientes. 3. Colaborar en preparación de los box al encontrarse en el Centro Asistencial. 4. Colaborar en salas de atención de mayor demanda durante permanencia en el Centro Asistencial. 5. Recibir y entregar turno; informando las condiciones de equipos y de elementos de la ambulancia a su cargo. 6. Realizar los procedimientos de enfermería de acuerdo a protocolos establecidos, indicaciones de enfermería e indicaciones médicas, descritos para Técnicos de Unidades de Urgencia, durante la permanencia en el Centro Asistencial. 7. Colaborar con los profesionales en procedimientos con técnicas asépticas y/o invasivas; suturas, instalación de sondas, aspirado gástrico, etc. 8. Dar aviso al médico de turno y enfermera, de cualquier cambio en la condición del paciente. 9. Realizar procedimientos delegados de acuerdo a demanda asistencial y priorizaciones de urgencia. 10. Realizar cursos programados por la institución. 11. Cumplir con Normas de Prevención Estándar y bioseguridad, realizando un manejo riguroso de áreas de trabajo clínico. 12. Colaborar en la pesquisa de desperfectos de planta física, mobiliario, materiales y equipos, dando aviso oportuno a su jefatura directa.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico Paramédico de Enfermería de Servicios de Apoyo Clínico (Auxiliar de Enfermería, Técnico de Enfermería o Técnico de Enfermería de Nivel Superior).
Personal Técnico que tiene por función el realizar procedimientos y atenciones, requeridas según normativas ministeriales. Funciones: 1. Dar atención personalizada y humanizada al usuario. 2. Informar y orientar sobre consultas y procedimientos. 3. Aplicar los conocimientos y técnicas propias de su especialidad: de asepsia y antisepsia, de punción y extracción de sangre, de vacunación, tratamientos inyectables, de control de visión a niños y adultos, curaciones y manejo de Autoclave. 4. Registro de exámenes, procedimientos y archivo si correspondiese. 5. Entregar resultado a quien corresponda para informe o derivación. 6. Manejo de maquinarias, equipos e instrumental de cada una de las secciones de apoyo. 7. Preparar el material para curaciones y toma de exámenes, derivando a usuarios a médico, en caso de examen alterado. 8. Mantener coordinación con otras unidades que garanticen la calidad de la atención 9. Mantener tarjeteros y registros actualizados de acuerdo a las normas vigentes en cada uno de los servicios de apoyo (vacunatorio, TBC, curaciones, esterilización, etc.) 10. Realizar citaciones telefónicas de inasistentes, con registro pertinentes por sector. 11. Mantener insumos necesarios para la atención diaria de los beneficiarios. 12. Colaborar con actividades docentes, según Acuerdo de Docencia Asistencial del CESFAM. 13. Mantener normas de bioseguridad. 14. Asistir a reuniones de la unidad y del CESFAM 15. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección del CESFAM que tengan relación con su cargo.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
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01/09/2021
Técnico Paramédico de Farmacia
Técnico paramédico encargado de dispensar medicamentos al paciente en forma segura y oportuna, dando estricto cumplimiento a normativas ministeriales. Funciones: 1. Conocer y manejar el arsenal farmacológico. 2. Dispensar medicamentos al paciente en forma segura y oportuna. 3. Realizar el envasado de medicamentos. 4. Efectuar el refuerzo de indicaciones médicas a los usuarios. 5. Recepcionar, clasificar, almacenar, ubicar, conservar, distribuir y registrar los fármacos. 6. Realizar el inventario general una vez al año y cada vez que sea solicitado por su jefatura. 7. Mantener informes y registros actualizados y oportunos. 8. Registrar las recetas despachadas por día. 9. Registrar el consumo de medicamentos por día. 10. Registrar los anticonceptivos orales, inyectables y dispositivos intrauterinos. 11. Controlar el consumo mensual y existencias de medicamentos. 12. Traspasar la información a libro de registro de medicamentos sujetos a control legal. 13. Registrar y controlar los recetarios. 14. Registrar el actualizado de firmas de profesionales autorizados para prescribir. 15. Mantener la bodega de farmacia. 16. Cumplir con todas aquellas actividades que solicite la Dirección que tenga relación con su cargo.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
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01/09/2021
Técnico Paramédico Dental o TENS dental.
Técnico paramédico que tiene por función colaborar con odontólogo para la entrega de prestaciones clínicas. Funciones: 1. Orientar y dar indicaciones del funcionamiento del Servicio Dental. 2. Recepcionar y preparar al usuario. 3. Preparar el campo clínico, medicamentos y mezclas a utilizar. 4. Asistir al odontólogo durante los procedimientos clínicos. 5. Registrar en ficha odontológica datos de identificación y de examen realizado por el odontólogo. 6. Registrar nueva fecha de citación en la tarjeta de control y en la agenda dental. 7. Ordenar y preparar box de atención, según normativas ministeriales. 8. Asistir a odontólogo en actividades requeridas. 9. Mantener la cantidad necesaria de insumos y material para la atención diaria. 10. Actualizar información del usuario. 11. Mantención de equipos, instrumental y mobiliario. 12. Limpiar camilla, muebles de apoyo, turbina, micromotor al final de cada jornada y cada vez que sea necesario. 13. Lavar, preparar el material y esterilizar, según las normativas. 14. Dar cumplimiento a normas de bioseguridad, uso de guantes, mascarilla y lentes de protección durante atención de las personas, preparación y lavado de materiales, disponiendo los desechos de acuerdo a la norma, velando por la protección personal, del profesional y del usuario atendido. 15. Realizar educaciones grupales. 16. Participar en reuniones de equipo de salud del sector, trabajo comunitario y aquellas solicitadas por la dirección del establecimiento. 17. Colaborar con el profesional en la recolección de datos para la estadística mensual.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnico Paramédico Sector (Auxiliar de Enfermería, Técnico de Enfermería o Técnico de Enfermería de Nivel Superior).
Técnico paramédico responsable de facilitar el acceso y coordinación de las atenciones de salud, al interior de cada sector del Centro. Funciones: 1. Informar y orientar al público sobre consultas y procedimientos, con trato amable y claro. 2. Mantener tarjeteros, crónicos, AM, infantil, maternal, familiar, según normas establecidas por MINSAL. 3. Actualizar datos de identificación, domicilio, teléfono y sector de los usuarios. 4. Efectuar citaciones vía telefónica o en domicilio, con adecuado registro de ello. 5. Dar citaciones a inasistentes y citados a unidades educativas. 6. Mantener actualizado registro de fallecidos, traslados, derivaciones, ingresos, transferencias. 7. Realizar censo cada vez que la norma lo indica. 8. Mantener normas de bioseguridad: Esterilización de material si corresponde. 9. Toma de exámenes rápidos de glicemia, colesterol, triglicéridos. 10. Preparación box de atención: Mantener orden y formularios necesarios, stock de material e insumos para la atención diaria. 11. Mantener continuidad de la atención de las oficinas de coordinación, durante horario habitual de atención de CESFAM. 12. Asistir y participar en reuniones de acuerdo a las necesidades del sector. 13. Efectuar visita domiciliaria integral según riesgo biopsicosocial. 14. Realizar atención al postrado: Visita de evaluación, Curaciones, Educación a la familia, Colaboración en visita médica y de enfermería a domicilio, cumplir con indicaciones médicas y de enfermería, registrar atención en ficha y tarjetero de postrados, toma de muestras para exámenes de laboratorio. 15. Participar en actividades en colegios: aplicar vacunas según PAI, colaborar en Control de Salud escolar. 16. Aplicar examen médico preventivo (EMPA). 17. Participar en trabajo comunitario programado por el sector: realizar actividades de promoción. 18. Participar en operativos o actividades solicitadas por la Dirección o la autoridad Comunal, que tengan relación con su cargo.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
Sin modificación
01/09/2021
Técnicos de Nivel Superior de Laboratorio
Personal con título reconocido por el MINSAL en el área de Laboratorio Clínico. Funciones: 1. Integrar el equipo de Laboratorio. 2. Colaborar con el Tecnólogo Medico en toma de muestras biológicas, preparación de éstas para su análisis en los diferentes equipos del Laboratorio y preparación de medios de cultivo. 3. Dar atención personalizada y humanizada al usuario. 4. Informar y orientar sobre consultas y procedimientos. 5. Aplicar los conocimientos y técnicas propias de su especialidad: de asepsia y antisepsia, de punción y extracción de sangre y manejo de autoclave. 6. Registro de exámenes, procedimientos y archivo si correspondiese. 7. Entregar resultado a quien corresponda para informe o derivación. 8. Manejo de maquinarias, equipos e instrumental del área. 9. Preparar el material para toma de exámenes. 10. Mantener coordinación con otras unidades que garanticen la calidad de la atención 11. Mantener insumos necesarios para la atención diaria de los beneficiarios. 12. Colaborar con actividades docentes de laboratorio. 13. Mantener normas de bioseguridad. 14. Asistir a reuniones del laboratorio. 15. Realizar todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección del Laboratorio que tengan relación con su cargo.
Artículo 105 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
01/09/2021
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01/09/2021
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