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Transparencia Activa
Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas
Corresponderá al tesorero d ela corporación supervigilar las finanzas de ésta con arreglo a los acuerdos del directorio y actuar en todo aquello que éste le encomiende respecto de la administración de sus bienes, ya sea en conjunto con el presidente, con otro director o por sí solo. En caso de ausencia temporal del tesorero, será subrogado por el director que corresponda, conforme a la precedencia que se determine de acuerdo, al articulo vigesimo quinto de estos estatutos .
Reglamento
02/12/1996
Sin modificación
No Aplica
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas
El secretario General tendrá las siguientes deberes y atribuciones : a) Promover, coordinar y dirigir, por mandato expreso del directorio, las labores de crarácter económicoa y administrativo que la corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades, teniendo presente los expuesto en la letra a) del artículo trigésimos de estos estatutos. b) Ejecutar los acuerdos de la asamblea general de socios que el directorio le encomiende, como asimismo , los acuerdos del directorio.c) Rendir cuenta trimestralmente al directorio de su gestió administrativa. d) Cuidar de la reacudación de las entradas y tener bajo control los ingresos. e) Proponer anualmente al directorio, para su aprobación, el presupuesto de entradas y gastos y el balance y memoria de la corporación. f) LLevar el registro general de socios de la corporación. g) Custiodar los fondos, títulos y valores de la corporación y autorizar los gastos imprevistos que, a su juicio, deban ser solventados, dando cuenta al directorioen la primera sesión que celebre despúes de la indicada autorización y , h) Controlar debidamente los ingresos y los egresos de los fondos sociales y supervigilar la contabilidad de la corporación.
Reglamento
02/12/1996
Sin modificación
No Aplica