Logo

Transparencia Activa
Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
Asamblea General
Aprobar el Plan Anual de Gestión y Presupuesto de la Asociación. Fijar las cuotas de participación en la Asociación. Aprobar la memoria anual y el balance general de la Asociación. Elección del Directorio de la Asociación. Designar representantes ante organismos públicos y privados nacionales e Internacionales, cuando las circunstancias lo requieran. Ejercer el control disciplinario según las normas estatutarias. Resolver sobre la incorporación y la desafiliación de un socio de la Asociación. Resolver sobre la disolución de la organización. Reformas a los estatutos. En general cualquier asunto en los que tenga interés la Asociación y el avance de sus programas de trabajo anual.
Artículos 7, 8, 9 y 10. Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
26/06/2016
22/02/2018
No Aplica
Directorio
1. Definir las políticas y procedimientos generales que orientaran el funcionamiento de la Asociación. 2. Tomar decisiones sobre las materias que proponga su Presidente y el Secretario Ejecutivo, tendientes al cumplimiento de los objetivos de la Asociación. 3. Presentar a la Asamblea el Plan Anual de Gestión de la Asociación. 4. Evaluar el desempeño del Secretario Ejecutivo y el desarrollo del Plan Anual de Gestión de la asociación de acuerdo al reglamento interno. 5. Presentar a la Asamblea la forma en que se definirán las cuotas por socio. 6. Aplicar las causales de desafiliación de una municipalidad socia. 7. Presentar a la Asamblea las propuestas de reformas al presente Estatuto en Virtud del Título XIII. 8. Proponer la disolución de la Asociación en conformidad a lo señalado en el Titulo XI. 9. Autorizar las contrataciones de obras y servicios. Así como la enajenación de bienes Inmuebles. 10. Establecer la organización interna de la Asociación. 11. Designar y remover al Secretario Ejecutivo. 12. Aprobar las propuestas de funcionamiento Interno de sus órganos administrativos y técnicos presentadas por el Secretario Ejecutivo. 13. Convocar a sesión ordinaria y extraordinaria de la Asamblea.
Artículos 11, 12 y 13. Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
26/06/2016
22/02/2018
No Aplica
Presidente del Directorio
1. Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea de la Asociación En caso de ausencia deberá ser subrogado por el Vicepresidente. 2. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias, según el procedimiento de funcionamiento que Indica el Titulo VI del presente Estatuto. 3. Procurar el cumplimiento de los acuerdos establecidos por los asociados, con el apoyo del Secretario. 4. Supervigilar y fiscalizar el cumplimiento de las acciones y tareas acordadas. 5. Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Asociación. 6. Suscribir y ejecutar los acuerdos y los demás actos jurídicos aprobados por la Asamblea y el Directorio. 7. Proponer al Directorio la designación del personal administrativo, superior técnico y asesor. 8. Ejecutar el presupuesto de la Asociación. 9. Presentar a la Asamblea la memoria anual y rendir cuenta documentada de su gestión
Artículo 12. Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
26/06/2016
22/02/2018
No Aplica
Secretario Ejecutivo de la Asociación
1. Dirigir toda gestión administrativa, financiera, logística, comercial, técnica y ambiental desarrollada por la Asociación. 2. Concurrir a las sesiones del Directorio y asambleas solo con derecho a voz, tomando acta de aquellas y mantener su archivo. 3. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Directorio y de la Asamblea. 4. Actuar por delegación del Presidente ante los órganos e instituciones privadas y públicas con los cuales se relacione la Asociación 5. Ejercer en nombre del presidente la representación Judicial y extrajudicial en casos determinados, previo otorgamiento de poderes especiales. 6. Elaborar y proponer al Directorio, cada año y para aprobación de éste el Proyecto de Presupuesto y el Plan Anual de trabajo de la Asociación. 7. Elaborar la Memoria Anual y el Balance General de la Asociación. 8. Toda otra gestión que se relacione con la marcha administrativa de la Asociación. 9. Tendrá a su cargo el Administrar y direccionar los servicios que se presten u obras que se ejecuten a través de la Asociación.
Artículos 14 y 15. Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades"
26/06/2016
22/02/2018
No Aplica