Bases y Orientaciones Técnicas | Linea de acción oficinas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes 2015 -2018 | Según sus bases técnicas | |
Cabildos | El cabildo abierto, será aquellas instancias de participacion ciudadana, consultiva, convocada por la Municipalidad, que tendrá por objeto requerir la opinión de la comunidad en temas de interes local | Ser de la comuna | |
Concejo de Seguridad Pública | El desarrollo, implementan, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad | El consejo es presidido por el Alcalde, e integrado a lo menos por las personas señaladas en el artículo 104 B de la Ley 20.965 | |
Consejo desarrollo local de salud Chépica | Nómina y procedimiento de participacion indicada por decreto alcaldicio Concejo desarrollo local de salud Chépica. | Solicitar su inscripción y estampar su firma en el libro de socios del consejo, no podrá ser inscrito en otra organización del mismo tipo simultáneamente. (mas antecedentes en el enlace.) | |
Constitución de Organizaciones Comunitarias | La comunidad local podrá formar en cualquier epoca organizaciones de intres publico, entendiendose por el solo ministerio de la ley... | Cualquier ciudadano de la comuna, pude participar. pero no podra ser parte del directorio de las organizaciones: Los Alcaldes, Concejales y funcionarios que sea directivos o jefes de su municipio | |
Consultas, encuestas o Sondeos de Opinión | Las consultas, encuestas y SOndeos de opión. tendran por objeto explorar las percepciones, sentimientos y proposiciones evaluativas de la comunidad hacia la gestion municipal | Ser de la Comuna | |
Disposiciones Generales - Participacion con financiamiento compartido | Las organizaciones podran proponer la ejecucion de actividades propias de la competencia municipal las que podran contar con financiamiento municipal y/o con aportes de las organizaciones. | Tener personalidad juridica vigente y sin fines de lucro | |
Educación Municipalizada (Consejos Escolares) | Artículo 8º.- El Consejo Escolar tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo. En todo caso el carácter resolutivo del Consejo Escolar podrá revocarse por parte del sostenedor al inicio de cada año escolar. | Artículo 7º.- En cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, que será un órgano integrado a lo menos por el director del establecimiento que lo presidirá; por el sostenedor o un representante designado por él; un docente elegido por los profesores del establecimiento; un representante de los asistentes de la educación del establecimiento, elegido por sus pares mediante un procedimiento previamente establecido por éstos; el presidente del centro de padres y apoderados, y el presidente del centro de alumnos en el caso que el establecimiento imparta enseñanza media. | |
Fondo desarrollo Vecinal | Municipalidad podra contemplar si es que la ley lo permite, fondos con aportes municipales destinados a brindar apoyo financiero a proyecto s especificos de desarrollo vecinal FONDEVE | Personalidad juridica Vigente y sin fines de lucro | |
Información Pública Local | Metodo que permite a la Municipalidad informar a todo ciudadano el derecho constitucional a informarse de las deciciones que adopte la autoridad comunal | Acercarse a las distintas instancias donde la Ilustre Municipalidad de a conocer dichos accesos para informar a la ciudadanía. (Cuentas Publicas, secretaria municipal, Programa Radio Local, Oficina de Informaciones, etc.) | |
Mesas Territoriales | Se entendera por la instancia de dialogo y vinculacion permanente la municipalidad y la comunidad organizada de los direrentes sectores de la comuna | Ser de la Comuna | |
Subvenciones Municipales | La municipalidad podra entregar subvenciones municipalies a organizacioens sociales que colaboren directaamente en el cumplimeinto de sus funionces, para financiar actividades que deba fomentar la Municipalidad como el arte,cultura, otros. | Deben estar inscritos en registro de personas juridicas receptoras de dondos publicos y ajustarse al reglamento y bases de la municipalidad disponga | |
Audiencias públicas | Medio por el cual el Alcalde y el Consejo conocerán y resolverán acerca de las materias que estimen de interés comunal | La solicitud de audiencia pública deberá efectuarse por escrito y acompañarse de las firmas de respaldo correspondientes con indicación del nombre, cédula de identidad y domicilio de cada uno de los requirentes, debiendo contener los fundamentos de la materia sometida a conocimiento del Concejo, la que debe ser atinente al ámbito de administración municipal. Además, deberá identificar a las personas, que en un número no superior a cinco, representarán a los requirentes en la audiencia pública. | |
Consejo comunal de organizacionesde la Sociedad Civil. | Órgano asesor de la Municipalidad, el cual su objetivo es asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y de actividades relevantes, en el proceso económico, social y cultural de la comuna. | Estará integrado por el Alcalde por derecho propio, y por 16 miembros titulares , representantes de los siguientes estamentos : a)Organizaciones Comunitarias Territoriales y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos; b)Actividades Relevantes; c)Organizaciones Comunitarias Funcionales; d)Organizaciones de Interés Público | |
Integrantes Consejo comunal de organizacionesde la Sociedad Civil | Integrantes Consejo sociedad Civil Periodo 2016 a 2020 | Indicados en el reglamento del Consejo comunal de organización de la Sociedad Civil | |
Oficina de Partes, Información, reclamos y sugerencias | Este medio tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía e ingresar los formularios de las presentaciones las que podrán ser: solicitudes, consultas, sugerencias o reclamos. | Las presentaciones deberán efectuarse por escrito en los formularios que para tal efecto tendrá a disposición de las personas la Municipalidad. | |
Plebiscitos Comunales | Aquella Manifestación De La Voluntad Soberana De La Ciudadanía Local, Mediante La Cual Esta Expresa Su Opinión En Relación A Materias Determinadas De Interés Comunal | Ciudadanos inscritos en el Registro Electoral de la comuna. | |