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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Bases y Orientaciones Técnicas
Linea de acción oficinas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes 2015 -2018
Según sus bases técnicas
Cabildos
El cabildo abierto, será aquellas instancias de participacion ciudadana, consultiva, convocada por la Municipalidad, que tendrá por objeto requerir la opinión de la comunidad en temas de interes local
Ser de la comuna
Concejo de Seguridad Pública
El desarrollo, implementan, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad
El consejo es presidido por el Alcalde, e integrado a lo menos por las personas señaladas en el artículo 104 B de la Ley 20.965
Consejo desarrollo local de salud Chépica
Nómina y procedimiento de participacion indicada por decreto alcaldicio Concejo desarrollo local de salud Chépica.
Solicitar su inscripción y estampar su firma en el libro de socios del consejo, no podrá ser inscrito en otra organización del mismo tipo simultáneamente. (mas antecedentes en el enlace.)
Constitución de Organizaciones Comunitarias
La comunidad local podrá formar en cualquier epoca organizaciones de intres publico, entendiendose por el solo ministerio de la ley...
Cualquier ciudadano de la comuna, pude participar. pero no podra ser parte del directorio de las organizaciones: Los Alcaldes, Concejales y funcionarios que sea directivos o jefes de su municipio
Consultas, encuestas o Sondeos de Opinión
Las consultas, encuestas y SOndeos de opión. tendran por objeto explorar las percepciones, sentimientos y proposiciones evaluativas de la comunidad hacia la gestion municipal
Ser de la Comuna
Disposiciones Generales - Participacion con financiamiento compartido
Las organizaciones podran proponer la ejecucion de actividades propias de la competencia municipal las que podran contar con financiamiento municipal y/o con aportes de las organizaciones.
Tener personalidad juridica vigente y sin fines de lucro
Educación Municipalizada (Consejos Escolares)
Artículo 8º.- El Consejo Escolar tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo. En todo caso el carácter resolutivo del Consejo Escolar podrá revocarse por parte del sostenedor al inicio de cada año escolar.
Artículo 7º.- En cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, que será un órgano integrado a lo menos por el director del establecimiento que lo presidirá; por el sostenedor o un representante designado por él; un docente elegido por los profesores del establecimiento; un representante de los asistentes de la educación del establecimiento, elegido por sus pares mediante un procedimiento previamente establecido por éstos; el presidente del centro de padres y apoderados, y el presidente del centro de alumnos en el caso que el establecimiento imparta enseñanza media.
Fondo desarrollo Vecinal
Municipalidad podra contemplar si es que la ley lo permite, fondos con aportes municipales destinados a brindar apoyo financiero a proyecto s especificos de desarrollo vecinal FONDEVE
Personalidad juridica Vigente y sin fines de lucro
Información Pública Local
Metodo que permite a la Municipalidad informar a todo ciudadano el derecho constitucional a informarse de las deciciones que adopte la autoridad comunal
Acercarse a las distintas instancias donde la Ilustre Municipalidad de a conocer dichos accesos para informar a la ciudadanía. (Cuentas Publicas, secretaria municipal, Programa Radio Local, Oficina de Informaciones, etc.)
Mesas Territoriales
Se entendera por la instancia de dialogo y vinculacion permanente la municipalidad y la comunidad organizada de los direrentes sectores de la comuna
Ser de la Comuna
Subvenciones Municipales
La municipalidad podra entregar subvenciones municipalies a organizacioens sociales que colaboren directaamente en el cumplimeinto de sus funionces, para financiar actividades que deba fomentar la Municipalidad como el arte,cultura, otros.
Deben estar inscritos en registro de personas juridicas receptoras de dondos publicos y ajustarse al reglamento y bases de la municipalidad disponga
Audiencias públicas
Medio por el cual el Alcalde y el Consejo conocerán y resolverán acerca de las materias que estimen de interés comunal
La solicitud de audiencia pública deberá efectuarse por escrito y acompañarse de las firmas de respaldo correspondientes con indicación del nombre, cédula de identidad y domicilio de cada uno de los requirentes, debiendo contener los fundamentos de la materia sometida a conocimiento del Concejo, la que debe ser atinente al ámbito de administración municipal. Además, deberá identificar a las personas, que en un número no superior a cinco, representarán a los requirentes en la audiencia pública.
Consejo comunal de organizacionesde la Sociedad Civil.
Órgano asesor de la Municipalidad, el cual su objetivo es asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y de actividades relevantes, en el proceso económico, social y cultural de la comuna.
Estará integrado por el Alcalde por derecho propio, y por 16 miembros titulares , representantes de los siguientes estamentos : a)Organizaciones Comunitarias Territoriales y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos; b)Actividades Relevantes; c)Organizaciones Comunitarias Funcionales; d)Organizaciones de Interés Público
Integrantes Consejo comunal de organizacionesde la Sociedad Civil
Integrantes Consejo sociedad Civil Periodo 2016 a 2020
Indicados en el reglamento del Consejo comunal de organización de la Sociedad Civil
Oficina de Partes, Información, reclamos y sugerencias
Este medio tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía e ingresar los formularios de las presentaciones las que podrán ser: solicitudes, consultas, sugerencias o reclamos.
Las presentaciones deberán efectuarse por escrito en los formularios que para tal efecto tendrá a disposición de las personas la Municipalidad.
Plebiscitos Comunales
Aquella Manifestación De La Voluntad Soberana De La Ciudadanía Local, Mediante La Cual Esta Expresa Su Opinión En Relación A Materias Determinadas De Interés Comunal
Ciudadanos inscritos en el Registro Electoral de la comuna.