Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | NOMINANDA | ALARCON | ALARCON | JUNTA DE VECINOS VILLA LOS ALERCES |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | VICTOR | CASTILLO | HUIRCAMAN | CLUB DEL ADULTO MAYOR KEME FOLIL |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | MAGALY | CURIHUINCA | PAILLACAN | COMUNIDAD INDIGENA JOSE LUIS COLLIO |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | EMILIO | DON JUAN | CAYUNAO | COMUNIDAD INDIGENA MANUEL HUENCHUNAO |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | NANCY | EPULEF | BARRA | COMUNIDAD INDIGENA QUINTUL VIUDA DE ALCAMAN CAYUL |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | CINTHYA | GARRIDO | GALLEGOS | GRUPO DE MUJERES NEWENTUN |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | HAYMERTH | LAVIS | SILVA | ASOCIACION DE FUTBOL CHOLCHOL |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | ROSA | MARILEO | DIAZ | GRUPO DE MUJERES AYEN MAPU |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | CLARITA | PAINEO | CATRIN | COMUNIDAD INDIGENA RAMON ANCAMIL |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | ROSALIA | QUEZADA | BARRIGA | CLUB ADULTO MAYOR LOS ALERCES |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | JEANNETTE | SEPULVEDA | HUIRCAPAN | ASOCIACION DE FUNCIONARIOS DEL DPTO SALUD |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | ERNOL | TROPA | HUIRCALAF | COMUNIDAD INDIGENA JOSE SOTO NEILAF |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo. | JEANETTE | VIVANCO | MARILLAN | JUNTA DE VECINOS N° 32 VILLA EL ESFUERZO |