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Nombre del Consejo Consultivo
Forma de integración
Nombre Consejero(a)
Primer Apellido Consejero(a)
Segundo Apellido Consejero(a)
Representación o Calidades
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
NOMINANDA
ALARCON
ALARCON
JUNTA DE VECINOS VILLA LOS ALERCES
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
VICTOR
CASTILLO
HUIRCAMAN
CLUB DEL ADULTO MAYOR KEME FOLIL
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
MAGALY
CURIHUINCA
PAILLACAN
COMUNIDAD INDIGENA JOSE LUIS COLLIO
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
EMILIO
DON JUAN
CAYUNAO
COMUNIDAD INDIGENA MANUEL HUENCHUNAO
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
NANCY
EPULEF
BARRA
COMUNIDAD INDIGENA QUINTUL VIUDA DE ALCAMAN CAYUL
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
CINTHYA
GARRIDO
GALLEGOS
GRUPO DE MUJERES NEWENTUN
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
HAYMERTH
LAVIS
SILVA
ASOCIACION DE FUTBOL CHOLCHOL
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
ROSA
MARILEO
DIAZ
GRUPO DE MUJERES AYEN MAPU
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
CLARITA
PAINEO
CATRIN
COMUNIDAD INDIGENA RAMON ANCAMIL
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
ROSALIA
QUEZADA
BARRIGA
CLUB ADULTO MAYOR LOS ALERCES
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
JEANNETTE
SEPULVEDA
HUIRCAPAN
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS DEL DPTO SALUD
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
ERNOL
TROPA
HUIRCALAF
COMUNIDAD INDIGENA JOSE SOTO NEILAF
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Organo de participación ciudadana, reglamento de consejo Comunal de Organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad de Cholchol, aprobado según decreto Exento N°1219 De fecha 16/08/2011, acuerdo de consejo N°4 de la sesión Ordinaria N° 99 del Honorable Consejo Municipal. Dicho mecanismo esta compuesto por 2 Miembros que representarán a las Organizaciones Comunitarias de caracter territorial de la comuna, 5 miembros que representarán a la Organizaciones comunitarias de carácter Funcional, 5 miembros que representaran a las organizaciones de intereses públicos de la Comuna, considerándose en ellas sólo a las personas Jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos. El consejo podrá integrarse también por: hasta 1 representante de la asociaciones gremiales de la comuna, hasta 1 representante de la Organizaciones Sindicales de aquella, y de no completarse los cupos asignados a asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y representantes de actividades relevantes; no podán usarse aquellos para incrementar los asignados a organizaciones comunitarias territoriales y funcionales y de interés público. El consejo será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el secretario Municipal. En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio consejo, y tendrá la vigencia del actual consejo.
JEANETTE
VIVANCO
MARILLAN
JUNTA DE VECINOS N° 32 VILLA EL ESFUERZO