colocar Permiso de Comercio de Ambulantes, regulado en el articulo 23 del Decreto Ley 3.063 del año 1979, en relación con el articulo 2 del mismo cuerpo legal. | 1) Cédula de Identidad; 2) Resolución sanitaria en caso de venta de alimentos. | No tiene | 1) Presentar solicitud en Oficina de Rentas y Patentes (Valor indicado en Ordenanza de Derechos Municipales) | % UTM | Pedro León Gallo N° 609, Primer Piso Municipalidad de Coelemu, Oficina de Rentas y Patentes | No hay información complementaria |