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Descripción del servicio
Requisitos y antecedentes
Trámites en línea
Trámites a realizar o etapas
Valor
Lugar donde se realiza
Información complementaria
Aporte Previsional Solidario de Invalidez: Es un Incremento a la pensión que otorga el Estado a personas calificadas como inválidas, de escasos recursos que reciben una jubilación de acuerdo a lo indicado en la Ley que así lo estipula. Beneficio que es obtenido por el cumplimiento de requisitos de la Ley N° 20.255 de la Reforma Previsional dirigidas a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
-Personas mayores de 18 y menores de 65 años. - Declaradas Inválidas carentes de recursos. - Registro Social de Hogares. -Extranjeros deben acreditar residencia en Chile al menos 5 años de los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional) -Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre que no haya sido rechazada la solicitud, lo cual es notificado al beneficiario.Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Asistencia Social: Dar atención integral a las familias de escasos recursos de la comuna, a través de la orientación y/o resolución de la entrega de una prestación social a través de una entrevista con un Profesional, para la solución de su problemática específica y/o modificación de su situación social, procurando la satisfacción de las necesidades básicas en situación de vulneración
Entrevista con el Profesional. -Cedula Identidad. -Acreditar con documentación de situación de vulnerabilidad. -Estar encuestado por el Registro Social de Hogares en la comuna.
No tiene
 Ingreso Sistema Computacional. -Entrevista con el Profesional. Evaluación Social. -Visita domiciliaria, si fuera necesario. -Elaboración de expediente Social. -Elaboración de expediente Social. -Entrega de prestación Social.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Beca Indígena Educación Básica y Media. Es un aporte monetario de libre disposición, destinado a apoyar el financiamiento de los gastos que genera el estudio de niños/as y jóvenes indígenas del país. Los montos son: $98 mil (en dos cuotas), para alumnos de educación básica. $203 mil (en dos cuotas), para alumnos de educación media.
Ser de origen indígena, la certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación, Cursar desde el segundo ciclo de Enseñanza Básica (5º básico) hasta 8° básico y de 1° Medio a 4° Medio y hasta 5° Medio para educación técnico profesional, mantener como mínimo una nota promedio de 5.0 en el último curso de educación básica y media, acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio.
No tiene
Postulación presentando antecedentes en las fechas indicadas por JUNAEB
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Beca Indígena Educación Superior. Es un aporte monetario de libre disposición por $638 mil (que se realiza en 10 cuotas) para estudiantes de ascendencia indígena en situación socioeconómica vulnerable y que tienen buen rendimiento académico, con el propósito de facilitar su acceso al sistema educativo. Los estudiantes de enseñanza media beneficiados con la beca Indígena que ingresan a la educación superior deben postular nuevamente.
Ser de origen indígena. La certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación, tener como mínimo una nota promedio de 4.5 en educación superior o una nota 5.0 en el último curso de educación media, acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio, cursar estudios en Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación. y en Centros Formadores de Personal de las F.F.A.A. y Seguridad, proseguir carreras que tengan a lo menos dos años de duración, reconocidas por el Ministerio de Educación
No tiene
Postulación presentando antecedentes en las fechas indicadas por JUNAEB
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Beca Presidente de la República. La Beca Presidente de la República, consiste en un subsidio mensual de 0. 62 UTM y se paga en 10 cuotas dentro del año.
Estudiantes cuyo promedio mínimo de notas 6.0 egresados/as de Enseñanza Básica y para estudiantes que cursen entre 1º a 4º año de Enseñanza Media, acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio.
No tiene
Postulación presentando antecedentes en las fechas indicadas por JUNAEB
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Bono por Hijo: Es un beneficio que Incrementara el monto de la pensión de la mujer que le otorga el Estado por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este beneficio es para todas las mujeres hayan o no contribuido al sistema de pensiones, no importando si son pobres o no, siempe que cumplan con los requisitos. 
Mujeres tendrán derecho al Bono por Hijo, si tienen, a lo menos 65 años de edad. -Residencia de 20 años en Chile y si estar pensionadas a partir del 1° de Julio de 2009, fecha de vigencia de la Ley 20.255. Además de cumplir con los requisitos anteriores para solicitar la bonificación las mujeres deben tener o invocar una de las siguientes calidades: - Afiiliada al DL 3.500 (afp) - Beneficiaria de PBS de vejez o bien. - Beneficiaria de sobrevivencia sin afiliación a ningún régimen previsional.
No tiene
- Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación del beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS. Al mes siguiente de emitida la Resolución, siempre que no haya sido rechazada, se notifica a la beneficiaria la obtención del beneficio. Cabe señalar que las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
La Casa del Adulto Mayor, donde funcionarán diferentes talleres, que impliquen mejorar la calidad de vida de los adultos mayores, junto a la presencia permanente de un kinesiólogo. Donde también se destaca el convenio con la Empresa de gas licuado Lipigas
Hombres y Mujeres mayores de 60 años y Organizaciones de Adultos Mayores. -Ser residentes en la Comuna.
No tiene
Atención, orientación y derivación de casos de Adultos Mayores en situación de riego y/o vulnerabilidad social a la red comunal Del Adulto Mayor, Centro de Salud Familiar, Hospital de Coronel, Tribunal de Familias, SENAMA, entre otros, y atención y acompañamiento profesional a todas las organizaciones de Adultos Mayores existentes en la Comuna.
sin costo
DIDECO: Cousiño 220, Coronel
No hay información complementaria
Oficina de Protección de Derechos Infancia (O.P.D.) es una instancia ambulatoria instalada en el ámbito local, destinada a brindar protección integral a niños, niñas, adolescentes y sus familias, que se encuentran en situación de exclusión social o vulneración de sus derechos
Niños y Niñas menores de 18 años -encontrarse en situacion de vulneración de derechos- Ser residente de la Comuna
No tiene
Atención psicologica, social y o juridica de casos de niños y niñas que se encunetren en situación de vulneración de derechos
sin costo
DIDECO.Condell 307, Coronel, Horario de Lunes a Jueves desde las 9:00 a las 17:30 y Viernes de las 9:00 a las 16:30 hrs
Oficina de Pueblos Originarios. Busca promover y ejecutar políticas interculturales que permitan establecer acciones tendientes a potenciar el desarrollo de los habitantes indígenas de la comuna, incorporando a la comunidad en su conjunto en el conocimiento y respeto de las culturas de los pueblos originarios, generando una coexistencia basada en el respeto por la diversidad, la equidad y la participación.
Certificado de Nacimiento. - Fotocopia Cedula de Identidad.
No tiene
Contribuir a la preservación de los habitantes con ascendencia indigena de la Comuna de Coronel, realizando orientación y tramitación de identidad Indigena, para contribuir en la postulación a diversos beneficios del Municipio y del Estado
sin costo
DIDECO:Casa de la Cultura Municipalidad de Coronel,Manuel Montt Nº 420, Coronel 2º piso, horario desde 08:30 a 13:30 horas.
Pensiones Básicas Solidarias de Invalidez: Es un Subsidio Monetario que otorga el Estado a personas de escasos recursos, con acreditación de invalidez, mayores de 18 y menores de 64 años, que no tienen pensión ni previsión social.
Requisitos: -Personas mayores de 65 años carentes de recursos. -Sin Previsión Social. - con Registro Social de Hogares. - Extranjeros en Chile con 20 años contínuos o discontinuos antes de la petición del beneficio y haber residido 4 de los últimos 5 años en Chile. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - La asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre que no haya sido rechazada la solicitud, lo cual es notificado al beneficiario. Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Pensiones Básicas Solidarias de Vejez: Es un Subsidio Monetario que otorga el Estado en forma mensual a personas de escasos recursos que no tienen pensión y es obtenido por el cumplimiento de la Ley N° 20.255 de la Reforma Previsional, dirigida a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
-Personas mayores de 65 años. -Carentes de recursos. -Sin Previsión Social. - con Registro Social de Hogares. - Extranjeros en Chile con 20 años contínuos o discontinuos antes de la petición del beneficio y haber residido 4 de los últimos 5 años en Chile. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. - Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre quela solicitud no haya sido rechazada, lo cual es notificado al beneficiario. Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Subsidio Agua Potable Urbano: El subsidio de agua potable y/o alcantarillado es un beneficio que entrega el Estado, a través de las municipalidades, para ayudar a las familias más necesitadas del país. Consiste en el pago de una parte de su cuenta mensual de agua potable y alcantarillado, con un límite de consumo mensual de hasta 15 m3.
El mes siguiente a la postulación realizada en la oficina de SAP, se remite la información a través de la plataforma del SAP al Ministerio de Desarrollo Social, quienes seleccionan a los beneficiarios de acuerdo a los criterios ya informados, para posteriormente remitir la nómina a Essbio, quienes realizarán finalmente el descuento en las boletas de agua potable, éste proceso dura dos meses desde el momento que el solicitante realizó la postulación. Requisitos: Tener Registro Social de Hogares, Servicio de Agua Potable al día. Documentos: Útima boleta de agua cancelada, fotocopiada, C.I. del jefe de familia en fotocopia, última liquidación de sueldo
No tiene
Los beneficiarios deben presentar los antecedentes solicitados en la Oficina del SAP para ser postulados, los beneficiarios son seleccionados de acuerdo a puntaje, ingreso familiar y consumo de agua potable. De acuerdo a los anterior, las familias pueden ser beneficiarias del 43%, 67% o 100% del consumo de agua potable, hasta los 15 m3.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Subsidio Deficiencia Mental. Este beneficio es un aporte en dinero que entrega el Estado, en forma mensual, a aquellas personas con discapacidad mental, menores de 18 años y carentes de recursos económicos. Además del dinero en sí mismo, la entrega del beneficio, da derecho a los menores, a recibir atención médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud. El artículo 2° de la Ley N° 18.600, señala que se considera persona con discapacidad mental a toda aquella que, como consecuencia de una o más limitaciones síquicas, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social.
Personas con Deficiencia Mental,- Situación económica deficiente, segun ficha de Protección Social aplicada por el Municipio, que no cuentan con previsión social. - Residentes de la Comuna. - Menores de 18 años. - Cuyo grupo familiar cumpla con el requisito de carencia de recursos.
No tiene
Al cumplir requisitos se le hace entrega de formularios para ser llenado por el médico tratante. - Una vez completados los formularios debe devolverlo a la Oficina Municipal para continuar con la presentación de solicitud. Documentos que son enviados a la COMPIN para la acreditación de invalidez, previa verificación de cumplimiento de antecedentes. - Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales, en virtud de las atribuciones que le confiere la Ley a personas que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado. - Luego de la postulación se obtienen resultados de aprobación o rechazo de las solicitudes. Las que al ser aprobadas son canceladas al mes siguiente del otorgamiento y publicada en Resolución por la obtención del beneficio, documento que es emitido por Intendencia Regional, para lo cual es notificado el apoderado o tutor de cada beneficiario.
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Subsidio Familiar. También conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional. El monto del Subsidio Familiar es de $11.337 por carga familiar. No obstante, el monto que generan los causantes inválidos es el doble (22 mil 674 pesos). Las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas. El Subsidio Familiar es incompatible con: Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares). El goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS). El subsidio de discapacidad mental. El Subsidio Familiar pertenece al Sistema de Prestaciones Familiares.
Son causantes de Subsidio Familiar, a) Los menores hasta 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario, que participen en los programas establecidos por el Ministerio de Salud (hasta los 6 años) acreditar con certificado de control sano y del Ministerio de educación (para mayores de 6 años) acreditar con certificado de alumno regular que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. b) Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria. c) La mujer embarazada. d) Los deficientes mentales a que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Asistencial. Documentos a presentar: Certificado de nac. o fotocopia de carnet de identidad del niño/a. Certificado de alumno regular actualizado (mayores de 6 años) Certificado de Control Sano de niños menores de 6 años. En el caso de los deficientes mentales y/o inválidos certificado que acredite la deficiencia, o fotocopia de credencial de Discapacidad. Para los tutores o guardadores documento expedido por el Juzgado de Familia del niño. (Fotocopia de la tutoría legal) SUBSIDIO MATERNAL Presentar certificado extendido por el Médico o Matrona, al 5º mes de embarazo contando de la fecha de posible gestación, y máximo al 8º mes. Fotocopia carnet de identidad Para el subsidio de la madre, solo Fotocopia de Carnet. Podrán postular las madres de menores que vivan a sus expensas, por lo cual perciban Subsidio Familiar, y no figurar con antecedentes de Asignación Familiar. EN TODOS LOS CASOS NO DEBE FIGURAR CON ASIGNACIONES FAMILIARES VIGENTES EN EL SISTEMA SIAGF (Sistema de Información de Apoyo a la Gestión y Fiscalización)
No tiene
Las solicitudes SUF deben ser presentadas ante la Municipalidad correspondiente, la que comprueba la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos, mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias que lleven a la convicción de la procedencia del beneficio. Luego el Alcalde respectivo dicta una Resolución fundada de reconocimiento, y enseguida la remite al IPS, para el pago del beneficio
sin costo
DIDECO:Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.
Talleres de Mujeres. Tiene por objetivo, contribuir al desarrollo de la mujer, por lo cual realiza trabajos con perspectiva de género, en los cuales participan mujeres de la comuna en talleres y programas los cuales se realiza una intervención integral a las necesidades de las mujeres, además se realiza un trabajo preventivo y de promoción de derechos de las mujeres y sus hijos o grupo familiar, con participación social, cultural y política.
Contar con su documentacion al dia del Taller, Personalidad Juridíca, vigencia del directorio, ser Mayor de 18 años, Cédula de Identidad vigente
No tiene
Asesoramiento en tramitación de Personalidad Juridica, gestionar capacitaciones a Talleres, postulación a Fondo Concursables e Implementación, Postulación y selección a Curso de Oficios.
sin costo
DIDECO: Sargento Aldea 101 a un costado del Mercado Municipal . De lUnes a Viernes desde la 8:30 a las 13.30 horas.