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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Audiencias Públicas
Las audiencias públicas, son un medio por las cuales el Alcalde y el Concejo Municipal conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal
1.- La solicitud de audiencia pública debe acompañarse de las firmas de respaldo correspondientes 2.- La solicitud debe contener los fundamentos de la materia sometida a conocimiento del concejo. 3.- La solicitud deberá presentarse formalmente con indicación de las personas que representarán a los requirentes, haciendo uso de la palabra , las que no pueden exceder de 5
Comité de Posta Malalcahuello Comité Posta Manzanar Comité Salud Posta Santa Ana Comité de Salud Queule
Promover la participación de los habitantes del sector tanto en la identificación de los problemas de salud como en las propuestas de acciones para resolverlos Colaborar con las actividades relacionadas con la posta integrando y motivando a los socios para trabajar en forma coordinada con los funcionarios de salud Propender a la identificación de los recursos disponibles del sector (humano, materiales y/o económicos) para un eficaz aprovechamientos de estos.
Ley 19.418 Artículo 47.- Para pertenecer a una organización comunitaria funcional se requerirá tener, a lo menos, quince años de edad y domicilio en la comuna o agrupación de comunas respectivas, Ser Usuario del sistema de salud APS
Consejo Comunal de Organización de la Sociedad Civil
En la Municipalidad de Curacautín existirá un Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, compuesto por representantes de la comunidad local organizada, debera pronunciarse en las siguientes materias: La cuenta pública del Alcalde Enlace La cobertura y eficiencia de los servicios municipales de la Comuna Enlace La asignación y el cambio de nombre de los bienes municipales y nacionales de uso público. Las materias que el Alcalde y el Concejo sometan a su consideración. Además, el Consejo podrá reunirse por su propia iniciativa para estudiar y debatir materias generales de interés local y elevar su opinión a conocimiento del Alcalde y del Concejo. Asimismo, el Consejo podrá interponer el recurso de reclamación establecido en el artículo 141 de la Ley 18.695.-
Artículo 94.- En cada municipalidad existirá un consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil. Este será elegido por las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y por las organizaciones de interés público de la comuna. Asimismo, y en un porcentaje no superior a la tercera parte del total de sus miembros, podrán integrase a aquellos representantes de asociaciones gremiales y organizaciones sindicales , o de otras actividades relevantes para el desarrollo económico social y cultural de la comuna En ningún caso la cantidad de consejeros titulares podrá ser inferior al doble ni superior al triple de concejales en ejercicio de la comuna.
Consulta, Encuesta o Sondeos de Opinión
Las consultas, encuestas o sondeos de opinión, tendrán por objeto explorar las percepciones, sentimientos y proposiciones evaluativa de la comunidad hacia la gestión municipal
1.- La Consulta, Encuesta o Sondeos de Opinión será convocada en cualquier época , por la Municipalidad. En dicha convocatoria se expresará el objeto de al consulta, así como la fecha y lugar de la realización por lo menos 7 días antes de la fecha establecida.
Oficina de información Reclamos y Sugerencias O.I.R.S
La Municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una Oficina de Informacion,reclamos y sugerencias abierta a la comunidad en general y sitio web www.mcuracautin.cl
Presentación por escrito en los formularios que para tal efecto tendrá a disposición de las personas la Municipalidad. La presentación deberá ser suscrita por el peticionario o por quien represente en cuyo caso deberá acreditar la representatividad con documento simple, con la identificación, el domicilio completo y el número telefónico, si procediera, de aquel y del representante , en su caso A la presentación deberá adjuntar los antecedentes en que se fundamenta.
Participación Organizaciones Comunitarias Territoriales y Funcionales
La comunidad local puede formar organizaciones de interés público, de voluntariado y otras que la leyes permitan
Contar Personalidad Jurídica y Directorio vigentes
Plebiscito Comunal
Se entenderá por Plebiscito aquel acto en que se manifieste la voluntad soberana de la ciudadania local, mediante la cual ésta expresa su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal
El Alcalde con el acuerdo del Concejo Comunal y COSOC, o por requerimiento de 2/3 de estos últimos, o por solicitud de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna, se podrá someter a plebiscito comunal las materias de administración local que se indique en la respectiva comuna. Para el requerimiento de plebiscito comunal a través de al ciudadanía, esta deberá concurrir con la firma ante notario público u oficial de registro civil de a lo menos, el 5% de los ciudadanos inscritos en el registro electoral al 31 de diciembre del año anterior al requerimiento
Sesiones del Concejo Municipal
Las sesiones del Concejo son públicas y en consecuencia a ellas puede asistir cualquier ciudadano, salvo que los dos tercios de los Concejales presentes acordaren que la sesión sea secreta
Las sesiones del Concejo son públicas y se trasmiten por Radio Pehuen, se realizan de forma presencial, los tres primeros martes de cada mes, desde las 10:00 horas a las 13:00 horas, cumpliendo el aforo máximo permitido y bajo los protocolos sanitarios correspondientes.
Subvención Municipal
Las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividaes propias de la competencia municipal, con financiamiento muicipal, y/o compartido que no persigan fines de lucro
Las Organizaciones que cuenten con Personalidad Jurídica y Directorio vigente, puede retirar formulario de postulación en oficina de finanzas 3er piso Edificio Municipal