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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Concejo Comunal de seguridad Publica.
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas. Será presidido por el Alcalde y lo integrarán: el Intendente o el Gobernador, Dos Concejales. Un oficial o Suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile. El oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile, Un fiscal adjunto de la fiscalía local del Ministerio Público y Dos representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil. Un funcionario municipal que será designado por el Alcalde como Secretario Ejecutivo del Consejo. Un representante de la repartición de Gendarmería de Chile. Un representante de la repartición del Servicio Nacional de Menores. Un representante de la repartición del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol.
El consejo esta compuesto por consejeros y consejeras. Los cuales al momento de las elecciones deben cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la ley 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias. 2. Tener un año de afiliación a la organización del estamento, en caso que corresponda, en el momento de la elección. 3. Ser chileno o extranjero avecindado en el país. 4. No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva (por crimen o simple delito). 5. tener la calidad de representante de la organización a la que pertenece.
Audiencias Públicas
Las audiencias públicas representarán un medio por el cual el alcalde y el concejo municipal conocerán desde la perspectiva de los propios ciudadanos las materias de interés comunal, se puede citar para conocer la opinión de la ciudadania sobre proyectos de desarrollo o sobre culaquier materia de interés en el ámbito local. Se realizaraán en las sesiones extraordinaria del Concejo Municipal.
Se debe presentar una solicictud escrita formalmente y dirigida al alcalde,debe argumantar la necesidad de tratar la materia que da origen a la petición, indicar a los vecinos que en un número no superior a 3 representarán a los requirentes en la audiencia pública
Cabildos Abiertos y consultas vecinales
Los Cabildos serán convocados por el Alcalde, con aprobación del Concejo, a lo menos con 10 días de anticipación, con el objeto de recabar información acerca de temas de relevancia para la comuna, tales como la propuesta de PLADECO o de Plan Regulador. Podrán complementarse con Consultas vecinales en los territorios de la o las Unidades Vecinales involucradas.
El alcalde convoca al cabildos con aprobación del concejo municipal.
Consejo Comunal de la Sociedad Civil
Participación Conformada por miembros de la sociedad civil, que tiene por objeto asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional, de actividades relevantes y de interés público en el progreso, económico, social y cultural de la comuna.
La integración, organización, competencia y funcionamiento será determinados en un Reglamento que el Alcalde someterá, de acuerdo a lo señalado por la Ley 20.500, a la aprobación del Concejo Municipal, y por el cual se regirá dicho órgano colegiado.
Defensoría Comunal
Es una institución municipal establecida cuyo titular y máxima autoridad es el /la defensor (a) Comunal, quien velará por el cumplimiento y la vigencia de los derechos y garantias de las personas y la adecuada prestación de los servicios públicos.Asimismo promover el acceso a la justicia, proteger, promocionar, y divulgar los derechos humanos.
Toda persona natural o juridica, en forma individual y colectiva, sin resticción alguna, está legitimada para presentar recurrir ante el defensor, no constituye para ello la nacionalidad, el sexo, la religión, la edad, la residencia, la pertenecia a un grupo social o politico, la incapacidad, ni el hecho de estar internado en cualqueir establecimiento penitenciario o psiquiátrico.
De las encuestas y Sondeos de Opinión
Tienen por objeto explorar las percepciones y proposiciones evaluativas de la ciudadania hacia la gestion municipal, sobre materias de interés para la comunidad local o para definir la acción municipal en una materia determinada
Ciudadano Local
Financiamiento Compartido
Las organizaciones que no persiguen fines de lucro y que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento compartido.
Las organizaciones deberán presentar programas y proyectos específicos relativos a las funciones municipales vinculadas con necesidades de la ciudadania. Para este objetivo deberán postular a subvenciones municipales
Fondo Desarrollo Vecinal
Se crea un fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financieroa proyectos y/o programas especificos de desarrollo comunitario presentado por las juntas de vecinos denominado Fondo Desarrollo Vecinal (FONDEVE)
A través de un reglamento el concejo determina las modalidades de postulación y operación de este fondo.
Mandato de Representación
Es la fiel representación de la voluntad de las bases en relación a sus demandas y prioridades de solución a problemáticas vividas
Representante elegido por las bases de organizaciones territoriales, funcionales, sociales, sindicales, indigenas, gremiales, de voluntariados, relevante, fundaciones o corporaciones.
Oficina de Partes, Reclamos e informaciones
La municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, la cual estará habierta a la comunidad
Las presentaciones deberán realizarse por escrito o vía correo electrónico en el formulario que estará en oficina de partes y en la página web de la municipalidad. El peticionario deberá individualizarse con su nombre completo, cédula de identidad, domicilio, correo electronico y telefono. Una vez ingresada se envia al alcalde y este a la unidad de corresponda.
Ordenamiento de la Comuna en Territorios
Es un escenario sociocultural en constante transformación. En éste surgen las interacciones representadas por relaciones o vinculaciones comunitarias en un espacio comunitario compartido. Representa el espacio privilegiado de construcción de la comunidad, es un lugar donde se expresan las condiciones cotidianas de vida y por tanto representa la confluencia tanto de valores subjetivos (ideólogicos-culturales)como objetivos socioeconomicos que caracterizan a la población.
Sin requisitos
Participación de las organizaciones Comunitarias Funcionales
Podrán presentar a la municipalidad iniciativas, opiniones, programas y/o proyectos de interés común en el ámbito local, sobre materias que incidan en el objeto de la respectiva organización y que se enmarque en las funciones Municipales.
Ser Residente de la comuna
Participación de las organizaciones Funcionales Junta de vecinos
Junta de Vecinos: Tienen Carácter de organización comunitaria territorial, cuyo objeto es promover la integración, la participación y el desarrollo de los habitantes de un microterritorio cuya cobertura está determinada por el sentido primario de pertenencia de sus habitantes.
Ser Residente de la comuna
Pladeco Participativo
El municipio establecerá un enlace electronico para que los vecinos puedan hacer sugerencias acerca del PLADECO
El Concejo es quien analiza las sugerencias para la posterior modificación
Plebiscitos comunales
Es aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadania a través de la cual se expresa la opinión de las materias de intrés comunal que le son consultadas
Para la covocatoria deberá contener fecha de realización, lugar y horario. Materias sometidas a plebiscito, derechos y obligaciones de los participantes, procedimiento de participación, procedimiento de información de los resultados
Presupuesto Participativo
Es una herramienta democrática participativa que permite a la ciudadania incidir o tomar decisiones referentes a los presupuestos municipales
El Alcalde junto con el Concejo Municipal determinan las materias presupuestarias que se tratarán en forma participativa y las modalidades de participación que se emplearán.