Logo

Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Consejo Consultivo Escolar
Propender a la activa participación de todos los actores de la comunidad escolar con el objeto de mejorar la calidad de la educación y los logros de aprendizaje en los establecimientos educacionales. En cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, en adelante "el Consejo", el que tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo.
a) El Director del establecimiento, quien lo presidirá; b) El representante legal de la entidad sostenedora o la persona designada por él mediante documento escrito. c) Un docente elegido por los profesores del establecimiento educacional y un asistente de la educación, elegido por sus pares, mediante procedimiento previamente establecido por cada uno de estos estamentos. d) El presidente del Centro de Padres y Apoderados, y e) El presidente del Centro de Alumnos en el caso que el establecimiento educacional lo tenga constituido..
Audiencia Pública
Las audiencias públicas, son un medio por los cuales el Alcalde y Concejo municipal conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal.
Habitante de la Comunidad que no excedan de cinco
Consejo Comunal de la Organizaciones de la Sociedad Civil
En cada Municipalidad existirá un Consejo comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, compuesto por representantes de la comunidad local organizada, elegidos conforme al Reglamento aprobado por el Concejo Municipal.
Participación de Organizaciones de Interés Publico
Consulta Ciudadana
Es un Conducto, la Consulta Ciudadana a la Comunidad Local que Podrá Emitir Opiniones y Formular Propuestas
Se Realiza como Objetivo de Consulta, antes de la Fecha Establecida con un Minimo de 20 Días
Fondo de desarrollo vecinal
Existe un fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las juntas de vecinos a la Municipalidad, el denominado Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE)
El FONDEVE financia proyectos de iniciativa de las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, lo que implica que no pueden financiarse directa, ni indirectamente iniciativas del municipio.
La participación y las organizaciones comunitarias
Pueden Formar Organizaciones de Interés Publico de Voluntariado y otras que las leyes permitan.
Organizaciones Comunitarias Territoriales
OIRS
La Municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una oficina de Información, reclamos y sugerencias abierta a la comunidad en general.
Las presentaciones deberán efectuarse por escrito en los formularios que para tal efecto tendrá a disposición de las personas la Municipalidad.
Otros mecanismos de participación
Fomentar la Generación de Información hacia los vecinos de la Localidad
Se Fomentará a travéz de Documentación y se Difundirá por Medio de Radio SitioWeb y Asociados
Plesbicito Comunal
Se entenderá como plebliscito aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía local, mediante la cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal, señaladas en el artículo siguiente que le son consultadas.
Todos los Proyectos de Inversión Especificos
Subvenciones municipales y financiamiento compartido
Las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento municipal y/o compartido que no persigan fines de lucro. Para este efecto deberán postular a una subvención municipal.
Las organizaciones podrán presentar programas y proyectos específicos relativos a las funciones municipales vinculadas con necesidades sentidas de la comunidad