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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Consejo Comunal de Seguridad Pública
Es un órgano comunal de carácter consultivo del Alcalde en materia de seguridad pública comunal y de coordinación interinstitucional a nivel local. Sus funciones son: Guiar el Diagnóstico Comuna; Priorización de los principales problemas de seguridad en la comuna; Diseñar e implementar las estrategias de prevención e iniciativas para mitigar problemas de seguridad pública; Monitorear y evaluar las estrategias e iniciativas de prevención de los problemas de seguridad pública.
El Consejo estará integrado, entre otros, por: El intendente regional, el gobernador o un funcionario que el intendente designe; Dos concejales elegidos por el concejo municipal; Un oficial o suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros que tenga el más alto grado en la unidad policial territorial de mayor categoría de la comuna. Si hay más de una comisaría, lo designará la prefectura correspondiente; El oficial de la PDI que tenga la mayor jerarquía de la respectiva unidad o quien éste designe, o el oficial policial designado por el Jefe de la Prefectura correspondiente en las comunas que no sean asiento de unidad policial; entre otros.
Audiencias Publicas
Medio por el cual el Alcalde y el Concejo Municipal, conocen directamente, acerca de las materias de interes comunal, canal que ademas les permite recoger opiniones sobre temas especificos de interés local
Convocatoria acordada en reunión ordinaria del Concejo Municipal o a requerimiento formal de a lo menos 100 ciudadanos de la comuna en cada cabildo
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de Hijuelas, es un óprgano consultivo de la Municipalidad, compuesto por representantes de la comunidad local organizada, cuyo objeto es asegurar la participación de las organizaciones y actividades relevantes, en el desarrollo económico, social y cultural de la comuna
El Consejo estará compuesto por el Alcalde y Consejeros que deberán cumplir con los siguientes requisitos para poder ser elegidos: a) Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de las organizaciones que establece la ley 19.418. b) Tener un año de afiliación como mínimo en la organización al momento de la elección. c) Ser chileno o extranjero avecindado en Chile, con domicilio en la comuna. d) Ser elegido en asamblea de la organización por la mayoría de los socios presentes. e) Con la organización con su derectorio vigente. f) No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito que merezca pena aflictiva.
Consejos de Desarrollo Local de Salud
Garantizar la participación comunitaria en la Atención Primaria de Salud. Aportar a la definición de estrategias de desarrollo y articulación y evaluación de la Atención Primaria
Podran ser personas naturales y representante de personas juridicas
Cuenta Publica Participativa
El Alcalde deberá dar cuenta publica a Concejo Municipal,al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y a la ciudadania, a mas tardar en el mes de Abril de cada año, de su gestion anual y de la marcha general de la Municipalidad
La Cuenta Publica se efectuara de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 o de la Ley 18,695 Organica Constitucional de Municipalidades
Derecho de Peticion
Formular solicitudes en temas de competencia municipal o pedir aclaraciones sobre las actuaciones del municipio.
Peticion dirigida por cualquier persona o entidad asociativa, a la autoridad u organo municipal
Gestion Participativa
Someter el Alcalde, en la primera semana de Octubre, a consideración del Concejo Municipal, las orientaciones globales del municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y lineas de accion
El Alcalde deberá informar al Concejo Municipal y al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, las materias vistas y acordadas en cada cabildo
Juntas de Vecinos
Promover la integracion, la participacion y el desarrollo de los habitantes de la unidad vecinal
Incorporacion voluntaria de los vecinos a la respectiva Junta de Vecinos del sector en el cual se encuentra su residencia habitual
Mesas Barriales
Espacios de participacion y planificacion territorial, para que los representantes de las instituciones, organizaciones comunitarias y vecinos en general, se organicen para consensuar acciones comunes destinadas a mejorar la calidad de vida del barrio
Presentar solicitud a la Dirección de Desarrollo Comunitario
Plebiscitos Comunales
Someter a plebiscito, materias de competencia municipal,de especial relevancia para los vecinos y vecinas de la comuna
Convocatoria formalmente realizada por voluntad del Alcalde con acuerdo del Concejo, acuerdo de los 2/3 del Concejo Municipal, o a iniciativa de a lo menos el 10% de los ciudadanos que sufragaron en la ultima eleccion municipal
Presentaciones y Reclamaciones
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias, habilitada por la Municipalidad, abierta a la comunidad para recibir todo tipo de presentaciones, gestionar su respuesta y entregar orientacion e informacion sobre el quehacer y procedimientos del municipio
Toda persona o grupo de personas, naturales o juridicas, podrán hacer presentaciones o reclamos a la Municipalidad, los que deberán ser respondidos en un plazo no superior a 20 días hábiles.
Presupuestos Participativos
Instancia de participacion ciudadana en la planificacion y desarrollo local, para destinar recursos de inversion territorial, mediante procesos de colaboracion comunitaria
Reglamento que regulara las formas de participacion
Subvenciones
Apoyar proyectos especificos de desarrollo presentados por organizaciones sin fines de lucro
Los establecidos en el Reglamento de Procedimientos para Otorgamiento de Subvenciones