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Descripción del servicio
Requisitos y antecedentes
Trámites en línea
Trámites a realizar o etapas
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Información complementaria
Aporte Previsional Solidario de Invalidez: Es un Incremento a la pensión que otorga el Estado a personas calificadas como inválidas, de escasos recursos que reciben una jubilación de acuerdo a lo indicado en la Ley que así lo estipula. Beneficio que es obtenido por el cumplimiento de requisitos de la Ley N° 20.255 de la Reforma Previsional dirigidas a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
Requisitos: -Personas mayores de 18 y menores de 65 años. - Declaradas Inválidas. - Carentes de recursos. - Registro Social de Hogares. - Extranjeros deben acreditar residencia en Chile al menos 5 años de los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre que no haya sido rechazada la solicitud, lo cual es notificado al beneficiario.Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
Sin costo
DIDECO
Aporte Previsional Solidario de Vejez: Es un Incremento a la pensión que otorga el Estado a personas de escasos recursos que reciben una jubilación de acuerdo a la Ley que así lo indica; ya sea de una AFP, Cia. de Seguros o ex Caja de Previsión Social administrada por el IPS. Que no impongan en DIPRECA o CAPREDENA. Este beneficio es obtenido por el cumplimiento de requisitos que establece la Ley N° 20.255 de la Reforma Previsional dirigidas a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
Requisitos: -Personas mayores de 65 años. - Carentes de recursos. - Registro Social de Hogares - Extranjeros deben acreditar residencia en Chile al menos de 5 años de los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - La asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre que no haya sido rechazada la solicitud, lo cual es notificado al beneficiario. Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
Sin costo
DIDECO
Bono por Hijo: Es un beneficio que Incrementara el monto de la pensión de la mujer que le otorga el Estado por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este beneficio es para todas las mujeres hayan o no contribuido al sistema de pensiones, no importando si son pobres o no, siempe que cumplan con los requisitos. 
Requisitos: Las mujeres tendrán derecho al Bono por Hijo, si tienen, a lo menos 65 años de edad, residencia de 20 años en Chile y si están pensionadas a partir del 1° de Julio de 2009, fecha de vigencia de la Ley 20.255. Además de cumplir con los requisitos anteriores para solicitar la bonificación las mujeres deben tener o invocar una de las siguientes calidades: 1) Afiiliada al DL 3.500 (afp) 2) Beneficiaria de PBS de vejez o bien, 3) Beneficiaria de sobrevivencia sin afiliación a ningún régimen previsional.
No tiene
Etapas del trámite: Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación del beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS. Al mes siguiente de emitida la Resolución, siempre que no haya sido rechazada, se notifica a la beneficiaria la obtención del beneficio. Cabe señalar que las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
Sin costo
DIDECO
La Beca Municipal de Movilizacion tiene como objetivo principal y fundamental el incentivar el interes por el estudio en los educandos de la comuna y apoyar las necesidades economicas de su grupo familiar, con el fin de que puedan optar asi al desarrollo personal y a la superacion de la pobreza, optando a este beneficio todos los alumnos de enseñanza media y superior que tengan su domicilio en la comuna de La Higuera.
alumnos y alumnas que se encuentren estudiando en la educacion media y superior, con domicilio registrado en la Comuna de La Higuera, fotocopia de la cedula de identidad del alumno y apoderado, disponer de cuenta rut del beneficiado, registro social de hogares vigente en la comuna y certificado de residencia.
No tiene
Entrega de los antecedentes requeridos para la postulacion del beneficio, por parte de los postulantes al Departamento Social hasta el 31 de marzo del año en curso.
SIN COSTO
DIDECO
No hay información complementaria
Pensiones Básicas Solidarias de Invalidez: Es un Subsidio Monetario que otorga el Estado a personas de escasos recursos, con acreditación de invalidez, mayores de 18 y menores de 64 años, que no tienen pensión ni previsión social. El monto del beneficio al que postulan es otorgado mensualmente y es obtenido por el cumplimiento de requisitos que establece la Ley, dirigidas a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
Requisitos: -Personas mayores de 18 y menores de 65 años. -Carentes de recursos. -Sin Previsión Social. - con Registro Social de Hogares - Extranjeros deben acreditar residencia en Chile al menos de 5 años de los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. -Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - La asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre que no haya sido rechazada la solicitud, lo cual es notificado al beneficiario. Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
Sin costo
DIDECO
Pensiones Básicas Solidarias de Vejez: Es un Subsidio Monetario que otorga el Estado en forma mensual a personas de escasos recursos que no tienen pensión y es obtenido por el cumplimiento de la Ley N° 20.255 de la Reforma Previsional, dirigida a personas, familias o comunidades en extrema necesidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. 
Requisitos: -Personas mayores de 65 años. -Carentes de recursos. -Sin Previsión Social. - con Registro Social de Hogares. - Extranjeros en Chile con 20 años contínuos o discontinuos antes de la petición del beneficio y haber residido 4 de los últimos 5 años en Chile. -Evaluación IPS (Puntaje de Focalización Previsional). - Documento requerido: Cédula de Identidad.
No tiene
Etapas del trámite: -Entrevista. - Verificación de cumplimiento de requisitos y recepción de documentos. - Envío de postulación a través de Plataforma Reforma Previsional IPS. - Asignación de beneficio se obtiene por Resolución emitida por el IPS, al mes siguiente de la Resolución, siempre quela solicitud no haya sido rechazada, lo cual es notificado al beneficiario. Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales del IPS, quienes requieren la Información de todas las Instituciones que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado de acuerdo a la Ley que así lo contempla.
Sin Costo
DIDECO
Postulación a Subsidio de Agua Potable Rural
Luego de la recepción de los antecedentes, los postulantes son incorporados a la Plaforma del SAP Rural. Los seleccionados, por el Ministerio de Desarrollo Social, son incorporados a una Planilla Macro, la que es remitida a la Intendencia junto con la Remesa, posteriormente se entrega la factura y el listado de beneficiarios al departamento de Finanzas del Municipio para hacer efectivo el pago del subsidio al comité con el fin de apoyar económicamente a las familias más vulnerables de la comuna, financiando parte del consumo de agua potable. Requisitos: Tener Registro Social de Hogares, ser socio del comité de agua potable. Documentos: fotocopia listado libro de socios, fotocopia boleta consumo de agua potable, fotocopia C.I. Los beneficiarios son seleccionados de acuerdo al ingreso familiar y consumo de agua potable. El subsidio cubre hasta los 15 m3.
No tiene
El proceso tiene un tiempo de duración de dos meses, desde la postulación hasta el pago del beneficio, el cual se detallará a continuación. Luego de la recepción de los antecedentes, los postulantes son incorporados a la Plaforma del SAP Rural. Los seleccionados, por el Ministerio de Desarrollo Social, son incorporados a una Planilla Macro, la que es remitida a la Intendencia junto con la Remesa, posteriormente se entrega la factura y el listado de beneficiarios al departamento de Finanzas del Municipio para hacer efectivo el pago del subsidio al comité.
Sin costo
DIDECO
Postulación Subsidio Familiar
Son causantes de Subsidio Familiar, a) Los menores hasta 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario, que participen en los programas establecidos por el Ministerio de Salud (hasta los 6 años) acreditar con certificado de control sano y del Ministerio de educación (para mayores de 6 años) acreditar con certificado de alumno regular que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. b) Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria. c) La mujer embarazada. d) Los deficientes mentales a que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Asistencial. Documentos a presentar: Certificado de nac. o fotocopia de carnet de identidad del niño/a. Certificado de alumno regular actualizado (mayores de 6 años) Certificado de Control Sano de niños menores de 6 años. En el caso de los deficientes mentales y/o inválidos certificado que acredite la deficiencia, o fotocopia de credencial de Discapacidad. Para los tutores o guardadores documento expedido por el Juzgado de Familia del niño. (Fotocopia de la tutoría legal) SUBSIDIO MATERNAL Presentar certificado extendido por el Médico o Matrona, al 5º mes de embarazo contando de la fecha de posible gestación, y máximo al 8º mes. Fotocopia carnet de identidad Para el subsidio de la madre, solo Fotocopia de Carnet. Podrán postular las madres de menores que vivan a sus expensas, por lo cual perciban Subsidio Familiar, y no figurar con antecedentes de Asignación Familiar. EN TODOS LOS CASOS NO DEBE FIGURAR CON ASIGNACIONES FAMILIARES VIGENTES EN EL SISTEMA SIAGF (Sistema de Información de Apoyo a la Gestión y Fiscalización)
No tiene
Las solicitudes SUF deben ser presentadas ante la Municipalidad correspondiente, la que comprueba la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos, mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias que lleven a la convicción de la procedencia del beneficio. Luego el Alcalde respectivo dicta una Resolución fundada de reconocimiento, y enseguida la remite al IPS, para el pago del beneficio.
Sin Costo
DIDECO
Subsidio por Deficiencia Mental: Es un Subsidio monetario que es entregado mensualmente por el Estado a padres o tutores de menores de 18 años con diagnóstico de Deficiencia Mental con carencia de recursos.
Requisitos: - Personas con Deficiencia Mental,- Situación económica deficiente, segun ficha de Protección Social aplicada por el Municipio, que no cuentan con previsión social. - Residentes de la Comuna. - Menores de 18 años. - Cuyo grupo familiar cumpla con el requisito de carencia de recursos.
No tiene
- Entrevista - Al cumplir requisitos se le hace entrega de formularios para ser llenado por el médico tratante. - Una vez completados los formularios debe devolverlo a la Oficina Municipal para continuar con la presentación de solicitud. Documentos que son enviados a la COMPIN para la acreditación de invalidez, previa verificación de cumplimiento de antecedentes. - Las solicitudes son evaluadas técnicamente por profesionales, en virtud de las atribuciones que le confiere la Ley a personas que intervienen en el otorgamiento de los beneficios que entrega el Estado. - Luego de la postulación se obtienen resultados de aprobación o rechazo de las solicitudes. Las que al ser aprobadas son canceladas al mes siguiente del otorgamiento y publicada en Resolución por la obtención del beneficio, documento que es emitido por Intendencia Regional, para lo cual es notificado el apoderado o tutor de cada beneficiario.
Sin costo
DIDECO