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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
AUDIENCIA PUBLICA
Las Audiencias Públicas son un medio por el cual el alcalde y el concejo comunal conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal
Pertenecer a cualquiera organización territorial o funcional de la comuna  o ser habitante residente en la comuna de Ñiquén
CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD PUBLICA
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación de las instituciones a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas. 
Es presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas: el intendente regional, el gobernador o un funcionario que el intendente designe; dos concejales elegidos por el concejo municipal; un oficial o suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros; un oficial de la PDI; un fiscal del Ministerio Público; dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; un funcionario municipal que será designado por el alcalde como secretario ejecutivo del consejo; un representante de Gendarmería de Chile; un representante del Servicio Nacional de Menores; un representante de del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol (Senda). 
CONSEJO COMUNAL ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Este Consejo está representado por miembro de la comunidad organizada , elegidos conforme al reglamento aprobado por el Concejo Municipal y tiene por objetivo asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial  y funcional  en el proceso económico , social y cultural de la comuna
SER REPRESENTANTE  Y/O PARTCIPAR  EN CUALQUIER ORGANIZACIÓN FUINCIONAL O TERRITORIAL DE LA COMUNA
CONSEJO DESARROLLO LOCAL DE SALUD
 Informa a los usuarios y comunidad sobre el funcionamiento de los establecimientos de salud. – Informa a los usuarios y comunidad sobre el funcionamiento de los establecimientos de salud. – Colabora con el diagnóstico de salud de la población. – Participa en la formulación, implementación y evaluación de los planes de mejora del establecimiento de salud. – Analiza información sobre reclamos, sugerencias de los usuarios y evalúa el funcionamiento de los establecimientos de salud. – Recoge opiniones e iniciativas de la comunidad y del personal de salud para mejorar la calidad de atención. – Impulsa acciones de trabajo conjunto entre equipos de salud, usuarios y comunidad.
– Personas motivadas inscritas en el Centro de Salud. – Representantes de organizaciones sociales; como juntas de vecinos; grupos de salud; agrupación de mujeres; grupos juveniles; grupos de adulto mayor; ONG’s de salud; otros. – Representantes de los funcionarios de los establecimientos de salud. – Equipo directivo del establecimiento.
CONSEJOS ESCOLARES
Consejo Escolar corresponde a “una instancia que tiene como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de las esferas de sus competencias”.
Conformado por el Director del Establecimiento, un representante del sostenedor ; un representante del profesorado, un representante de los funcionarios no docentes, el Presidente del Centro de Padres y Apoderados, el presidente del Centro de Alumnos del Establecimiento (Ley 20.730 Art. 15 y Art. 37 Decreto 24 Reglamento Consejos Escolares)
CONSULTA CIUDADANA
Este mecanismo será convocado por el municipio , informado al Concejo Municipal , expresándose el objeto, fecha y lugar de la consulta :esta debe ser de conocimiento público masivo
Dirigida a las Organizaciones de Interés Público, organizaciones de Voluntariado, Asociaciones Gremiales y Organizaciones Sindicales.
FONDO DE DESARROLLO VECINAL
Fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos y/o programas especificos de desarrollo comunitario presentado por las Juntas de Vecinos
Contar con personalidad jurídica y directorio vigente. Presentación iniciativa de proyecto a la Oficina que se indique para ver viabilidad presupuestaria y reglamentaria.
INFORMACION PUBLICA LOCAL
Es responsabilidad de la Municipalidad entregar la información documentada de asuntos públicos en forma completa y clara a quien la solicite.
Todos los habitantes de la Comuna
OIRS
Esta oficina tiene por objetivo recoger las inquietudes de la ciudadanía mediante formularios de sugerencias y reclamos
TODOS LOS USUARIOS DEL SISTEMA
ORGANIZACIÓN COMUNITARIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Las organizaciones comunitarias son organizaciones de cooperación entre los vecinos y entre éstos con la Municipalidad para resolver problemas comunes de la unidad vecinal o de la comuna , con total gratuidad por esta gestión
Todas las organizaciones territoriales y funcionales de la comuna de Ñiquén
PLEBLISCITO COMUNAL
Se entenderá como plebiscito aquella manifestación de la voluntad soberana respecto a la modalidad de participación de la ciudadanía local, mediante la cual ésta manifiesta su opinión con relación a materias determinadas de interés comunal, que le son consultadas.
TODOS LOS HABITANTES DE LA COMUNA DE Ñiquén
SUBVENCIONES MUNICIPALES Y FINANCIAMIENTO COMPARTIDO
Todas las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente podrán optar al financiamiento municipal a través de la postulación de una subvención siempre y cuando sean organizaciones sin fines de  lucro
Organizaciones  que cuenten con personalidad jurídica vigente