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Transparencia Activa

El proceso de postulación se realizó en septiembre 2023, por ello en el mes enero y febrero de 2024 no hay nuevos antecedentes que publicar.

Año
Mes
Tipo Subsidio o Beneficio
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona
Requisitos y antecedentes para postular
Monto global asignado
Tipo unidad monetaria
Inicio período o plazo de postulación
Fin período o plazo de postulación
Criterio de evaluación y asignación
Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación.
Objetivo del Subsidio o Beneficio
Tipo
Denominación
Numero
Fecha
Link texto integro
Número máximo de beneficiarios
Razones de la exclusión de datos
Nombre del Programa
Enlace a mayor información
2023
Septiembre
BECA MUNICIPAL DE LAS ARTES
DEPARTAMENTO PATRIMONIO CULTURAL
Podrán postular al fondo “Beca Municipal de las Artes”, todos los jóvenes talentos artísticos que cumplan los requisitos establecidos por el presente reglamento. Se entiende por “joven talento artístico”, aquéllos que acrediten mediante certificado de una institución o profesional que avale su habilidad técnica y talento creativo. Se exigirá a cada postulante cumplir con los siguientes requisitos: • Nacidos y domiciliados en la ciudad de Osorno o residentes que hayan comenzado en esta ciudad sus estudios artísticos. • Edad no inferior a los 7 años y no superior a los 25 años, al momento de postular. • Se encuentren en etapa de estudio, perfeccionamiento o de titulación en cualquier carrera o disciplina acorde a esta Beca Municipal de las Artes. • Estar en una situación socioeconómica que le impida cumplir los objetivos planteados en esta beca. • No estar en posesión de otra beca que se encuentre dirigida a satisfacer el mismo fin. No podrán participar en esta beca los miembros del Comité Especializado, ni tampoco sus cónyuges, parientes políticos, cercanos y consanguíneos hasta el 2º grado inclusive, ni otras personas con la que existe relación o dependencia directa. 2.- Como postular El Concurso llamado a recepcionar las postulaciones se desarrollará una (01) vez al año. Para tales efectos, los interesados podrán presentar su postulación hasta la fecha establecida en cada llamado a concurso, a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad. Las postulaciones serán presentadas en lo Oficina de Partes de la Municipalidad de Osorno, ubicada en calle Juan Mackenna 851, y deberán ser dirigidas al Departamento de Patrimonio Cultural de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO). 3.- Antecedentes solicitados Los postulantes deberán presentar los siguientes antecedentes obligatorios • Plan de estudios, perfeccionamiento, formación y o desarrollo en la disciplina artística que postula, que exponga con claridad el cronograma de actividades y los logros esperados. • Carta de respaldo de una institución o profesional de las artes. • Currículo del postulante, donde detalle su trayectoria, adjuntando los respaldos necesarios que acrediten su gestión (material gráfico, audiovisual, prensa, reconocimientos, etc.). • Certificado de situación socioeconómica emitido por el departamento social de la Ilustre Municipalidad de Osorno • Carta de aceptación de la institución o maestro, en el caso que se trate de la continuación de estudios y/o perfeccionamiento. Será de responsabilidad del postulante asegurarse que los documentos o archivos que presente, correspondan con lo solicitado, afectando en caso contrario la evaluación respectiva.
1.500.000
Pesos
15/09/2023
30/11/2023
Se considerarán los siguientes criterios de evaluación: • Ámbito Artístico un 40% de ponderación: Evaluará, a través de la documentación solicitada en estas bases, estudios, experiencia, logros artísticos, y de acuerdo a la beca solicitada deberá justificar dichos antecedentes. Para ello será necesario considerar calificaciones obtenidas en estudios del área artística respectiva, calidad y experiencia en presentaciones, participación en concursos, logros en reconocimientos y premios, capacidad creativa a través de obras de su propia autoría, etc. • Ámbito Personal un 20%. de ponderación: Evaluará, según la edad del interesado (7 a 25 años) en relación a la misma de otros postulantes, estudios, avances, hitos académicos de acuerdo al informe experto y logros de desarrollo artístico a la fecha. • Audición: Un 40% En caso de ser necesario, el Comité Especializado, podrá citar a una audición, donde los postulantes, ya sea en forma grupal o individual, puedan mostrar sus capacidades artísticas en forma presencial o mediante un soporte audiovisual, ante la imposibilidad justificada de asistencia
Existirá un Comité Especializado que estará integrado por el Alcalde o a quien designe como su representante, un representante del Concejo Municipal de Osorno, el Director de la Corporación Cultural de Osorno, el Director de la Dirección de Desarrollo Comunitario y tres (3) artistas destacados de Osorno. Este Comité tendrá como Secretario al Jefe del Departamento de Patrimonio Cultural del municipio, quien tendrá la función de coordinar el concurso y dar fiel cumplimiento a este reglamento. Lo anterior quedará constancia en el respectivo Decreto Alcaldicio. La Secretaría del concurso distribuirá las postulaciones recibidas a los distintos miembros del Comité Especializado. Estos evaluarán las propuestas en una primera etapa en forma independiente y remota; en una segunda etapa, en una reunión de todos sus miembros se procederá a la evaluación definitiva, de acuerdo a los criterios de selección, donde por mayoría absoluta de los asistentes a la respectiva sesión, se determinará la nómina de postulantes seleccionados. El Comité Especializado deberá, dentro de los 15 días hábiles siguientes al cierre del plazo de postulación, entregar una Acta de Evaluación al Alcalde. En dicho informe, deberá dejarse constancia de las postulaciones calificadas, con indicación de los criterios de selección utilizados. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega del informe señalado en el artículo anterior, el Alcalde otorgará su aprobación o rechazo a las postulaciones propuestas. Los recursos a los beneficiarios de la Beca Municipal de las Artes serán entregados en el mes de marzo del año 2024. 3.- Publicación de resultados El Alcalde, dentro de los 15 días siguientes a la aprobación de las propuestas, comunicará el resultado de las postulaciones a los medios de comunicación social que se determinen y a través de su sitio web www.imo.cl, previa notificación por correo a las personas que hayan resultado beneficiadas. Derecho a reclamación: respecto de la selección o no selección, se podrán ejercer los recursos establecidos en la Ley Nº19.880, que establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la administración del Estado.
Por la sola presentación de las postulaciones a esta Beca, se entiende para todos los efectos legales, que la persona conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases y consiente en los resultados del concurso público. Los postulantes, en el momento de formalizar sus postulaciones, declaran que toda la información contenida en la postulación es verídica, y dan fe personalmente de su autenticidad. La asignación de los fondos adjudicados a los postulantes seleccionados, se materializará mediante un convenio entre el Municipio y el beneficiario. Los beneficiarios deberán destinar los recursos exclusivamente al pago de la especialización artística que desempeñen por esta vía, sea en Conservatorio, Escuela de Música o Artes o su equivalente académico, como también en la producción o gestión de algún evento relacionado con su disciplina. El becario deberá realizar una presentación artística en beneficio de la Comunidad, una vez al año, ya sea en forma grupal o individual. Asimismo, deberá aportar un informe técnico, con un detalle de las actividades realizadas respecto del aporte de esta beca. El becario deberá contar con una libreta de ahorro, chequera electrónica u otro medio similar para el depósito de los aportes entregados por el Municipio. El aporte se realizará en un solo pago. El incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento por los beneficiarios de estas becas, dará derecho a la Ilustre Municipalidad de Osorno a dar término inmediato al beneficio, por medio de la dictación de un decreto Alcaldicio destinado al efecto. Asimismo, dicho beneficiario, no podrá volver a postular en el plazo de tres años, contados desde la fecha del incumplimiento.
Decreto Exento
Decreto y Bases Concurso Beca Municipal de las Artes BEMART 2024
9121
15/09/2023
4
No aplica
BECA MUNICIPAL DE LAS ARTES 2024