| | BECA PARA DEPORTISTAS DESTACADOS | DEPARTAMENTO DE DEPORTES Y RECREACION | REQUISITOS DE POSTULACIÓN A.- No haber sido beneficiario de la Beca Deportiva durante el proceso anterior. B.-Haber participado en competencias deportivas en representación de la ciudad de Osorno o de clubes y/o instituciones de la Comuna. C.- Tener residencia actual en la comuna y por un periodo no inferior a los cinco años anteriores desde la fecha de la postulación. D.- No ser mayores de 25 años al momento de otorgamiento de la Beca. E.- Presentar problemas económicos para un adecuado y completo desarrollo deportivo. F.- No haber sido condenado por crimen o simple delito. G.- Tener condiciones destacadas en su respectiva disciplina, las que deberán ser debidamente acreditadas con la documentación respectiva. I.- Acompañar una descripción breve y comprensible del problema que da origen a la postulación, incluyendo la individualización del deportista, su trayectoria y situación socioeconómica. J.- Adjuntar el Plan de Trabajo y actividades que desarrollará durante el año en que pudiere ser beneficiado con la Beca, indicando claramente metas y compromisos deportivos. . J.- Certificar que no se encuentra percibiendo aporte alguno, por parte de un Organismo Estatal. K.- No encontrarse en la causal de inhabilidad del artículo 11° del Reglamento Nº 122. L.- Acompañar toda otra documentación que el deportista estime pertinente referente a los logros obtenidos en la disciplina que postula. LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, SE DEBERÁN ACREDITAR DE LA SIGUIENTE FORMA a) La edad, mediante el respectivo certificado de nacimiento original y vigente. b) La residencia, a través de un Certificado de Residencia otorgado por la Junta de Vecinos correspondientes y/o, Directores o representantes de Establecimientos Educacionales. Sin perjuicio de la enumeración anterior, el jurado podrá calificar otros antecedentes y/o certificados a fin de acreditar este requisito. Los documentos deben acreditar la residencia actual y anterior por 5 años. c) La necesidad económica se acreditará mediante los correspondientes Informes Sociales, que deberán ser acreditados por el Departamento Social de la Municipalidad de Osorno. Los Informes deben adjuntar obligatoriamente el Registro Social de Hogares. d) La ausencia de condenas, a través del correspondiente certificado de antecedentes y anotaciones prontuariales, con fecha de emisión del certificado no anterior a los treinta días a la fecha de postulación, emitido por el Registro Civil e Identificación. e) La ausencia de aportes de organismos estatales (Universidades, Ind, Municipalidades, Intendencias, etc.), mediante declaración jurada simple del postulante, sin perjuicio de la facultad municipal de corroborar tales datos. De igual modo se acreditará la ausencia de la inhabilidad del artículo 11° del Reglamento Nº 6890. f) La acreditación de los logros deportivos se deberá realizar mediante diplomas o certificados, indicando fechas y lugar obtenido en la competencia, también se podrá acompañar como documentación anexa; fotografías, recortes de diarios, revistas, etc.) | 8.000.000 | Pesos | 07/08/2023 | 21/08/2023 | LOGRO DEPORTIVO | Vencido el plazo para la presentación de las postulaciones se hará una evaluación de ellas, todo ello dentro de 15 días hábiles. El informe correspondiente será remitido al Alcalde, formulando propuestas de adjudicación, con indicación de los criterios de selección utilizados. La Municipalidad, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la resolución del Alcalde, comunicará los resultados de las postulaciones a través de los medios de comunicación social que determine, previa notificación por correo a los deportistas beneficiados | La Beca Deportiva Ilustre Municipalidad de Osorno, se ha constituido con el objeto de beneficiar a deportistas destacados de la comuna de Osorno, no mayores de 25 años | Decreto | Este Fondo se regirá por las presentes Bases de Postulación y por el Reglamentos Nº369 de fecha 20.07.2023. | 6943 | 21/07/2023 | | 8 | NO APLICA | BECAS DEPORTIVAS | |
| | BECA PARA DEPORTISTAS DESTACADOS | DEPARTAMENTO DE DEPORTES Y RECREACIÓN | REQUISITOS DE POSTULACION A.- Haber participado en competencias deportivas en representación de la ciudad de Osorno o de clubes y/o instituciones de la Comuna. B.- Tener residencia actual en la comuna y por un periodo no inferior a los cinco años anteriores desde la fecha de la postulación. C.- No ser mayores de 25 años al momento de otorgamiento de la Beca. D.- Presentar problemas económicos para un adecuado y completo desarrollo deportivo. E.- No haber sido condenado por crimen o simple delito. F.- Tener condiciones destacadas en su respectiva disciplina, las que deberán ser debidamente acreditadas con la documentación respectiva. G.- Acompañar una descripción breve y comprensible del problema que da origen a la postulación, incluyendo la individualización del deportista, su trayectoria y situación socioeconómica. H.- Adjuntar el Plan de Trabajo y actividades que desarrollará durante el año en que pudiere ser beneficiado con la Beca, indicando claramente metas y compromisos deportivos. . I.- Certificar que no se encuentra percibiendo aporte alguno, por parte de un Organismo Estatal. J.- No encontrarse en la causal de inhabilidad del artículo 11° del Reglamento Nº 122. K.- Acompañar toda otra documentación que el deportista estime pertinente referente a los logros obtenidos en la disciplina que postula. LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, SE DEBERÁN ACREDITAR DE LA SIGUIENTE FORMA a) La edad, mediante el respectivo certificado de nacimiento original y vigente. b) La residencia, a través de un Certificado de Residencia otorgado por Carabineros, la Junta de Vecinos correspondientes y/o, Directores o representantes de Establecimientos Educacionales. Sin perjuicio de la enumeración anterior, el jurado podrá calificar otros antecedentes y/o certificados a fin de acreditar este requisito. Los documentos deben acreditar la residencia actual y anterior por 5 años. c) La necesidad económica se acreditará mediante los correspondientes Informes Sociales, los que deberán ser acreditados por el Departamento Social de la Municipalidad de Osorno. Los Informes deben adjuntar obligatoriamente el Registro Social de Hogares. d) La ausencia de condenas, a través del correspondiente certificado de antecedentes y anotaciones prontuariales, de una data no anterior a los cinco días a la fecha de postulación, emitido por el Registro Civil e Identificación. e) La ausencia de aportes de organismos estatales (Universidades, Ind, Municipalidades, Intendencias, etc.), mediante declaración jurada simple del postulante, sin perjuicio de la facultad municipal de corroborar tales datos. De igual modo se acreditará la ausencia de la inhabilidad del artículo 11° del Reglamento Nº 122. f) La acreditación de los logros deportivos se deberá realizar mediante diplomas o certificados, indicando fechas y lugar obtenido en la competencia, también se podrá acompañar como documentación anexa; fotografías, recortes de diarios, revistas, etc.) | 8.000.000 | Pesos | 25/04/2022 | 10/06/2022 | LOGRO DEPORTIVO | Vencido el plazo para la presentación de las postulaciones se hará una evaluación de ellas, todo ello dentro de 15 días hábiles. El informe correspondiente será remitido al Alcalde, formulando propuestas de adjudicación, con indicación de los criterios de selección utilizados. La Municipalidad, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la resolución del Alcalde, comunicará los resultados de las postulaciones a través de los medios de comunicación social que determine, previa notificación por correo a los deportistas beneficiados | La Beca Deportiva I. Municipalidad de Osorno, se ha constituido con el objeto de beneficiar a deportistas destacados de la comuna de Osorno, no mayores de 25 años | Decreto | Este Fondo se regirá por las presentes Bases de Postulación y por los Reglamentos Nº122 de fecha 04.04.2007, el Reglamento Nº151 de fecha 11.03.2010, el reglamento Nº277 de fecha 02.05.2019 y el reglamento Nº335 de fecha 18.03.2022 | 3516 | 22/04/2022 | | 6 | NO APLICA | BECAS DEPORTIVAS | |