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Transparencia Activa
Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Consejo Comunal de Seguridad Pública
El Consejo Comunal de Seguridad Pública de la Comuna de Panguipulli, cumple una labor consultiva, asesorativa y coordinativa, respecto de la prevención del delito.
El Consejo Comunal de Seguridad Pública se encuentra conformado por todas las instituciones relacionadas con la prevención del delito (Intendencia, Carabineros, PDI, Fiscalía, Gendarmería, Senda, Sename, dos representantes del Concejo Municipal y dos representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil).
ELECCIÓN COSOC
VOTACIÓN Elección Consejos de la Sociedad Civil (COSOSC), Sábado 05 de Octubre de 2019, desde las 9:00 a 14:00 horas, en el Gimnasio Municipal Eduardo Brevis, Ubicado en Calle O´Higgins S/N, Panguipulli.
A) Certificado de Vigencia de La Organización (Registro Civil). B) Cédula de Identidad. C) La Organización debe estar Vigente.
Subvenciones a Organizaciones Comunitarias
Satisfacer necesidades de carácter social y público, cuyo uso está sujeto a control. Otorgar subvenciones y aportes para fines específicos a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones.
a. Presentar el formulario único b. Carta Dirigida al Sr. Alcalde y Concejo Municipal c. Certificado beneficiario del Estado d. Poseer cuenta bancaria e. Fotocopia libreta cuenta bancaria f. Acta de acuerdo para presentar el proyecto g. Presentar sólo un proyecto al año h. Dos Cotizaciones y/o Presupuesto del Proyecto i. Uniones comunales y asociaciones requieren Patrocinio de los asociados j. Un año de antigüedad k. Especificar objetivos e impacto social
Audiencias Públicas
Medio por el cual el Alcalde y el Concejo Municipal conoceran directamente de los propios ciudadanos las materias de interés comunal.
Ser ciudadano
Cabildos Ciudadanos
Se denomina cabildo a todo diálogo participativo del Alcalde con la ciudadanía local, y sólo se podra convocar mediante un Decreto Alcaldicio específico para tal efecto en cada oportunidad que se realice, el que deberá contener a lo menos las siguientes indicaciones: Fecha, Hora y Lugar de la realización del Cabildo; el alcance de su convocatoria: si es territorial, sectorial o comunal; tema de la convocatoria; el modo de acceder a los antecedentes necesarios de conocer para participar informadamente. De los temas analizados por el cabildo se levantará un acta indicativa.
Ser ciudadano.
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
Instancia de participación en gestión municipal, conformada por miembros de la sociedad civil, que tiene por objeto asegurar la particiapación de las organizaciones comunitarrias de carácter territorial, funcional y de interés públicos en el progreso economico, social y cultural de la comuna.
El Consejo está compuesto por 12 Consejeros los cuales deben cumplir con los siguientes requisitos: a) Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la Ley N° 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias. b) Tener un año de afiliación a una organización del estamento, en caso que corresponda, en el momento de la elección. c) Ser chileno o extranjero avecinado en el país. d) No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, reputándose como tales todas las penas de crímenes y, respecto de las de simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados máximos. La inhabilidad contemplada en la letra anterior quedará sin efecto una vez transcurrido el plazo contemplado en el artículo 105 del Código Penal, desde el cumplimiento de la respectiva pena.
Cuenta Pública Participativa del Alcalde
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y a la ciudadanía, a más tardar en el mes de Abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la Municipalidad. La cuenta pública consta de : El balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera, indicando la forma en que la previsión de ingresos y gastos se ha cumplido; Las acciones realizadas para el cumplimiento del plan de desarrollo comunal, así como los estados de avance de los programas de mediano y largo plazo, las metas cumplidas y los objetivos alcanzados; Las inversiones efectuadas en relación con los proyectos concluidos en el período y aquellos en ejecución, señalando específicamente las fuentes de su financiamiento; Un resumen de las observaciones más relevantes efectuadas por la Contraloría General de la República, en cumplimiento de sus funciones propias, relacionadas con la administración municipal; Los convenios celebrados con otras instituciones, públicas o privadas, así como la constitución de corporaciones o fundaciones, o la incorporación municipal a ese tipo de entidades; Las modificaciones efectuadas al patrimonio municipal, y todo hecho relevante de la administración municipal que deba ser conocido por la comunidad local.
Un extracto de la Cuenta Pública del Alcalde será difundido a la comunidad. Sin perjuicio de lo anterior, la Cuenta íntegra efectuada por el Alcalde estará a disposición de los ciudadanos para su consulta en la Oficina de Partes o en la Página Web Municipal http://www.municipalidadpanguipulli.cl
Derecho de Petición
El derecho de petición consiste en la posibilidad de que cualquier persona o entidad asociativa pueda dirigirse a cualquier autoridad u órgano municipal a través de la OIRS presencial y On-Line para formular solicitudes en temas de competencia municipal o pedir aclaraciones sobre las actuaciones del municipio. El derecho de petición se puede ejercer por cualquier medio escrito, ya sea en soporte papel o electrónico, siempre que permita acreditar su autenticidad. Debe incluir necesariamente la identidad del solicitante, el lugar o medio escogido para la práctica de las notificaciones, el objeto y el destinatario de su petición.
Ser ciudadano
Fondo de Desarrollo Vecinal
Fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos y/o programas especificos de desarrollo comunitario presentado por las Juntas de Vecinos.
Contar con personalidad jurídica y directorio vigente.
Oficina de Partes y Reclamos
Destinada a recibir todos los reclamos y sugerencias de la Comunidad. Se realiza de manera presencial por escrito en dependencias de Oficina de Partes, ubicada en Calle Bernardo O'Higgins N° 793, Panguipulli.
El peticionario debe individualizarse con su nombre completo, domicilio, mail y/o teléfono.
Planificación Participativa
En la primera semana de octubre, el alcalde someterá a consideración del concejo, las orientaciones globales del municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y líneas de acción. En las orientaciones globales, se incluirán el plan comunal de desarrollo y sus modificaciones, las políticas de servicios municipales, como, asimismo, las políticas y proyectos de inversión. En la primera semana de noviembre, el alcalde deberá informar al consejo comunal acerca de los presupuestos de inversión, del plan comunal de desarrollo y sobre las modificaciones al plan regulador, el que dispondrá de quince días hábiles para hacer sus observaciones
Ser ciudadano
Plebiscito Comunal
Manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía, a través de la cual se expresa la opinion en relación de las materias de interés comunal que le son consultadas.
Ser ciudadano/a inscrito en los registros electorales de la comuna.
Presentación y Reclamos
Toda persona o grupo de personas naturales o jurídicas podrá hacer presentaciones o reclamaciones a la municipalidad. La municipalidad mantendrá habilitada y en funcionamiento una oficina de informaciones, reclamos y sugerencias abierta a la comunidad en general. La municipalidad contará con formularios de presentaciones y reclamaciones, los que estarán en la oficina señalada en el inciso anterior y en la página Web municipal. Las presentaciones o reclamaciones efectuadas a través de la oficina señalada en el inciso segundo deberán ser respondidas por el municipio en un plazo no superior a treinta días. Se entenderá por "presentación", el acto por el cual se formula al municipio una petición, solicitud, proposición o sugerencia, en materias propias de sus funciones, sea de interés particular o comunal. Se entenderá por "reclamación", la oposición o contradicción que formulen una o varias personas naturales o jurídicas contra alguna situación comunal o actuación municipal que se estime injusta o no se comparta.
Ser ciudadano