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Transparencia Activa
Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado
Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación
Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial
Fundamento legal y causal de secreto o reserva
Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa)
Enlace al acto o resolución en que consta la calificación
"Se requiere la información de medios de “contacto” (teléfono, celular, correo electrónico), “ubicación” (Provincia, comuna, dirección) de los clubes, competencias, centros y recintos de las distintas disciplinas deportivas y de actividades físicas que se cuentan y se practican en su espacio territorial. Si cuenta con otra información complementaria que pueda proporcionar como horarios o requisitos referentes para la práctica deportiva o actividad física, será información de gran aporte para el proyecto mapa del deporte y actividad física en Chile. De antemano, muchas gracias por la ayuda informativa que puedan proporcionar para difundir el deporte en su sector y el país."
ORD. ALC. N°200/27 de fecha 19-11-2019
(…) medios de Contacto de Clubes deportivos (…)
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
19/11/2019
Solicito información de denuncia realizada por ampliación en casa ubicada en calle Las Loicas 2005, Peñalolén. Se requiere conocer el texto de la denuncia, para saber cuál es el problema encontrado.
ORD. ALC. N°2100/139 de fecha 13-11-2019
Sobre la identidad del denunciante.
Art. 20 inciso segundo de la Ley 20.285. "Los terceros afectados podrán ejercer su derecho a oposición dentro del plazo de tres días hábiles contado desde la fechade notificación. La oposición deberá presentarse por escrito y requerirá expresión de causa. Deducida la oposición en tiempo y forma, el órgano requerido quedará impedido de proporcinar la documentación o antecedentes solicitados, salvo resolución en contrario del Consejo, dictada conforme al procedimiento que esta ley establece". Jurisprudencia del CPLT que tiene por criterio "resguardar la identidad del denunciante, a fin de evitar que éstos se inhiban de realizar futuras denuncias e impedir que los órganos de la Administración realicen las fiscalizaciones necesarias que surgen de dichas denuncias". Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
13/11/2019
"Estimados/as: Junto con saludar escribo a modo de solicitar información sobre las patentes comerciales autorizadas en entre los años 2016 y la fecha actual indicando la siguiente información. - Dirección Municipal de la patente autorizada - Rut de la persona natural o jurídica a la cual se le entregó la patente. - Código de patente - Fecha de otorgamiento de la patente - Estado de pago de la patente (si esta se encuentra al día o no) - Rol de Avaluo SII de la propiedad en donde funciona la patente. Se solicita que la información sea entregada en formato shapefile (si se encuentra georreferenciado) o en su defecto en Formato EXCEL (xls o xlsx.)"
ORD. ALC. N°1800/293 de fecha 05-11-2019
Estado de pago de la patente (si se encuentra al dís o no)
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Y "según jurisprudencia del Consejo para la Transparencia, contenida en Decisión de Amparo Rol C1823-16, en que se indica que la entrega de información respecto a empresas deudoras de patentes comerciales es información que “puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”, se informa que se deniega el acceso a la información requerida, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley 20.285, sobre Acceso a Información Pública. En dicha Decisión, también se hace mención a pronunciamiento de la Corte Suprema, en sentencia recaída en causa sobre recurso de queja Rol N°4681-2013 de 26 de noviembre de 2013, la cual indicó que: “es indudable que cuando una persona aparece como deudora en una nómina puede verse afectada tanto en su capacidad de operar comercialmente como en lo relativo al reconocimiento de su prestigio comercial, en circunstancias que terceros pueden ser prevenidos frente a la situación de incumplimiento del deudor. Es dable entonces presumir fundadamente que la entrega de la información requerida puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”.
05/11/2019
"En virtud a la ley 20.285, vengo a solicitar copia de los contratos, permisos precarios, o licitaciones que el municipio tenga o haya tenido en el pasado, así́ como el informe de deuda total de dicha empresa y las multas que vuestra municipalidad tiene y/o tuvo con las empresas: JC Decaux o CBS Outdoor Chile SA (Rut 93666000-2), Publicidad Exterior Publivía SA (Rut 84.364.100-8), Global Media SA (Rut 76.365.407-9), Massiva SA (Rut 77022910-3), Clear Channel Chile Publicidad Limitada (Rut 84.383.200-8) y Servicios Publicitarios Flesad SPA (Rut 76070080-0) desde enero de 2014 a la fecha, desglosado según monto (desde el mayor), fecha (desde el más antiguo), número de folio del ́ ́ contrato, fecha de emisión y fecha de vencimiento. Precisando además si dicha deuda o multa esta vencida o no, el saldo adeudado o por pagar, el reajuste aplicado, y el monto de la multa final o total a aplicar. Además se requiere precisar el motivo simple, normativa u ordenanza al que obedecen tales multas”.
ORD. ALC. N°1300/84 de fecha 25-10-2019
"Informe de deuda total de dicha empresa y las multas que vuestra municipalidad tiene y/o tuvo con las empresas…"
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Y "según jurisprudencia del Consejo para la Transparencia, contenida en Decisión de Amparo Rol C1823-16, en que se indica que la entrega de información respecto a empresas deudoras de patentes comerciales es información que “puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”, se informa que se deniega el acceso a la información requerida, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley 20.285, sobre Acceso a Información Pública. En dicha Decisión, también se hace mención a pronunciamiento de la Corte Suprema, en sentencia recaída en causa sobre recurso de queja Rol N°4681-2013 de 26 de noviembre de 2013, la cual indicó que: “es indudable que cuando una persona aparece como deudora en una nómina puede verse afectada tanto en su capacidad de operar comercialmente como en lo relativo al reconocimiento de su prestigio comercial, en circunstancias que terceros pueden ser prevenidos frente a la situación de incumplimiento del deudor. Es dable entonces presumir fundadamente que la entrega de la información requerida puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”.
25/10/2019
"Se requiere información detallada de los proveedores que facturan a la Municipalidad de Peñalolen por servicios u otros y que realizan operaciones de factoring con las facturas. Se solicita la información con rut, nombre y/o razón social y datos de contacto del proveedor."
ORD. ALC. N°1800/284 de fecha 24-10-2019
"datos de contacto del proveedor"
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
24/10/2019
"Estimados Municipalidad de Peñalolén. Se requiere información de nombres de: Alcalde, Concejales, Jefe de Gabinete, Administrador y los funcionarios a cargo de las direcciones, Departamentos, jefaturas de unidades, con sus respectivos correos electrónicos y números de teléfonos y celulares de ser institucionales. Se adjunta planilla con el detalle de la información solicitada. Agradecido desde ya por su información."
ORD. ALC. N°1600/422 de fecha 21-10-2019
"número de teléfonos celulares de ser institucionales".
Jurisprudencia del CPLT (Amparo ROL C611-10): Número de teléfonos móviles constiruye un dato personal, "el Consejo estimó que divulgar aquellos números telefónicos respecto de los cuales el órgano no cuenta con el mecanismo de canalización de comunicaciones que la entidad edilicia describe o aquellos que permiten el acceso directo a autoridades o funcionarios respecto de los cuales precisamente se ha elaborado dicho mecanismo, permitiría a las personas sortear el sistema de acceso telefónico a las autoridades o funcionarios públicos dispuesto por el órgano, impidiendo a los funcionarios que ejecutan dicha labor cumplir regularmente con los fines por los cuales han sido contratados". Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
21/10/2019
"Solicito la base de datos de patentes comerciales de la región metropolitana por couma, en donde conste comuna, dirección, correo electrónico, teléfono, razón social, giro, nombre de local y demás datos de contexto propias de base de datos".
ORD. ALC. N°1800/272 de fecha 16-10-2019
"correo electrónico, teléfono".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
16/10/2019
"Estimados, En virtud de la Ley 28.285, solicito a usted acceso y copia a los documentos que den cuenta de las deudas por concepto de derechos publicitarios que existan en la Municipalidad. En caso de que existan, la solicitud incluye que se informe un desglose de la empresa o las empresas deudoras, los montos adeudados por cada una y, en caso de que hubiese, la existencia e individualización de juicios asociados a cada una de estas deudas. La información se solicita desde el 1 de enero de 2015 hasta la fecha de ingreso de esta solicitud, 31 de julio de 2019, indicando el detalle para cada deuda de los siguientes aspectos: nombre de la empresa, número de folio, fecha de emisión, fecha de vencimiento, rol, saldo, reajuste, multas y total, además del título por el que se generó la deuda (por ejemplo, por precario, concesión, arrendamiento, etc.). En virtud del artículo 11 letra e) de la Ley 28.285, pido los documentos bajo el principio de divisibilidad, el que señala que si los documentos requeridos contienen al mismo tiempo información que pueda ser conocida e información que debe denegarse en virtud de causa legal, se dará acceso a la primera y no a la segunda."
ORD. ALC. N°1800/230 de fecha 23-08-2019
"Acceso y copia a los documentos que den cuenta de las deudas por concepto de derechos publicitarios que existan en la Municipalidad. (…) Empresas deudoras… y en caso de que hubiese, la existencia e individualización de juicios asociados a cada una de estas deudas".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Y "según jurisprudencia del Consejo para la Transparencia, contenida en Decisión de Amparo Rol C1823-16, en que se indica que la entrega de información respecto a empresas deudoras de patentes comerciales es información que “puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”, se informa que se deniega el acceso a la información requerida, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley 20.285, sobre Acceso a Información Pública. En dicha Decisión, también se hace mención a pronunciamiento de la Corte Suprema, en sentencia recaída en causa sobre recurso de queja Rol N°4681-2013 de 26 de noviembre de 2013, la cual indicó que: “es indudable que cuando una persona aparece como deudora en una nómina puede verse afectada tanto en su capacidad de operar comercialmente como en lo relativo al reconocimiento de su prestigio comercial, en circunstancias que terceros pueden ser prevenidos frente a la situación de incumplimiento del deudor. Es dable entonces presumir fundadamente que la entrega de la información requerida puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”.
23/08/2019
"Estimado municipio, Solicito se me informe si existen deudas por concepto de derechos publicitarios. En el caso de existir, solicito se me informen las empresa deudoras, montos adeudados por cada una y existencia e individualización de juicios asociados a cada una de estas deudas si es que los hubiese. Si uno de estos documentos contiene información sensible de terceros o privada, solicito tarjar estos datos y enviar la información restante. Esto amparado bajo el principio de divisibilidad de la misma Ley. Sin otro particular. Saludos, Alexandra Chechilnitzky"
ORD. ALC. N°1800/228 de fecha 20-08-2019
"Empresas deudoras por conceptos publicitarios".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Y "según jurisprudencia del Consejo para la Transparencia, contenida en Decisión de Amparo Rol C1823-16, en que se indica que la entrega de información respecto a empresas deudoras de patentes comerciales es información que “puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”, se informa que se deniega el acceso a la información requerida, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley 20.285, sobre Acceso a Información Pública. En dicha Decisión, también se hace mención a pronunciamiento de la Corte Suprema, en sentencia recaída en causa sobre recurso de queja Rol N°4681-2013 de 26 de noviembre de 2013, la cual indicó que: “es indudable que cuando una persona aparece como deudora en una nómina puede verse afectada tanto en su capacidad de operar comercialmente como en lo relativo al reconocimiento de su prestigio comercial, en circunstancias que terceros pueden ser prevenidos frente a la situación de incumplimiento del deudor. Es dable entonces presumir fundadamente que la entrega de la información requerida puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”.
20/08/2019
"En virtud a la ley 20.285, vengo a solicitar copia y/o acceso a los contratos, licitaciones, informe de deuda y/o multas que ha tendido con la empresa Power Graphics S.A (Rut 96693980-k) del año 2015 a la fecha desglosado con el número de folio, fecha de emisión, fecha de vencimiento, rol, saldo, reajuste, multas y total. Recordar que bajo el principio de la divisibilidad, conforme a lo que contenga información que puede ser conocida e información que debe denegarse en virtud de causa legal (sea por reserva o pruebas), se dará acceso a la primera y no a la segunda. Además, de ser necesaria la autorización de un tercero para dar acceso a la información requerida, conforme a lo indicado en la Ley anteriormente mencionada y diversos dictámenes del Consejo para la Transparencia, la autoridad podrá denegar el acceso sólo si la oposición del tercero se fundamenta en alguna de las causales expresamente señaladas en el artículo 21 de la Ley 20.285. De ser así, por favor, tachar sólo ese contenido específico. Favor entregar esta información digitalizada, separado por cada ítem solicitado."
ORD. ALC. N°1300/60 de fecha 19-08-2019
"Informe de deuda y/o multas que ha tenido la empresa …"
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Y "según jurisprudencia del Consejo para la Transparencia, contenida en Decisión de Amparo Rol C1823-16, en que se indica que la entrega de información respecto a empresas deudoras de patentes comerciales es información que “puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”, se informa que se deniega el acceso a la información requerida, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley 20.285, sobre Acceso a Información Pública. En dicha Decisión, también se hace mención a pronunciamiento de la Corte Suprema, en sentencia recaída en causa sobre recurso de queja Rol N°4681-2013 de 26 de noviembre de 2013, la cual indicó que: “es indudable que cuando una persona aparece como deudora en una nómina puede verse afectada tanto en su capacidad de operar comercialmente como en lo relativo al reconocimiento de su prestigio comercial, en circunstancias que terceros pueden ser prevenidos frente a la situación de incumplimiento del deudor. Es dable entonces presumir fundadamente que la entrega de la información requerida puede afectar los derechos de carácter comercial o económico de los deudores comprometidos”.
19/08/2019
"Solicito listado de organizaciones sociales, deportivas y comunitarias activas en la comuna de peñalolen, dirección y contacto."
ORD. ALC. N°2000/944 de fecha 13-08-2019
"Medios de contacto de Organizaciones sociales, deportivas y comunitarias activas en la comuna de Peñalolén".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
13/08/2019
"Buenas tardes, Necesito la nómina de funcionarios a contrata con más de 5 años de antigüedad en el mismo municipio, el correo electrónico, rut y cargo y de igual manera la nómina de funcionarios de planta (todas las plantas)con más de 5 años de antigüedad en el mismo municipio, correo electrónico, rut y cargo."
ORD. ALC. N°1600/340 de fecha 06-08-2019
"RUT de los funcionarios incluidos en nómina de funcionarios a contrata".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
06/08/2019
"Solicita rendición de subvención de los años 2015-2016-2017 de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Peñalolén".
ORD. ALC. N°1400/117 de fecha 05-08-2019
"Rendiciones de los años 2015 y 2016". Archivos se encuentran almacenados en Bodegas de Archivo Municipal.
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
05/08/2019
"Estimados. En relación a la consulta MU212T0002696, donde me deniegan el acceso a la información, les comento las siguientes precisiones: a) Si no realizaron concurso, ¿cuáles fueron los criterios con los que se optó por su contratación? Supongo que se utilizó un procedimiento probo. Solicito el procedimiento de contrataciones de personal, la propuesta de contratación del Sr. Marcelo Henríquez, y el acto administrativo mediante el que se da inicio a su convenio, sumado a una copia del mencionado convenio. b) Requiero copia de su currículum y el estudio de costos realizado, mediante el cual se determina la monetarización o valorización de su currículum y experiencia. c) Me indican que existe satifacción con la labor que este profesional realiza y que se evalúa año a año, sin embargo no envían prueba de ello. Solicito copia de las evaluaciones anuales, copia de las actas o acuerdos de satisfacción con los productos realizados y, sumado a lo anterior, copia de los informes de diagnóstico mediante los cuales realizan el levantamiento de las necesidades de la población comunal. Requiero conocer cómo el profesional Sr. Marcelo Henríquez aporta a atacar las necesidades comunales a través de las herramientas gráficas, por ende solicito que envíen copia de los productos realizados por dicho profesional, que ataquen las necesidades levantadas. Como servidor público, quiero pensar que las labores realizadas por los profesionales de la municipalidad se realizan con sentido de realidad, atendiendo a las necesidades sociales existentes en la comuna y que esto está siendo medido y evaluado año tras año. d) Como mencioné, soy también servidor público. Conozco este recurso y por ende, vuelvo a solicitar copia de las piezas gráficas producidas por el profesional Sr. Marcelo Henríquez, junto con un conteo de aquellas que han requerido edición y aquellas que no. En adición, solicito copia de la estructura interna del departamento de comunicaciones, que incorpore las contrataciones vigentes, permanentes y esporádicas, con las copias de los convenios y/o contratos de cada profesional. Si existiesen más diseñadores en la municipalidad, tanto permanentes y/o esporádicos, solicito copia de sus convenios/contratos y su posición dentro de la estructura del departamento/unidad/división/otro al que pertenecen. Finalmente, comprendo la necesidad de tarjar datos en caso de ser requerido. Creo firmemente en la publicidad de la información y sé que puedo solicitar cualquier información que sea elaborada con presupuesto público, independiente del formato y soporte en que se contengan, por ende no debería haber problema en asistir a mi solicitud. Saludos."
ORD. ALC. N°1007/05 de fecha 31-07-2019
"Solicito copia de las evaluaciones anuales…"
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
31/07/2019
"Solicito Dirección, Contacto y teléfonos de las Juntas de Vecinos de Peñalolén, con el fin de ofrecer un servicio gratuito de médico."
ORD. ALC. N°2000/861 de fecha 24-07-20019
"Contacto y teléfonos de las Juntas de Vecinos de Peñalolén".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
24/07/2019
"Se necesita listado en planilla Excel de todas las patentes comerciales vigentes en la comuna donde contenga la siguiente información correspondiente al año tributario 2018. 1. PATENTES VIGENTES • NOMBRE O RAZON SOCIAL • RUT • NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL • CEDULA DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL • GIRO PRINCIPAL Y ANEXOS • DIRECCION COMERCIAL • CORREO ELECTRONICO • TELEFONO • MONTO DEL CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO CON EL CUAL SE CALCULÓ LA PATENTE • MONTO DE LA PATENTE PAGADA".
ORD. ALC. N°1800/191 de fecha 03-07-2019
"correo electrónico, teléfono".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
03/07/2019
"Estimados, junto con saludar, les pido por favor realizar envío de lo siguiente: a) Requiero evaluación del concurso público mediante el que fue escogido el trabajador a honorarios Marcelo Rigoberto Henríquez Leal, diseñador de la Municipalidad de Peñalolén. b) Requiero justificación de su pago, entendiendo que su sueldo es considerablemente mayor al de cualquier otro de los diseñadores que se encuentran contratados en la municipalidad, lo cual pude verificar a través del portal transparencia. c) Comprendiendo que su función, según lo declarado en el sitio de transparencia, es "gestionar el material gráfico y audiovisual municipal para una difusión oportuna que permitan mejorar el acceso y conocimiento por parte de los vecinos", requiero toda la información que se posea respecto a cómo ha contribuido dicho profesional al mejoramiento de la difusión, acceso y conocimiento de los vecinos respecto a temáticas municipales, desde que hizo ingreso al municipio, a través de medios comprobables. d) Requiero también, un conteo de todo el material gráfico que ha producido dicho profesional por mes, desde su ingreso, diferenciando aquellas piezas que han requerido edición de otro profesional de las que no han requerido edición, especificando nombre y/o función del profesional editor. Sin perjuicio de lo solicitado anteriormente, comprenderé que en caso de necesitar mencionar a personas anexas al profesional mencionado, se tarjen sus datos y se les entregue una denominación que las diferencia (ejemplo, persona A, persona B, persona C, etc). Sin otro particular, saludos."
ORD. ALC. N°1007/03 de fecha 28-06-2019
" Requiero también, un conteo de todo el material gráfico que ha producido dicho profesional por mes, desde su ingreso, diferenciando aquellas piezas que han requerido edición de otro profesional de las que no han requerido edición, especificando nombre y/o función del profesional editor. Sin perjuicio de lo solicitado anteriormente, comprenderé que en caso de necesitar mencionar a personas anexas al profesional mencionado, se tarjen sus datos y se les entregue una denominación que las diferencia (ejemplo, persona A, persona B, persona C, etc)."
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
28/06/2019
"Base de organizaciones comunitaria de y para personas con discapacidad, que contenga las siguientes columnas de información : Nombre de la Organización, Tipo de organización, Dirección, Comuna, Nombre del Pdte. de La Organización, Fono del Pdte. de La Organización, Email del Pdte. de La Organización, Red Social de la Organización, Sitio Web de la organización, Beneficiario principal de la organización".
ORD. ALC. N°2000/778 de fecha 26-06-2019
"Fono del Pdte. De la Organización, email del Pdte. De la Organización".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
26/06/2019
"Solicito base de datos de deudores municipales bajo conceptos de: patentes municipales, derechos de aseo, deudas varias. La información debe contener: nombre del deudor, rut, rol de la propiedad, dirección, montos adeudados con fechas, reajuste por ipc, multas a la fecha por cada monto adeudado , monto total adeudado."
ORD. ALC. N°1400/91 de fecha 25-06-2019
"Solicito base de datos de deudores municipales …".
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
25/06/2019
solicitud de dispensar datos de los estatutos de todas las organizaciones que en su comuna se acogen a la ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Específicamente se requieren datos sobre las siguientes organizaciones: • Organizaciones sin fines de lucro • Organizaciones comunitarias y funcionales Así como también, información sobre los Centros de Alumnos de Establecimientos Escolares identificados como vigentes en la comuna, en este caso no se requieren los estatutos.
ORD. ALC. N° 2000/714 de fecha 07-06-2019
...solicitud de dispensar datos de los estatutos de todas las organizaciones que en su comuna se acogen a la ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública...
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
07/06/2019
Por favor adjuntar listado actualizado de organizaciones comunitarias de Peñalolén, de la unidad vecinal 29. Es importante que se incluya nombre de la organización, nombre persona de contacto y sus datos de contacto (teléfono y correo electrónico), además de la dirección de emplazamiento de dicha organización.
ORD. ALC. N° 2000/556 de fecha 08-05-2019
"...teléfono, mail y dirección." Los antecedentes solicitados incluyen datos senstibles y constituyen datos personales, los cuales no son reportados
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
08/05/2019
Solicito favor enviarnos una lista de todas las Patentes Comerciales de CARNICERÍAS correspondientes a su comuna, desde el periodo 2018 a la fecha si es posible. Favor incluir Razón social, RUT, Dirección y Teléfono. De antemano muchas gracias por su ayuda.
ORD. ALC N° 1800/116 de fecha 12-04-2019
"...teléfono." Los antecedentes solicitados incluyen datos senstibles y constituyen datos personales, los cuales no son reportados
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
12/04/2019
Favor entregar información de las patentes comerciales, especificamente: Razon Social, email, telefono, contacto
ORD. ALC N° 1800/106 de fecha 10-04-2019
"...teléfono, mail ." Los antecedentes solicitados incluyen datos senstibles y constituyen datos personales, los cuales no son reportados
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
10/04/2019
Necesito Documentos del Comité de Vivienda Alcanzando un Sueño, Fecha de inscripción del Comité y listado con la gente inscrita.
ORD. ALC. N° 2000/423 de fecha 4-04-19
Respecto al listado con la gente inscrita del comité.
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
04/04/2019
Estimada Directora DOM I. Municipalidad Peñalolén, Agradeceré entregar la siguiente documentación: 1. Copia de la carpeta del Permiso de Edificación aprobado para el proyecto inmobiliario Hijuelas Quilin, el cual se ubica en Av Consistorial 5900 - Peñalolén. 2. Copia de la carpeta del Anteproyecto aprobado para el proyecto inmobiliario Hijuelas Quilin, el cual se ubica en Av. Consistorial 5900 - Peñalolén.
ORD. ALC N° 1400/45 de fecha 15-03-19
Respeto al punto 2 "Copia de la carpeta del Anteproyecto aprobado para el proyecto inmobiliario Hijuelas Quilin, el cual se ubica en Av. Consistorial 5900 - Peñalolén.
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
15/03/2019
Permisos de edificación incluyendo inmobiliaria, constructora y tipo de construcción.
ORD. ALC: N° 2100/35 de fecha 12-03-2019
No aplica, denegación total de información.
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
12/03/2019
1) Todas las solicitudes de permisos de edificación desde enero de 2014 a diciembre de 2018.en especifico, considerar para todas las solicitudes nombre de la edificación, titular, tipo deconstrucción, fecha de ingreso a tramitación, si fue observado, rechazado, aceptado, desistido, y finalmente, fecha de otorgamiento del permiso. Lo anterior diferenciando si la construcción viene con o sin informe favorable de un revisor independiente. 2)Inforamación respecto a permisos de edificación que hayan sido dejados sin efecto a raíz de recursos judiciales o administrativos posteriores, y en que momento del proyecto este fue dejado sin efecto. 3) Estadísticas de recepción de Obras de edificación. Fecha de otorgamiento de recepción de las obras antes listadas. Fecha de ingreso de solicitud de recepción de obras, y fecha de resolución. ( Incluendo aprobadas, derogadas, desistidas, etc). Adicionalmente, el requirente indica: "En caso de no poder entregar los nombres de proyectos y/o empresas, solicito numerarlas para poder hacer los cruces y análisis estadísticos, por ejemplo, proyecto A, 1 siempre, la empresa A, 1 siempre, y así sucesivamente.•
Ordinario Alcaldicio 2100/31 de fecha 04/03/2019
"Respecto a todas las solicitudes de permisos de edificación entre enero 2014 y diciembre 2018, y sobre las estadísticas de recepción de Obras de Edificaicón"
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
04/03/2019
Estimada Sra Directora DOM I. Municipalidad Peñalolén: A través de la presente solicito una copia de los expedientes de modificación de Proyecto, DOM N° 2018/776 y DOM N° 2018/779, los cuales corresponden a solicitudes de modificación de Permiso de Edificación N° 31/18 y Resolución de Aprobación de Loteo con Construcción Simultánea N° 1536.
ORD. ALC N° 2100/38 de fecha 14-03-19
No aplica, denegación total de información.
Artículo 21 N°1 letra b) de la Ley N° 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública, "Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas"
04/03/2019
"Solicito Base de datos actual de todas las organizaciones sociales inscritas en la Municipalidad (…) Ojalá nombre de encargado, teléfono, mail y dirección.
ORD. ALC. 1400/28 de fecha 05-02-2019
"...teléfono, mail y dirección." Los antecedentes solicitados incluyen datos senstibles y constituyen datos personales, los cuales no son reportados.
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificaso haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
05/02/2019
Se solicita (…) las organizaciones funcionales y territoriales de la comuna, junto a los nombres de los representatntes y datos de contacto de su directiva. (…)
ORD. ALC. N°1400/29 de fecha 05-02-2019
"…datos de contacto de su directiva." Los antecedentes solicitados incluyen datos sensibles y constituyen datos personales, los cuales no son reportados.
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico". Artículo 21 N°5 de la Ley N°20.285 "Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificaso haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8° de la Constitución Política".
05/02/2019
solicito copia de decretos alcaldicios emitidos en el periodo 2014-2019 solicito listado de organizaciones sociales,deportivas,territoriales y otras que tengan personalidad juridica vigente
Ordinario Alcaldicio 1400/26 de fecha 1/02/2019
"Respecto a los decretos alcaldicios emitidos en el periodo 2014-2019"
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
01/02/2019
Solicita información sobre mail de denuncia realizada.
ORD. ALC. N°1400/23 de fecha 30-01-2019
No aplica, denegación total de información.
Artículo 21 N°2 de la Ley N°20.285 "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico".
30/01/2019
Solicito información relacionada con la política de tránsito y urbano de la comuna. En una minuta, requiero el número de hoyos que hay en la comuna, características de éstos y el lugar donde se ubican. Además, en una minuta aparte, solicito información sobre elementos del tránsito instalados en la comuna: el número de semáforos, señales de ceda el paso, disco pare, platabandas, lomos de toro, grifos y pasos de cebra.
ORD. ALC: N° 1900/19 de fecha 25-01-2019
"Respecto al catastro comunal de baches y señales, éste no se encuentra disponible…"
Artículo 21 N°1, letra c) de la Ley N°20.285 "Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales".
25/01/2019
Deseo saber que persona efectuó una denuncia en contra de las especies arbóreas que adornan el antejardín de mi casa (...) según documento de notificación que dice: ORD. DOM N°2497 denuncia de fecha 20-11-2018, materia: informa plazo para retirar elementos instalados en B.N.U.P. (...) arbóreas que adornan el antejardin de mi casa ubicada en 2 Norte 7549 Parque Tobalaba 1, según el documento de notificación que dice: ORD. DOM N°2497 denuncia de fecha 20-11-2018, materia: informa plazo para retirar elementos instalados en B.N.U.P, al pie de la notificación se lee: (ing. DOM N° 1919 de fecha 20-11-2018
ORD. ALC: N° 1400/11 de fecha 17-01-2019
No aplica, denegación total de información.
Artículo 20 de la Ley N°20.285 "Cuando la solicitud de acceso se refiera a documentos o antecedentes que contengan información que pueda afectar los derechos de terceros".
17/01/2019