Otros | Oficina Comunal de la Mujer perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario | No se requiere postulación, el único requisito para acceder a las actividades y talleres de la Oficina de la Mujer es ser mujer y residir en la Comuna de Pica | 23.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica: Los programas están sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario para su ejecución. | No Aplica: La asignación de fondos para el desarrollo de las actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal, para su aprobación y asignación de los recursos. La asignación de estos recursos son en base al Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | *General: Contribuir al desarrollo integral de las mujeres de la Comuna de Pica, promoviendo su independencia y generando instancias de autocuidado que las favorezcan en relación a una mejor calidad de vida. *Específicos: 1.- Promover la participación y asociatividad de las mujeres de la comuna. 2.- Apoyar a las mujeres emprendedoras a través de instancias de capacitación y formación en diversas áreas y temáticas de interés de éstas mismas. 3.- Brindar un espacio de esparcimiento y autocuidado a las mujeres de la comuna. | Decreto Alcaldicio | Oficina Comunal de la Mujer | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina Comunal de la Mujer | |
Otros | Oficina de Asistencia Social-Departamento de Desarrollo Social | Pertenecer a los tres primeros quintiles más vulnerables de la sociedad y contar con RSH en comuna. El último criterio de evaluación será una visita realizada por la Trabajadora Social. | 36.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | Las Trabajadpras Sociales acogen necesidad manifestada por habitantes, se realiza visita domiciliaria y respectivo Informe Social, aplicando dos técnicas: Visita Domiciliaria y Entrevista Semiestructurada. | Desde la visita domiciliaria a la asignación de beneficio, transcurre una semana. | Apoyar socioeconomicamente a las familias más vulnerables de la comuna, mediante diversos beneficios. | Decreto Alcaldicio | Asistencia Social | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Programa de Asistencia Social | |
Otros | Oficina de Cultura perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario | Las actividades y programas desarrolladas por la Oficina de Cultura son dirigidas a todos los habitantes y visitantes de la comuna. | 22.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | Las actividades y programas de esta Oficina son realizadas mediante cronograma anual y responden a temáticas culturales propias de la comuna. La fecha de ejecución de estos programas son durante los meses de enero a diciembre de 2019. En estas actividades y programas, se brinda espacio para que artistas, locales, regionales, nacionales y extranjeros puedan realizar presentaciones artísticas y culturales. | Los programas y actividades, están sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario y el Plan Municipal de Cultura vigente. | Crear espacios de participación para el fortalecimiento de la identidad local, y la integración de las diversas manifestaciones artísticas culturales, velando y propiciando el desarrollo de la identidad, patrimonio tangible e intangible y cultural de la comuna. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Cultura | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina de Cultura | |
Otros | Oficina de Deportes perteneciente al Departamento de Seguridad Pública | Residente de la Comuna. | 10.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica. Todas las actividades que se realizan son a favor de un público en general tanto niños/as, jovenes y adultos, convocando de forma directa, a través de invitaciones o de forma indirecta, a través de medios de comunicación (radio comunal), publicidad (afiches) y redes sociales (facebook). | No aplica. La asignación de fondos para el deasarrollo de programas y actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal, para su aprobación y asignación de los recursos, la asignación de estos recursos son en base al Presupuesto Municipal vigente para el año 2019 | Otorga fomentar la activación física, deportiva-recreativa, integración familiar en la comuna, además del mejoramiento de la calidad de vida, a través del fomento del desarrollo y práctica del deporte y la recreación, como alternativa que promueve el desarrollo físico, emocional social e intelectual, de los habitantes de la comuna y el uso sano del tiempo libre. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Deportes | 139 | 14/02/2019 | | No aplica | Oficina de Deportes | |
Otros | Oficina de Discapacidad Comunal-Departamento de Desarrollo Social | Persona con discapacidad y precariedad económica que requiera de apoyo para obtener una ayuda técnica a nivel comunal (Municipio) o nacional (Senadis). La solicitud al municipio se respaldará con un Informe Social y certificados emitidos por profesionales del Área de la Salud , Médicos , Kinesiólogos que acrediten la discapacidad. La solicitud o postulación de ayuda técnica al Senadis se respaldará con los informes y formularios determinados por el Senadis y certificados por los profesionales de la salud correspondientes. | 5.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | Las solicitudes al municipio son evaluadas técnicamente por profesionales Asistentes Sociales y Kinesiólogos de la Dirección de Desarrollo Comunitario y previa aprobación del Sr. Alcalde se entregará la ayuda técnica. Las postulaciones al Seandis son evaluadas por una comisión técnica que apoya la decisión en cada caso, procediendo a la licitación de las ayudas técnicas , compra y envío a la comuna de postulación. | Las solicitudes al municipio se podrán realizar de Marzo a Noviembre de cada año. Las postulaciones al Senadis se realizarán durante la apertura del portal web que la insitución disponga (normalmente por un mes entre abril y mayo de cada año), existiendo además un período de postulación especial para personas con discapacidad pertenecientes al Chile Solidario. | Financiar total o parcialmente ayudas técnicas dirigidas a personas con discapacidad, contemplando contingencias sociales no cubiertas por otras líneas de acción estatal. | Decreto Alcaldicio | Programa Comunal de la Discapacidad | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Programa Comunal de la Discapacidad | |
Otros | Oficina de Fomento Productivo perteneciente al Departamento de Seguridad Pública | Recidir en la Comuna de Pica y tener una idea o negocio en funcionamiento. | 8.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | Disponible para todas las personas que acrediten residencia en la Comuna de Pica, con ideas o negocios en funcionamiento. Se asignará de acuerdo a los requisitos especificados de cada Programa Público o Privado, de Asesoría, Capacitación y/o Financiamiento. | Dependerán de los requerimientos específicos de cada Programa Público o Privado, de Asesoría, Capacitación y/o Financiamiento. | *General: Aportar al desarrollo económico local, a través, del fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, además, de impulsar prácticas de emprendimiento en personas con ideas de negocios. Entregando herramientas que permitan mejorar y potenciar las competencias de las personas que desarrollan un trabajo independiente, estableciendo procesos efectivos de información y asesoría en los distintos ámbitos de la gestión empresarial. *Especificos: -Promover, gestionar y coordinar programas de capacitación, que aborden temas como, desarrollo de capacidades emprendedoras, desarrollo de planes de negocios, formalización, calidad, gestión empresarial y fortalecimiento de competencias. -Gestionar la cooperación técnica de organismos públicos y privados en apoyo de iniciativas locales. -Fomentar, promover y generar instancias de apoyo a iniciativas productivas innovadoras, para fortalecer, potenciar y diversificar las actividades que aporten al desarrollo local. -Crear y desarrollar “mesas de trabajo conjunto”, con asociaciones, gremios, cámaras de comercio o similar relacionados al sector productivo. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Fomento Productivo | 139 | 14/02/2019 | | No aplica | Oficina de Fomento Productivo | |
Otros | Oficina del Adulto Mayor perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario | Tener 60 años cumplidos. Participar activamente de un Club de Adulto Mayor de la Comuna de Pica. Participar en las actividades realizadas por el municipio a favor de los Adultos Mayores. | 15.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica: Los programas estan sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario y del Alcalde, para su ejecución. | No Aplica: la asignación de fondos para el desarrollo de las actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal para su aprobación y asignación de los recursos, la los que se aprueban basados en el Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | Asegurar el desarrollo integral,en los distintos ambitos de la vida de nuestros Adultos Mayores, promoviendo la constitución de nuevas organizaciones y fortaleciendo y consolidando las organizaciones existentes en la comuna. | Decreto Alcaldicio | Oficina del Adulto Mayor | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina del Adulto Mayor | |
Otros | Oficina de la Juventud perteneciente al Departamento de Seguridad Pública | Residente de la Comuna. Jóvenes de 15 a 29 años de edad. | 9.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica. Todas las actividades que se realizan son a favor de un público juvenil convocándolos de forma directa, a través de invitaciones o de forma indirecta, a través de medios de comunicación (radio comunal), publicidad (afiches) y redes sociales (facebook). | No aplica: La asignación de fondos para el deasarrollo de programas y actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal, para su aprobación y asignación de los recursos, la asignación de estos recursos son en base al Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | *General: Otorgar a los jóvenes instancias de desarrollo que vayan a favor de la comunidad por medio de programas elaborados por la OCJ. *Especificos: A) Acercar a los jóvenes en materia sociocultural, artísticas, educativas, deportivas y de recreación, tomando en cuenta las necesidades juveniles. B) Potenciar e incentivar, valores y cualidades positivas en los jóvenes de la comuna. | Decreto Alcaldicio | Oficina de la Juventud | 139 | 14/02/2019 | | No aplica | Oficina de la Juventud | |
Otros | Oficina de Organizaciones y Territoriales Comunitarias - Dirección de Desarrollo Comunitario | Las personas que participan activamente en las organizaciones Territoriales y Funcionales de la comuna, asesorándolas en forma permenente y administrando programas que favorezcan el desarrollo de las comunidades que representan. | 7.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica: Los programas están sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario, para su ejecución. | No Aplica: La asignación de fondos para el desarrollo de las actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal, para su aprobación y asignación de los recursos, la asignación de estos recursos son en base al Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | Generar, apoyar y potenciar el desarrollo de iniciativas de las Organizaciones Comunitarias que permitan generar un mejor funcionamiento: A.- Promover la constitución y el adecuado funcionamiento de las organizaciones comunitarias, tanto las de carácter funcional, como territoriales de acuerdo a sus respectivos intereses, proporcionando una red social que los vincule. B.- Recibir y servir de canal de respuesta a la comunidad respecto de las acciones adoptadas por la Municipalidad, tendientes a satisfacer las necesidades planteadas por los vecinos. C.- Promover, coordinar e implementar los programas vecinales compartidos. D.- Contribuir a la capacitación de los dirigentes en la participación social y otras que promuevan su desarrollo. E.- Orientar a los dirigentes territoriales y funcionales en la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo comunitario. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Organizaciones y Territoriales Comunitarias | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina de Organizaciones y Territoriales Comunitarias | |
Otros | Oficina de Pueblos Originarios - Dirección de Desarrollo Comunitario | Tener la Calidad Indígena. Participar activamente en una Asociación Indígena, Comunidad Indígena o Persona Natural Indígena de la Comuna de Pica. | 8.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica: Los programas estan sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario y Alcaldía para su ejecución. | No Aplica: la asignación de Fondos para el Desarrolllo de las actividades deben ser presentados ante Concejo Municipal para su aprobación y asignación de los recursos, a los que se aprueban basados en el Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | El Departamento de la Oficina de Pueblos Originarios depende directamente de la Dirección de Desarrollo Comunitario y tiene por Objetivo General: Promoveer y ejecutar una política de desarrollo local Intercultural, que permita delinear acciones tendientes a potenciar el desarrollo de los habitantes indígenas de la Comuna de Pica, contribuyendo además a una coexistencia basada en el respeto por la diversidad, equidad y participación en asuntos Indígenas. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Pueblos Originarios | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina de Pueblos Originarios | |
Otros | Oficina de Turismo perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario | No Aplica: La Oficina de Turismo está enfocada a realizar programas dirigidos a la Comunidad y a la difusión turística tanto a nivel local, regional, nacional e internacional, promocionando las distintas actividades que pueden realizar dentro de la comunidad. | 22.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | No Aplica: Los programas estan sujetos a los criterios de evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario, para su ejecución. | No Aplica: La asignación de fondos para el deasarrollo de programas y actividades deben ser presentados ante el Concejo Municipal, para su aprobación y asignación de los recursos, la asignación de estos recursos son en base al Presupuesto Municipal vigente para el año 2019. | *General: Como Oficina Comunal de Turismo trabajaremos en tres ejes este año 2019, nuestros objetivos claves será que la Comuna de Pica sea reconocida a nivel Nacional, Regional, (y en un futuro inmediato, Internacional), fortalecer alianzas con el Sector Turístico Privado de la Comuna, reconocer y reactivar nuevos atractivos para la Comuna de Pica. *Especifico: Reconocimiento a Nivel Regional y Nacional de la Comuna de Pica en el Ámbito Turístico. Este objetivo se realizará con una estrategia de publicidad y difusión turística tanto como en la web y folletería, también asistiendo a ferias y exposiciones. Fortalecer alianzas con el Sector Turístico Privado. Reconocer y poner en valor nuevos atractivos para la Comuna de Pica. | Decreto Alcaldicio | Oficina de Turismo | 105 | 04/02/2019 | | No aplica | Oficina de Turismo | |
Otros | Oficina Municipal Intermediación Laboral perteneciente al Departamento de Seguridad Pública | Requisitos: -Inscripción presencial en OMIL (Presentar Cédula de Identidad). -Acreditar residencia en la Comuna de Pica (Certificado de Residencia o Certificado Registro Social de Hogares). Antecedentes para postular: -Mantener actualizado el Curriculum Vitae que cada usuario tiene en la Bolsa Nacional de Empleo. | 3.000.000 | Pesos | 01/01/2019 | 31/12/2019 | Disponible para todas las personas que acrediten residencia en la Comuna de Pica. Se asignará de acuerdo a los requisitos especificados de cada oferta laboral o de cada programa de capacitación laboral. | Dependerán de los requerimientos específicos de cada oferta laboral o programa de capacitación laboral. | *General: Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las familias de la comuna de Pica, a través, de la disminución de la desocupación y cesantía. Entregando un servicio de calidad, moderno y eficiente que permita ampliar las oportunidades laborales de personas cesantes, sin oficios, quienes buscan trabajo por primera vez, trabajadores que desean cambiar su actividad ocupacional y a personas inactivas con necesidad de ingresar al mundo laboral. *Específicos: -Gestionar ofertas de trabajo y capacitación, asi como promoveer la postulación de los usuarios inscritos en OMIL. -Mantener un nexo permanente con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo Región de Tarapacá. -Generar instancias de familiarización y acercamiento al mundo laboral, a través de técnicas y actividades de apresto laboral. -Operar bajo lo lineamientos de registros de usuarios, publicación de ofertas laborales y postulación, establecidos por el sistema informático de la Bolsa Nacional de Empleo. | Decreto Alcaldicio | Oficina Municipal Intermediación Laboral | 139 | 14/02/2019 | | No aplica | Oficina Municipal Intermediación Laboral | |