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Transparencia Activa

La Municipalidad de Punta Arenas no ha dictado actos y/o documentos calificados como secretos o reservados en los meses que no se indican en la siguiente planilla.

Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado
Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación
Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial
Fundamento legal y causal de secreto o reserva
Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa)
Enlace al acto o resolución en que consta la calificación
...solamente los emails de los contribuyentes que realizaron el trámite de obtención del Permiso de Circulación Vehicular (PCV) primera cuota de Marzo 2023.
Oficio Ordinario Nº 1682, de fecha 18-12-2023, que deniega información asociada a solicitud de información MU239T0002083
Email de los contribuyentes
Constituyen datos personales, cuya reserva se encuentra consignada en los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada"
19/12/2023
1. Antecedentes, nombres de la organización y datos de los dirigentes, de las organizaciones territoriales, funcionales presentes en la zona de estudio...
Oficio Ordinario Nº 1671, de fecha 14-12-2023, que deniega parcialmente información solicitada por don Alejandro Soto Navarro, a través de solicitud de información MU239T0002103
Datos de los dirigentes, se entrega información sobre los nombres y cargos de cada uno de ellos, denegando datos personales como domicilios y números telefónicos de contacto.
Constituyen datos personales, cuya reserva se encuentra consagrada en la ley Nº 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
14/12/2023
...Solicito si por favor me puedan enviar toda la información de la denuncia en mi contra y quién la realizó".
Oficio Ordinario Nº 731, de fecha 06-07-2023, que deniega parcialmente información asociada a Solicitud de Información código AW003T0007444, derivada por la Superintendencia de Medio Ambiente Gobierno de Chile, a este Municipio.
Datos personales del denunciante.
El Consejo para la Transparencia, en sus decisiones de amparo ROL C520-09, C302-10 y C2209-15, ha razonado que “ante solicitudes de información referidas al nombre de las personas que han afectado denuncias ante organismos públicos, cabe resguardar la identidad del denunciante a fin de evitar la afectación de bienes jurídicos, tales como su seguridad y su vida privada, y que éstos se inhiban de realizar futuras denuncias e impedir que los órganos de la administración realicen las fiscalizaciones necesarias que surgen de dichas denuncias” (considerando Nº 4 Decisión de Amparo Rol C2209-15). El Consejo para la Transparencia ha estimado que, de revelarse la identidad, dirección o teléfono particular de él o los denunciantes, se afectaría el debido cumplimiento de las funciones del órgano, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 Nº 1 de la Ley de Transparencia, toda vez que la entrega de la identidad de los denunciantes puede conllevar a que aquellos que pretenden formular futuras denuncias ante los órganos de la administración del Estado se inhiban de realizarlas, impidiendo con ello que tales órganos y servicios cuenten con un insumo inestimable, que les sirva de base para efectuar las fiscalizaciones necesarias destinadas a esclarecer los hechos o irregularidades de que éstas puedan dar cuenta.
06/07/2023
...información requerida respecto a las PPU cuyo origen son de la comuna de Providencia y que han renovado en su comuna... detallando R.U.T., nombre, dirección, comuna, email y otros.
Oficio Ordinario Nº 624, de fecha 09-06-2023, que deniega parcialmente información asociada a solicitud de información folio CT001T0017451, presentada por don José Liberona Marambio.
En archivo adjunto a la solicitud de información, se solicita informar R.U.T., nombre, dirección, comuna, email de los contribuyentes que han efectuado pago de permisos de circulación, asociados a placas patentes únicas.
Constituyen datos personales, cuya reversa se encuentra consagrada en la Ley Nº 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
12/06/2023
Solicito que me informen nombres de las personas que realizaron las denuncias, que motivaron la infracción cancelada 18 de noviembre de 2022, boleta de inspección de 18 de mayo de 2023y notificación de 15 de mayo de 2023.
Oficio Ordinario N° 622 de fecha 07 de Junio de 2023, que informa imposibilidad de entregar la información solicitada en Solicitud folio MU239T0001935 presentada por don Luis Gallardo Vargas
Identificación del o los denunciantes, a través de los nombres.
Se ha estimado que el Municipio debe resguardar la identidad del o los denunciantes, toda vez que su divulgación afectaría, por una parte, el derecho de los denunciantes a su privacidad y seguridad, y por otra, el debido cumplimiento de las funciones del Municipio. Resultan aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada y lo consignado en Procedimiento de Denuncias, aprobado a través de decreto alcaldicio Nº 593, de fecha 01-03-2011.
08/06/2023
...la información respecto de las nuevas contrataciones realizadas desde el día 28 de junio hasta la fecha; o bien, desde la fecha en que asumió su cargo el nuevo alcalde en ejercicio. Requerimos, respecto de estas nuevas contrataciones: nombre completo, RUT, tipo de contrato, cargo y función encomendada.
Oficio N° 897, de 12 de agosto de 2021, que Deniega Parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0001495 presentada por don Sebastián Miranda
RUT. de los funcionarios contratados desde el 28 de junio hasta la fecha
Constituyen datos relativos a la esfera de la vida privada, cuya reserva se encuentra consagrada por lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de Ley de Transparencia en relación con los artículos 2, letra f) y 4 de la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada.
12/08/2021
“Solicito me informe los correos electrónicos institucionales de todos los funcionarios de la municipalidad de Punta Arenas, sin importar su condición contractual, sean ellos planta, contrata u honorarios, separados por Dirección municipal en la que prestan servicios. De igual forma informar en el listado los nombres de los Directores de servicio y Jefes de departamento o unidades.”
Oficio Ordinario N° 632, de fecha 11 de Junio de 2021, que Deniega la solicitud de acceso a la información, Folio MU239T0001458, presentada por Don Peter Zippel Herrera
"Solicito me informe los correos electrónicos institucionales de todos los funcionarios de la municipalidad de Punta Arenas............."
"Solicito me informe los correos electrónicos institucionales de todos los funcionarios de la municipalidad de Punta Arenas............." En virtud del artículo 15°, se comunica a Ud. que la información referida a Nombre, Cargo, y medios de contacto de las Direcciones de este Municipio, se encuentran permanentemente a disposición del público (parcial), en nuestro sitio electrónico www.puntaarenas.c , a través de la siguiente ruta: • Banner “Municipio” (Extremo superior izquierdo); “Contactos”; https://www.puntaarenas.cl/html/info-contacto.php Que, no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, el requerimiento de información de los correos electrónicos de “todos los funcionarios de la Municipalidad”, lo que se considera necesario reservar, en virtud de la jurisprudencia reiterada del Consejo para la Transparencia, contenida, entre otras, en las decisiones recaídas en los amparos roles C611-10, C988-12, C136-13, C974-14, C2477-14, C427-15, C1944-16, C1423-20, y C2666-20, en cuanto a que la publicidad de las direcciones de correos electrónicos institucionales de funcionarios de la Administración del Estado, afecta el debido cumplimiento de las funciones de los respectivos órganos, razón por la cual se ha considerado la reserva de la misma, en aplicación del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar la entrega de la información, relativa a “correos electrónicos de los funcionarios Municipales”, dando por justificada la concurrencia de la causal de reserva del artículo 21 N° 1 ya citado".
11/06/2021
Por medio del presente, solicito me otorguen todos los antecedentes de quienes quedaron para la prueba psicológica referentes al Concurso Publico Nro. 2 de Jefatura publicado en el mes de Noviembre de 2020.
Oficio Ordinario N° 88 de fecha 25 de Enero de 2021, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0001360 presentada por Doña Marcela Reyes Altamirano.
Por medio del presente, solicito me otorguen todos los antecedentes de quienes quedaron para la prueba psicológica referentes al Concurso Publico Nro. 2 de Jefatura publicado en el mes de Noviembre de 2020.
Respecto de la entrega de informes psicológicos, el Consejo para la Transparencia, en reiterada jurisprudencia, plasmada entre otras en las decisiones recaídas en los amparos, ha resuelto la reserva de éstos, incluso para el propio solicitante, señalando que la evaluación de estos antecedentes corresponde a un examen en un momento determinado. En este contexto, la divulgación de las opiniones contenidas en estos informes, producirían cuestionamientos difíciles de dirimir, dado que, en muchos casos, los interesados no quedarían satisfechos con su contenido, lo que podía mermar la claridad, asertividad y precisión de tales informes en procesos de selección futuros, atributos que son esenciales para un adecuado sistema de reclutamiento. Esto los transformaría en herramientas poco útiles, todo lo cual atentaría contra el debido cumplimiento de las funciones del órgano, en cuanto a la selección de su personal y, por extensión, en la ejecución de las otras tareas que la Ley le ha encomendado, pues se generaría un riesgo cierto, probable y específico de producir tal afectación, configurando así la causal de secreto o reserva del articulo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia. En virtud de lo expuesto, se informa que no procede la entrega de informes de la prueba psicológica del Concurso Público N° 2 de Jefatura.
25/01/2021
En virtud de la Ley 20.285 de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, también llamada «Ley de transparencia», solicito a usted la copia íntegra de todas las sentencias referidas a la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sus modificaciones, dictadas desde el 1 de enero de 2019 hasta el 30 de agosto de 2020 en el municipio de su jurisdicción. Además solicitamos la siguiente información para el mismo periodo: a) La individualización del juzgado; b) El rol o número de ingreso de la causa; c) La fecha de inicio de la causa; d) Naturaleza de la causa, en concordancia con lo establecido en el artículo 50 inciso segundo de la ley Nº 19.496, esto es, si se trata del ejercicio de una acción destinada a: sancionar al proveedor que incurra en infracción; de nulidad de cláusulas abusivas incorporadas en contratos de adhesión; de obtención de prestación de la obligación incumplida; de cese de la conducta contraria a los derechos de los consumidores; y/o de indemnización de perjuicios o de reparación; e) El proveedor querellado, denunciado y/o demandado, indicando su nombre o razón social, cédula de identidad o rol único tributario, siempre y cuando éste último dato haya sido indicado en la querella, denuncia o demanda; f) Las normas legales y/o reglamentarias que fundan la denuncia, demanda o querella, especificando artículo, inciso, literal o numeral, según corresponda; y g) Las sentencias cuya multa no haya sido pagada por el proveedor.
Oficio Ordinario N° 1214 de fecha 24 de Septiembre de 2020, que deniega la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0001292 presentada por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios.
.....copia íntegra de todas las sentencias referidas a la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sus modificaciones, dictadas desde el 1 de enero de 2019 hasta el 30 de agosto de 2020 en el municipio de su jurisdicción. Además solicitamos la siguiente información para el mismo periodo: a) La individualización del juzgado; b) El rol o número de ingreso de la causa; c) La fecha de inicio de la causa; d) Naturaleza de la causa, en concordancia con lo establecido en el artículo 50 inciso segundo de la ley Nº 19.496, esto es, si se trata del ejercicio de una acción destinada a: sancionar al proveedor que incurra en infracción; de nulidad de cláusulas abusivas incorporadas en contratos de adhesión; de obtención de prestación de la obligación incumplida; de cese de la conducta contraria a los derechos de los consumidores; y/o de indemnización de perjuicios o de reparación; e) El proveedor querellado, denunciado y/o demandado, indicando su nombre o razón social, cédula de identidad o rol único tributario, siempre y cuando éste último dato haya sido indicado en la querella, denuncia o demanda; f) Las normas legales y/o reglamentarias que fundan la denuncia, demanda o querella, especificando artículo, inciso, literal o numeral, según corresponda; y g) Las sentencias cuya multa no haya sido pagada por el proveedor.
Que conforme lo dispuesto, tanto en la Ley N° 20.285, como en el Reglamento de la misma ley (Decreto Supremo N° 13 de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia) no se dará lugar a remitir la información requerida, por improcedente. Efectivamente, las disposiciones legales citadas excluyen expresamente de las obligaciones o cargas de información a los Juzgados de Policía Local, por ser éstos órganos que ejercen jurisdicción, según expresamente lo consigna el inciso 2° del art. 2° del mencionado Reglamento. En consecuencia, según se ha dicho, los Juzgados de Policía Local de Punta Arenas no entregarán la información solicitada, toda vez, que se contraviene norma expresa. Sin perjuicio de lo anterior, y conforma lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 20.285, la información que se solicita se encuentra a disposición de la solicitante, en las dependencias de ambos Juzgados de Policía Local. Finalmente, también se debe consignar que el artículo 58 bis de la Ley N° 19.496 obliga a los Juzgados de Policía Local a remitir copias de todas las sentencias dictadas en materia de Protección de Derechos de los Consumidores al SERNAC, pudiendo requerirse, de dicho servicio público, la información pertinente.
25/09/2020
Junto con saludar, y en el marco de una tesis de Magíster en Derecho, mención Derecho Público, en Gestión Municipal y Desarrollo Local, y considerando lo dispuesto en el artículo 151 del D.F.L. N°1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.695, solicito a usted la siguiente información: 1. Informar todos los reclamos de ilegalidad municipal que se han interpuesto ante vuestra municipalidad, dentro de los ultimos 15 años. 2. De acuerdo a lo solicitado en el numeral precedente, se solicita copia de los reclamos de ilegalidad municipal y de la resolución mediante la cual el alcalde los resuelve, en formato pdf. En caso de rechazo del reclamo de ilegalidad municipal, informar si hubo reclamo ante la Ilustrísima Corte de apelaciones, señalando el rol de la causa
Oficio Ordinario N° 1009 de fecha 29 de Julio de 2020, que deniega la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0001230 presentada por Don Herman Espinoza Becerra.
Información sobre reclamos de ilegalidad del Municipio, dentro de los ultimos 15 años.
Conforme al artículo 21 de la Ley 20.285, las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: “c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.”
29/07/2020
“Junto con saludarlos, necesito solicitar la información de los viajes NACIONALES de alcaldes, concejales y funcionarios en los años 2017, 2018 y 2019. Dichos datos solicitamos completar una planilla Excel acorde con los siguientes campos: • Comuna, • Año (2017,2018,2019), • Cargo (Solo colocar Alcalde, Concejal o Funcionario según corresponda), • Nombre del Alcalde, Concejal o Funcionario, • Apellido paterno del alcalde, concejal o funcionario, • Apellido materno del alcalde, concejal o funcionario, • RUT del alcalde, concejal o funcionario • Comuna de destino del viaje, • Monto Viático, • Monto Pasaje, • Monto Inscripción de cursos, y otros gastos • Fecha inicio del viaje, • Fecha término del viaje, • Motivo del Viaje”.
Oficio Ordinario N° 1177 de fecha 26 de Julio de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000980 presentada por Don Sebastián Miranda.
R.U.T. de Alcalde, Concejales y Funcionarios
Que, no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, además, el requerimiento de información de R.U.T. de Alcalde, Concejales y Funcionarios, antecedentes que constituyen datos relativos a la esfera de la vida privada, cuya reserva se encuentra consagrada por lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a R.U.T. de Alcalde, Concejales y Funcionarios.
26/07/2019
“Soy ………., estoy trabajando en mi tesis sobre INDICADORES DE USO DE CORREO ELECTRÓNICO EN EL SECTOR PÚBLICO. Para lo anterior, solicito a ustedes adjuntar una planilla en Excel donde se indique nombre, cargo y correo electrónico de los funcionarios de este municipio. Así también los departamentos de salud y educación.”
Oficio Ordinario N° 1176 de fecha 16 de Julio de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000975 presentada por Doña Katherine Hidalgo.
Correos electrónicos de los funcionarios.
Que, no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, además, el requerimiento de información de los correos electrónicos de los funcionarios, lo que se considera necesario reservar, en virtud de la jurisprudencia reiterada del Consejo para la Transparencia, contenida, entre otras, en las decisiones recaídas en los amparos roles C611-10, C988-12, C136-13, C974-14, C2477-14 y C427-15, en cuanto a que la publicidad de las direcciones de correos electrónicos institucionales de funcionarios de la Administración del Estado, afecta el debido cumplimiento de las funciones de los respectivos órganos, razón por la cual se ha considerado la reserva de la misma, en aplicación del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a “correos electrónicos de los funcionarios”, dando por justificada la concurrencia de la causal de reserva del artículo 21 N° 1 ya citado".
26/07/2019
“Solicito información acerca de base de datos vigente, sobre inscripción de vehículos motorizados en su comuna (permisos de circulación). Datos relacionados a, domicilio, comuna, placa única, tipo de vehículo, marca, año y tasación. Datos relacionados a, domicilio, comuna, placa única, tipo de vehículo, marca, año y tasación. Todo esto para fines estadísticos y de investigación a fin de cuantificar y georeferenciar el parque automotriz inscrito en su comuna"
Oficio Ordinario N° 1137 de fecha 22 de Julio de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000967 presentada por Doña Ruth Sofía Delgado Ramos.
Domicilio; asociado a placa unica Permisos de Circulación.
Que, no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, además, el requerimiento de información de domicilios, asociados a placa única, antecedentes que constituyen datos relativos a la esfera de la vida privada, cuya reserva se encuentra consagrada por lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a "domicilios", asociados a placa única.
22/07/2019
Necesito la siguiente infromación del Municipio: Rol de Patentes Municipales C.I.P.A. (COMERCIALES, INDUSTRIALES, PROFESIONALES y DE ALCOHOLES) vigente a la fecha de esta solicitud, detallando en un archivo EXCEL: NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL CONTRIBUYENTE – RUT – TELEFONO – CORREO ELECTRONICO – ACTIVIDAD ECONOMICA – VALOR DE LA PATENTE EN PESOS
Oficio Ordinario Nº 656 de fecha 04 de Mayo 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000917 presentada por don Alexis Irarrazabal.
Teléfono, correo electrónico
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, en lo que atañe a número telefónico y correos electrónicos, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21, Nº 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 19,628, Sobre Protección de la Vida Privada.
04/05/2019
……….listado de Juntas de Vecinos de la Comuna de Punta Arenas, el cual contenga nombre de la junta, dirección, nombre del Presidente o directiva, número telefónico, correo electrónico…………..
Oficio Ordinario N° 464 de fecha 04 de Abril de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000898 presentada por Don Cristian Vargas Oyarzún.
Número telefónico, correo electrónico de personas naturales.
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, en lo que atañe a número telefónico y correos electrónicos, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
04/04/2019
…….vengo a solicitar información de las patentes comerciales, industriales, profesionales, alcoholes, ferias, etc. vigentes a la fecha de esta solicitud en formato Excel o txt. DEL CONTRIBUYENTE: -NOMBRE O RAZÓN SOCIAL, -RUT (CUANDO UNA PERSONA NATURAL INSCRIBE UNA PATENTE COMERCIAL, EL RUT DEJA DE SER UN DATO CONFIDENCIAL), -DIRECCION COMERCIAL SIN NOMBRE DE LA COMUNA, -FONO, -EMAIL, -REPRESENTANTE LEGAL, -RUT REP. LEGAL…..
Oficio Ordinario N° 440 de fecha 02 de Abril de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000853 presentada por Don Marcelo Peñailillo Streb.
Fono; E-mail de contribuyentes Patentes Comerciales.
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, en lo que atañe a los teléfonos y correos electrónicos, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
02/04/2019
Se solicita a través de éste medio las organizaciones funcionales y territoriales de la comuna, junto a los nombres de los representantes y datos de contacto de su directiva
Oficio Ordinario N° 181 de fecha 08 de Febrero de 2019, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información Folio MU239T0000867 presentada por Don Felipe Santibañez Osorio.
…."datos de contacto de su directiva".
Que aplicando el principio de divisibilidad establecido en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, en virtud de la solicitud formulada, se accede a la entrega de parte de lo requerido, específicamente, se enviará adjunto al presente documento, un archivo en formato Excel que contiene la información referida a las Organizaciones Territoriales y Funcionales de la Comuna; Nombre de la Organización, Nombre dirigente, cargo y fecha vigencia de la organización.En consecuencia, este órgano no accederá a entregar los datos referidos en lo precedente.
08/02/2019
Se solicita la siguiente información concerniente a Areas de superficie afectas a restricciones de los Planes Reguladores vigentes del año 2009 y el reciente 2016. 1. DE LOS SIGUIENTES ROLES (DERIVADOS DEL ROL MATRIZ 5011-28): PATAGON SITIO 013, ROL 2665-1 PATAGON SITIO 02A, ROL 2665-2 PATAGON SITIO 03A, ROL 2665-3 SITIO 012A, ROL 2665-4 SITIO 11, ROL 2665-5 SITIO 10, ROL 2665-6 SITIO 9, ROL 2665-7 SITIO 8, ROL 2665-8 SITIO 5, ROL 2665-11 SITIO 1, ROL 2665-13 LAS ÁREAS DE RESTRICCIÓN R1 EN MTS2 Y PORCENTAJES, SEGÚN PLAN REGULADOR DEL AÑO 2009 YVIGENTE HASTA DICIEMBRE DEL 2016 Y SI DICHOS ROLES SE ENCUENTRAN DENTRO DEL ÁREA DECONCESIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO. 2. DE LOS SIGUIENTES ROLES: DE LOS SIGUIENTES ROLES (DERIVADOS DEL ROL MATRIZ 5011-28): PATAGON SITIO 013, ROL 2665-1 PATAGON SITIO 02A, ROL 2665-2 PATAGON SITIO 03A, ROL 2665-3 SITIO 012A, ROL 2665-4 SITIO 11, ROL 2665-5 SITIO 10, ROL 2665-6 SITIO 9, ROL 2665-7 SITIO 8, ROL 2665-8 SITIO 5, ROL 2665-11 SITIO 1, ROL 2665-13 DE LOS SIGUIENTES ROLES (DERIVADOS DEL ROL MATRIZ 5011-27): LOT. CALAFATE SITIO 3 2665-14 LOT. CALAFATE SITIO 4 2665-15 LOT. CALAFATE SITIO 5 2665-16 LOT. CALAFATE SITIO 6 2665-17 LOT. CALAFATE SITIO F 2665-18 LOT. CALAFATE SITIO G 2665-19 LOT. CALAFATE SITIO H 2665-20 LOT. CALAFATE SITIO I 2665-21 LOT. CALAFATE SITIO J 2665-22 LOT.CALAFATE SITIO K 2665-23 LOT.CALAFATE SITIO L 2665-24 LOT.CALAFATE SITIO M 2665-25 LOT.CALAFATE SITIO N 2665-26 LOT.CALAFATE SITIO Ñ 2665-27 LOT.CALAFATE SITIO O 2665-43 LOT.CALAFATE SITIO P 2665-44 LOT.CALAFATE SITIO Q 2665-45 LOT.CALAFATE SITIO R 2665-28 LOT.CALAFATE SITIO S 2665-29 LOT.CALAFATE SITIO T 2665-30 LOT.CALAFATE SITIO U 2665-31 LOT.CALAFATE SITIO V 2665-32 LOT.CALAFATE SITIO W 2665-46 LOT.CALAFATE SITIO 22 2665-33 LOT.CALAFATE SITIO 23 (RIO) 2665-34 LOT.CALAFATE SITIO 2 2665-35 PSJE PELENTARO ST 25 4535-11 PSJE PELENTARO ST 24 4535-12 PSJE PAICAVÍ SITIO 1 4535-13 LAUTARO SITIO 31 4515-13 ONGOLMO SITIO 30 4515-14 PSJE PELENTARO ST 29 4515-15 PSJE PELENTARO ST 28 4515-16 PSJE PELENTARO ST 27 4515-17 PSJE PELENTARO ST 26 4515-18 LAS SUPERFICIES Y PORCENTAJES DE RESTRICCIÓN ASOCIADAS A LAS SIGUIENTES RESTRICCIONESESPECIFICADAS EN EL PLAN REGULADOR QUE ENTRÓ EN VIGENCIA EN DICIEMBRE DEL AÑOS 2016: A. ÁREA Y PORCENTAJE DE RESTRICCIÓN ZEP-3, B. ÁREA Y PORCENTAJE DE RESTRICCIÓN ZAV-1, C. ÁREA Y PORCENTAJE DE RESTRICCIÓN CALLE PROLONGACIÓN COSTANERA DEL RÍO PARALELA AL RÍO DEL MISMO NOMBRE D. OTRAS RESTRICCIONES QUE SE LE APLIQUE. A LOS ROLES MENCIONADOS EN EL PUNTO 2. TODAS ACOMPAÑADOS DE PLANO
Oficio Ordinario N° 483 de fecha 05 de Marzo de 2018, que deniega la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000664 presentada por Don Alejandro Riquelme Ducci.
Procesamiento de información a través de georeferenciaciones de Areas de superficie afectas a restricciones de los Planes Reguladores, de Roles individualizados
La información solicitada no se encuentra disponible, y su respuesta requiere realizar procesamiento de información a través de georeferenciaciones, cuyo tiempo de respuesta implica un trabajo, de a lo menos 3 meses. Conforme a lo expuesto, se deniega solicitud de información, en atención a que no se dispone de la información en los términos solicitados, configurándose en razón de la cantidad de información a analizar, la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia.
05/03/2018
Solicito Base de datos de personas jurídicas que solicitaron o renovaron patentes de alcohol en los ultimos 3 años, y su estado actual. Que contemple Rut, Razón Social, Contacto/Representante Legal, Dirección, Teléfono y Correo Electrónico.
Oficio Ordinario N° 2005 de fecha 11 de Diciembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000628 presentada por Don Sebastián Valenzuela Rasmussen.
RUT, Dirección, Teléfono y Correo Electrónico de personas naturales.
Que aplicando el principio de divisibilidad establecido en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, en virtud de la solicitud formulada, se accede a la entrega de parte de lo requerido, específicamente, se enviará adjunto al presente documento, archivo de Patentes de Alcoholes, renovadas en el periodo, en formato Excel, que contiene la información referida a: Rol, RUT Comercial, Nombre, Dirección Comercial, Giro y Tipo. Que no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, además, el requerimiento de información de los RUT, Teléfono y correos electrónicos, antecedentes que constituyen datos relativos a la esfera de su vida privada, cuya reserva se encuentra consagrada por lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto.
11/12/2017
Solicito Base de datos de personas jurídicas o negocios registradas como Botillería, Cabaret, Minimarket, Tienda de conveniencia, Kiosko, Discoteque, Productora de Eventos, Restaurant, Pub, Centros Deportivos, Venta de comida al paso o cualquier otra actividad comercial afin. Que contemple Rut, Giro, Razón Social, Contacto/Representante Legal, Dirección, Teléfono y Correo Electrónico. Ideal si puede contemplar un identificador del rubro o actividad comercial.
Oficio Ordinario N° 2006 de fecha 11 de Diciembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000629 presentada por Don Sebastián Valenzuela Rasmussen.
RUT, Dirección, Teléfono y Correo Electrónico de personas naturales.
Que aplicando el principio de divisibilidad establecido en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, en virtud de la solicitud formulada, se accede a la entrega de parte de lo requerido, específicamente, se enviará adjunto al presente documento, dos archivos de Patentes Comerciales y de Alcoholes, en formato Excel, que contiene la información referida a: Rol, RUT Comercial, Nombre, Dirección Comercial, Giro y Tipo. Que no obstante lo anterior, la solicitud recibida incluye, además, el requerimiento de información de los RUT, Teléfono y correos electrónicos, antecedentes que constituyen datos relativos a la esfera de su vida privada, cuya reserva se encuentra consagrada por lo dispuesto en el artículo 21, N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto.
11/12/2017
Listado de Juntas de Vecinos, Organizaciones Sociales Comunitarias y Funcionales de la Comuna, indicando unidades vecinales de pertenencia cuando corresponda y contactos de Juntas de Vecinos.
Oficio Ordinario N° 1759 de fecha 03 de Noviembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000612 presentada por Don Nicolás Vatter Rodriguez.
Datos de contacto de Juntas de Vecinos, organizaciones sociales comunitarias y funcionaleas de la comuna.
Aplicando el principio de divisibilidad establecido en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, respecto de los puntos N° 1 y N° 2 de la solicitud formulada, se accede a la entrega de parte de lo requerido. Considerando que el Municipio no posee autorización expresa para entregar antecedentes personales de los dirigentes, se resuelve denegar parcialmente la entrega de la información, referida a “medios de contacto”, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida privada.
03/11/2017
Solicito listado actualizado de nombres y numeros de contacto de los presidentes de las Juntas de Vecinos de la Comuna de Punta Arenas mas datos de los presidentes de las Uniones Comunales.
Oficio Ordinario N° 1497 de fecha 28 de Septiembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000595 presentada por Doña Silvia Muñoz González.
Datos de contacto de personas naturales (teléfono)
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, y considerando que el Municipio no posee autorización expresa para entregar antecedentes de los dirigentes, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
28/09/2017
Se solicita a través de este medio el nombre de las Juntas de Vecinos activas de la comuna, junto a los nombres de los representantes y datos de contacto. Especificamente un listado con lo siguiente: Nombre de la Junta de Vecinos, Unidad Vecinal, Nombres de Directiva, Datos de Contacto (dirección, correo electrónico o teléfono).
Oficio Ordinario N° 1498 de fecha 28 de Septiembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000596 presentada por Don Felipe Santibáñez Osorio.
Datos de contacto de personas naturales (dirección, correo electrónico o teléfono)
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, y considerando que el Municipio no posee autorización expresa para entregar antecedentes de los dirigentes, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
28/09/2017
Solicito información de los Hostales, Hosterías y Hospedaje Familiar de la ciudad de Punta Arenas, ademas que incluya el nombre comercial, dirección y RUT.
Oficio Ordinario N° 1329 de fecha 01 de Septiembre de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000581 presentada por Doña Nelly Cardenas Hernández.
RUT de personas naturales
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, se resuelve, denegar parcialmente la entrega de la información, relativa específicamente a los R.U.T., de personas naturales, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
01/09/2017
Solicito a ustedes catastro de agrupaciones de adultos mayores vigente del año 2017 de toda la comuna de Punta Arenas. Principalmente datos, tales como: Nombre de la agrupación, teléfono de contacto, dirección en donde funcionan, nombre del presidente(a) y por ultimo cuantos Adultos mayores se encuentran funcionando en la agrupación (número).
Oficio Ordinario N° 1200 de fecha 08 de Agosto de 2017, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000556 presentada por Doña Daniela Melipillan Muller.
Datos de contacto de personas naturales (teléfono)
……, y considerando que el Municipio no posee autorización expresa para entregar antecedentes personales de los dirigentes, se resuelve denegar parcialmente la entrega de la información, relativa a datos de contacto de personas naturales, resultando aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
08/08/2017
Nombre de persona que realizó denuncia en mi contra por ventas de producto.
Oficio Ordinario N° 969 de fecha 28 de Junio de 2017, que deniega la solicitud de acceso a la información folio MU239T0000547 presentada por Doña Angélica Francisca Vega Barría.
Identificación del o los denunciantes.
Se ha estimado que el Municipio debe resguardar la identidad del o los denunciantes, toda vez que su divulgación afectaría, por una parte, el derecho de los denunciantes a su privacidad y seguridad, y por otra, el debido cumplimiento de las funciones del Municipio. Resultan aplicables las causales de reserva consagradas en el artículo 21 N° 1 y N° 2 de la ley de Transparencia, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
28/06/2017