Exhortos | Exhortos (sólo infracciones de tránsito) | Infracción de tránsito que no involucre daños a la propiedad pública ni privada ni lesionados. | No tiene | El infractor que haya sido multado en otra comuna y que tenga residencia en San Pedro podrá concurrir al Juzgado de Policía Local para formular sus descargos por escrito y solicitar que, por medio de exhorto, se recabe la resolución del caso y, si corresponde, el envío de la licencia retenida a este Tribunal. El Juez exhortado comunicará al de San Pedro la sentencia dictada, acompañando la licencia, en su caso, la cual sólo podrá ser devuelta al denunciado previo pago, cuando proceda, de la multa impuesta, mediante vale vista bancario a la orden de la Tesorería Municipal correspondiente al Tribunal exhortado. | Gratis | Juzgado de Policía Local de San Pedro. Hermosilla 11, San Pedro. Sólo lunes, miércoles y viernes, de 8 a 14 horas. | |
Permisos provisorios para conducir | Permisos provisorios para conducir (en el trámite de un exhorto) | Infracción de tránsito que no involucre daños a la propiedad pública ni privada ni lesionados. | No tiene | Durante el trámite del exhorto, el juzgado de San Pedro retendrá la boleta de citación que se hubiere extendido al denunciado y otorgará permiso provisorio para conducir hasta por treinta días, siempre que la infracción denunciada no se refiera a falta de licencia o al hecho de encontrarse vencida. | Gratis | Juzgado de Policía Local de San Pedro. Hermosilla 11, San Pedro. Sólo lunes, miércoles y viernes, de 8 a 14 horas. | |
Recepción de denuncias | Recepción de denuncias | Verbalmente ante el funcionario o por escrito. | No tiene | 1. Ingreso de la denuncia. 2. Tramitación de acuerdo a la ley de procedimientos de Juzgados de Policía Local (ley 18287). | Gratis | Juzgado de Policía Local de San Pedro. Hermosilla 11, San Pedro. Sólo lunes, miércoles y viernes, de 8 a 14 horas. | |