Logo

Transparencia Activa
Nombre del trámite o servicio
Descripción del servicio
Requisitos y antecedentes
Trámites en línea
Trámites a realizar o etapas
Valor
Lugar donde se realiza
Información complementaria
OTORGAMIENTO DE PATENTE DE ALCOHOL
Este servicio consiste en otorgar patentes de alcohol a las personas naturales y/o jurídicas que lo soliciten, para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, dentro de la jurisdicción de la comuna, y que den cumplimiento a los requisitos exigidos para la categoría o tipo que se requiera.
a) Patente Comercial o Industrial aprobada. b) Solicitud de Patente(s) de Alcohol, con la documentación necesaria: · Fotocopia de la comunicación de inicio de actividades al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Para cumplir con Ley 18.455, art. 4 letra h. · Declaración Jurada ante Notario y Certificado de Antecedentes que acredite no estar impedido por el artículo Nº 4 Ley 19.925, Ley de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. · Certificado de Antecedentes. En el caso de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en Comandita deben presentar la Declaración los socios de las mismas. En el caso de Sociedades Anónimas y de Sociedades por Acciones, dicha declaración jurada puede realizarla el Directorio otorgando facultades a una persona determinada para realizar dicha declaración en representación del órgano colegiado, para lo cual se deberá acompañar además copia de la sesión de Directorio reducida a escritura pública, en la cual se hubiese adoptado el respectivo acuerdo. · Fotocopia de carnet (socios extranjeros) · Vigencia de la sociedad 60 días · Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)
No tiene
1.- Solicitud a la Dirección de Obras, pidiendo factibilidad. La Dirección de Obras realiza un Preinforme. 2.- El Departamento de Rentas pide informe a: · Carabineros, que debe evacuarlo en un plazo de hasta 30 días. Y · Junta de Vecinos correspondiente, en el plazo de 7 días. · Una vez recibidos los informes, el Departamento de Rentas Municipales revisa y envía la solicitud para que sea sometido al pronunciamiento del Concejo Municipal. 3.- Secretaría Municipal envía al Departamento de Rentas las resoluciones adoptadas en el Concejo. 4.- El Departamento de Rentas notifica al contribuyente con lo adoptado en la Comisión de Alcoholes. Si esta es positiva, el contribuyente se dirige al Departamento de Rentas. 5.- Presentados todos los documentos necesarios, se envían a Secretaría Municipal para su aprobación por el Concejo Municipal. 6.- Si es aprobado, Rentas realiza los cálculos, emite el decreto y la patente.
El trámite no tiene costo, el contribuyente debe pagar el derecho municipal por la patente propiamente tal.
Municipalidad de San Pedro, Unidad de Rentas y Patentes. Hermosilla 11, San Pedro.
Otorgamiento Permiso de Circulación
El Permiso de Circulación es uno de los requisitos que impone la ley para que los vehículos puedan transitar por las calles del país. Los dueños de vehículos particulares como automóviles, camionetas, carros de arrastre, furgones, jeeps y similares, pueden pagarlo hasta el 31 de marzo de cada año. El Permiso de Circulación puede pagarse en dos cuotas. La primera dentro del plazo de renovación, y la segunda hasta el 31 de agosto de cada año.
PRIMER PERMISO: 1. Inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados. 2.Factura del vehículo. 3.Certificado de Homologación. 4.Seguro Automotriz Obligatorio. RENOVACION Y TRASLADOS DE REGISTROS COMUNALES: 1.Permiso de Circulación anterior pagado. 2.Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases. 3.Seguro Automotriz obligatorio. DUPLICADOS-PERMISOS PROVISORIOS Y DE TRASLADOS DE VEHÍCULOS: 1.Permiso de Circulación anterior con pago en el Registro Comunal. 2.Seguro automotriz obligatorio (para permiso provisorio). 3.Declaración jurada de extravío de la documentación. 4.Pago de los derechos establecidos en el artículo 11 Nº 1 de la ordenanza de derechos municipales (para el caso de duplicados)
1.Solicitud a encargada de Rentas y Patentes. 2.Verificación y pago de multas impagas. 3.Verificación de deudas por concepto de Permisos de Circulación y pago de lo adeudado. 4.Emisión de formulario de pago de Permiso de Circulación y pago en Tesorería. 5.Almacenamiento y Archivo
Este tramite no tiene costo, los dueños de los vehículos cancela el valor del permiso de circulación anualmente.
Municipalidad de San Pedro, Unidad de Rentas y Patentes. Hermosilla 11, San Pedro.
Otorgamiento Primera Patente Municipal Comercial o Industrial
La patente comercial es un impuesto municipal establecido por la denominada Ley de Rentas Municipales, que debe ser cancelado por todo aquél que ejercite una actividad lucrativa sea profesional, industrial o comercial.
1.- Acreditar uso de la propiedad (dominio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato u otro título). 2.- Destino del inmueble · Certificado de Recepción Final del inmueble otorgado por Dirección de Obras Municipales de acuerdo al rubro y al uso de suelo. · Decreto de cambio de destino. Si la actividad se desarrollará en un inmueble cuya recepción municipal es habitacional, deberá previamente obtener el cambio de destino en la Dirección de Obras Municipales (DOM). · Si el destino fuera habitacional y se utiliza un porcentaje del inmueble o como domicilio postal tributario en los casos que corresponda, el contribuyente se puede acoger a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, articulo Nº 145. La solicitud es inspeccionada por Departamento de Catastro. Formulario de solicitud de Patentes referido al artículo N°145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. NOTA: El artículo N°145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se refiere a: "que no es necesario el cambio de destino de un inmueble habitacional, para la instalación de pequeños comercios o industrias artesanales, si su principal destino subsiste como habitacional". 3.- Del Servicio de Impuestos Internos (SII): · Copia de la inscripción Iniciación de Actividades o documento que acredite fecha de Inicio de Actividades ante el SII · Certificado de Cambio de domicilio (si ha iniciado actividades en otra comuna) · Certificado de Apertura de Sucursal: en el caso que se haya abierto una nueva sucursal. En relación a los dos últimos puntos, deberán adjuntar además: · Para el cambio de domicilio de otra comuna, fotocopia de la última patente pagada al día y un Certificado que NO tiene Deuda por concepto de patente de la comuna que proviene. · Por la Apertura de Sucursal, si la Casa Matriz es de otra comuna deberá presentar un Certificado de Distribución de Capital Propio por apertura de sucursal, otorgado por la municipalidad donde está la Casa Matriz. Si la Casa Matriz es de San Pedro, en el mismo formulario se indicará la cantidad de trabajadores. · Para el cálculo de la Patente será necesario la Declaración de Impuesto a la Renta, Certificado Compacto y Solemne del o de los periodos de acuerdo a la fecha del Inicio de Actividades o el Cambio de Domicilio a la comuna, además se deberá solicitar todos los códigos de actividad ante el Servicio de Impuestos Internos (Cartola Tributaria o Consulta Tributaria de Terceros) 4.- Si se trata de una Persona Jurídica: · Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y las modificaciones posteriores si las hubiere, · Certificado de Vigencia de la Sociedad (Registro de Comercio, 12 meses de vigencia) · Publicación Diario Oficial · Si la empresa fue constituida por la modalidad "Empresa en un día", debe adjuntar Certificado de Estatuto Actualizado y las modificaciones si las hubiere, Certificado de Vigencia, Certificado de Anotaciones. (6 meses de vigencia). Documentos Específicos según actividad: · Resolución Seremi de Salud, si procede
No tiene
1.- Presentación de solicitud en Departamento de Rentas Municipales 2.- Verificación de los antecedentes presentados 3.- Ingreso de solicitud de Patente al Sistema Computacional 4.- Revisión y visación del expediente en trámite 5.- Otorgamiento de Rol Patente (si cumple con todos los antecedentes) 6.- Cálculo de patente y emisión de Certificado de Pago 7.- Pago de patente comercial (TESORERIA MUNICIPAL), emisión formulario patente comercial
El valor anual de una patente, corresponde al 5 por mil del Capital Propio declarado por el Contribuyente en el SII, lo que se paga en dos cuotas en los meses de Julio y Enero de cada año.
Municipalidad de San Pedro, Unidad de Rentas y Patentes. Hermosilla 11, San Pedro.
Pago de Infracciones a la Ley de Tránsito
Pago de Infracciones a la Ley de Tránsito de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nº 18.287, Art 22.
Requisitos: - Infracciones graves, menos graves o leves a la Ley de Tránsito cursadas por Carabineros de Chile o Inspectores Fiscales o Municipales que estén dentro de los primeros cinco días hábiles de cursada la denuncia. - Infracciones que se pueden pagar con el 25% de descuento por los Juzgados de Policía Local.- Infracciones citadas al Juzgado de Policía Local de San Pedro.
No tiene
1.- Presentarse con la denuncia en Tesorería Municipal dentro de los primeros cinco días hábiles de cursada la infracción. 2.- Confeccción de giro y cálculo del valor a pagar por funcionario de atención de público de Tesorería Municipal. 3.- Pago en Cajas de Tesorería Municipal. 4.- Notificación al juzgado rspectivo del pago realizado.
Multas Graves: 1 UTM. Menos Graves: 0,5 UTM. Leves: 0,25 UTM.
Tesorería Municipal. Hermosilla 11, San Pedro
Patente Microempresa Familiar
 La Patente para Microempresa Familiar (MEF) es un permiso municipal que te permite desarrollar una actividad comercial en tu vivienda familiar, siempre y cuando el negocio no sea peligroso, contaminante o molesto para la comunidad.
1. Acreditar que es legítimo ocupante de la vivienda en que se desarrollará la actividad empresarial. (Casa propia, arrendada, cedida).Si la vivienda es una unidad de un condominio, deberá contar con la autorización del Comité de Administración respectivo. 2. El monto del capital propio destinado a la actividad. 3. Que la actividad económica que constituya su giro se desarrolle en la casa habitación familiar para la cual deberá presentar la Recepción Final con destino habitacional del inmueble. 4. Que en la microempresa familiar no trabajen más de cinco trabajadores ajenos a la familia. 5. Si es Departamento, solicitar por escrito a la Asamblea, autorización para instalarse con un Microempresa Familiar. 6. Si es propietario(a), acreditar con inscripción vigente de dominio de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces. 7. Si es arrendatario(a), además de Contrato de Arrendamiento legalizado, una autorización simple del dueño del inmueble para instalarse con Microempresa Familiar, adjuntando fotocopia de la cedula de identidad. 8. Si el giro requiere de Resolución Sanitaria, una vez timbrado el Formulario por el Servicio de Impuestos Internos, deberá solicitar al SEREMI de Salud con el giro que va a ejercer. 9. Que los activos productivos de la microempresa familiar, sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no superen las 1.000 unidades de fomento. Los activos productivos corresponden a las instalaciones, herramientas, materias primas e insumos que sirven para la producción de bienes y servicios. Para la valoración de estos activos, el microempresario podrá aplicar las normas establecidas en la ley sobre Impuesto a la Renta. 10. Que su actividad es inofensiva, es decir, no produce contaminación. Su actividad será inofensiva si no produce daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controla y neutraliza los efectos del proceso productivo o de acopio.
No tiene
1. Presentación en Rentas Municipales. 2. Llenado Solicitud de Patente Comercial y de MICROEMPRESA FAMILIAR. 3. Visita de inspector municipal al domicilio para informar si la propiedad cumple con los requisitos de Microempresa Familiar. 4. Con el informe favorable de la inspección, el Encargado de Patentes firmará el Formulario de Solicitud de MICROEMPRESA FAMILIAR para que el contribuyente lo presente al SII. Sólo si esa entidad autoriza el Inicio de Actividades el interesado puede continuar el trámite. 5. Con el Inicio de Actividades en SII y Resolución Sanitaria, el interesado presenta los documentos en el Departamento de Rentas Municipales. 6. Finalmente se realiza el respectivo cálculo de la Patente Comercial y se entrega el Certificado de valores, con este documento el Contribuyente se acerca a TESORERIA MUNICIPAL a pagar su patente donde se entregará el boletín de pago, el que deberá tener a la vista en caso de ser fiscalizado.-
El valor anual de la patente, corresponde al 5 por mil del capital propio declarado por el Contribuyente en el SII, la que se paga en dos cuotas en los meses de julio y enero de cada año.
Municipalidad de San Pedro, Unidad de Rentas y Patentes. Hermosilla 11, San Pedro.
Otorgamiento de Patente Profesional
La Patente Profesional es un permiso municipal que debe ser tramitada por todos los profesionales con título universitario o técnico que deseen emprender una actividad comercial afín a su profesión y que necesiten contar con una oficina o local fijo para ejercer.
1.- Título profesional autorizado ante Notario o cotejado por el funcionario municipal receptor del documento. 2.- Acreditar uso de la propiedad: · Si es arrendatario, Contrato de arriendo en original o autorizada ante notario. · Si es dueño, Título de Dominio del inmueble con vigencia de 120 días (Conservador de Bienes Raíces) · Si es Comodato: Fotocopia del Contrato de Comodato legalizado ante Notario · Si es cedido: Título de Dominio del inmueble con vigencia de 120 días (Conservador de Bienes Raíces) y Autorización de Uso del Inmueble ante Notario · Si es un contrato de Subarriendo: Fotocopia de contratos de arrendo y de subarriendo en original o fotocopia autorizada ante Notario. 3.- Destino del inmueble: · Certificado de Recepción Final del inmueble otorgado por Dirección de Obras Municipales de acuerdo al rubro y al uso de suelo · Decreto de cambio de destino, si la actividad se desarrollará en un inmueble cuya recepción municipal es habitacional, deberá previamente obtener el cambio de destino en la Dirección de Obras Municipales (DOM). · Si el destino fuera habitacional y se utiliza un porcentaje del inmueble el contribuyente se puede acoger a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, articulo Nº 145. NOTA: El artículo N°145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se refiere a: "que no es necesario el cambio de destino de un inmueble habitacional, para la instalación de pequeños comercios o industrias artesanales, si su principal destino subsiste como habitacional".
No tiene
1.- Presentación de solicitud en Departamento de Rentas Municipales 2.- Verificación de los antecedentes presentados 3.- Ingreso de solicitud de Patente al Sistema Computacional 4.- Revisión y visación del expediente en trámite 5.- Otorgamiento de Rol Patente (si cumple con todos los antecedentes) 6.- Cálculo de patente y emisión de Certificado de Pago 7.- Pago de patente profesional (TESORERIA MUNICIPAL), emisión formulario patente comercial
El valor anual de la patente corresponde a 1 UTM del mes de Mayo de cada año, la que se paga en dos cuotas los meses de Enero y Julio de cada año.
Municipalidad de San Pedro, Unidad de Rentas y Patentes. Hermosilla 11, San Pedro.