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Unidad u órgano interno
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
Artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó
Fecha de publicación, si corresponde
Enlace a la publicación o archivo del texto íntegro y actualizado
Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Fecha promulgación
ADMINISTRADOR MUNICIPAL
Artículo 10.- a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia; b) Elaborar y presentar al Concejo en Octubre de cada año, el Plan Anual de Acción Municipal. (PAAM); c) Planificar y ejecutar las tareas de dirección y coordinación permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde; d) Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de laspolíticas , planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la gestión interna del Municipio; e) Cautelar la permanente coordinación entre las Direcciones adscritas a las respectivas áreas estratégicas o Unidades Temáticas y evaluar el cumplimiento de los programas y actividades preestablecidas en el Plan de Desarrollo Comunal, PLADECO; j) Coadyuvar en la consecución y logro de los objetivos y metas institucionales, a través de la adquisición de bienes, productos y servicios, vigilando la debida observancia de las leyes, normas y reglamentos aplicables en el ámbito de su competencia; g) Ejercer las atribuciones que le delegue el Alcalde y el Concejo, en conformidad con la Ley y las demásfunciones que se le encomienden, de acuerdo con este reglamento interno; h) Realizar estudios y proponer alternativas de reorganización de los servicios que prestan, así como detectar necesidades e implementar acciones de optimización de losprocesos administrativos internos; i) Colaborar con las unidades correspondientes en lapreparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna; j) Realizar labores de articulación de equipos de trabajo y participar en la elaboración de los Planes de Capacitación y Desarrollo del Personal; k) Coordinar la creación y el desarrollo de las actividades de los distintos comités municipales; l) Analizar las instrucciones, reglamentos, manuales de organización, procedimientos y descripción de cargos, a fin de comprobar su utilidad y actualización, de acuerdo a la normativa vigente. En caso de no contar con estos instrumentos, deberá dirigiry supervisar su elaboración por las unidades respectivas; m) Asesorar lapuesta en marcha de cualquier nuevafunción que se establezca, así como de cualquier cambio o modificación de la organización de la Municipalidad ode su funcionamiento; n) Establecer y mantener una estructura de comunicaciones y coordinación interna que vele por el buenfuncionamiento institucional; o) Orientar el quehacer de la Dirección enfunción del Plan de Desarrollo Comunal,la Misión Municipal y la Planificación Estratégica; p) Solicitar al Alcalde y al Concejo Municipal, la priorización de las carteras de proyectos a ejecutar; q) Realizar el seguimiento de la presentación de los proyectos a fuentes de financiamiento externos; r) Servir de coordinador entre las Unidades Municipales, Servicios Traspasados y el Alcalde, debiendo ejercer las tareas necesarias que permitan cumplir con este objetivo principal; s) Ejercer el periódico control de los cronogramas y del avance en el cumplimiento de las metas. (Entre otras de los PMG Institucionales y Colectivos); (...)
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
ALCALDE O ALCALDESA
Articulo 4 Nº6 Agréganse, en el inciso segundo del artículo 56, las siguientes oraciones finales: "Además, deberá presentar para aprobación del concejo la política de recursos humanos, la cual deberá contemplar, a lo menos, los mecanismos de reclutamiento y selección; promoción y capacitación, y egreso. En este proceso los alcaldes podrán considerar la opinión de un comité bipartito conformado en los términos del número 5 del artículo 49 bis. Dicha política podrá incluir también diversos planes piloto relacionados con el recurso humano, a fin de permitir un mejor desempeño laboral."
Articulo 4 Nº6 de la Ley 20.922 Que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entregas nuevas competencias a la subsecretaria de desarrollo Regional y Administrativo.
25/05/2016
04/10/2022
16/05/2016
ALCALDE O ALCALDESA
El Alcalde podrá designar delegados en localidades distantes de la sede municipal o en cualquier parte de la comuna, cuando las circunstancias así lo justifiquen.
ART. 68 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
ALCALDE O ALCALDESA
El/La Alcalde(sa) consultará al concejo para efectuar la designación de delegados a que se refiere el artículo 68.
ART. 64 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
ALCALDE O ALCALDESA
El/la alcalde(sa) deberá dar cuenta pública al concejo y al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, a más tardar en el mes de abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad La cuenta pública se efectuará mediante informe escrito, el cual deberá hacer referencia a lo menos a los siguientes contenidos: a) El balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera, indicando la forma en que la previsión de ingresos y gastos se ha cumplido efectivamente, como asimismo, el detalle de los pasivos del municipio y de las corporaciones municipales cuando corresponda; b) Las acciones realizadas para el cumplimiento del plan comunal de desarrollo, así como los estados de avance de los programas de mediano y largo plazo, las metas cumplidas y los objetivos alcanzados; c) Las inversiones efectuadas en relación con los proyectos concluidos en el período y aquellos en ejecución, señalando específicamente las fuentes de su financiamiento; d) Un resumen de las observaciones más relevantes efectuadas por la Contraloría General de la República, en cumplimiento de sus funciones propias, relacionadas con la administración municipal; e) Los convenios celebrados con otras instituciones, públicas o privadas, así como la constitución de corporaciones o fundaciones, o la incorporación municipal a ese tipo de entidades; f) Las modificaciones efectuadas al patrimonio municipal, y g) Todo hecho relevante de la administración municipal que deba ser conocido por la comunidad local. Un extracto de la cuenta pública del alcalde deberá ser difundido a la comunidad. Sin perjuicio de lo anterior, la cuenta íntegra efectuada por el alcalde deberá estar a disposición de los ciudadanos para su consulta. El no cumplimiento de lo establecido en este artículo será considerado causal de notable abandono de sus deberes por parte del alcalde.
ART. 67 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
ALCALDE O ALCALDESA
El/La Alcalde (sa) es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. En la condición antedicha, el/la Alcalde (sa) deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del concejo, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
ART. 56 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
ALCALDE O ALCALDESA
El/La Alcalde(sa) requerirá el acuerdo del concejo para: a) Aprobar el plan comunal de desarrollo y el presupuesto municipal, y sus modificaciones, como asimismo los presupuestos de salud y educación, los programas de inversión correspondientes y las políticas de recursos humanos, de prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones; b) Aprobar el plan regulador comunal, los planes seccionales y el proyecto de plan regulador comunal o de plan seccional c) Establecer derechos por los servicios municipales y por los permisos y concesiones; d) Aplicar, los tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo comunal; e) Adquirir, enajenar, gravar, arrendar por un plazo superior a cuatro años o traspasar a cualquier título, el dominio o mera tenencia de bienes inmuebles municipales o donar bienes muebles; f) Expropiar bienes inmuebles para dar cumplimiento al plan regulador comunal; g) Otorgar subvenciones y aportes, para financiar actividades comprendidas entre las funciones de las municipalidades; h) Transigir judicial y extrajudicialmente; i) Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo; j) Otorgar concesiones municipales, renovarlas y ponerles término. k) Dictar ordenanzas municipales y el reglamento a que se refiere el artículo 31; l) Omitir el trámite de licitación pública en los casos de imprevistos urgentes u otras circunstancias debidamente calificadas m) Convocar, de propia iniciativa, a plebiscito comunal, en conformidad con lo dispuesto en el Título IV; n) Readscribir o destinar a otras unidades al personal municipal que se desempeñe en la unidad de control y en los juzgados de policía local; ñ) Otorgar, renovar, caducar y trasladar patentes de alcoholes. El otorgamiento, la renovación o el traslado de estas patentes se practicará previa consulta a las juntas de vecinos respectivas; o) Fijar el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas existentes en la comuna, dentro de los márgenes establecidos en el artículo 21 de la Ley sobre Expendio y consumo de Bebidas Alcohólicas. p) Otorgar patentes a las salas de cine destinadas a la exhibición de producciones cinematográficas de contenido pornográfico. q) Otorgar la autorización a que se refiere el párrafo segundo de la letra c) del artículo 5º, previo informe de las direcciones o unidades de tránsito y de obras municipales y de la unidad de Carabineros y el Cuerpo de Bomberos de la comuna.
ART. 65 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
ALCALDE O ALCALDESA
El/La alcalde (sa) tendrá las siguientes atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad; b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad; c) Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan; d) Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan; e) Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado; f) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley; g) Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales; h) Adquirir y enajenar bienes muebles; i) Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular; j) Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las letras c) y d). Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula "por orden del alcalde", sobre materias específicas; k) Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda; l) Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna; ll) Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº 18.575; m) Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; n) Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes, y ñ) Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
ART. 63 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
APARCADERO MUNICIPAL
Art 82 : a)Realizar el cálculo, cobro y giro de los Derechos Municipales, por servicio de Aparcadero, según los valores fijados en la Ordenanza Municipal respectiva. b)Llevar un inventario actualizado de los vehículos en custodia del Aparcadero Municipal. c)Hacer los trámites administrativos y legales correspondientes, para dar de baja los vehículos en estado de abandono. d)Hacer los trámites administrativos y legales correspondientes, para el remate de los vehículos en estado de abandono.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
ASESORIA URBANISTA
Art 19: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano; c) Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar el plan de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y los planos de detalle y planes secciona/es, en su caso, para su aplicación; y d) Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. e) Asesorar al o a la Alcalde/sa y a las unidades municipales respectivas, sobre materias relacionadas con urbanismo, proponiendo la elaboración de Ordenanzas locales. f) Velar por la conservación del patrimonio histórico urbano. g) Estudiar los Programas Anuales de Desarrollo Comunal que sirvan de base para la materialización del Plan Regulador y facilitar la confección del presupuesto de inversiones de capital en la comuna. h) Estudiar proyectos de estrategias de desarrollo territorial para los diferentes sectores de la comuna, coordinando sus acciones con el sector privado. i) El o la Asesor/a Urbanista coordinará la Oficina Municipal de Avaluaciones cuya función será mantener al día un catastro con la determinación del Impuesto Territorial a que están afecto los inmuebles ubicados en la comuna.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
CAJAS MUNICIPALES
Art 53 : a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Recaudar y percibir los ingresos por los distintos conceptos, tales como impuestos, contribuciones, derechos municipales y otros ingresos; c) Recaudar y registrar pagos realizados por internet. d) Realizar cuadraturas diarias de los ingresos percibidos por cada área. e) Efectuar la venta de especies valoradas, tales como estampillas; f) Mantener y rendir Fondos Fijos Municipales, - g) Efectuar los depósitos en las cuentas corrientes municipales que corresponda, - y h) Otras funciones que la autoridad superior le asigne.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE BIPARTITO POLITICAS DE RECURSOS HUMANOS
Art 100 : La misión de este comité es promover y resguardar un clima laboral que permita la integración, la comunicación y las relaciones humanas respetuosas y amenas. Resguardar el desarrollo y cumplimiento de los procesos relacionados al recurso humano en tiempo y forma de acuerdo a la normativa vigente.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE COMUNAL DE GESTION DE RIESGOS DE DESASTRES
Art 104 : es un órgano colegiado, el cual tiene como finalidad evaluar las políticas, mecanismos y procedimientos de riesgos implementados por la sociedad, así como recomendar las medidas o ajustes a que haya lugar.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE DE BIENESTAR
Art 99 : La misión del Servicio de Bienestar será administrar una red de beneficios y servicios complementarios a la Seguridad Social, orientados a la satisfacción de las necesidades de bienestar del trabajador municipal y su grupo familiar , mediante una atención eficiente, atenta, igualitaria y oportuna.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE DE CALIFICACIONES Y SELECCION DE PERSONAL
Art 105 : Será el encargado de llevar a cabo el proceso final de calificaciones del personal de planta y a contrata; y de efectuar el proceso de selección de personal.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE DE CAPACITACION
Art 101: Su misión es aplicar herramientas de gestión del proceso de desarrollo de la capacitación para disminuir las brechas de conducta y desempeño laboral dentro de la municipalidad; y sus objetivos son Comprender el proceso de capacitación como una herramienta estratégica de gestión al interior de la municipalidad, poniendo especial énfasis en el contexto local; Entregar herramientas para instrumentos y metodologías de detección temprana de necesidades para la capacitación municipal; Diseñar planes y programas de capacitación acorde a las necesidades detectadas a través de instrumentos y metodologías adecuadas; y Aplicar los planes y programas de capacitación a través de la elaboración y evaluación de actividades de preparación con un enfoque de mejora continua al interior de la organización.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
Art 103 : Este Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre la empresa y trabajadores para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE PROGRAMA MEJORAMIENTO DE GESTION (PMG)
Art 102: A este Comité le corresponderá proponer el programa Anual de Mejoramiento de Gestión, con los objetivos institucionales para el año siguiente y las metas a cumplir en el mismo periodo por la Institución, considerando especialmente, los principios de eficiencia y eficacia en el accionar municipal, teniendo como objetivos específicos, entre otros, lograr un mejoramiento en la calidad y cobertura de los servicios y en general en la atención al usuario.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITÉ TÉCNICO ADMINISTRATIVO
Artículo 98.- a) Asesorar al Alcalde en las materias que indica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; b) Proporcionar la información que corresponda y que sea de interés de todas las unidades Municipales; c) Participar en la dirección de asuntos municipales desde el punto de vista meramente asesor; d) Asesorar al Alcalde en el estudio de las modificaciones de las Plantas Municipales, y en la solución de losproblemas de competencias; e) Conocer y analizar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyecto de desarrollo comunal; f) Proponer las estrategias operativas necesarias para el adecuado cumplimiento de losplanes y programas municipales; g) Ordenar y evaluar los procedimientos administrativos internos del municipio, en cuanto se involucren dos o más unidades proponiendo las modificaciones que sean necesarias para lograr el mejor aprovechamiento de los recursos y de tiempo; h) Pronunciarse sobre cualquier tema o materia que el Alcalde y/o el Concejo Municipal solicite relacionado con la gestión administrativa interna, tales como: l . Adquisición de bienes y/o servicios; 2. Comportamiento real del presupuesto municipal en especial lo referente a ingresos y egresos; 3. Organización interna; 4. Definición de reglamentos; 5. Otros que defina la autoridad.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
COMITE TECNICO ADMINISTRATIVO (COTEA)
Art 98 : a)Asesorar al Alcalde en las materias que indica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades,· b)Proporcionar la información que corresponda y que sea de interés de todas las unidades municipales; c)Participar en la dirección de asuntos municipales desde el punto de vista meramente asesor; d)Asesorar al Alcalde en el estudio de las modificaciones de las Plantas Municipales, y en la solución de los problemas de competencias,· e)Conocer y analizar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyecto de desarrollo comunal; f) Proponer las estrategias operativas necesarias para el adecuado cumplimiento de los planes y programas municipales; g) Ordenar y evaluar los procedimientos administrativos internos del municipio, en cuanto se involucren dos o más unidades proponiendo las modificaciones que sean necesarias para lograr el mejor aprovechamiento de los recursos y de tiempo; h) Pronunciarse sobre cualquier tema o materia que el Alcalde y/o el Concejo Municipal solicite relacionado con la gestión administrativa interna, tales como: l . Adquisición de bienes y/o servicios; Comportamiento real del presupuesto municipal en especial lo referente a ingresos y egresos; Organización interna; Definición de reglamentos; Otros que defina la autoridad.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
CONCEJO MUNICIPAL
Al concejo le corresponderá: a) Elegir al alcalde, en caso de vacancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62, para este efecto el concejal deberá acreditar cumplir con los requisitos especificados en el inciso segundo del artículo 57; b) Pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65 de esta ley; c) Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el Registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas, como asimismo, la información, y la entrega de la misma, establecida en las letras c) y d) del artículo 27; d) Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan, las que deberán ser respondidas por escrito dentro del plazo máximo de quince días; e) Pronunciarse respecto de los motivos de renuncia a los cargos de alcalde y de concejal; f) Aprobar la participación municipal en asociaciones, corporaciones o fundaciones; g) Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal; h) Citar o pedir información, a través del alcalde, a los organismos o funcionarios municipales cuando lo estime necesario para pronunciarse sobre las materias de su competencia. La facultad de solicitar información la tendrá también cualquier concejal, la que deberá formalizarse por escrito al concejo. El alcalde estará obligado a responder el informe en un plazo no mayor de quince días; i) Elegir, en un solo acto, a los integrantes del directorio que le corresponda designar a la municipalidad en cada corporación o fundación en que tenga participación, cualquiera sea el carácter de ésta o aquélla. Estos directores informarán al concejo acerca de su gestión, como asimismo acerca de la marcha de la corporación o fundación de cuyo directorio formen parte; j) Solicitar informe a las empresas, corporaciones, fundaciones o Asociaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad. En este último caso, la materia del informe sólo podrá consistir en el destino dado a los aportes o subvenciones municipales percibidos. Los informes requeridos deberán ser remitidos por escrito dentro del plazo de quince días; k) Otorgar su acuerdo para la asignación y cambio de denominación de los bienes municipales y nacionales de uso público bajo su administración, como asimismo, de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales del territorio comunal previo informe escrito del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; l) Fiscalizar las unidades y servicios municipales; ll) Autorizar los cometidos del alcalde y de los concejales que signifiquen ausentarse del territorio nacional. Requerirán también autorización los cometidos del alcalde y de los concejales que se realicen fuera del territorio de la comuna por más de diez días. Un informe de dichos cometidos y su costo se incluirán en el acta del concejo; m) Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo; n) Pronunciarse, a más tardar el 31 de marzo de cada año, a solicitud del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, sobre las materias de relevancia local que deben ser consultadas a la comunidad por intermedio de esta instancia, como asimismo la forma en que se efectuará dicha consulta, informando de ello a la ciudadanía, y ñ) Informar a las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional; a las asociaciones sin fines de lucro y demás instituciones relevantes en el desarrollo económico, social y cultural de la comuna, cuando éstas así lo requieran, acerca de la marcha y funcionamiento de la municipalidad, de conformidad con los antecedentes que haya proporcionado el alcalde con arreglo al artículo 87. Lo anterior es sin perjuicio de las demás atribuciones y funciones que le otorga la ley.
ART. 79 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
CONCEJO MUNICIPAL
El concejo sólo podrá aprobar presupuestos debidamente financiados, correspondiéndole especialmente al jefe de la unidad encargada del control, o al funcionario que cumpla esa tarea, la obligación de representar a aquél, mediante un informe, los déficit que advierta en el presupuesto municipal los pasivos contingentes derivados, entre otras causas, de demandas judiciales y las deudas con proveedores, empresas de servicio y entidades públicas, que puedan no ser servidas en el marco del presupuesto anual. Para estos efectos, el concejo deberá examinar trimestralmente el programa de ingresos y gastos, introduciendo las modificaciones correctivas a que hubiere lugar, a proposición del alcalde. Si el concejo desatendiere la representación formulada según lo previsto en el inciso anterior y no introdujere las rectificaciones pertinentes, el alcalde que no propusiere las modificaciones correspondientes o los concejales que las rechacen, serán solidariamente responsables de la parte deficitaria que arroje la ejecución presupuestaria anual al 31 de diciembre del año respectivo. Habrá acción pública para reclamar el cumplimiento de esta responsabilidad. En todo caso, el concejo sólo resolverá las modificaciones presupuestarias una vez que haya tenido a la vista todos los antecedentes que justifican la modificación propuesta, los cuales deberán ser proporcionados a los concejales con una anticipación de a lo menos 5 días hábiles a la sesión respectiva.
ART. 81 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
CONCEJO MUNICIPAL
La fiscalización que le corresponde ejercer al concejo comprenderá también la facultad de evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo, en el ejercicio de sus facultades propias. Las diferentes acciones de fiscalización deberán ser acordadas dentro de una sesión ordinaria del concejo y a requerimiento de cualquier concejal. El concejo, por la mayoría de sus miembros, podrá disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio. Esta facultad podrá ejercerse sólo una vez al año en los municipios cuyos ingresos anuales superen las 6.250 unidades tributarias anuales, y cada dos años en los restantes municipios. Sin perjuicio de lo anterior, el concejo dispondrá la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución del plan de desarrollo, la que deberá practicarse cada tres o cuatro años, respectivamente, según la clasificación de los municipios por ingresos señalada en el inciso precedente. En todo caso las auditorías de que trata este artículo se contratarán por intermedio del alcalde y con cargo al presupuesto municipal. Los informes finales recaídos en ellas serán de conocimiento público.
ART. 80 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
CONCEJO MUNICIPAL
Todo concejal tiene derecho a ser informado plenamente por el alcalde o quien haga sus veces, de todo lo relacionado con la marcha y funcionamiento de la corporación.
ART. 87 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD PUBLICA
Art 63 : : La municipalidad es quien está más cerca de la Comunidad, por lo tanto, conoce sus problemas con mayor profundidad y tienen la capacidad de convocar a la comunidad en el trabajo preventivo, así como a los distintos servicios públicos y privados, e instituciones de control para desarrollar un trabajo integral en la temática. Que, en razón de lo anterior, se crea el Consejo Comunal de Seguridad Pública de la Comuna. Éste será un órgano consultivo del alcalde en materias de seguridad pública comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Además, este Consejo confeccionará un Diagnóstico Delictual de la Comuna Elaborará un Plan de trabajo para entregar soluciones a la prevención del delito.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE ASEO
Art73 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)El aseo de las vías públicas, y en general de los bienes nacionales de uso público que existan en la comuna; c)El servicio de extracción y disposición final de basura; d)Recolectar y resolver la disposición legal de la basura domiciliaria industrial y comercial, e)Efectuar el aseo de vías públicas y en general de los bienes municipales y nacionales de uso público existentes en la Comuna; f)Coordinar retiro de residuos sólidos domiciliarios, barrido de calles y aseo deferia libre, según contrato de licitación vigente. g)Mantención de parque automotriz dependiente de la dirección, tomando medidas preventivas y correctivas. h)Generar procesos de contratación y compras, según normativa vigente, j)Supervisar en terreno el cumplimiento del contrato de retiro de residuos sólidos, k)Supervisar en terreno el cumplimiento del contrato de barrido de calles, l)Supervisar en terreno el cumplimiento del contrato de limpieza deferia libre, m)Supervisar en terreno el cumplimiento del contrato de mantención de camiones recolectores n)Supervisar en terreno el cumplimiento de las solicitudes de la comunidad en relación a retiro de basura, escombros o limpieza.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA SOCIAL
Art 33 : a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Elaborar diagnósticos que permitan identificar los problemas sociales y los sectores de la comunidad afectados, manteniendo registros actualizados de la realidad comunal; c) Definir los distintos niveles socio-económicos de la población que requiere asistencia social; d) Hacer efectiva la entrega de los distintos beneficios contemplados en los programas y actividades de asistencia social de Gobierno orientado a los necesitados e informándoles sobre los servicios que existen para su atención; e) Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de emergencia o de necesidad manifiesta que afecten a personas o familias de la Comuna, organizando y coordinando, con la colaboración de las autoridades correspondientes, las labores de socorro y auxilio que sean necesarias. f) Elaborar, desarrollar y evaluar programas de capacitación tendientes a ampliar las posibilidades ocupacionales de la fuerza laboral de la población cesante, desocupada o minusválida. Para el logro de sus objetivos y funciones cuenta con oficina de Asistencia Social, oficina Registro Social de Hogares y Oficina de Subsidios (SAP, SUF,PBS).
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS
Art 50: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Controlar y analizar los registros contables realizados por su unidad, de acuerdo a lo exigido por la normativa legal, contable y de procedimientos internos de la CGR. c) Será responsable de la entrega oportuna de los informes contables que debe emitir la municipalidad, para que ésta cumpla con el plazo dispuesto por las Autoridades Externas. d) Visar Decreto de Pago, de acuerdo a Disponibilidad de Fondos. e) Coordinar con otros Departamentos, la creación y aplicación de procedimientos y normas que faciliten la gestión financiera. e) Crear, revisar y controlar la aplicación de procedimientos administrativos contables internos del Departamento. f) Control y registro de la Cuenta Caja y cuadrar mensualmente con Banco. g) Llevar registro y pago de Tarjetas comerciales, realizadas por Caja y cuadrar con Transbank. h) Registrar las Facturas y/o Boletas por servicios adquiridos por la gestión municipal. j) Participar en las Reuniones de Trabajo a las que sea convocado o convoque. j) Mantener actualizada las disponibilidades presupuestarias y de caja en relación a cada clasificador presupuestario; k) Mantener el registro y control de los documentos que han dado origen a imputaciones contables y que constituyan el respaldo de estos; l) Recopilar y sistematizar información de carácter presupuestario, de las distintas direcciones, departamentos y unidades, para la Elaboración del Presupuesto Municipal. m) Dar respuesta a las diversas Solicitudes de Transparencia. n) Emisión de Disponibilidades Presupuestarias. o) Realizar Arqueos a Cajas Municipales. p) Ingresar información a la DIPRES, por diversos requerimientos. q) Ejecutor público plataforma SISREC.
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE CONVENIOS Y PROGRAMAS DE COLACORACION
Art 34: Este departamento tiene por objetivo ejecutar los programas de la red de convenios municipales y de colaboración con otras entidades públicas; y su función es monitorear y evaluar las acciones relacionadas con las metas y objetivos de cada programa. De este departamento dependen diversas oficinas y programas, como sigue:
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO CULTURAL, DEPORTIVO, RECREATIVO Y TURISMO LOCAL
Art 42: : Este departamento busca proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con educación cultura, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE EDIFICACION Y FISCALIZACION DE
Art 68: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias, en la ejecución de las obras de edificación, ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones en la Comuna; c)Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula la instalación de locales comerciales, playas de estacionamiento, centros de enseñanza, hoteles, restaurantes, etc.; d)Otorgar los permisos y certificados reglamentarios para la ejecución y recepción de obras de edificación en la comuna,· e)Recibir las obras y autorizar su uso,· f) Realizar tareas de inspección de obras en uso a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que lo rigen. g) Llevar un registro actualizado de todos los documentos que afecten al Departamento; h) Fiscalizar la mantención de las obras de pavimentación en aceras y calzadas, de iluminación y del mobiliario urbano que te corresponda. i) Inspeccionar las obras contratadas por la Municipalidad, fiscalizando su ejecución y construcción desde su inicio, hasta el momento de su recepción definitiva, efectuando las visitas a terreno que sean necesarias y cumpliendo todas aquellas tareas asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo. j)Establecer la coordinación general del Municipio con los servicios de utilidad pública en aquellas materias que deben resolverse en conjunto, que afecten los bienes nacionales de uso público , tales como: instalación de líneas distribuidoras, canalizaciones subterráneas, etc. k)Supervisar los contratos de concesión de kioscos, refugios peatonales, relojes, teléfonos públicos, etc. l) Otorgar permisos de ocupación de espacios públicos y efectuar el respectivo cálculo de derechos. m)Fiscalizar el cumplimiento de las condiciones de los permisos de ocupación de espacios públicos . n)Fiscalizar que las obras de edificación, ampliación, remodelación, demoliciones, publicidad y propaganda cuenten con los permisos y recepciones correspondientes.
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE EJECICION URBANISTICA
Art 67 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. B)Revisar y tramitar ante la Asesoría Urbana de la SECPLA, los planos de subdivisión, loteas, urbanización y fusión , cautelando su concordancia con el Plan Regulador y su Ordenanza Local. c)Estudiar los antecedentes y otorgar los permisos de edificación para construcciones nuevas y existentes, regularizaciones, y los permisos de obras menores. d)Estudiar y aprobar solicitudes de cambio de destino, propaganda comercial, demoliciones, etc. e)Revisar y visar los certificados que emite la Dirección de Obras referidos a: Informaciones previas, línea, zonificación, número, deslindes prediales, urbanización, de calidad o no de ser Bien nacional de Uso Público, Perfiles Oficiales de las vías comunales, de expropiación o estar afecto a declaración de uso público, de uso de suelo. f) Aprobar la publicidad tanto en los locales comerciales como, especialmente, en la vía pública. g) Revisar y visar la concordancia de uso de suelo permitido con la actividad solicitada en los informes requeridos para el otorgamiento de Patentes Municipales. h) Otorgar los Certificados de Permiso de Edificación y de Recepción Final. i) Informar las Solicitudes de Factibilidad de Patentes Comerciales y de Alcohol a solicitud interna de la Oficina de Patentes Comerciales. j)Atender con relación a los problemas que presenten los vecinos, y brindar orientación k)Revisar el cumplimiento de las disposiciones del Plan Regulador en los proyectos, subdivisiones, loteas, urbanizaciones y de construcciones en la Comuna; l)Diseñar y estudiar proyectos de construcciones especificas para ocupar espacios en la víapública, procurando la conservación y armonía arquitectónica de la Comuna; m)Confeccionar ordenanzas especiales para normar aquellos aspectos que dicen relación con el aspecto urbano y urbano-rural; n)Proponer la asignación de nombres a nuevas vías y espacios públicos. ñ)Conservación del patrimonio histórico urbano; o)Aprobar los proyectos de subdivisiones de predios urbanos y de urbanización y construcción en general, que se realicen en áreas y/o urbano rurales incluyendo obras nuevas, ampliaciones, transformaciones y otras que determinen leyes y reglamentos; p)Mantención de caminos rurales; q)Mantención de Luminarias Públicas r)Emitir informes respecto del uso del suelo y aptitud del inmueble en relación al otorgamiento de patentes, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias. s) Proponer a la Secretaría de Planificación Comunal las bases administrativas especiales de laspropuestas para la contratación de obras oproyectos municipales t)Asesorar a Secplac en la definición de las especificaciones técnicas y/o proyectos. u)Confeccionar especificaciones técnicas, levantamientos, anteproyectos y proyectos para las obras de pavimentación, iluminación y para la provisión y mantención de mobiliario urbano. v)Otorgar certificados de líneas, de números, de expropiación, y otros. w)Entregar copias autorizadas de certificados y planos aprobados. x)Apoyar la gestión municipal mediante la información estadística y analítica de la realidad urbana. y)Controlar que las edificaciones sean ocupadas de acuerdo a las normas del uso de suelo que contemple el Plan Regulador Comunal.
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE FINANZAS
Art 51: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Analizar, preparar y revisar los Estados Financieros de la Municipalidad. c) Será responsable de la entrega oportuna de los informes financieros que debe emitir la municipalidad, para que ésta cumpla con el plazo dispuesto por las Autoridades Externas. d) Gestionar la obtención y aplicación de los recursos financieros de la municipalidad, dentro del marco de cumplimiento de políticas, procedimientos internos y de organismos fiscalizadores. e) Controlar las labores de cobranza y, autorizar y ejecutar pago a proveedores y acreedores de la municipalidad, en su conjunto. f) Proyectar y establecer escenarios futuros de las diferentes variables que afecten la planificación financiera, recomendando los cursos de acción más apropiados. g) Determinación exacta, oportuna y confiable de los flujos de caja mensuales y anuales, dentro de los plazos legales y reglamentarios. h) Presentación oportuna las Declaraciones Juradas de Renta, ante el Servicio de Impuestos Internos. i) Mantener un Sistema de Costos que permita registrar la gestión de las unidades operativas, por sus programas de producción, sus gastos reales, utilización de personal y distribución de gastos de administración. J) Presentar al Director de DAF la información analítica de costos que le permita evaluar la gestión de producción y de los servicios de apoyo en función de sus presupuestos y objetivos preestablecidos. k) Coordinar con otros Departamentos, la creación y aplicación de procedimientos y normas que faciliten la gestión financiera. l) Supervisar la custodia de bienes del activo fijo del personal a cargo. m) Llevar el control de los recursos municipales ante los bancos, firmar los cheques emitidos, pagarés, garantías y otros documentos. n) Participar en las Reuniones de Trabajo a las que sea convocado o convoque. o) Elaborar estados y/ o informes requeridos por las distintas unidades municipales, el Alcalde, Concejo Municipal y otras entidades o servicios públicos; p) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación, en la elaboración del presupuesto municipal y de los servicios traspasados; en la Cuenta Pública y otros que requiera. q) Mantener actualizada las disponibilidades presupuestarias y de caja en relación a cada clasificado presupuestario; r) Mantener el registro y control de los documentos que han dado origen a imputaciones contables y que constituyan el respaldo de estos; s) Revisión de los formularios de ingresos y gastos para la rendición de cuentas a la Contraloría General de la República; t) Revisar el comportamiento real de los ingresos y egresos en relación al presupuesto de caja e informar a las unidades que corresponda; u) Realizar las inversiones de los saldos iniciales de caja en el caso que proceda o la autoridad superior así lo decida; Para el cumplimiento de sus funciones, contará con el apoyo de las siguientes oficinas y secciones:
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Art 72: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b) Procurar la protección y el fomento de la salud de los habitantes de la comuna, derivado de los factores ambientales. c)Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia. d)Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extraprogramáticas que tengan relación con la salud pública, dentro de las normas legales vigentes. e)Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas problemas con relación al ambiente. f) Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente, en coordinación con la oficina de Secpla, entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud, tales como reciclaje de vidrios, pilas, chatarras, residuos peligrosos , aceites y otros. g) Control Zoonosis, esterilizaciones, programas de vacunación antiparasitarias . h) Mantención de bordes húmedos, limpieza borde- río costanera. i) Proponer la creación y formas de administración de zonas de protección ambiental en la comuna, cuando estas se den. j)Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente . k)Diseñar proyectos en beneficio directo de nuestro medio ambiente local. l)Participación en otros proyectos para evitar que estos perjudiquen nuestro medio ambiente. m) Generar estudios de Factibilidad Ambiental, para la presentación de proyectos . n)Participación en el ordenamiento territorial comunal. o)Generar respuestas, revisiones y efectuar seguimiento de los proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. p)Colaborar en la confección del Diagnóstico Local Participativo para la formulación del Plan de Promoción de la Salud. q) Elaborar un marco de acción en promoción de la salud, trabajando las temáticas de esta unidad, con las organizaciones comunitarias, lugares de trabajo, comunidades campesinas y los establecimientos de educación. r)Promover en conjunto con Deportes, la actividad fisica y la generación de espacios, para el desarrollo de la misma, inculcándola como hábito de vida sana en la comunidad. s)Trabajar en conjunto con establecimientos de educación pre básica, básica y media de la comuna. t)Fiscalizar el cumplimiento de la ordenanza local, sobre protección y conservación del medio ambiente; y toda la regulación vigente u). Participar en la evaluación ambiental de los proyectos o actividades que se localicen en el territorio jurisdiccional, a través del Sistema de Evaluación Ambiental. v)Implementar convenios de cooperación para la ejecución de estudios, programas y proyectos relacionados con la gestión ambiental, en alianza con instituciones públicas y privadas. w)Fomentar la educación ambiental en el Sistema Comunal de Educación. x)Desarrollar y coordinar actividades y programas de capacitación en materias ambientales para las organizaciones sociales y comunitarias, así como a los docentes y alumnos de la educación educativa comunal. y)Prevención y control de plagas naturales y artificiales, en colaboración con otros entes del Estado responsables de esa actividad. z)Coordinación con las Organizaciones Animalistas de la comuna. (...)
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE ORNATO
Art 74 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Realizar acciones tendientes a contribuir en la mejor forma posible a la ornamentación de los espacios públicos. c)La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna; d)Administrar y mantener el vivero municipal para abastecer de plantas y flores destinadas a las áreas verdes,- e)Realizar labores inspectivas en lo que dice relación con escombros en la vía pública por ejecución de obras; f) Efectuar el aseo de parques, jardines y áreas verdes,· g)Estudiar, proponer proyectos de forestación de áreas verdes, parques, plazas y jardines h)Coordinar retiro de escombros, según procedimientos municipales i)Administrar contrato de mantención de áreas verdes j)Coordinar requerimientos en terreno de mejora o implementación de áreas verdes. k)Supervisar en terreno el cumplimiento de las solicitudes de la comunidad, en relación a áreas verdes. l) Supervisar en terreno el cumplimiento por parte de la empresa contratista del contrato de mantención de áreas verdes, aplicando las multas correspondientes, cuando corresponda: m)Supervisar el cumplimiento de la mantención y aseo de plazas y áreas verdes de la Comuna, de acuerdo a los sectores establecidos en la licitación. n)Supervisar el cumplimiento de la poda de árboles ornamentales, así como la tala, reposición y reforestación. o)Supervisar el cumplimiento de la raspa y/o aplicación de herbicidas en los veredones y bandejones de las calles de la ciudad y otros lugares, así como la aplicación fitosanitaria y aplicación de abono vía sistémica radicular. p)Supervisar el cumplimiento del riego de áreas verdes establecidas, de acuerdo a la programación y sectores definidos por el Dpto. de Áreas Verdes y el contrato de mantención. q) Supervisar que el contratista esté dando la mantención requerida a las plazas y áreas verdes, en riego, poda aérea, poda subterránea, poda de árboles y arbustos, sanidad vegetal, fertilización, mullido del suelo, extracción de vegetales secos, plantación, control de malezas, mantención deflorales y cubresuelos detemporada, reposición y cambio de especies, corte de césped y orillado, y todos los servicios contratados. r)Supervisar que el contratista estéfiscalizando el cumplimiento de lajornadalaboral de los trabajadores, velando que éste no desarrolle ninguna otra actividad particular dentro de la jornada de trabajo y que cumpla con las labores encomendadas. s)Dejar constancia en el Cuaderno de Instrucciones tipo Maniford de todos los incumplimientos u observaciones del contrato. t)Desarrollar convenios deforestación con CONAF. u)Desarrollar convenios de colaboración con Universidades para abordar el tema de paisaje urbano, desde perspectivas técnicas, estéticas y de sostenibilidad.
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05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL
Art 48 : a) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y demás servicios incorporados a su gestión; b) Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de tales servicios, en coordinación con la unidad de administración y finanzas. a) Asumir la Dirección Administrativa de los establecimientos de Salud Municipal, en conformidad con las disposiciones legales vigentes; b) Proveer los recursos necesarios para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales y/o entrega de las prestaciones que correspondan; c) Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud; d) Elaborar y desarrollar programas de higiene y que tienden a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades de los habitantes de la Comuna, en coordinación con entidades privadas y con los organismos del Ministerio de Salud que corresponda; e) Coordinar con otras unidades municipales cuando corresponda, las acciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas vigentes. f) Asegurar la óptima entrega de las atenciones que otorgan los servicios de salud municipalizados y velar por el saneamiento ambiental de la Comuna. El Departamento de Salud cuenta con su propio organigrama interno, considerando las POSTAS, CESFAM, SAR, FARMACIA POPULAR, OTROS, · y toda la estructura jerárquica interna.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCION COMUNAL DE SEGURIDAD PUBLICA
Existira una dirección comunal de seguridad publica, con las siguientes funciones: a) Asesorar al alcande en el desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a victimas, asi como tambien la adopción de medidas en el ambito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y seguridad.b) Colaborar con el alcalde en la coordinación, gestión y seguimiento del plan de seguridad pública. c) Coordinar con la comunidad diferentes planes de acción que permitan desarrollar politicas públicas para la prevención del delito. d) Desarrolla actividades con la comunidad para la prevención del delito. e)administrar los recursos y progremas traspasados del gobierno central al municipio para desarrollar esta área; y f) Las demás que le delegue el alcalde, siempre que esten vinculadas con la naturaleza de su función.
Art. 16 bis Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Artículo 49.- a) Asesorar al Alcalde en la Administración Financiera de los Bienes Nacionales, para lo cual le corresponderá específicamente: b) Estudiar, calcular, proponer y regular lapercepción de cualquier tipo de ingresos municipales. c) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación en la elaboración del Presupuesto Municipal. d) Visar los decretos de pago. e) Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la Contabilidad Nacional y con las instrucciones que al respecto imparta la Contraloría General de la República . j) Controlar la Gestiónfinanciera de las empresas municipales. g) Efectuar lospagos municipales, manejar las cuentas bancarias respectivas yrendir cuenta a la Contraloría General de la República. h) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan. i) Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentaspor pagar por el municipio y lascorporaciones municipales, con copia a la SUBDERE; y publicado en Transparencia. j) Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio, con copia a la SUBDERE; y publicado en Transparencia. k) En relación a los Servicios Traspasados le corresponde las funciones que se señalan en las letras a) y b) anteriores en los aspectos normativos y de control, y l) Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne, las que ejercerá a través de la unidad que corresponda.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Articulo 4 Nº3 Agréganse, en la letra a) del artículo 27, las siguientes oraciones finales: "Además, deberá informar trimestralmente al concejo municipal sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior, individualizando al personal, su calidad jurídica, estamento, grado de remuneración y, respecto del personal a honorarios contratado con cargo al subtítulo 21, ítem 03, del presupuesto municipal, el detalle de los servicios prestados. También, en la primera sesión de cada año del concejo, deberá informar a éste sobre el escalafón de mérito del personal municipal y un reporte sobre el registro del personal enviado y tramitado en la Contraloría General de la República en el año inmediatamente anterior.
Articulo 4 Nº3 de la Ley 20.922 Que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entregas nuevas competencias a la subsecretaria de desarrollo Regional y Administrativo.
25/05/2016
04/10/2022
16/05/2016
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Tendrá las funciones de: a) Asesorar al/la Alcalde (sa) en la administración del personal de la municipalidad. b) Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente: 1. Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales; 2. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal;
ART. 27 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE ASEO
a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna; b) El servicio de extracción de basura; c) La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna; d) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente; e) Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia, y f) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental. La Subdirección de Higiene, tendrá como objetivo la protección y el fomento de la salud de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales, se modifiquen de forma adversa.
ART. 25 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE ASESORIA JURÍDICA
Artículo 59.- a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b) A requerimiento del Alcalde, iniciar y defender losjuicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés; c) Informar en derecho todos los asuntos legales que las unidades municipales planteen, manteniendo un archivo actualizado; d) Orientar periódicamente respecto de nuevas disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, para lo cual deberáformarse un índice con materias legales; e) Darforma y mantener al día los títulos de los bienes raíces municipales, f) Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos cuando lo ordene el Alcalde; y mantener los archivos de éstos. g) Redactar los proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y las bases administrativas legales,· h) Mantener archivos de las ordenanzas, reglamentos, convenios, comodatos y contratos dictados y firmados respectivamente por la Municipalidad; i) Actualizar las ordenanzas y reglamentos; j) Efectuar la cobranza administrativa y judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos e impuesto territorial, en este caso cuando procesa y otros; k) Realizar las gestiones necesarias para la expropiación de bienes inmuebles; l) Canalizar y revisar los Informes hacia el Concejo. m) Estar atento e informar a las direcciones correspondientes, sobre las leyes nuevas o modificaciones a las ya existentes, en materias municipales o relacionadas. n) Estar atento a la jurisprudencia de la CGR en materias de municipalidades, e informarlo a las unidades correspondientes. o) Otrasfunciones que la Ley señala o que la Autoridad superior asigne.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
Le corresponderá, prestar apoyo en materias legales al/la Alcalde (sa) y al Concejo. Además, informará en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias, y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales. Podrá, asimismo, iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine.
ART. 28 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES
La Dirección de Comunicaciones depende del/la Alcalde (sa) a través del/la Administrador (a) Municipal y estará a cargo de un (a) Director (a) de Comunicaciones, correspondiéndole las siguientes funciones:
ART. 4 LETRA J) LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE CONTROL
a) Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación; b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal; c) Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
ART. 29 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE CONTROL
Artículo 94.- a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia; b) Realizar la auditoria operativa interna de la Municipalidad con el objeto defiscalizar la legalidad y la eficiencia de su actuación; c) Controlar la ejecuciónfinanciera y presupuestaria Municipal; d) Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible; e) Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. En todo, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal; f) Emitir al Concejo un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario ; g) Informar trimestralmente al concejo, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal; h) Informar trimestralmente al concejo, sobre los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal; i) Informar trimestralmente al concejo, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente j) Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir en virtud de la Ley, k) Realizar, con la periocidad que determina el Reglamento del Concejo, una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen. De no establecerse la periocidad en el reglamento, esta presentación deberá realizarla al menos una vez al inicio de cada semestre . l) Efectuar control de legalidad de los decretos de pagos: Legalidad del gasto, autorización del gasto por elfuncionario competente y cumplimientos de procesos y políticas administrativas. m) Aplicar controles aleatorios a las unidades municipales, pudiendo realizar acciones como arqueos sorpresivos de fondos , toma selectiva de ingresos municipales informando directa y oportunamente al alcalde de los resultados. n) Entregar informe anual al Concejo sobre el cumplimiento de metas sobre el Programa Mejoramiento de la Gestión Municipal . o) Fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Transparencia. p) Realizar control preventivo a los documentos de contenido patrimonial, es decir, aquellos que dan origen a los compromisos pecuniarios que adquiera la municipalidad -comopor ejemplo las respectivas bases administrativas o el contrato que se suscriba- los queposeen una especial relevancia dado su envergadura. q) Participar en todas las reuniones de Concejo, a objeto de colaborar directamente con este órgano colegiado para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, e informarles de aquellos actos que estime ilegales. r) Velar porque la Municipalidad cuente con sus manuales y reglamentos de procedimientos formalmente establecidos, a objeto de sistematizar los procesos administrativos, permitiendo de esta manera optimizar la comunicación, disminuir los tiempos de cada uno de éstos y mejorar la transparencia y la forma en que se ejecutan al interior del municipio. (..)
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO
Artículo 23.- a) Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo comunitario; b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio; c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO
Depende directamente del/la Alcalde (sa) a través de/la Administrador (ra) Municipal, le corresponde: a) Asesorar al/la Alcalde (sa) y al concejo en la promoción del desarrollo comunitario, en los ámbitos social, económico, cultural y deportivo, considerando especialmente la integración de los residentes de la comuna.
ART. 22 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
La Dirección de Fiscalización, tendrá como objetivo ejecutar y/o coordinar las acciones de inspección para el cumplimiento de las normas y requisitos vigentes en el desarrollo de cualquier actividad que deba ser fiscalizada por la Municipalidad
ART. 4 LETRA J) LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCION DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Prestar apoyo al alcalde en todas las materias referentes al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres. c) Elaborar el Plan Comunal para la Reducción del Riesgo de Desastres y el Plan Comunal de Emergencia, en conformidad con lo dispuesto en la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres y su reglamento. d) Confeccionar los informes en aquellas materias de su competencia, referidas a los artículos 28 (DEL PLAN COMUNAL PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES) y 32 (DE LOS PLANES COMUNALES DE EMERGENCIA) de la ley Nº 21.364, cuando las unidades señaladas en dichos artículos soliciten su pronunciamiento. e) Aportar al funcionario que designe el Director Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, la información referente a su comuna para la elaboración del mapa de riesgo que contempla la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres. f) Coordinar con la Dirección Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y con los organismos o entidades públicas correspondientes, en el marco de sus competencias, las acciones en materia de Gestión del Riesgo de Desastres en su comuna. g) Velar fiscalizar por la limpieza de sumideros de aguas lluvias, acequias y canales existentes en vías públicas; Dentro de sus competencias y funciones, esta unidad debe prestar especial atención a las distintas fases del ciclo del riesgo de desastres: a) Fase de Mitigación: reducir los riesgos existentes, evitar la generación de nuevos riesgos y limitar los impactos adversos o daños producidos por las amenazas. b) Fase de Preparación: prever, responder y recuperarse de forma oportuna y eficaz de los impactos de amenazas inminentes o emergencias. La Alerta constituye una etapa de la Fase de Preparación y consistirá en un estado de monitoreo y atención permanente; a la vez que será un estado declarado cuando se advierte la probable y cercana ocurrencia de un evento adverso, con el fin de tomar precauciones y difundirlas. c) Fase de Respuesta: corresponde a las actividades propias de atención de una emergencia, que se llevan a cabo inmediatamente después de ocurrido el evento. Tienen por objetivo salvar vidas, reducir el impacto en la comunidad afectada y disminuir las pérdidas. d) Fase de Recuperación: acciones que tienen por objeto el restablecimiento de las condiciones normales de vida mediante las etapas de rehabilitación y reconstrucción de la zona afectada, y evitar la reproducción de las condiciones de riesgo preexistentes. De este modo, las etapas en la Fase de Recuperación son las siguientes: Rehabilitación: consiste en la recuperación, a corto plazo, de los servicios básicos y el inicio de la reparación del daño físico, social, ambiental y económico de la zona afectada, durante el período de transición comprendido entre la culminación de las acciones de respuesta y el inicio de las acciones de reconstrucción. Reconstrucción: consiste en la reparación o reemplazo, a mediano y largo plazo, de la infraestructura dañada, y la restauración o perfeccionamiento de los sistemas de producción. Esta dirección contará con la Oficina de Emergencias y Oficina de Planificación. (ambas en formación)
ARTÍCULO 26 BIS LEY Nº 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
03/05/2006
DIRECCIÓN DE OBRAS
a) Estudiar los antecedentes, dar los permisos de ejecución de obras, conocer de los reclamos durante las faenas y dar recepción final de ellas, todo de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladasen la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General, los Planes Reguladores, sus Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo     b) Dirigir las construcciones municipales que ejecute directamente el Municipio, y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros.
ART. 123 Y 124, LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
13/04/1976
27/05/2022
18/12/1975
DIRECCIÓN DE OBRAS
a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
ART. 24 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE OBRAS
Podrá autorizar la ejecución de construcciones provisorias por una sola vez, hasta por un máximo de tres años, en las condiciones que determine en cada caso. Sólo en casos calificados podrá ampliarse este plazo, con la autorización expresa de la Secretaría Regional respectiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo En aquellas propiedades que no cumplan con las disposiciones del Plan Regulador y que fueren parcialmente afectadas por siniestros, las Direcciones de Obras Municipales podrán autorizar la ejecución de trabajos de emergencia y de carácter transitorio, destinados a su mantenimiento, por un plazo no mayor a seis meses, el que sólo podrá ser prorrogado por una sola vez hasta por otro periodo igual, siempre que existan causas justificadas.
ART. 123 Y 124, LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
13/04/1976
27/05/2022
18/12/1975
DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
Artículo 65.- a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, b) Velarpor el cumplimiento del plan regulador comunal e) Velarpor el cumplimiento de las ordenanzas correspondientes. d) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones, de deslindes de predios en las 2,3,4 áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales. e) Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar lospermisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la LGUC j) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción g) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar, de acuerdo a la LGUC h) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan. i) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización. j) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna. k) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna, a petición de la Seremi de Transportes y telecomunicaciones o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva. l) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros; y m) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna. Las funciones específicas del Director de Obras, en el marco de lo dispuesto en la LGUC son: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b) Revisar y oficializar con su firma los documentos que por Ley entregá la Dirección de Obras. c) Certificaciones, Permisos de Edificación, Recepciones Finales, Factibilidades de Patentes Comerciales, Loteas, Divisiones y subdivisiones, d) Fusiones de Terrenos, e) Informes Técnicos a Organismos Públicos rectores como la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, la División de Desarrollo Urbano, Contraloría General de la República, Juzgado de Policía Local, etc., j) Paralizaciones de Faenas en construcciones irregulares, g) Informes Técnicos a la Comunidad, así como otros propios del funcionamiento interno del Servicio como ser: Facturas, Solicitudes de Compra, Informes al Alcalde y/ o Concejo, a las Direcciones y Departamentos Municipales . h) Comandar los equipos y las labores de emergencias a nivel comunal ante i) catástrofes.(...)
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
Art 89 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia . b)Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la Municipalidad c)Informar trimestralmente al concejo municipal sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior, individualizando al personal, su calidad jurídica , estamento, grado de remuneración. d)Informar trimestralmente al concejo municipal sobre las contrataciones de personal a honorarios, con cargo al subt 21, Item 03,· el detalle de los servicios prestados. e)Informar en la primera sesión de cada año del concejo sobre el escalafón de méríto del personal municipal. f) Informar en la primera sesión de cada año del concejo, un reporte sobre el registro del personal enviado y tramitado en la Contraloria General de la República en el año inmediatamente anterior. g)Administrar el sistema de personal de la Municipalidad, aplicando las técnicas de selección, descripción, especificación y evaluación de los cargos h)Proponer las políticas generales de administración de los recursos humanos, teniendo en consideración las normas estatutarias pertinentes y los principios de administración de personal i)Implementar las Políticas de Recursos Humanos aprobadas por el Concejo Municipal j) Proveer oportunamente los recursos humanos a las unidades que lo requieran, habilitando y seleccionando al personal y aplicando las normas relativas a la carrera funcionaria k)Mantener registros actualizados del personal en los cuales se consignen materias relacionadas con nombramientos, calificaciones, promociones, escalafones, medidas disciplinarias, permisos administrativos, feriados , licencias médicas, renuncias, etc l)Mantener un archivo con la legislación que afecte al personal municipal, asesorando oportunamente a estos sobre las materias es esta naturaleza m)Proponer y llevar a cabo programas de capacitación para el personal de acuerdo a los lineamientos generales entregados por el Alcalde y las unidades de las distintas reparticiones n) Ejecutar y tramitar la incorporación, promoción, retiro o destinación del personal como también lo relativo a licencias, permisos, asignaciones familiares y todo lo relacionado a solicitudes con inquietudes del personal o)Preparar y actualizar los escalafones del personal teniendo en consideración las normas estatutarias pertinentes; publicar el escalafón Vigente y remitirlo a la Contraloría p)Programar y ejecutar programas de bienestar para el personal, supervisando las unidades de casino, sala cuna, jardín infantil en caso de existir, como también la unidad sanitaria y de seguridad industrial y otros de asistencia social, informando las soluciones q) Calcular y registrar las remuneraciones del personal , confeccionar planillas de aportes provisionales y velar por su oportuno pago r)Proponer en conjunto con otras unidades, manuales de descripción y especificación de cargos s)Velar porque el personal pueda hacer efectivos sus derechos estatutarios,· ejecutando y tramitando los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios municipales de acuerdo a las normas vigentes t) Tramitar los nombramientos, renuncias, y otras desvinculaciones, los permisos administrativos y feriados del personal municipal u)Efectuar la tramitación administrativa de las resoluciones finales de los sumarios e investigaciones sumarias de la municipalidad, y el registro de estos actos, velando por el cumplimiento de los plazos en estas actuaciones (...)
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECCIÓN DE SALUD
La Dirección de Salud depende del/la Alcalde (sa) a través del/la Administrador (a) Municipal y estará a cargo de un (a) Director (a) de Salud, correspondiéndole las siguientes funciones: a) Asumir la Dirección Administrativa de los Establecimientos de Salud Municipal, en conformidad a las disposiciones legales vigentes;
ART. 23 LEY N°18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA
Art 60: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Diseñar, organizar, dirigir y participar de Las actividades relacionadas con La seguridad ciudadana en el territorio de La comuna. c) Diseñar una Estrategia Comunal participativa en seguridad ciudadana a través de la incorporación de la comunidad organizada, organismos públicos competentes y los organismos policiales. d) Promover la participación ciudadana en materia de seguridad pública a través de su incorporación en la creación de planes de seguridad, prevención y protección ciudadana, fortaleciendo la cohesión social de la comunidad local para enfrentar comunitariamente la creación de estos planes. e) Implementar un plan de capacitación, difusión y asesoría en materias de seguridad ciudadana, que permitan cumplir el logro del objetivo. j) Promover el uso de la línea gratuita 8002003 74, para atender todas las inquietudes y necesidades de los vecinos en materia de seguridad ciudadana o en otras de carácter municipal, tales como, alumbrado público, emergencias puntuales (incendios, accidentes), aseo y ornato, entre otros. g) Canalizar las denuncias de los vecinos a las unidades municipales. h) Remitir por oficio a la Fiscalía, Carabineros y/ o PDI; y otras correspondientes, las denuncias de vecinos dirigidas al Alcalde por Oficina de Partes, respecto a presuntos delitos que está observando la comunidad en sus sectores. i) Apoyar a las distintas unidades municipales cuando se produzcan situaciones de emergencia en la comuna j) Programar, organizar, dirigir actividades relacionadas a fomentar los comités de seguridad vecinal de la comuna. k) Programar, organizar, dirigir y ejecutar actividades relacionadas con la supervisión y control de los planes de prevención, emergencias puntuales (incendios, accidentes), y rehabilitación comunal. l) Ejecutar y/ o coordinar las acciones de inspección para el cumplimiento de las normas y requisitos vigentes en el desarrollo de cualquier actividad que deba ser fiscalizada por la Municipalidad. m) Supervisar y controlar los programas producto de convenios, desarrollados y financiados, por organismos de gobierno. n) Organizar reuniones mensuales del Consejo de Seguridad Pública. o) Hacer seguimiento del cumplimiento del Plan Anual de Seguridad Pública. p) Otras funciones que la ley señale o que la autoridad superior asigne, pertinente a la función de seguridad pública. De esta dirección dependerá la Oficina de Inspección Ciudadana y técnicamente la Oficina de Senda:
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
05/10/2023
05/10/2023
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO
a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes;
ART. 26 LEY N° 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
26/07/2006
31/01/2023
09/05/2006
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO
 Artículo 11 .- La persona que desee obtener licencia, deberá solicitarla en la Municipalidad de la comuna donde tenga su residencia. Sin embargo, si ésta no estuviere autorizada para otorgar licencia, el postulante concurrirá a la Municipalidad territorialmente más próxima que estuviere habilitada al efecto.
Art. 11 LEY Nº18.290 DE TRÁNSITO
07/02/1984
07/11/2009
23/01/1984
DIRECCIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICO
Artículo 75.- a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia b) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; c) Determinar el sentido de circulación de vehículos; en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes,· d) Señalizar adecuadamente las vías públicas ; e) Aprobar, observar o rechazar los informes de mitigación de impacto vial o emitir opinión sobre ellos, a petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley general de Urbanismo y Construcciones; y f) En general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
DIRECTOR DE OBRAS EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA LGUC
a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Revisar y oficializar con su firma los documentos que por Ley entrega la Dirección de Obras. c) Certificaciones, Permisos de Edificación, Recepciones Finales, Factibilidades de Patentes Comerciales, Loteas, Divisiones y subdivisiones, d) Fusiones de Terrenos, e) Informes Técnicos a Organismos Públicos rectores como la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, la División de Desarrollo Urbano, Contraloría General de la República, Juzgado de Policía Local, etc., f) Paralizaciones de Faenas en construcciones irregulares, g) Informes Técnicos a la Comunidad, así como otros propios del funcionamiento interno del Servicio como ser: Facturas, Solicitudes de Compra, Informes al Alcalde y/ o Concejo, a las Direcciones y Departamentos Municipales. h) Comandar los equipos y las labores de emergencias a nivel comunal ante i) catástrofes. j) Instruir y distribuir entre los diferentes departamentos DOM, la correspondencia que llega tanto de Alcaldía como de las otras Direcciones Municipales y de Organismos Externos. k) Asignar tareas específicas y contingentes a los profesionales de la Dirección de Obras. l) Participar en representación de la Dirección de Obras del Municipio en reuniones de coordinación de carácter técnico ante organismos externos. m) Participar en representación de la Dirección de Obras en reuniones de coordinación de carácter técnico ante las Direcciones Municipales. n) Representar a la Dirección de Obras ante el Alcalde y el Concejo, Comisión de Alcoholes, Comités Técnicos, Comisión Económica, etc. en materias propias de su competencia. o) Celebrar y dirigir reuniones periódicas de coordinación interna de la DOM p) Atender por Ley del Lobby las demandas o las consultas de la Comunidad y de los contribuyentes en general que lo soliciten, tanto en gabinete como en terreno (Juntas de Vecinos, Comités de Adelanto, particulares, empresas, etc.) q) Inspeccionar obras en terreno, tanto municipales como de particulares, que se encuentren en ejecución, para constatar su avance y su correcta ejecución técnica. r) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas: 1) Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales; 2) Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción; 3) Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior; 4) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y 5) Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso. 6) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan; 7) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización; l) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; m) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; n) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y o) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna. Sin perjuicio de lo anterior, las labores del Director de Obras implicarán, además: p) Conocer en profundidad el territorio comunal y sus centros urbanos, así como el contexto geográfico, económico y social en que se ubica la comuna, sea intercomunal, provincial, regional o nacional. q) Detectar las necesidades de su comuna en lo que se refiere a pavimentación, iluminación arborización de calles; las áreas verdes; viviendas sociales; protección del medio ambiente; posibles problemas de inundaciones, · etc., afín de proponer las soluciones correspondientes a la Alcaldía y al Concejo. (...)
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
FISCALIZACION E INSPECCION VIAL
Art 80: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Actuar de Unidad Técnica Municipal, del Servicio de Parquímetros. c)Supervisar el cumplimiento de los contratos suscritos por el municipio para los servicios de concesión.Supervisar el cumplimiento de las demarcaciones peatonales y vial, enforma y calidad, durabilidad y plazos, de acuerdo a los contratos para los servicios de concesión. d)Reunión de coordinación con Empresas de Parquímetros. e)Mantener un catastro del número de estacionamientos habilitados por cada cuadra y calle concesionada. f) Fiscalizar que la demarcación de estacionamientos se ajuste a la normativa vigente, respetando el metraje reglamentario de cada esquina,- como la entrada y salida de vehículos de casa particular. g) Fiscalizar las infracciones y/o contravenciones a la Ley de Tránsito que cometen los usuarios de las vías públicas , dentro de la comuna; y denunciarlas al Juzgado de Policía Local.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
GABINETE DE ALCALDÍA
Artículo 7°.- El Gabinete de Alcaldía tendrá las siguientes funciones: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia; b) Coordinar las actividades del Alcalde y llevar su agenda; c) Revisión de toda documentación que deba ser firmada por el Alcalde, verificando que antes del ingreso a su despacho contenga todas las firmas en los pie de firmas correspondientes. Es su responsabilidad devolver a quien corresponda la documentación con firmas incompletas; d) Efectuar el control de los plazos respecto a los requerimientos del Alcalde; e) Requerir de las unidades municipales la información necesaria para dar una mayor claridad a los asuntos que sean sometidos a consideración del Alcalde; f) Coordinar con el Administrador Municipal las reuniones internas de la Municipalidad en que participe el Alcalde; g) Programar, coordinar y supervisar las actividades administrativas y protocolares del Alcalde y desarrollar todas aquellas que él mismo le encomiende; h) Colaborar en la atención de situaciones que requieran el pronunciamiento o decisión directa del Alcalde; i) Informar y asesorar al Alcalde sobre los planteamientos públicos de las autoridades y vecinos con respecto a inquietudes y problemas de carácter comunal; j) Evaluar y proponer procedimientos estándares y de calidad de atención al vecino en la Municipalidad por presentaciones efectuadas por internet o por cualquier vía; k) Llevar el control de las invitaciones cursadas al Alcalde; l) Confirmar las asistencias de las invitaciones cursadas al Alcalde, y/o enviar oportunamente las excusas de las inasistencias, coordinando oportunamente con el Alcalde para su reemplazo; m) Llevar un control de las solicitudes cursadas al Alcalde, y responder por correo electrónico u otro medio, la contestación a dicha solicitud, informando al usuario si fue atendida, rechazada o en trámite; n) Llevar al día una Carta Grantt de las actividades y celebraciones oficiales de la Municipalidad, y organizar oportunamente en coordinación con las unidades correspondientes, el correcto desarrollo de las mismas; o) Cumplir las demás funciones que determine el Alcalde; p) Elaborar e implementar un sistema regular de evaluación y percepción de los servicios municipales; q) Coordinar y elaborar estrategias comunicacionales con los diferentes medios de comunicación, prensa, radio, tv, agencias, internet y revistas, en lo que se refiere a entrevistas, artículos, cartas, reportajes publirreportajes; r) Gestionar una eficiente comunicación interna con los funcionarios municipales, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y Oficina de Comunicaciones; s) Producir y organizar los eventos y ceremonias oficiales que efectúe la Municipalidad; t) Velar por la producción de los eventos, desde la escenografía, amplificación, animación, locación, artistas y todo lo necesario. Para ello deberá coordinarse con las unidades y departamentos que correspondan en lo estructural, protocolar, artístico e imagen coporativa; u) Hacer reuniones de organización y coordinación previas a cada evento, con la debida antelación; v) Formalizar un Plan de Trabajo para cada evento; w) Llevar un catastro de todos los gastos derivados de cada evento; x) Realizar con cada equipo una Evaluación después del evento y dejar establecido por escrito los aspectos logrados, por lograr, deficiencias a corregir, etc
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Los Juzgados de Policía Local son Tribunales especiales , están directamente sujetos bajo la supervigilancia directiva, correccional y económica de las Cortes de Apelaciones correspondientes a su jurisdicción. A pesar de ello el funcionamiento de estos Juzgados está a cargo de las municipalidades de cada comuna en la que se haya establecido un Juzgado de Policía Local, las cuales deberán proporcionar todos los útiles, elementos de trabajo y medios de movilización para que sean llevadas a cabo todas las diligencias y actuaciones judiciales que le sean requeridas. La Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, están contenidas en la Ley Nº 15.231, donde además se establece la competencia, el nombramiento de los funcionarios y algunas disposiciones de orden general. El procedimiento judicial ante los Juzgados de Policía Local, está contenido en la Ley Nº 18.287, al igual que los recursos procedentes y las medidas cautelares. Para desarrollar sus actuaciones judiciales, tales como notificaciones, ordenes de arresto y medidas para mejor resolver, tienen plena facultad de utilizar las Fuerzas de Orden Público, Carabineros de Chile, al igual que los servicios de la Policía de Investigaciones, y de los demás servicios públicos. El procedimiento administrativo es una sucesión de actos trámite vinculados entre sí, emanados de la administración y, en su caso, de particulares interesados, que tiene por finalidad producir un acto administrativo terminal. Todo el procedimiento administrativo deberá constar en un expediente, escrito, en el que se asentarán los documentos presentados por los interesados, por terceros y por otros órganos públicos, con expresión de la fecha y hora de su recepción, respetando su orden de ingreso. Asimismo, se incorporarán las actuaciones y los documentos y resoluciones que el órgano administrativo remita a los interesados, a terceros o a otros órganos públicos y las notificaciones y comunicaciones a que éstas den lugar, con expresión de la fecha y hora de su envió, en estricto orden de ocurrencia o egreso.
Decreto N°307 fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.231, Sobre organización y atribuciones de los Juzgados de Policia Local
23/05/1978
13/08/2021
03/03/1978
LA DIRECCION DE MEDIO AMBIENTE ASEO Y ORNATO
Art 71 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b)Velar por el aseo de las vías públicas , parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna c)El servicio de extracción de basuras, d)Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente, e)Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna, que sean de su competencia, f) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental. g)Velarpor el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionada con materias de su competencia. h)Coordinar con otras unidades municipales que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes. i) Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente como asimismo otros programas que tiendan a la prevención , detección y tratamientos de enfermedades en coordinación con entidades privadas o con organismos del Ministerio de Salud j)Aplicar en lo que corresponda, las normas de la Ley Nº 19.300 sobre bases del medio ambiente, y las demás que den competencia a las Municipalidades a este respecto. Esta dirección está a cargo de un director, que tiene las funciones de: k)Diseñar programas para la disposiciónfinal de la basura, l) Organizar el aseo de las vías públicas, la mantención de parques, jardines y en general, el aseo de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna, m)Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en materias relativas a laplanificación, gestión y control ambiental en el territorio comunal, n)Velar por el cumplimiento de la legislación ambiental vigente en materias relativas a la protección y manejo racional de los recursos naturales del territorio jurisdiccional, ñ)Elaborar estudios y planes estratégicos ambientales en el marco del Plan de Desarrollo Comunal. p)Supervigilar y Evaluar permanentemente los procedimientos empleados en su unidad, de manera tal, que éstos se encuentren actualizados y estén acordes con una buena gestión, q)Todas las acciones tendientes a mejorar los espacios públicos en la comuna, por directa instrucción del Sr. Alcalde o quien lo subrogue.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
LA DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES
Art 65 : a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, b) Velar por el cumplimiento del plan regulador comunal e) Velar por el cumplimiento de las ordenanzas correspondientes. d) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones, de deslindes de predios en las 2,3,4 áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales. e) Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la LGUC f) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción g) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar, de acuerdo a la LGUC h) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan. i) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización. j) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna. k) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna, a petición de la Seremi de Transportes y telecomunicaciones o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva. l) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros; y m) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
LA DIRECCION DE RENTAS, INSPECCION Y COBRANZAS
Art 83: está a cargo de la obtención de recursos económicos municipales, en favor de la inversión y desarrollo social, de acuerdo a lo establecido en las normas y el avance de actividades económicas en la comuna. Su labor es solicitar al contribuyente la regularización del pago y puesta al día de patentes comerciales y/ o industriales, derechos de aseo, derechos por permisos, entre otros. Su regulaciónprincipal se en cuentra establecida en el Decreto Nº 2385, defecha 2011111996, del Ministerio del Interior, que FILA TEXTO REFUNDIDO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY Nº 3. 063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES. De la Dirección de Rentas y Patentes Municipales, dependerán la Oficina de Rentas y Patentes Municipales; la Oficina de Inspección y Fiscalización; y la Oficina de Cobranzas.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
OFICINA ( CONVENIO AGRUPACION DISCAPACIDAD JUAN C. SALDIAS)
Art 32: • Realización de actividades educativas, sensibilización, entretención, etc. • Apoyar a los usuarios y agrupaciones de personas con discapacidad en sus necesidades. • Orientar a los usuarios sobre el proceso de tramitación de la credencial de discapacidad • Orientar a los usuarios sobre el proceso de tramitación de la pensión de invalidez. • Entregar orientación sobre la postulación a diferentes beneficios.
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
OFICINA DE AUDITORIA OPERATIVA
Art 95 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Evaluar de forma exhaustiva el empleo de los recursos con los que cuenta la municipalidad y si deforma eficiente y de calidad logra sus objetivos marcados. c)Verificar los parámetros de calidad en los que cada unidad debe operar. d)Verificar los grados de avances de los Programas de Mejoramiento de Gestión Municipal. e)Identificar si la municipalidad funciona de manera eficiente o, en todo caso, si existen puntos de mejora de procesos. Para ello deberá efectuar análisis y medición, de cualquier tipo de proceso, desde los económico-financieros a las relaciones laborales dentro de la organización. f) Identificar posibles fallas, pero al tiempo definir a través de su informe de auditoria caminos a tomar o mejoras de procesos que mejoren su cohesión organizacional
Reglamento de Organización Interna I. Municipalidad de San Vicente de Tagua - Tagua
05/10/2023
Sin modificación
05/10/2023
OFICINA DE BIENESTAR
Art 91 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Elaborar, implementar y evaluar políticas , programas y proyectos sociales específicos que respondan a los intereses de los funcionarios y proyecten el desarrollo y fortalecimiento de las prestaciones. c)Elaborar convenios con instituciones y empresas orientados a generar beneficios y prestaciones para los funcionarios . d)Mantener un sistema administrativo - contable y de control financiero de los recursos destinados a bienestar. e)Mantener coordinación permanente con las unidades del municipio, con instituciones externas a la organización, cuyas funciones se relacionen con e/sistema de bienestar.
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OFICINA DE COBRANZAS
Art 88 :a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Elaborar, desarrollar e implementar un plan de inspección general anual, de los contribuyentes morosos por concepto de impuestos, derechos, concesiones, arriendos y permisos en bienes municipales y nacionales de uso público, permisos de circulación, etc.; c)Efectuar la cobranza administrativa y judicial de impuestos, derechos, concesiones y arriendos, cuando proceda, en coordinación con las direcciones que corresponda además de Asesoría Jurídica.
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OFICINA DE DEPORTES Y RECREACION
Art 43: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Mantener un registro actualizado de todas las organizaciones comunitarias que existen en la comuna y que están regidas por la ley 19.418, c) Promover la participación y desarrollo de actividades deportivas-recreativas en la Comuna, - d) Elaborar y desarrollar programas y eventos deportivos y recreativos en la Comuna; e) Proveer asesoría técnica deportiva a las distintas organizaciones comunitarias e intermedias de la Comuna, · f) Elaborar programas de capacitación técnica y prácticas que apoyen el desarrollo del deporte en la Comuna; g) Coordinar la participación de otras entidades públicas o privadas para la realización de actividades deportivas y recreativas en la Comuna; y h) Mantener canales de información y comunicación eficientes que posibiliten la oportuna participación de vecinos y de la comunidad organizada en las actividades deportivas y recreativas que se programen. i) Administrar el complejo deportivo municipal, piscina y todas las áreas deportivas municipales.
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OFICINA DE EJECUCION DE OBRAS
Art 69 :a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Proveer las obras y ejecución de los edificios y construcciones municipales y aquellos situados en bienes nacionales de uso público cuya administración le corresponde. c)Efectuar el cálculo de los costos para las obras municipales que corresponda realizar,· d)Realizar las obras de Mantención y reparaciones menores de los bienes municipales; e)Apoyo con personal y maquinarias a los distintos Departamentos Municipales en el desarrollo de susfunciones ; f) Apoyo con los bienes municipales a las distintas instituciones y organizaciones comunitarias en la realización de sus actividades; g) Apoyo técnico profesional , con mano de obra y con materiales a las Juntas de Vecinos que ejecuten trabajos en bien de la comunidad; h) Cumplir labores administrativas necesarias en el Departamento ; i) Llevar el inventario y control de los bienes correspondientes al Departamento y sus dependencias; j)Velar por el cumplimiento de las responsabilidades entregadas al Departamento y sus dependencias; Super vigilar las obras contratadas por la Municipalidad; l) Preparar los antecedentes para llamar apropuesta cuando corresponda,· J)Dirigir las construcciones, reparaciones y transformaciones que debe efectuar directamente la Municipalidad y confeccionar los procedimientos administrativos para los contratos que se celebren en la ejecución de las mismas; k)Llevar información estadística del Departamento ; Llevar un registro de contratistas para la ejecución de obras a cargo de la D. O.M l)Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordene ejecutar m) Programar y coordinar todas las obras de construcción y de pavimentación de aceras y calzadas de la Comuna. n)Administrar la bodega de materiales de la D. 0.M y el Taller Municipal Solicitar, analizar e informar presupuestos o cotizaciones para la contratación directa de obras oproyectos, cuando corresponda. ñ) Evaluar e informar las ofertas presentadas en las propuestas que se llamen con ocasión del cumplimiento de sus funciones. o)Fiscalizar las obras encomendadas por la Municipalidad, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales. p)Ejecutar directamente obras municipales, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales. q)Cumplir todas aquellas funciones que el Director le encomienda en relación a su competencia.
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OFICINA DE FISCALIZACION INTERNA
Art 96 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Ejecutar tareas de control de las actividades de todas las Unidades, Departamentos y Direcciones Municipalizados, de acuerdo a la normativa vigente c)Realizar controles periódicos de arqueos de caja municipales u otros necesarios como arqueos de "caja chica", conciliaciones bancarias, boletas de garantía, etc. d)Revisión de los Fondos por rendir e)Controlar el pago de viáticos, en concordancia al cumplimiento real de cometidos fuera de la comuna. f) Fiscalizar cumplimiento de los Convenios en cuanto a los objetivos, gastos, plazos , rendiciones. g)Fiscalizar el Otorgamiento de subvenciones y sus rendiciones,· inclusive con chequeos en terreno de su cumplimiento para los fines que correspondan h)Cumplimiento entrega de información para la Transparencia Activa. i)Fiscalización de los cobros de derechos municipales (ferias u otros ingresos municipales) j)Controlar la utilización de combustible por parte de vehículos municipales, a través de revisión de bitácora, horarios de entrada y salida ú otros medios. k)Toda otra acción de Fiscalización Interna que permita mejorar la gestión, evitar pérdidas y efectuar correcciones.
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OFICINA DE FOMENTO PRODUCTIVO
Art 44: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Mantener un registro actualizado de todas las organizaciones comunitarias que existen en la comuna y que están regidas por la ley 19.418, como de todos(as) los microempresarios. c) Promover la organización, participación y desarrollo de los Pequeños y Medianos Empresarios, de acuerdo a sus propios intereses y necesidades; d) Llevar un registro actualizado de las Pequeñas y Medianas Empresas; e) Constituir en canal de comunicación, entre la Municipalidad y las Pequeñas y Medianas Empresas; j) Desarrollar articulación con servicio de fomento Regional para potenciar el desarrollo económico (Sercotec, CORFO, INDAP, Fosis, etc.),· g) Lograr articulación con otros Municipios de la microárea; y h) Fortalecer el desarrollo y la capacidad de gestión de los agentes productivos
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OFICINA DE GESTION DE TRANSITO Y SERVICIOS
Art 78 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b)Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna. c)Redactar y confeccionar los Decretos Alcaldicios, sobre materias que tengan directa relación con susfunciones propias. d)Realizar reuniones de coordinación con Sectra, Seremi de Transportes, Carabineros, Inspectores Municipales y Fiscales, para la unificación de criterios de análisis, respecto de las materias de su competencia. e)Estudiar y proponer medidas de regulación y mejoramiento de los sistemas de tránsito de la comuna. f) Fiscalización de tránsito y servicios de transporte remunerado de pasajeros. g)Elaborar informes técnicos relacionados con la especialidad que soliciten los Tribunales de Justicia. h)Realizar estudios relacionados con los recorridos de tránsito público . i)Preparar informes, oficios y demás documentos relacionados con materias de su competencia. j)Presentar a la Unidad de Secpla, proyectos sobre señalizaciones, demarcaciones y otros para que sean considerados en la confección del Presupuesto Municipal y se asignen los recursos correspondient es; y o se postulen a Fuentes de Financiamiento regional. k)Aprobar, observar o rechazar los informes de mitigación de impacto vial o emitir opinión sobre ellos, a petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley general de Urbanismo y Construcciones.
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OFICINA DE IMPUESTOS TERRITORIAL MUNICIPAL MUNICIPAL Y CATASTRO
Art 70: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Desarrollar las funciones, tareas y disposiciones descritas por el Convenio suscrito entre el Servicio de Impuestos Internos y el Municipio, y las futuras modificaciones de este instrumento. c)Intercambio de información catastral entre la Municipalidad la Oficina de Impuesto Territorial Municipal y el Servicio de Impuestos Internos. d)Emisión de informes catastrales de los bienes raíces de la comuna. e)Actualización cartográfica de la comuna. f) Atención de los propietarios de la comuna. Funciones de Catastro y Aplicaciones: g)Una adecuada base informativa y de catastro es un buen instrumento para las diversas actividades de la DOM No se trata sólo de recolectar información para fines estadísticos o históricos sino, sobre todo, información útil para retroalimentar el proceso de toma de decisiones. Por ello, es un área que está incorporando paulatinamente nuevas tecnologías, que requiere la adecuada capacitación de los funcionarios para su manejo. h)Mantener permanentemente actualizado el Catastro Comunal de Infraestructura y Equipamiento, así como con la información que aportan los lotees, las subdivisiones y los permisos de edificación, para apoyar el área de informaciones y al Departamento de Arquitectura y Urbanismo. i)Mantener la coordinación con la SECPLA para la actualización, digitalización y utilización del Catastro Comunal a través de un Sistema de Información Geográfico (S.l G.). j)Utilizar los recursos del Sistema de Información Geográfico para la emisión de los diversos Certificados que se solicitan en la DOM (de Informaciones Previas, de Número Domiciliario, de Perfil Oficial de Calles, etc.). k)Proveer de Información Catastral de la Infraestructura y Equipamiento Comunal, por Unidades Vecinales, Poblaciones y/o Franjas Comunales a la Alcaldía, al Concejo, a las diferentes Direcciones y Departamentos Municipales, e incluso Juntas de Vecinos, que lo soliciten. l) Cruzar información catastral en el SIG para la toma de decisiones
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OFICINA DE INFORMATICA
Art 11 : Sus principales funciones serán: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b) Proponer, ejecutar y coordinar la elaboración del Plan Informático Municipal. c) Elaborar planes de renovación y adquisición o arriendo de hardware y software, que respondan efectivamente a las necesidades del municipio. d) Supervisar y controlar el Plan de Mantenimiento y correcto fancionamiento del equipo de cómputo, administración de servidores, elementos de cableado así como de telefonía e internet. e) Administrar las licencias de uso de software, f) Servir de apoyo administrativo a las diferentes unidades municipales de acuerdo a los requerimientos por ellasformulados, incluidos los Servicios Traspasados; g) Asesorar técnicamente a las diferentes unidades respecto al mejor aprovechamiento y uso de los recursos computacionales,· h) Desarrollar y ejecutar programas de capacitación permanente a los funcionarios en el uso de equipos y software con que cuenta la Municipalidad; i) Proponer el desarrollo de nuevas aplicaciones y sistemas computacionales,· j) Proveer e implementar los sistemas de operación que se definan, ya sea conrecursos propios y externos; y k) Custodiar y preservar la utilización de la información y de las inversiones en materia de sistemas. l) Establecer las políticas de seguridad sobre información, sistemas y programas informáticos, respaldos, recuperación de base de datos y aplicaciones de Internet del Municipio. m) Mantener constantemente respaldada la información y registros de todas las unidades municipales. n) Otrasfunciones que se le encomienden en el área de informática
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OFICINA DE INSPECCION Y FISCALIZACION
Art 87: a(Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Planificar la fiscalización externa que compete a la autoridad municipal en materia normativas, de carácter tributario y en general de supervigilancia comunal. c)Programar y organizar los sistemas de control al comercio establecido que opere dentro de los límites comunales. d)Colaborar con las Dirección de Tránsito en el control del cumplimiento de la Ley de Tránsito en conjunto con la autoridad policial . e)Colaborar con la dirección de Obras Municipales en el control de normas relativas a edificación y construcción. f) Realizar controles sobre ruidos molestos y contaminación ambiental en coordinación con el Dpto. de Medio Ambiente. g)Fiscalizar el comercio instalado en la via publica en coordinación con la Sección Rentas. h)Denunciar al Juzgado de Policía Local las infracciones detectadas. i)Verificar en el terreno los reclamos de la comunidad; j)Hacer efectivo los Decretos Alcaldicios que dispongan clausuras. k)Realizar todas aquellas inspecciones que le encomienden sus superiores dentro de sus facultades. l)Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale en conformidad con el ordenamiento jurídico.
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OFICINA DE ORGANIZACIÓNES COMUNITARIAS
art 26: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Implementar y desarrollar acciones destinadas a potenciar y fortalecer la participación de la comunidad organizada en las distintas áreas del desarrollo de la comuna, ejecutando programas y/o proyectos tendientes a generar las condiciones óptimas para la adecuada participación de las organizaciones sociales; ·motivación, liderazgo, legalización e información entre otras. c) Mantener un registro actualizado de todas las organizaciones comunitarias que existen en la comuna y que están regidas por la ley 19.418, que norma el funcionamiento de las organizaciones comunitarias territoriales, como es el caso de las juntas de vecinos, y de las organizaciones comunitarias de carácter funcional, donde entran todas las demás organizaciones comunitarias tales como los clubes deportivos, talleres laborales, clubes de adultos mayores, agrupaciones, etc. d) Incentivar a que los diversos grupos que pretendan realizar alguna actividad dentro de la comunidad se organicen formalmente y se constituyan en organizaciones con personalidad jurídica. Para ello, se los apoya en seguir todos los procedimientos administrativos y legales que contempla la ley 19.418, proporcionándoles el ministro de fe para constituirse como organización, ayudándolos a elaborar sus estatutos y facilitándoles formularios como los deconstitución, de cambios de directiva, etc. e) Orientar y asesorar a las organizaciones en su quehacer comunitario, las apoya en la postulación a los diferentes fondos concursables que dispone el Estado y les entrega capacitación y seguimiento continuo como una forma de facilitar su funcionamiento interno e incentivarlas a mantenerse activas. f) Desarrollar un trabajo asociado con los dirigentes de las organizaciones comunitarias, tanto funcionales como territoriales, de tal forma de contribuir a su crecimiento como tales, creando instancias que permitan determinar sus realidades, generando propuestas para la solución a sus problemas y necesidades, entregando las herramientas básicas para mejorar las condiciones de accesibilidad para la obtención de beneficios conducentes al mejoramiento de las condiciones de la vida y del entorno al que pertenecen. g) Incentivar y propender a la formulación y ejecución de proyectos financiados por distintos fondos, tales como el Fondo de Iniciativas Culturales, Deportivas y de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional, Senama, Sernatur; y la generación de vínculos y redes con instituciones EXTERNAS. h) Asesorar a las diferentes organizaciones comunitarias en toda materia que permita facilitar su funcionamiento, · i) Constituir el canal de comunicación entre la Municipalidad y las Organizaciones Comunitarias; j) Informar, orientar y apoyar técnicamente a la comunidad organizada, capacitando sobre las formas de solucionar problemas comunales que los afecten k) Coordinar colaborar en el accionar de los organismos comunitarios en la ejecución de programas de desarrollo comunal; l) Promover la organización, participación y desarrollo de los dirigentes y vecinos de cada unidad vecinal, de acuerdo con sus propios intereses y necesidades. m) Detectar las organizaciones comunitarias existentes de la comuna y proceder a la tramitación de la personalidad jurídica , e incentivar la legalización de las organizaciones que carecen de ellas. n) Dar cumplimiento a lo señalado en la ordenanza municipal de participación ciudadana y el reglamento del consejo económico social. o) Desarrollar programas de Formación de Líderes Comunitarios; que contribuya a fortalecer los liderazgos comunitarios, sus aportes a la gobernabilidad local y a la movilización de una base social comprometida con la sostenibilidad de los procesos (...)
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OFICINA DE PARTES
Art 14 a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Recepcionar, timbrar, numerar, registrar, escanear, guardar en archivo digital y físico toda la documentación que ingresa a la Municipalidad a través de esa oficina. c) Despachar y distribuir la correspondencia ingresada, derivada por el(la) Secretario Municipal a los directores o jefes de Unidades o departamentos respectivos, con el correspondiente respaldo de entrega. Este despacho se hace a través de correos institucionales y/ o en formato físico, según corresponda. d) Hipervincular el registro de documentación con su respectivo archivo digital para una búsqueda rápida. e) Despachar toda la correspondencia que emane del Municipio a través de la Empresa de Correos de Chile, registrándola y llevando copia clasificada de los documentos. f) Mantener permanentemente actualizados los registros y archivos municipales puestos a su cargo.
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OFICINA DE PERMISOS DE CIRCULACION
Art 77 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b)Renovación de Permisos de Circulación c)Otorgamiento Primer Permiso de Circulación d)Reemplazo de taxis o similares e)Declaraciones juradas , por no circulación anual. f)Solicitar y aprobar, cuando corresponda, los traslados de antecedentes de los vehículos motorizados, en conformidad a las normas vigentes, cuando lo soliciten los interesados u otras municipalidades del país . g)Otros: (duplicados depadrones, duplicados de sello verde, permisos de traslados de vehículos dentro y fuera de la comuna, certificados, etc. h) Mantener un archivo sobre la base de correlativos alfabéticos-diarios, una por cada vehículo que hubiese obtenido o renovado su permiso de circulación, con toda la documentación de respaldo. i) Girar ordenes de ingresos por concepto de derechos municipales concernientes a materias de transportes, transito, y otros derechos, tales como sellos verdes, certificados, duplicados, empadronamientos, características vehículos, etc. j) Gestionar y calcular los convenios de pago, cuando corresponda.
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OFICINA DE PREVENCION DE RIESGOS
Art 92 : Le corresponde realizar las actividades preventivas necesarias, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud del personal municipal, asesorando y asistiendo al Comité Paritario, al Departamento de Recursos Humanos, Directores, Jefes de departamentos, funcionarios o sus representantes. El Departamento de Prevención de Riesgos es una dependencia que está a cargo de planificar , organizar, ejecutar y supervisar la prevención de riesgos y, además, efectuar acciones permanentes para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales . Asesorar y desarrollar las siguientes acciones mínimas: reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales , control de riesgos en el ambiente o medios de trabajo, acción educativa de prevención de riesgos y promoción de la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, registro de información y evaluación estadística de resultados, asesoramiento técnico a los a los COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD, supervisores y líneas de administración técnica. Deberá mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia.
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OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
Artículo 8°.- a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia: b) Asesorar al Alcalde en todas las materias relativas a relaciones públicas, comunicación social y actividades protocolares; c) Mantener un archivo actualizado con todas las publicaciones relacionadas con la administración comunal; d) Mantener actualizado un listado con las efemérides más importantes y enviar oportunamente lasfelicitaciones a quien corresponda; e) Mantener actualizado el registro de Autoridades Nacionales, Regionales y Comunales,· con su correspondiente archivofotográfico; j) Mantener un archivo actualizado de todos los Hijos flustres de la Comuna (vivos o fallecidos), · o depersonas que se hubiesen distinguido con algúnpremio o distinción en la comuna (vivos ofallecidos); g) Mantener un registro actualizado de los cumpleaños de Funcionarios Municipales, Salud y Educación,· y saludarlos con un correo a nombre de la municipalidad, en coordinación con Oficina de Comunicaciones. (Planta, Contrata, Honorarios, Programas); h) Mandar permanentemente saludos a autoridades, funcionarios, instituciones y organizaciones comunitarias; i) Agendar, planificar y autorizar en coordinación con otras direcciones municipales, el uso de espacios públicos para instalación de pendones, lienzos u otros; j) Coordinar mensualmente con el Departamento de Transparencia la publicación de las materias relativas a transparencia activa; k) Organizar y dirigir ef protocolo en los eventos o ceremonias oficiales que efectúe la Municipalidad; l) Cursar las invitaciones a las autoridades y demás invitados; m) Solicitar información de interés general a todas las dependencias municipales o instituciones que de ella dependan, a objeto de manejar los antecedentes suficientes para informar al público; n) Mantener informado al personal de las actuaciones, inauguraciones y otras actividades relevantes del Municipio; o) Confirmar las asistencias de las invitaciones cursadas al Alcalde; y/o enviar oportunamente las excusas de las inasistencias. En este último caso coordinar oportunamente con el/la Alcalde protocolar para su reemplazo; p) Reenviar invitaciones oficiales a las/los Concejales; q) Asesorar al Alcalde en todas las materias relativas al protocolo de la Municipalidad; r) Coordinar la presentación y correcta función del equipo protocolar (funciones, roles, uniformes, presentación personal, maquillaje, etc); s) Otras que determine el Alcalde.
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OFICINA DE REMUNERACIONES
Art 90 : a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Calcular y registrar las remuneraciones del personal . c)Confeccionar las planillas de remuneraciones del personal, de acuerdo a las normas legales vigentes, considerando las variaciones derivadas de nombramientos, ascensos, bienios, renuncias o vacaciones, atrasos, inasistencias, multas, reconocimiento de cargas familiares, licencias médicas, retenciones, horas extraordinarias, viáticos, descuentos y otros. d) Confeccionar las planillas de cotizaciones previsionales , de salud y descuentos varios, estos últimos de acuerdo a las instrucciones que se le entreguen por parte de su jefe directo o por la autoridad máxima del municipio e)Efectuar el pago de remuneraciones, horas extraordinarias, viáticos, retenciones judiciales y familiares , cotizaciones a Cajas de Previsión y AFPs., ISAPRES, Cooperativas, !SE, Cajas, Asociaciones y otros. f)Emitir los certificados que corresponda en relación con las remuneraciones de Personal. g) Cumplir con las demás funciones que le encomiende su superior directo, y de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.
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OFICINA DE RENTAS Y PATENTES MUNICIPALES
Art 84: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Procurar la máxima eficiencia en la obtención de recursos económicos para las Arcas Municipales. c)Estudiar, calcular, proponer , fiscalizar y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales, fiscales y de los servicios traspasados cuando corresponda; d)Controlar la gestión financiera de las empresas municipales; e)Calcular y ordenar el pago de patentes municipales por actividades lucrativas, previa autorización de los organismos pertinentes, manteniendo los registros actualizados de ellos; f) Administrar los activos municipales en cuanto a concesiones, ventas, remates y otros aspectos de los estadios, piscinas, gimnasios, mataderos, mercados, terminal de buses y otras propiedades municipales o bienes nacionales de uso público ; de conformidad a lo establecido en los Reglamentos y Ordenanzas existentes. g)Mantener los catastros actualizados de las actividades primarias , secundarias y terciarias y sobre avisos de publicidad en la comuna; h)Informar y tramitar las solicitudes de autorización o de anulación, para el ejercicio de actividades primarias, secundarias y terciarias y sobre avisos de publicidad en la comuna; i) Realizar las acciones de control, respecto al cumplimiento de las normas que regulen el ejercicio de actividades económicas, el destino de las construcciones, edificaciones, predios y todo lo relacionado con avisos publicitarios en la comuna, proponiendo las sanciones que correspondan; J) Ejecutar y/o coordinar cualquier otro tipo de control relacionado con el otorgamiento de concesiones y permisos en bienes nacionales de uso público , municipales y de impuestos; k) Distribución de formularios municipales y de impuestos fiscales o los que determine la Tesorería General de la República, además de los avisos recibos de impuesto territorial y otros; l) Efectuar cálculo de intereses de tributos municipales y fiscales morosos en base a las tablas de cálculo que para tal efecto entrega mensualmente la Tesorería General de la República; y m) Otras funciones que la autoridad superior le asigne
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OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Art 61 : a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Velar por la generación de seguridad ciudadana comunal, la que garantizará a través de patrullajes preventivos permanentes las 24 horas del día por el territorio comunal. c) Apoyar y prestar colaboración a las policías de Carabineros de Chile y de Investigaciones de Chile, en tareas de vigilancia y seguridad ciudadana comunal. d) Informar y poner a disposición de las autoridades competentes a quienes sean sorprendidos infraganti cometiendo un delito. e) Mantener un continuo acercamiento con los vecinos, dando a conocer el servicio que se presta, como asimismo incentivando a la comunidad en las materias de seguridad ciudadana. f) Fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Tránsito y cooperar con Carabineros de Chile frente a eventos importantes que se lleven a cabo en la comuna, en coordinación con la Dirección de Tránsito Transporte Público. g) Cooperar con las otras Direcciones y Departamentos del Municipio en los problemas y transgresiones a Ordenanzas Municipales que pueda detectar, informándolas para ser resueltas por las unidades competentes o denunciarlas si corresponde. h) Efectuar la coordinación logística para la mantención, reparación y operación de las cámaras de vigilancia municipal. i) Registrar, procesar los datos e informar a las empresas de mantención y a la unidad operativa correspondiente, las fallas detectadas en luminarias públicas y semáforos existentes en la comuna. j) Registrar y procesar los datos obtenidos en el cumplimiento de sus funciones, entregándolos a las unidades operativas del municipio, en las materias atingentes a cada una de ellas, para su pronta solución. k) Supervisar los contratos que dicen relación con el funcionamiento de la unidad y convenios con Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones. l) Coordinar las funciones de fiscalización que posee con las asignadas al Departamento de Inspección y Prevención de Riesgos. m) Llevar el Control de las Cámaras de Seguridad a su cargo.
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OFICINA DE SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y REHABILITACION DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL (SENDA)
Art 62: ) La ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingesta abusiva de alcohol, b) La ejecución de políticas en materia de tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas. c) La elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol d) El programa busca desarrollar, en el marco de la Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol, políticas comunales de prevención, a través de un convenio de colaboración financiera entre SENDA y cada municipio, donde ambas instituciones aportan recursos para la implementación del programa. e) El programa desarrolla vínculos directos con los principales actores y organizaciones de la comunidad local y fomenta su participación para enfrentar el consumo de drogas en los territorios. Además, implementa localmente los programas preventivos nacionales, articulando y desarrollando directamente diversas actividades que buscan generar condiciones adecuadas para la prevención del consumo de drogas en el territorio comunal, abarcando el ámbito comunitario, de salud, familiar, educativo, laboral, jóvenes y las condiciones particulares de riesgo social.
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OFICINA DE TRANSPARENCIA
Art 97 :a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b)Mantener activa y actualizada, con toda la información necesaria, la página de Transparencia de la Municipalidad de San Vicente c)Dar respuesta oportuna y de calidad a solicitudes que se realicen a través del portal de Transparencia Pasiva. d)Dar respuesta oportuna y de calidad a solicitudes que sean derivadas de otro Organismo Público (transparencia Pasiva). e)Remitir al Concejo Municipal, de forma trimestral un informe de Solicitudes de Transparencia Pasiva. f)Realizar gestión interna en cuanto a recopilación de información de los distintos Departamentos Municipales para publicar en Transparencia Activa y para responder las Solicitudes de Transparencia Pasiva dentro de los plazos establecidos por la ley.
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OFICINA LICENCIAS DE CONDUCIR
Art 76: a)Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los.Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de losprocesos de su unidad y las de su dependencia. b)Control y/o renovación de Licencias de Conducir Clases B, C,D,E,F c)Control y/o renovación de Licencias de Conducir Clases Al , A2, Ley 18290 d)Control y/ o renovación de Licencias de Conducir A1,A2,A3,A4,A5,Ley 19495. e) Duplicados de Licencias. f) Cambio de Domicilio g) Levantamiento de Restricción h) Obtención de Licencias Clase B-C i) Obtención de Licencias Clase D j)Obtención de Licencias Clase F k)Obtención de Licencias Clases A 1,A2,A3,A 4 y A 5, Ley 19495 l) Licencias Extranjeros m)Control Médico n)Tomar Exámenes Teóricos a lospos tulantes o)Tomar Exámenes Prácticos a lospo stulantes p) Evaluar Idoneidad Moral de los Postulantes q)Obtención Certificado de Antecedentes de Conductorpágina R.C.e.I. r)Informar Licencias otorgadas al Registro de Conductores. s)Informar Licencias otorgadas al !NE t) Mantener un archivo sobre la base de carpetas individuales, una por cada persona que hubiere solicitado licencia. u)Efectuar el giro de los derechos municipales relativos a los servicios que otorga. v)Otros varios, de dificil detalle.
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05/10/2023
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OFICINA MUNICIPAL DE CULTURA Y RECREACION
Art 45: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Producción y ejecución de actividades artísticas y culturales de la comuna. Formulación, postulación y ejecución de proyectos a Fondos Públicos. c) Asesoría y asistencia técnica a agrupaciones, artistas y cultores locales d) Coordinar los estamentos que dependen de la entidad e) Fomentar la asociatividad mediante actividades realizadas en conjunto con organismos locales y regionales. f) Contribuir al desarrollo artístico y cultural de la comunidad, como a la promoción de las actividades turísticas en la Comuna. g) Desarrollar, canalizar, estimular y promover las inquietudes artístico-culturales en la Comuna; h) Programar y ejecutar acciones de difusión cultural, basadas en los valores sociales y nacionales propios de la Comunidad, · i) Orientar e integrar a las organizaciones y grupos comunitarios en el desarrollo y extensión de actividades artístico-culturales; j) Desarrollar, canalizar, estimular y promover las inquietudes de la artesanía en nuestra Comuna y Comunas vecinas para atraer visitantes; k) Mantener un registro actualizado de los artesanos de la Comuna, agrupaciones culturales, etc.
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OFICINA MUNICIPAL DE EXTENSION CULTURAL
Art 47: : La extensión cultural ese! conjunto de actividades de desarrollo cultural que llevan a cabo la Biblioteca municipal, el Museo Extraescolar la Laguna y la Escuela y Banda de Músicos, entre otros, encaminados a insertar la biblioteca y su colección; el Museo y la Música docta en la comunidad a la que sirve. Deberá mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia
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OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR (OMIC)
Art 36 : El Objetivo de la Oficina Municipal de Información al Consumidor es ofrecer un servicio gratuito de información y orientación a las personas consumidoras; y a través de un convenio con SERNAC, contar con la habilitación de una plataforma física que está en línea con el Servicio, permitiendo que los habitantes de la comuna de San Vicente puedan realizar sus consultas e interponer sus reclamos en materia de consumo en dependencias municipales cuando sientan que sus derechos como consumidores han sido vulnerados. Deberá mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia.
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OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION LABORAL Y CAPACITACION (OMIL)
Art 35: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Integrar a la Comuna de San Vicente a la Bolsa de Empleo Nacional de SENCE c) Informar y orientar a los usuarios locales en materia de empleo. d) Trabajar la intermediación laboral poniendo énfasis en los periodos de mayor cesantía. e) Implementar con recursos municipales o externos programas de capacitación participativos que responda a las necesidades de los usuarios de la comuna. f) Desarrollar talleres de Preparado con alumnos de Enseñanza Media de manera de potenciar competencias para mejorar su inserción en el mercado laboral. Tendrá como funciones específicas las siguientes: g) Administrar y ejecutar los programas sociales referentes a las materias de colocación municipal; h) Orientar al cesante o desocupado hacia fuentes de trabajo; i) Mantener un contacto permanente con los sectores empresariales o fuentes de trabajo en la Comuna; j) Prestar servicios al sector empleador proporcionando personal para diversas fuentes de trabajo; k) Fomentar el surgimiento de nuevas fuentes de trabajo en la Comuna; l) Mantener un registro de las atenciones proporcionadas y prestaciones otorgadas; m) Desarrollar programas de capacitación destinados a la inserción laboral de los habitantes de la Comuna; n) Participar en la ejecución de programas de capacitación financiados con recursos externos al Municipio (Ej.: Sence, Ministerio del Trabajo). o) Orientar y canalizar las consultas y reclamos efectuados por los contribuyentes en materias de aplicación de la Ley sobre Derechos del Consumidor.
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OFICINA MUNICIPAL DEL ADULTO MAYOR
Art 27:a) Mantener actualizado los J\1anuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Mantener un registro actualizado de todas las organizaciones comunitarias de Adultos Mayores que existen en la comuna. c) Coordinar, organizar y asesorar Talleres de manualidades, deportivos y artísticos, para adultos mayores; d) Capacitar a los adultos mayores de la Comuna en temas de su interés; e) Solicitar y coordinar nivelación de estudios enseñanza básica para adultos mayores; f) Coordinar, inscribir a adultos mayores que requieren atención oftalmológica; g) Proporcionar instancias de recreación a los adultos mayores de la Comuna; h) Aumentar la cobertura en el Centro Abierto Fray Andresito; y i) Orientar en la formulación de proyectos a fondos externos o gubernamentales
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OFICINA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD
Art 30: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Diseñar un programa de generación de redes con diferentes entidades gubernamentales o privadas. c) Entregar asesoría e información referida a la Ley Nº 19.418 a las organizaciones formales e informales de jóvenes para la formación de redes con diferentes entidades gubernamentales o privadas. d) Desarrollar iniciativas de integración y participación con jóvenes, organizaciones juveniles, culturales y centros educacionales con el propósito de coordinar un trabajo mancomunado del municipio con la comunidad de jóvenes. e) Elaborar plan anual de actividades acorde a las demandas, inquietudes y expectativas de los jóvenes y de sus organizaciones. j) Desarrollar instrumentos de medición para conocer las inquietudes, demandas y expectativas de los jóvenes de la comuna g) Desarrollar un trabajo mancomunado en conjunto con el Instituto Nacional de la Juventud INJUV h) Desarrollar programas de capacitación y orientación destinados a la organización formal de los jóvenes de la Comuna; i) Canalizar los programas de gobierno logrando la participación de los jóvenes; j) Participar en la ejecución de programas de capacitación financiados con recursos externos (Instituto de la Juventud, Fosis, etc.); k) Captar las necesidades y requerimientos de la Juventud de la Comuna, con el objeto de orientar las acciones a fin de dar satisfacción a esos requerimientos de acuerdo a los recursos disponibles; l) Promover actividades para el uso creativo del tiempo libre; m) Velar por el desarrollo integral de los jóvenes; n) Mantener un registro de todas las organizaciones de la juventud; y o) Participar en la elaboración y ejecución en conjunto con los jóvenes, de programas y proyectos, tendientes a lograr financiamiento con recursos externos, p) Propiciar y ejecutar acciones que garanticen la participación de los jóvenes en el desarrollo de la comuna, brindando en forma permanente alternativas tendientes a canalizar y resolver sus inquietudes y demandas, generando espacios para el ejercicio de actividades que conduzcan a desarrollar y manifestar sus expresiones culturales, artísticas y sociales, contribuyendo de este modo a consolidar el buen uso del tiempo libre y la disminución de su vulnerabilidad de riesgos.
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OFICINA MUNICIPAL DE LA MUJER
Art 29 a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Desarrollar programas de capacitación y orientación destinados a la organización formal de la mujer de la Comuna; c) Canalizar los programas de Gobierno logrando la participación e integración de la Mujer; d) Participar en la ejecución de programas de capacitación. Financiados con recursos externos (Sernam, Fosis, etc.); e) Captar las necesidades y requerimientos de la mujer de la Comuna, con el objeto de orientar las acciones a fin de dar satisfacción a esos requerimientos de acuerdo a los recursos disponibles; f) Promover actividades para el uso creativo del tiempo libre; g) Velar por el desarrollo integral de la Mujer; h) Mantener un registro de todas las organizaciones de la Mujer que funcionen en la Comuna; y i) Participar en la elaboración y ejecución en conjunto con las mujeres de la Comuna, de programas y proyectos, tendientes a lograr su financiamiento con recursos externos.
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OFICINA MUNICIPAL DE LA NIÑEZ
Art 31 : a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Ejecutar diversos talleres en diferentes puntos de la comuna a través de estrategias que promuevan el desarrollo personal, habilidades sociales y expresiones artísticas mediante talleres formativos, artísticos, deportivos y culturales para promover la educación, equidad, igualdad, salud y bienestar integral c) Desarrollar vinculaciones entre los niños y niñas, las redes e instituciones locales de la comuna de] Iquique, con el propósito de que tengan una participación activa como actores en su comuna practicando la protección de su entorno a través de producción, consumo e intervención responsable y sostenible. d) Realizar intervenciones comunitarias mediante actividades y espacios que fomenten la participación cívica, el sentido de per tenencia y la interculturalidad con la finalidad de potenciar la reducción de desigualdades, crear comunidades sostenibles, asegurar que se pueda disfrutar de una vida próspera y en armonía con la naturaleza. e) Crear espacios de recreación y esparcimiento para los niños y niñas de la comuna, con la pretensión de incentivar la ocupación y mantención de espacios públicos como ambientes sanos, seguros e inclusivos.
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OFICINA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA
Art 28 : a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Mantener un registro actualizado de los Comités de Vivienda de la comuna; c) Mantener un diagnóstico actualizado de las necesidades (carencias) de viviendas en la comuna; d) Propender a sistematizar la información sobre terrenos disponibles en la Comuna aptos para la construcción de la vivienda, con el objeto de facilitar la compra de terrenos por parte de los comités; e) Detectar y evaluar las aspiraciones de la comunidad, familias y grupos sociales, en lo relativo a la vivienda; f) Promover la formación y funcionamiento de comités de vivienda, velando por el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, referentes a su organización; g) Desarrollar acciones en apoyo de los comités de vivienda existentes, con el fin de incentivar su legalización y consolidar su organización; h) Desarrollar acciones tendientes a la capacitación de los dirigentes e integrantes de los comités de viviendas, para el cumplimiento de sus roles específicos, como para incentivar su capacidad de autogestión y cohesión social como grupo organizado; i) Asesorar a los comités de vivienda en el proceso de compra de terrenos, para el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios y al efecto coordinar la asistencia jurídica y técnica necesaria; j) Asesorar a los comités de vivienda en el proceso de postulación a los subsidios habitacionales del Ministerio de la Vivienda; k) Asesorar a los comités de vivienda en el proceso de contratación de entidades o profesionales ejecutores de los proyectos para las obras de urbanización de viviendas sociales; l) Propender a identificar la oferta local y regional de profesionales, empresas, contratistas y entidades ejecutoras para la realización de obras de urbanización y construcciones de viviendas sociales; m) Asesorar a los comités en el proceso de adjudicación, recepción de viviendas y traslado de las familias a ellas; n) Establecer coordinación con las organizaciones públicas y privadas involucradas en el desarrollo del programa en ejecución los que pudieran apoyar la obtención del logro de la vivienda propia para los comités de vivienda.
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OFICINA MUNICIPAL DE TURISMO
Art 46: a) Mantener actualizado los Manuales de Funciones y los Manuales de Procedimientos de todos y cada uno de los procesos de su unidad y las de su dependencia. b) Producción y ejecución de actividades artísticas y culturales de la comuna. Formulación, postulación y ejecución de proyectos a Fondos Públicos. c) Asesoría y asistencia técnica a agrupaciones, artistas y cultores locales d) Coordinar los estamentos que dependen de la entidad e) Fomentar la asociatividad mediante actividades realizadas en conjunto con organismos locales y regionales. f) Contribuir al desarrollo artístico y cultural de la comunidad, como a la promoción de las actividades turísticas en la Comuna. g) Desarrollar, canalizar, estimular y promover las inquietudes artístico-culturales en la Comuna; h) Programar y ejecutar acciones de difusión cultural, basadas en los valores sociales y nacionales propios de la Comunidad, · i) Orientar e integrar a las organizaciones y grupos comunitarios en el desarrollo y extensión de actividades artístico-culturales; j) Desarrollar, canalizar, estimular y promover las inquietudes de la artesanía en nuestra Comuna y Comunas vecinas para atraer visitantes; k) Mantener un registro actualizado de los artesanos de la Comuna, agrupaciones culturales, etc.
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