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Transparencia Activa

Respecto del Consejo Comunal de la Sociedad Civil, si bien existe un reglamento, éste no se ha constituido en la Comuna de Tortel, debido a la baja participación de la sociedad civil.

Nombre del mecanismo de participación ciudadana
Breve descripción de su objetivo
Requisitos para participar
Enlace a mayor información
Consejo Escolar
El Consejo Escolar, tiene como objetivo trabajar temas relacionados con el Proyecto Educativo escolar, aprendizajes, objetivos, metas, proyecto de mejoramiento entre otros.
Ser padre y/o apoderado de la escuela Comandante Luis Bravo Bravo de Caleta Tortel
Consulta pública a que deben someterse los procesos de elaboración de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, los planos reguladores comunales y los planes seccionales.
El artículo 28 octies de la Ley N° 21.078 dispone que "el proceso de elaboración de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, de los planes reguladores comunales y de los planes seccionales, así como el relativo a sus modificaciones, deberá ser transparente y participativo, debiendo requerirse la opinión de los vecinos afectados y de los principales actores del territorio planificado."
Participan los vecinos afectados y los principales actores afectados de la situación.
Consejos Bicomunal de Seguridad Pública Comunal. Municipalidad de Tortel y Municipalidad de Ohiggins.
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas.
Es presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas: el intendente regional, el gobernador o un funcionario que el intendente designe; dos concejales elegidos por el concejo municipal; un oficial o suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros; un oficial de la PDI; un fiscal del Ministerio Público; dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; un funcionario municipal que será designado por el alcalde como secretario ejecutivo del consejo; un representante de Gendarmería de Chile; un representante del Servicio Nacional de Menores; un representante de del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol (Senda). 
Audiencias Públicas
Las Audiencias púbicas son un medio por el cual el Alcalde y el Concejo Municipal conoceran acerca de las materias que estimen de interés comunal.
Solicitar hora en la secretaría comunal
Cabildos Comunales
Permite diseñar con la participación de la comunudad el Plan de Desarrollo Comunal.
Este mecanismo no tiene requisitos para participar.
Cartas Ciudadanas o Cartas de Servicios
Las cartas ciudanas o municipales son instrumentos de participación que permiten una relación directa entre la comunidad local y el municipio, para el mejoramiento contínuo de la gestión municipal, en los ámbitos de prestación de servicios, gestión de inversiones, articulación de la participación comunal, entre otras.
Este mecanismo no tiene requisitos para participar.
Consejo Comunal de la Sociedad Civil
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, es un órgano de participación ciudadana y asesor en la gestión municipal. La integración, organización, competencias y funcionamiento del Consejo se regirá por las normas contenidas en un Reglamento que se dictará para dichos efectos y en la Ley 18.695.
1. tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones juveniles señaladas en la ley 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias. 2. tener un año de afiliación a la organización correspondiente, salvo que ella tenga una vigencia inferior. 3. ser chileno o extranjero avecindado en el país. 4. no haber sido condenado por delito que merezca pena aflicitiva (por crimen o simple delito) 5. tener la calidad de representante de la organización a la que pertenece.
Encuestas o sondeos de opinión
Estrategia que permite conocer la opinión respecto de un tema específico.
Este mecanismo no tiene requisitos para participar.
Fondo de Desarrollo Comunal
Es un medio que mediante la postulación de proyecto desde las organizaciones comunitarias permite financiar proyectos con impacto comunal.
Pertener a alguna organización social
Iniciativa Popular de Ordenanza Municipal
La Municipalidad de Tortel, reconoce el derecho de los ciudadanos a presentar proyectos de ordenanzas municipales con el fin de regular materias de exclusiva competencia municipal.
El proyecto de ordenanza municipal debe presentarse por escrito en la Oficina de Partes y debe ser patricinado por al menos 40 personas cuyas firmas deben ser autorizadas ante notario o ante el Resgitro Civil de Caleta Tortel. Deben ondivuidualizarse las personas que presentan el proyecto. El proyecto debe contener los fundamentos que lo motivan.
Oficina de Partes, Reclamos e Informaciones
Esta oficina tiene por objetivo recoger las inquietudes de la ciudadania, ademas ingresar los formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes
Este mecanismo no tiene requisitos para participar.
Participación de las Organizaciones Comunitarias
Es un medio mediante el cual se favorece la participación de las organizaciones comunitarias en diversos ámbitos comunales
Tener personalidad jurídica vigente
Plebiscitos Comunales
La Municialidad generará las condiciones que permitan recoger la opinión de a comunidad respecto a temas de interés comunal, recurriendo a instrumentos normados por la Ley, u otro que se considere adecuado. Se entendera por plebiscito aquella manifestación de la voluntad soberana en que participa la ciudadanía local, en en la cual ésta expresa su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal, que le son propuestas.
Estár inscrito en el registro electoral de la comuna el 31 de diciembre del año anterior a la petición
Presupuestos Participativos
Es un Medio para consultar sobre el destino de un Item del Presupuesto Municipal
Este mecanismo no tiene requisitos para participar.