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Transparencia Activa
Año informadoTrimestre informadoUnidades u órganos internosFacultades, funciones y atribuciones
2021
Oct - Dic
Directiva Nacional ( Organo Ejecutivo )
Está conformada por 6 integrantes. Corresponde a la Directiva Nacional: A) Dirigir al Partido, conforme con su declaración de principios, programa, y ejecutar los acuerdos adoptados por la Mesa de Trabajo Nacional. B) Coordinar y organizar la labor del Partido. C) Impulsar la preparación y actualización de los planes y estudios técnicos y su divulgación. D) Crear con acuerdo de la Mesa de Trabajo Nacional comisiones especiales no contempladas en el presente Estatuto. E) Promover la difusión de los Principios del Partido y la capacitación de los Militantes. F) Administrar los bienes del partido, rindiendo balance anual de ellos ante la Mesa de Trabajo Nacional, sin perjuicio de delegar todo o parte de esta facultad a un Departamento de administración y finanzas. G) Proponer al Tribunal Supremo la promulgación de las instrucciones generales necesarias para la realización adecuada de los procesos electorales internos, conforme a la ley y a los estatutos, formulando un reglamento que deberá ser aprobado por la Mesa de Trabajo Nacional. H) Proponer a la Mesa de Trabajo Nacional las modificaciones a las declaraciones de principios, nombre del partido, programas partidarios, estatutos y reglamento interno, como, asimismo, las alianzas, pactos electorales, fusión con otro u otros partidos, y su disolución. I) Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Mesa de Trabajo Nacional. J) Proponer a la Mesa de Trabajo Nacional, para análisis y propuestas, los temas de políticas públicas considerados relevantes para el Partido y el país. K) Designar al Administrador General de Fondos del Partido, cuando corresponda. L) Poner en conocimiento del Tribunal Supremo las faltas a los estatutos y a la disciplina partidaria de que tenga conocimiento. M) Citar a las autoridades de cualquier organismo del Partido para que informen sobre la marcha de éstos. N) Designar a los Directores de equipos y comisiones de trabajo que estime necesario. Ñ) Dar cuenta de la marcha del Partido, a lo menos una vez al mes a la Mesa de Trabajo Nacional. O) Rechazar una solicitud de afiliación o adhesión mediante una resolución fundada, la que deberá ser notificada a través del Secretario Nacional al Solicitante. P) Las demás funciones que establezca este Estatuto, la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos u otros cuerpos legales.
2021
Oct - Dic
Tribunal Supremo
Lo componen 7 integrantes. Corresponderá como funciones y atribuciones del Tribunal Supremo: A) Interpretar el presente estatuto, reglamentos y demás normas internas del Partido, de oficio o a petición de cualquier afiliado al Partido. B) Conocer de las cuestiones de competencia que se susciten entre las autoridades y organismos del Partido. C) Conocer y resolver las reclamaciones que se entablen contra actos de autoridades u organismos del Partido que sean estimados violatorios de la Declaración de Principios o de los Estatutos, y adoptar las medidas necesarias para corregirlos y enmendar sus resultados. D) Conocer de las denuncias que se formulen contra afiliados al Partido, sean o no autoridades de este, por actos de indisciplina o violatorios de la Declaración de Principios o de los Estatutos, o por conductas indebidas que constituyan faltas la ética o comprometan los intereses o el prestigio del Partido, y aplicar las medidas disciplinarias que el Estatuto señale, observando procedimientos de aplicación general que aseguren un debido proceso. E) Controlar el correcto desarrollo de las elecciones y votaciones internas, y dictar las instrucciones generales o particulares que para tal efecto corresponda, de conformidad al Estatuto y al reglamento de elecciones. Asimismo, corresponderá al Tribunal Supremo la calificación de las elecciones y votaciones internas. F) Velar por que los afiliados y dirigentes cumplan leal y efectivamente las órdenes emanadas de las autoridades del Partido. G) Resolver, como tribunal de segunda instancia, las apelaciones a los fallos y decisiones de los Tribunales Regionales. H) Conocer de las reclamaciones por no inclusión en el Registro de Afiliados. I) Velar y garantizar el ejercicio de los derechos de los afiliados. J) Recibir, revisar, aprobar o refutar, las candidaturas o designaciones, para cargos directivos, de todos los órganos del partido, según lo establecido en el presente estatuto. K) Determinar en las suplencias o vacancias temporales o permanentes, cuál sería el afiliado idóneo para suplir el cupo, para lo cual podrá recibir sugerencias de la directiva del órgano correspondiente que presentare una vacancia, así como podrá delegar esta tarea al Tribunal Regional correspondiente al órgano que presentare vacancia, si este fuere de carácter territorial y no nacional. L) Todas las demás atribuciones que le confieran este Estatuto o los reglamentos internos, sin contravenir las normas legales vigentes. El Tribunal Supremo en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar de oficio o a petición de parte.
2021
Oct - Dic
Mesa de Trabajo Nacional ( Organo intermedio colegiado)
Está compuesta por 16 miembros. Corresponden como funciones y atribuciones de la Mesa de Trabajo Nacional: A) Impartir orientaciones y adoptar acuerdos sobre cualquier aspecto de la marcha del Partido, que serán obligatorios para la Directiva Nacional. B) Impartir orientaciones sobre las políticas públicas relevantes para el Partido y el país. C) Designar los candidatos por parte del Partido a cargos públicos como Presidente de la República, diputados, senadores, consejeros de los gobiernos regionales, alcaldes y concejales, sin perjuicio de aquello que se determine de conformidad con el DFL N° Uno que fija texto refundido de la Ley número veinte mil seiscientos cuarenta elecciones primarias. D) Elegir democráticamente a través de votación a los miembros del Tribunal Supremo. E) Aprobar el programa del Partido. G) Aprobar o rechazar el balance. H) Derogar, modificar o complementar los reglamentos que hubiera aprobado la Directiva Nacional. I) Recibir, anualmente, la cuenta política y organizativa de la Directiva Nacional , a través del Presidente del Partido y pronunciarse sobre ella. J) Aprobar, a propuesta de la Directiva Nacional, las modificaciones a la declaración de principios, nombre del Partido, programa, estatutos y reglamentos internos, los pactos electorales, fusión con otro u otros partidos y su disolución. En el caso de modificación a los Estatutos, modificaciones a la Declaración de Principios, disolución del Partido se hará de conformidad a lo dispuesto en los artículos cincuenta y seis y siguientes del DFL N° cuatro, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley número dieciocho mil seiscientos tres, la fusión con otra u otras colectividades políticas, o partido o partidos, deberá hacerse en conformidad con lo dispuesto en los artículos cincuenta y uno al cincuenta y cinco del mismo cuerpo legal. K) Requerir al Presidente del Partido para que convoque a los afiliados a ratificar las proposiciones que elabore la Mesa Nacional en relación a las materias contempladas en la letra precedente. L) Formular definiciones programáticas y sectoriales, en conformidad al programa general del Partido. M) Resolver la publicidad de los fallos del Tribunal Supremo, en los casos que proceda. N) Ratificar el nombramiento de los coordinadores de los equipos técnicos que presten asesoría especializada al Partido, en las distintas áreas del quehacer nacional. Un reglamento establecerá los objetivos, organización y atribuciones de estos equipos técnicos y de las Divisiones de Trabajo. Ñ) Será obligación de la Mesa de Trabajo Nacional comunicar, del modo más eficiente y en el plazo más breve posible a los Presidentes Regionales, de los acuerdos relevantes referidos a materias políticas que hubiere adoptado. Para estos efectos, cada vez que la Mesa de Trabajo Nacional adopte un acuerdo, deberá determinar si corresponde el mencionado envío. O) Aprobar el Instructivo de Afiliaciones que presente la Directiva Nacional. P) Todas las demás facultades que este Estatuto y los reglamentos internos le confieren, sin contravenir las normas legales. Se llamará “Sesión extraordinaria” a las sesiones de la Mesa de Trabajo Nacional que invita a opinar a: el Presidente del Tribunal Supremo, los Parlamentarios en ejercicio, los Presidentes Regionales, los Presidentes de Departamentos, los últimos tres ex Presidentes Nacionales del Partido y los últimos tres ex-Secretarios Nacionales del Partido. En dicha Sesión extraordinaria tendrán derecho a voto el Presidente del Tribunal Supremo, los Parlamentarios en ejercicio, los Presidentes Regionales, los Presidentes de Departamentos, los últimos tres ex Presidentes Nacionales del Partido y los últimos tres ex-Secretarios Nacionales del Partido, cuando se tratare de la ratificación del miembro que pasará a conformar la vacante del cargo del Tribunal Supremo a propuesta de éste último. Estas sesiones extraordinarias serán convocadas cuando la Mesa de Trabajo Nacional estime conveniente. Dicho órgano se fundamenta de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo veintinueve de la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.
2021
Oct - Dic
Directivas Regionales
Las Directivas Regionales son el órgano ejecutivo de cada región, y les corresponde como funciones y atribuciones: A) Establecer las orientaciones políticas a nivel regional y provincial respectivamente. B) Organizar los Departamentos y velar por su adecuado funcionamiento. C) Difundir la doctrina del Partido y promover la formación de sus Militantes. D) Proyectar al Partido en las organizaciones sociales de la región y provincial correspondiente y promover su creación, si no las hubiere. E) Proponer a la Mesa de Trabajo correspondiente la Directiva de las Comisiones Técnicas que se conformaren en su territorio. F) Cumplir los acuerdos de las instancias directivas superiores e informar a la Mesa de Trabajo Regional y a la Directiva Nacional acerca de las actividades del Partido en la Región y provincia respectivamente. G) Controlar la adecuada ejecución de las tareas relativas a organización y control, financiamiento, movilización social y comunicaciones. Definir e implementar planes, programas y políticas para fomentar y asegurar la igualdad de oportunidades, a todos los miembros del Partido tanto en las instancias de dirección y elección como en las instituciones de la región.
2021
Oct - Dic
Mesa de Trabajo Regional
Las Mesas de Trabajo Regionales son el órgano intermedio colegiado de cada región. Les corresponden como funciones y atribuciones las siguientes: A) Difundir la doctrina del Partido y promover la formación y capacitación política de los afiliados. B) Desarrollar las actividades políticas que se le encomienden por las autoridades superiores, y organizar el funcionamiento y participación de los afiliados del Partido en la región y provincia respectivamente. C) Estudiar los problemas de interés de la zona que representan, haciendo llegar sus conclusiones a los organismos superiores del Partido. D) Proponer a la Mesa de Trabajo correspondiente la nómina de postulantes a candidatos a Alcalde y Concejales por la Comuna. En caso de Diputados deberán acordar la lista entre las directivas provinciales que se vean integradas a los distritos correspondientes a la ley vigente. E) Evaluar, a lo menos, una vez al año, en sesión especialmente convocada al efecto, el informe que, sobre su gestión, deberán rendir la Directiva Comunal, los Alcaldes y Concejales que representen al Partido, y los afiliados que integren los Departamentos Económicos y Sociales en la respectiva comuna. El informe resultante de esta reunión será además guardado por la Directiva Nacional. F) Aprobar los planes de acción política que la Directiva Comunal y Provincial respectivamente, someta a su consideración. G) Las demás facultades que el presente Estatuto, los reglamentos internos y las instrucciones de la Directiva Nacional les confieran.
2021
Oct - Dic
Tribunal Regional
En cada una de las regiones donde esté constituido el Partido existirá un Tribunal Regional, el que estará constituido por tres miembros titulares y dos suplentes, quienes podrán integrar el Tribunal Regional para efectos de quorum, a falta de uno o más miembros titulares. El Tribunal Regional conocerá en primera instancia de las materias contempladas en las letras C), D) y F) del artículo veintinueve del Estatuto. Además, le corresponderá controlar el correcto desarrollo de las elecciones y votaciones internas del Partido, que se realicen en la región. Las sentencias de los tribunales regionales serán apelables para ante el Tribunal Supremo. Si la sentencia definitiva dispone la expulsión de un afiliado, y de ella se reclamare, se elevará en consulta al Tribunal Supremo para que el dirima. Letras C), D) y F) del artículo Veintinueve del Estatuto: C) Conocer y resolver las reclamaciones que se entablen contra actos de autoridades u organismos del Partido que sean estimados violatorios de la Declaración de Principios o de los Estatutos, y adoptar las medidas necesarias para corregirlos y enmendar sus resultados. D) Conocer de las denuncias que se formulen contra afiliados al Partido, sean o no autoridades de este, por actos de indisciplina o violatorios de la Declaración de Principios o de los Estatutos, o por conductas indebidas que constituyan faltas a la ética o comprometan los intereses o el prestigio del Partido, y aplicar las medidas disciplinarias que el Estatuto señale, observando procedimientos de aplicación general que aseguren un debido proceso. F) Velar por que los afiliados y dirigentes cumplan leal y efectivamente las órdenes emanadas de las autoridades del Partido.
2021
Oct - Dic
Departamentos
Los Departamentos son organismos de acción del Partido. Tienen como función principal analizar y expresar los intereses de su sector, movilizando sus bases en la búsqueda de soluciones para sus problemas particulares y los del país. Estos son, Departamentos con tareas específicas, como Departamento de Jóvenes del Partido, Departamento social, Departamento de Ayuda a la Infancia, Departamento de Apoyo a la Mujer, Departamento Jurídico, Departamento Político, Departamento de Educación, entre otras. También podrán constituir el apoyo técnico, de formación y elaboración de fundamentación en el marco de los principios del Partido, y tendrán la función de estudio y elaboración de propuestas, planes, programas y políticas para ser consideradas por las Mesas de trabajo, las Directivas Territoriales y Departamentos.