Transparencia activa

Transparencia Activa es el deber proactivo de informar a través de la página web ciertos aspectos que la ley ha considerado relevantes y se encuentran señalados en el artículo 7º de la Ley de Transparencia.

Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Gobiernos Regionales, Municipalidades, FFAA, de Orden y Seguridad Pública, y los órganos y servicios creados para el cumplimiento de la función administrativa, deberán publicar en sus respectivas páginas web los siguientes aspectos:

  • Los actos y documentos
  • Las potestades, responsabilidades, funciones o tareas
  • La estructura orgánica
  • Personal de planta, a contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo, y contratadas a honorarios
  • Las contrataciones para el suministro de bienes muebles
  • Las transferencias de fondos públicos que se efectúen
  • Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceras personas
  • Trámites, Beneficios y subsidios
  • Mecanismos de participación ciudadana
  • Presupuesto asignado, y los informes sobre su ejecución
  • Auditorías Internas
  • Mecanismos de participación, representación e intervención

Las obligaciones de las empresas públicas creadas por ley y las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio

Empresas Públicas

  • Marco normativo.
  • Su estructura orgánica.
  • Sus estados financieros y memorias anuales.
  • Sus filiales o coligadas
  • Composición de directorios
  • Información consolidada del personal y la remuneración global.
  • Toda remuneración de responsables de la dirección y administración superior de la empresa.