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Transparencia Activa
Potestades competencias responsabilidades funciones atribuciones y/o tareas
Artículo(s) de las normas que las establezcan
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La Corporación Municipal es una persona jurídica sin fines de lucro, creada al amparo del Decreto Ley Nº1034, de 1981, del Ministerio de Justcia, tiene por objeto administrar y operar servicios en las áreas de educación, salud y atención de menores que haya tomado a su cargo la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, adoptando las medidas necesarias para su dotación, ampliación y perfeccionamiento. En el cumplimiento de estas finalidades, la Corporación tendrá las más amplias atribuciones sin perjuicio de las que en materia de supervigilancia y fiscalización correspondan a las Autoridades Públicas de acuerdo con las leyes y reglamentos y de difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetivos que impulsa la Corporación y las realizaciones que ella lleva a cabo.
Decreto Ley 1034/1981, del Ministerio de Justicia, aprueba estatutos de la corporación municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto.
La Corporación Municipal es una persona jurídica sin fines de lucro, creada al amparo del DFL 1-3063, de 1980, del Ministerio del Interior, conforme a las normas del Título XXXIII, del Libro I del Código Civil, y que, según lo dispuesto en sus Estatutos, tiene por objeto administrar y operar servicios en las áreas de educación, salud y atención de menores que haya tomado a su cargo la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, adoptando las medidas necesarias para su dotación, ampliación y perfeccionamiento. En el cumplimiento de estas finalidades, la Corporación tendrá las más amplias atribuciones sin perjuicio de las que en materia de supervigilancia y fiscalización correspondan a las Autoridades Públicas de acuerdo con las leyes y reglamentos y de difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetivos que impulsa la Corporación y las realizaciones que ella lleva a cabo.
DFL 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, Reglamenta Aplicación del Inciso Segundo del Artículo 38º del DL. Nº 3.063, de 1979.