ALCALDE | Art. 56, inciso l Ley 18.695; El alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. | Art. 56, inciso l Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades | 26/07/2006 | | 31/01/2023 | 06/12/2016 |
ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS | La Asamblea General de Socios, compuesta de los socios activos, es el organismo encargado de mantener la vigencia de los objetivos de la Corporación y conocerá y resolverá acerca de la Memoria y Balance que deberá presentar el Directorio.- Cada miembro de la Asamblea General tendrá derecho a un voto.- Los acuerdos se adoptarán por el voto conforme de la mayoría absoluta de los socios presentes o representados en ella, sin perjuicio de los casos en que la Ley o estos estatutos exijan un quórum diferente.- | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |
DIRECTOR(A) | Representar a la corporacion ante toda persona natural,juridica o privada fiscal o de administracion autonoma ante toda clase de empresas, fundaciones u organismos o servicios en todas clases de tramites y gestiones de cualquier naturaleza,laborales,tributarias academicas entre otras , representar a la corporacion en entedidades bancarias y comerciales y todo lo relacionado con administracion en materia de desiciones entre otras . | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |
DIRECTORIO | La Corporación será administrada por un Directorio compuesto de cuatro miembros cuyos cargos serán concejiles, además del Presidente, que será el respectivo Alcalde, quien ejercerá sus funciones por sí mismo o por intermedio de la persona que el estime conveniente.- | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO | Al Presidente le corresponderá la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación y además de los señalados en el artículo décimo sexto, tendrá los siguientes deberes y atribuciones: a) Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio. b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre. c) Firmar los documentos oficiales de la entidad. d) Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fielobservancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio, y e) Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y estos estatutos le otorgan. Al Presidente le corresponderá la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación y además de los señalados en el artículo décimo sexto, tendrá los siguientes deberes y atribuciones: a) Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio. b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre. c) Firmar los documentos oficiales de la entidad. d) Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio, y e) Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y estos estatutos le otorgan. | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |
SECRETARIO GENERAL | Corresponderá al Secretario de la Corporación supervigilar la marcha administrativa de ésta con arreglo a los acuerdos del Directorio y actuar en todo aquello que el Directorio le encomiende respecto de la organización de la institución y de su funcionamiento interno, ya sea en conjunto con el Presidente, con otro Director o por si solo.- El Secretario de la Corporación será el Ministro de Fe de la misma y certificará los actos y decisiones de sus organismos directivos.- En caso de ausencia temporal del Secretario será subrogado por el Director que corresponda, | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |
TESORERO | Corresponderá al Tesorero de la Corporación supervigilar las finanzas de ésta con arreglo a los acuerdos del Directorio y actuar en todo aquello que el Directorio le encomiende respecto de la administración de sus bienes, ya sea en conjunto con el Presidente, con otro Director o por sí solo.- En caso de ausencia temporal del Tesorero, será subrogado por el Director que corresponda, conforme a la precedencia que se determine de acuerdo con el artículo décimo sexto.- | ESTATUTOS CORPORACION | 05/02/2015 | | 05/02/2015 | 05/02/2015 |