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Transparencia Activa

La Corporación Municipal del Deporte de Lampa, tiene como misión fomentar, coordinar, difundir y organizar, cuando corresponda, actividades deportivas y recreativas para la comunidad, en todos los ámbitos del quehacer deportivo. Sea este formativo, recreativo y competición. Para ello contamos con los siguientes objetivos generales: • Fomentar y difundir el deporte, descentralizando el espacio físico (452 km2), etario y disciplina. • Apoyo a deportistas Destacados. Aumento de un 300 % de la asignación de becas. • Participación y ejecución de proyectos (IND y CORE). Ejecución de Proyectos obtenidos. • Asesorías a organizaciones deportivas. • Entrega de recursos propios a los Clubes que participaron del desarrollo del fondo concursable FONDEPOR. • Administración de espacios deportivos. • Administrar Subvención Municipal de manera eficiente y eficaz.

Potestades competencias responsabilidades funciones atribuciones y/o tareas
Artículo(s) de las normas que las establezcan
Enlace al texto íntegro y actualizado de la norma
Artículo tercero: La Corporación tiene por objeto el fomento, la coordinación, la difusión y la organización cuando corresponde de actividades deportivas y recreativas para la comunidad en todos los ámbitos del quehacer deportivo, en todos sus niveles y manifestaciones y en todo cuanto, relacionado con la misma materia, acuerden los socios. La Corporación no persigue ni se propone fines de lucro y estará prohibida toda acción de carácter político partidista. La duración de la Corporación será indefinida y el número de sus socios ilimitado. Artículo cuarto: Para el cumplimiento de su objeto, la Corporación podrá realizar, sin que la enumeración que sigue se entienda taxativa o limitativa, lo siguiente: Desarrollar acciones o actividades en el ámbito del deporte formativo, recreativo, de competición y de alto rendimiento y de proyección internacional, estableciendo para ello un plan Comunal en armonia con la política nacional del deporte que formule el Instituto Nacional de Deportes de Chile, el que debe ser aprobado por el Concejo Municipal. Esta política comunal deberá dirigirse a fomentar el ejercicio del derecho de organizar, aprender, practicar, presenciar y difundir las actividades físicas, deportivas y recreativas. Asimismo, deberá contemplar acciones coordinadas con las organizaciones deportivas y recreativas de la Comuna, las Juntas de Vecinos y otras entidades afines; y también promover una adecuada ocupación de los lugares públicos y privados acondicionados para estos fines.
Acta y Estatutos de constitución de la Corporación Municipal del Deporte de Lampa. Artículos 3° y 4°.
Las establecidas por el Directorio en Asamblea de Socios.
Acta y Estatutos de constitución de la Corporación Municipal del Deporte de Lampa. Artículo 15°
Una o más municipalidades podrán constituir o participar en corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo. Estas personas jurídicas se constituirán y regiran por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, sin perjuicio de las disposiciones especiales contenidas en esta ley.
FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES. Artículo 129.