Asociarse mediante cualquier vía o instrumento con entidades afines, públicas o privadas; | Art. 3, Letra g) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Brindar apoyo psicológico, judicial y de cualquier otra especialidad requerida a las víctimas de la delincuencia; | Art. 2, letra g) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Colaborar con la labor de la seguridad comunal entre sus asociados implementando iniciativas, programas, proyectos, inversiones y estrategias destinados a generar una mayor seguridad y protección de la comunidad, y a proporcionar servicios de seguridad en general que aporten a dichos objetivos; | Art. 2, letra e) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Colaborar con las autoridades Municipales, Ministeriales, Carabineros y Policía de Investigaciones, para la obtención y adquisición, si el caso lo requiere, de los elementos y equipamiento necesario para mejorar la seguridad ciudadana de la comunidad, pudiendo financiar directa o indirectamente la adquisición de los mismos; | Art. 3, Letra i) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Dar a conocer a los vecinos de sus asociados, toda la información necesaria y confiable respecto de la evolución del fenómeno de la inseguridad ciudadana; | Art. 2, letra c) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Desarrollar e impulsar entre sus asociados actividades y proyectos con un marcado énfasis en estrategias de seguridad, para conservar la buena convivencia y seguridad entre los habitantes de la comunidad; | Art. 2, letra h) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Desarrollar entre sus miembros o asociados las acciones necesarias y actividades tendientes a fortalecer la seguridad de los vecinos de las comunas asociadas; | Art. 2, letra a) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Difundir lo señalado en el numeral anterior, mediante campañas publicitarias entre los vecinos de sus asociados | Art. 3, Letra f) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Diseñar e implementar programas de seguridad en el territorio de las comunas de los asociados; | Art. 2, letra i) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Dos o más municipalidades podrán constituir asociaciones municipales, para facilitar la solución de problemas que les sean comunes, o lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. | Art. 137, inciso 1º, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
El desarrollo de estrategias de prevención del delito; | Art. 2, letra d) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
El directorio, que podrán integrar alcaldes y concejales, ejercerá la administración de la asociación, estará constituido por un mínimo de cinco miembros y deberá contemplar, a lo menos, los cargos de presidente, secretario y tesorero. La presidencia corresponderá a uno de los alcaldes de las municipalidades que componen la respectiva asociación. El presidente del directorio lo será también de la asociación y tendrá su representación judicial y extrajudicial. | Art. 141, inciso 9º, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
El personal que labore en las asociaciones municipales se regirá por las normas laborales y previsionales del sector privado | Art. 146, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
En general, toda actividad tendiente a la ejecución y concreción de los fines específicos de sus estatutos, incluyendo el financiamiento y compra de cualquier tipo de bienes para el cumplimiento de sus fines; | Art. 3, Letra h) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
En general, trabajar y colaborar en todas las áreas relevantes para la prevención y disminución de la delincuencia, con las autoridades pertinentes y los municipios miembros. | Art. 2, letra k) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Entregar un enfoque integral a la prevención del delito en sus barrios, escuelas, espacios públicos y vías de sus socios miembros, además de la prevención estratégica; | Art. 3, Letra c) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Fortalecer la confianza ciudadana y disminuir el temor al delito; | Art. 2, letra f) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Las asociaciones deberán dar cumplimiento permanente a sus estatutos, los que deberán contener las estipulaciones que se indican en el artículo 143. | Art. 144, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
Las asociaciones municipales dispondrán de patrimonio propio, que será gestionado de acuerdo a la voluntad mayoritaria de sus socios | Art. 145, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
Las asociaciones municipales gozarán de personalidad jurídica de derecho privado. | Art. 141, inciso 7º, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo procederá a inscribir la organización en el registro que llevar para tal efecto. | Art. 141, inciso 5º, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
Organizar y capacitar a los vecinos de los socios miembros, en materias de seguridad ciudadana; | Art. 3, Letra a) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Participar en la formación de agrupaciones e instar por la constitución de la Uniones Comunales y Confederaciones Nacionales de Comités de Seguridad Ciudadana y establecer inter- relaciones con organismos públicos y privados; y | Art. 3, Letra k) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Promover, ejecutar y organizar todo tipo de cursos, seminarios, congresos, charlas y otras actividades de perfeccionamiento relacionadas al fenómeno delictual; | Art. 3, Letra d) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Promover el sentido de comunidad y solidaridad entre sus miembros, a través de la convivencia y la realización de acciones comunes; y | Art. 2, letra j) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Propender a la obtención de los servicios, asesorías jurídicas, equipamiento y demás medios que se requieran para el mejor cumplimiento de sus fines. | Art. 3, Letra i) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Propiciar, elaborar o contratar, la confección de estudios, investigaciones o encuestas relacionadas con el fenómeno delictual y seguridad ciudadana; | Art. 3, Letra e) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |
Servir de nexo entre la comunidad y cualquier institución pública o privada, incluido los municipios miembros, en temas que digan relación con materias de seguridad; | Art. 2, letra b) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana | |
Su objeto será) La atención de servicios comunes. b) La ejecución de obras de desarrollo local. c) El fortalecimiento de los instrumentos de gestión. d) La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, a la seguridad pública, al turismo, a la salud o a otros fines que les sean propios. e) La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de alcaldes y concejales. f) La coordinación con instituciones nacionales o internacionales, a fin de perfecionar el régimen municipal. | Art. 137, inciso 2º, Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | |
Velar por la provisión del servicio de seguridad ciudadana de manera oportuna y eficaz, a través de medios físicos, humanos, tecnológicos y de cualquier otro tipo, contribuyendo y complementando las acciones que posean los asociados en sus territorios | Art. 3, Letra b) Estatutos de la Asociación de Municipios Metropolitanos para la Seguridad Ciudadana. | |