Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Permite apoyar el cumplir con el objetivo de incidir en el diseño, ejecución y evaluación de las politicas públicas comunales, sectoriales y en la propia gestión del municipio. | Juntas de vecinos, club deportivos, club adultos Mayores, centro de madres etc. | |
Asociaciones Ley Nº 20.500 | Son personas jurídicas sin fines de lucro y de Derecho privado, regidas por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil, que tienen por objeto representar y promover valores e intereses específicos | Residente en la comuna | |
Audiencias públicas | Es un medio a través del cual cualquier persona, organización e institución, puede solicitar audiencia con el Alcalde en materias que existen de interés. | Residente en la comuna mayor de edad | |
Encuestas o sondeos de opinión | Explorar las percepciones y proposiciones de la comunidad hacia la gestión municipal, como asímismo, sobre materias e interese comunales, con el objeto de definir la acción municipal correspondiente | Residente en la comuna | |
Financiamiento compartido | Es dirigido a las organizaciones que no persiguen fines de lucro y que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento compratido. Para este objeto deberán postular a subvenciones municipales | Personalidad jurídica vigente. - Proyectos específicos. - | |
Fondo de desarrollo vecinal | Este es un fondo de administración municipal, es decir, la selección de los proyectos financiables, así como la modalidad de control de su utilización le corresponde a la Municipalidad, sin perjuicio que los representantes de las juntas de vecinos puedan participar en la fase de selección | Personalidad jurídica vigente como junta de vecinos. - Proyectos específicos. - | |
Información pública local | El municipio determinará el medio que considere adecuado, para entregar la información documentada en asuntos públicos, en forma completa, oportuna y clara a quien lo solicite | Residente en el país | |
La participación y las organizaciones comunitarias | Son personas jurídicas sin fines de lucro y de Derecho privado, que tienen por objeto representar y promover valores e intereses específicos de la comunidad. | Para formar parte de ella se requiere tener la calidad de vecinos de la comuna; tener 14 (Junta de Vecinos)o 15 años de edad (Organizaciones Funcionales); no haber sido condenado a delito que merezca pena aflictiva y ser chileno o extranjero avecinado en Chile por 3 años; -Deben inscribirse en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro, que mantiene el Servicio de Registro Civil e Identificación, que además tiene la obligación de certificar la vigencia de sus directorios. | |
Oficina de partes, reclamos e información | La Oficina de Información, Reclamo y Sugerencias es un servicio de atención que permite a las personas vincularse con los diferentes reparticiones de la municipalidad, para facilitar el ejercicio de sus derechos garantizándose la oportunidad acceso, sin discriminación de ninguna especie | Residente en la comuna mayor de edad | |
Plebiscitos comunales | Se trata de una manifestación de la voluntad soberana de la ciudanía local, que expresa su opinión en relación con materias de interés comunal y competencia municipal, a iniciativa de la propia autoridad o a requerimiento de los propios ciudadanos. | Deben inscribirse en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro, que mantiene el Servicio de Registro Civil e Identificación, que además tiene la obligación de certificar la vigencia de sus directorios. | |