Audiencias Públicas | Son un medio por las cuales el Alcalde/sa y el Concejo Municipal conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal. | Ser ciudadano, Ser vecino/a de la comuna | |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, en adelante también el Consejo, es un órgano de participación ciudadana en la gestión municipal. La integración, organización, competencias y funcionamiento del Consejo se regirá por las normas contenidas en un Reglamento que se dictará para dichos efectos y en la Ley 18.695. | El consejo esta compuesto por consejeros, los cuales al momento de las elecciones deben cumplir con los siguientes requisitos: 1) Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones juveniles señaladas en la ley 19.418, sobre juntas de vecino/as y demás organizaciones comunitarias. 2) Tener un año de afiliación a la organización correspondiente, salvo que ella tenga una vigencia inferior. 3) Ser chileno o extranjero avecindado en el país 4. no haber sido condenado por delito que merezca pena aflicitiva (por crimen o simple delito. 5) Tener la calidad de representante de la organización a la que pertenece. | |
Consejo Comunal de Seguridad Pública | El Consejo Comunal de Seguridad Pública de la comuna de Chillán, cumple una labor consultiva, asesorativa y coordinativa, respecto de la prevención del delito. | El Consejo Comunal de Seguridad Pública se encuentra conformado por todas las instituciones relacionadas con la prevención del delito (Intendencia, Carabineros, PDI, Fiscalía, Gendarmería, Senda, Sename, dos representantes del Concejo Municipal y dos representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil). | Sin información |
Consejos de Desarrollo Local de Salud | Los Consejos de Desarrollo local o Comités Consultivos de salud, son “Organismos asesores a la dirección de hospitales y consultorios con representación de los usuarios, de la comunidad local y del personal de salud, en la perspectiva de ejercer un control social sobre la gestión de salud” | Estos consejos están formados por un 70% de usuarios/ comunidad y un 30% de funcionarios. Se puede participar siendo representante de una organización funcional / territorial del sector, colegio, jardín infantil u otro organismo público o privado que forme parte de la red social del territorio, donde está inserto el centro de salud. | Sin información |
Consejos Escolares | Los Consejos Escolares tienen la responsabilidad de generar en la escuela espacios de formación, participación, y propiciar el fortalecimiento del encuentro interestamental y las confianzas institucionales. | Órgano integrado a lo menos por el director del establecimiento que lo presidirá; por el sostenedor o un representante designado por él; un docente elegido por los profesores del establecimiento; un representante de los asistentes de la educación del establecimiento, elegido por sus pares mediante un procedimiento previamente establecido por éstos; el presidente del centro de padres y apoderados, y el presidente del centro de alumnos en el caso que el establecimiento imparta enseñanza media. | |
Consulta Ciudadana | Por medio de la consulta ciudadana, la comunidad local podrá emitir opiniones, sobre presupuesto participativo y formular propuestas de soluciones a problemas colectivos del lugar donde residen. | Ser ciudadano, Ser vecino/a de la comuna | |
De la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias | Recoger las inquietudes de la ciudadania, además ingresa los formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes. | Sin Requisitos. | |
Fondo Desarrollo Vecinal (FONDEVE) | Fondo Municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos especificos de desarrollo comunitario presentados por las Juntas de Vecinos a la Municipalidad (Ley. 19.418). | Juntas de Vecinos de la Comuna | |
Información Pública Local | El Derecho Constitucional de todo Ciudadano/a de informarse de las desiciones que adopte la autoridad comunal. | Sin Requisitos. | |
Participación y Organizaciones Comunitarias | La comunidad local puede formar organizaciones de interés público, de voluntariado y otras que las Leyes permitan. | Ser ciudadano, Ser vecino/a de la comuna | |
Plesbicitos Comunales | Aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadania local, mediante la cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal. | Ser ciudadano, Ser vecino/a de la comuna | |
Subvenciones Municipales y Financiamiento Compartido | Proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento municipal y/o compartido que no persigan fines de lucro. Para este efecto deberán postular a una Subvención Municipal, de acuerdo al Reglamento de Subvenciones Municipales. | Las Organizaciones que cuenten con Personalidad Jurídica Vigente | |