2018 | Junio | Decreto | 2049 | Fíjase, a contar del 1 de enero del año 2019, un valor de la patente municipal equivalente al dos y medio por mil del capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a una Unidad Tributaria Mensual ni superior a ocho mil Unidades Tributarias Mensuales, para la zona territorial definida en el punto siguiente. Respecto del resto de las zonas se mantiene inalterable la tasa del cinco por mil fijada por decreto alcaldicio N° 3.737, de fecha 21 de noviembre de 2016. | 30/06/2018 | | Sin modificación | No Aplica |
2016 | Febrero | Aviso | S/N | La Ilustre Municipalidad de Nancagua informa que según lo establecido en la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, a contar del 26 de febrero y hasta el 26 de marzo del presente año, se exhibirán los nuevos avalúos de los bienes raíces agrícolas y bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicados en las áreas urbanas. Dichos avalúos, determinados por el Servicio de Impuestos Internos, rigen a contar del 1 de enero de 2016. | 27/02/2016 | | Sin modificación | No Aplica |