La confección de informes a fin de dar cuenta de la distribución de los recursos que acceden al aporte único y extraordinario proveniente del Royalty a la Mineria, cumpliendo requisitos establecidos en Resolución Exenta N°3.811, y 3.812, conforme el literal d), del artículo 3°, de la Resolución Exenta N°3.812 “manteniendo disponible en los sitios electrónicos respectivos, los informes requeridos en el literal c. del presente artículo”. | "las Resoluciones Exentas N°3.811 y N°3.812, ambas de 12 de abril de 2024, del Ministerio del Interior y Se. Pública, establecen en el literal d) de sus respectivos artículos 3°, “mantener disponible en los sitios electrónicos respectivos, los informes requeridos en el literal c. del presente artículo.”." | |