2018 | | BECA | ACADEMIA DE CAPACITACIÓN REGIONAL Y MUNICIPAL - FONDO CONCURSABLE DE BECAS | 1.Ser funcionario de planta o contrata, contratado bajo la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad. Para determinar el requisito de antigüedad se considerará la cantidad de años que el funcionario se haya desempeñado en el municipio, en calidad jurídica de planta o contrata. 2.No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. 3.No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. 4.No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. 5.Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. | 1.893.033.864 | Pesos | 28/12/2017 | 25/01/2018 | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | Fortalecer el capital humano de los municipios del país, entregando herramientas y conocimientos a fines a las gestiones municipales. | Resolución Exenta | Aprueba bases correspondientes para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales 2018 | 17205 | 27/12/2017 | | 288 | No aplica | FONDO CONCURSABLE DE BECAS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES | |
2017 | | BECA | ACADEMIA DE CAPACITACIÓN REGIONAL Y MUNICIPAL - FONDO CONCURSABLE DE BECAS | 1.Ser funcionario de planta o contrata, contratado bajo la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad. Para determinar el requisito de antigüedad se considerará la cantidad de años que el funcionario se haya desempeñado en el municipio, en calidad jurídica de planta o contrata. 2.No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. 3.No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. 4.No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. 5.Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. | 2.040.725.130 | Pesos | 19/12/2016 | 13/01/2017 | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | Fortalecer el capital humano de los municipios del país, entregando herramientas y conocimientos a fines a las gestiones municipales. | Resolución Exenta | Aprueba bases de la cuarta convocatoria para postular al Fondo concursable de Formación de Funcionarios Municipales | 14979 | 16/12/2016 | | 143 | No aplica | FONDO CONCURSABLE DE BECAS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES | |
2016 | | BECA | ACADEMIA DE CAPACITACIÓN REGIONAL Y MUNICIPAL - FONDO CONCURSABLE DE BECAS | 1.Ser funcionario de planta o contrata, contratado bajo la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad. Para determinar el requisito de antigüedad se considerará la cantidad de años que el funcionario se haya desempeñado en el municipio, en calidad jurídica de planta o contrata. 2.No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. 3.No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. 4.No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. 5.Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. | 1.820.977.500 | Pesos | 15/01/2016 | 11/02/2016 | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | Fortalecer el capital humano de los municipios del país, entregando herramientas y conocimientos a fines a las gestiones municipales. | Resolución Exenta | Aprueba bases del tercer concurso y convocatoria para postular al Fondo concursable de Formación de Funcionarios Municipales | 41 | 11/01/2016 | | 266 | No aplica | FONDO CONCURSABLE DE BECAS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES | |
2015 | | BECA | ACADEMIA DE CAPACITACIÓN REGIONAL Y MUNICIPAL - FONDO CONCURSABLE DE BECAS | 1.Ser funcionario de planta o contrata, contratado bajo la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad. Para determinar el requisito de antigüedad se considerará la cantidad de años que el funcionario se haya desempeñado en el municipio, en calidad jurídica de planta o contrata. 2.No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. 3.No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. 4.No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. 5.Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. | 100.579.117 | Pesos | 04/07/2015 | 31/07/2015 | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | Fortalecer el capital humano de los municipios del país, entregando herramientas y conocimientos a fines a las gestiones municipales. | Resolución Exenta | Aprueba bases del segundo concurso y convocatoria para postular al Fondo concursable de Formación de Funcionarios Municipales | 8413 | 03/07/2015 | | 102 | No aplica | FONDO CONCURSABLE DE BECAS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES | |
2015 | | BECA | ACADEMIA DE CAPACITACIÓN REGIONAL Y MUNICIPAL - FONDO CONCURSABLE DE BECAS | 1.Ser funcionario de planta o contrata, contratado bajo la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad. Para determinar el requisito de antigüedad se considerará la cantidad de años que el funcionario se haya desempeñado en el municipio, en calidad jurídica de planta o contrata. 2.No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. 3.No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. 4.No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. 5.Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. | 100.579.117 | Pesos | 13/04/2015 | 27/05/2015 | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | De acuerdo a lo estipulado en las Bases de Convocatoria del año correspondiente | Fortalecer el capital humano de los municipios del país, entregando herramientas y conocimientos a fines a las gestiones municipales. | Resolución Exenta | Aprueba Bases y convocatoria al Fondo concursable de formación de Funcionarios Municipales | 5146 | 28/04/2015 | | 101 | No aplica | FONDO CONCURSABLE DE BECAS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES | |