| | Formación en el Puesto del Trabajo - Línea Adultos | Departamento de Capacitación a Personas / Unidad de Formación en Oficios | Para las empresas: Empras contribuyentes de Primera Categoría establecidas en el Decreto Ley N° 824, de 1974, sobre Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en el artículo 20 de dicho cuerpo legal; Empresas con un mínimo de un año de funcionamiento y que hayan realizado a lo menos, una declaración anual de impuestos; Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Entidaddes Receptoras de Fondo Públicos del SENCE (receptores.sence.cl), conforme lo establece la Ley N° 19.862 y su Reglamento, contenido en el D.S:.N° 375, de 2003, del Ministerio de Hacienda. QUedan excluidos para participar: Empreas suministradoras o colocadoras de personal , definidoas como tales, según su giro, ante el Servicio de Impuestos Internos; Contribuyentes del Impuesto de Segunda Categoría de la Ley de Renta; EMpresas que, al momento de su psotulación, resringen multas o deudas pendientes de pago por infracciones a las obligaciones laborales y/o previsionales, según lo reporte el webservice de la DIrección del Trabajo. Se exceptuarán de esta prohibición, aquellas empresas que presenten documentación emitida por la Dirección del Trabajo que dé cuenta de la repactación o pago de dicha multa o deuda con los organismo correspodnientes; Empresas que representen denuncias interpuestas por SENCE en contra de sus representantes, socios, administradores y/o gestores del OTEC, según coresponda, ante el Ministerio Público, que hayn asido acogidas a tramitación y que se encuentren vigentes; Empreas que, al momento de su postulación, tengan multas pendientes de pago, que hayan sido cursadas por el SENCE en el marco de cualquiera de sus Programas; Las empresas que sean OTEC no podrán participar como empleadores en el marco del Programa Formación en el Puesto de Trabajo; El SENCE se reserva el derecho de rechazar las postulaciones de empresas que se encuentren en proceso de fiscalización por parte del Servicio, por existir antecedentes fundados de comisión de irregularidades en el marco del Programa en el presente año o con ocasión de ejecuciones anteriores. Lo anterior, mientras concluya el proceso de fiscalización. Podrán acceder al programa, las empresas que presenten contratos de trabajo respecto de hombres y mujeres, que se encuentren cesantes que cumplan los siguientes requisitos:Tener entre 55 y 65 años de edad; Pertenecer al 60% de la población más vulnerable de acuerdo al instrumento de calificación socioeconómica vigente; No tener cotizaciones previsionales en los 12 meses continuos, anteriores a la firma del contrato de trabajo que será postulado por la empresa; Encontrarse inscritos en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE). | 103.620.000 | Pesos | 30/08/2018 | 31/12/2018 | Empresas contribuyentes de Primera Categoría establecidas en el Decreto Ley N°824, de 1974, sobre Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en el artículo 20 de dicho cuerpo legal; Empresas con un mínimo de un año de funcionamiento y que hayan realizado a lo menos, una declaración anual de impuestos. Al momento de la postulación, SENCE verificará el cumplimiento de estos requisitos, en caso de no acreditarse lo anterior, la postulación del trabajador será rechazada. | 5 días hábiles siguientes a la fecha de postulación. | Generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas, a través del desarrollo de iniciativas de capacitación y/o de entrega de beneficios a empleadores. | Resolución Exenta | Aprueba Instructivo Programa Formación en el Puesto de Trabajo 2018 y delega facultades que indica en los Directores Regionales, sus subrogantes, o en caso de ausencia o impedimiento de éstos, en los profesionales a contrata que ejerzan funciones directivas. | 3594 | 30/08/2018 | | No aplica | Formación en el Puesto del Trabajo - Línea Adultos | |