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Transparencia Activa
Año
Mes
Tipo Subsidio o Beneficio
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona
Requisitos y antecedentes para postular
Monto global asignado
Tipo unidad monetaria
Inicio período o plazo de postulación
Fin período o plazo de postulación
Criterio de evaluación y asignación
Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación.
Objetivo del Subsidio o Beneficio
Tipo
Denominación
Numero
Fecha
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Nombre del Programa
Enlace a mayor información
2019
Enero
Subsidio
División de Transporte Público Regional
Podrán solicitar un bono anual de hasta 3 Unidades Tributarias Mensuales los propietarios de los buses, minibuses, trolebuses y taxibuses que presten servicios urbanos o rurales, por cada vehículo inscrito al 1° de marzo de cada año en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros y que cuenten con permiso de circulación vigente, con excepción de los buses que presten servicios urbanos en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto. Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá que cumplen con el requisito de encontrarse inscritos al 1° de marzo de cada año en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros, aquellos vehículos que cuentan con una inscripción provisoria, otorgada de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del art. 3° del D.S N° 212, de 1982, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Asimismo, podrán solicitar el bono los arrendatarios con opción de compra de los mencionados vehículos que presenten un mandato, otorgado de acuerdo a las reglas generales, por medio del cual la entidad o persona propietaria del vehículo les haya facultado a percibir el bono establecido en la ley.
2.854.209
Miles de pesos
30/03/2019
31/12/2019
Cumplir con los requisitos y presentar la documentación solicitada.
Recibida la solicitud de bono y los antecedentes respectivos, la Tesorería General de la República tendrá un plazo de hasta diez días hábiles para verificar que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos que establece la Ley y el presente reglamento, luego de lo cual deberá proceder a efectuar el pago que corresponda.
El bono "Tarjeta Nacional del Estudiante (TNE)", de carácter anual, es de hasta tres unidades tributarias mensuales por cada bus, minibus, trolebus y taxibus que preste servicios urbanos o rurales, con inscripción vigente al 1 de marzo de cada año en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros, con excepción de los buses que presten servicios urbanos en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Ley
Modifica la Ley Nº 20.378 que crea un Subsidio Nacional al Transporte Público Remunerado de Pasajeros, incrementando los recursos del subsidio y creando el Fondo De Apoyo Regional (FAR)
20696
26/09/2013
No aplica
Bono TNE