2022 | Julio | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Deroga Decreto Alcaldicio N° 1652/2022, que aprueba cambio de actividad para la ilustre municipalidad de Diego de Almagro, y establece nuevo Calendario de Sanitización | 2095 | 29/07/2022 | 03/08/2022 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1.Deróguese el decreto n° 1652 de fecha 15 de junio de 2022, que Aprueba Cambio de Horario Laboral, debiendo retornar a la jornada normal de trabajo los dias viernes, a contar del viernes 29 de julio de 2022. 2. Déjese establecido que el nuevo horario para los trabajos de sanitización, para todos los edificios municipales de la comuna, incluidos los del Departamento de Salud Municipal, entre el viernes 29 de julio de 2022 y el viernes 12 de agosto de 2022, ambas fechas exclusive, es a contar de las 17: 00 hrs. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2022 | Julio | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Modifica decreto alcaldicio nª 1652, que aprueba cambio de actividad para la ilustre Municipalidad de Diego de Almagro. | 2016 | 21/07/2022 | 22/07/2022 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. Autorìcese la modificaciòn al decreto alcaldicio nª 1652 de fecha 15 de junio de 2022, dèjandose establecido que la hora de tèrmino para la jornada de la tarde del proximo dìa viernes 22 de julio de 2022 es la que corresponde a la de un periodo normal de trabajo.2. Reanùdese las operaciones de Sanitizaciòn para todos los edificios municipales de la comuna, inlcuidos los que pertenecen al Dpto. de Salud Municipal, a contar del pròximo viernes 29 de julio hasta el viernes 12 de agosto de 2022, ocasiòn que, por esta medida de protecciòn COVID-19, se continùa con el decreto de cambio de jornada, siendo la hora de tèrmino de funciones, en horario continuo, la hora 14:00. ANÒTESE,COMUNÌQUESE Y ARCHÌVESE. | |
2022 | Julio | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Aprueba procedimiento para introducir en protocolo covid 19 en fase de medio impacto | 1934 | 13/07/2022 | 14/07/2022 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1.Apruébense los siguientes procedimientos paea ser aplicado en todos los edificios municipales de la comuna de Diego de Almagro, incluidos los establecimientos dependientes del Dpto de Salud Municipal.1. Los establecimentos cerrados tendrán un aforo máximo de 1 persona por cada metro lineal de distenaci.1.2 Para reuniones de dependencias municipales, el aforo es de 1 persona cada 4 metros cuadrados de superficie.1.3 En el casino municipal, y en los demás lugares donde se consumen alimentos, las mesas deberán estar separadas entre sí por una distancia de dos metros lineales, medido desde los bordes de las mesas. 1.4 El casino municipal, en mesas compartidas, deberá instalar separadores para protección de cada uno de los comensales. 1.5En el caso de la realización de un evento o espectáculo en centros cerrados de la municipalidad con asientos fijos, el aforo total no podrá superar el 75% del aforo habitualdel recinto. El aforo habitual determinado por el total de asitnos fijos disponibles.1.6 En todos los edificios municipales, incluido casino municipal, se exigirá el pase de movilidad habilitado y el documento que acredite la identidad, y se tomará la temperatura de los usuarios del servicio, la que deberá quedar registrada junto a los demás antecedentes personales. 1.7 El casino municipal deberá remitir semanalmente el registro de clientes al Dpto de Salud municipal con copia a la direccion de Emergencia y Gestión de Riesgos; esto, es sin perjuicio, también, de que el mismo deberá estar disponible para cuando áquellos se lo soliciten. 1.8 El funcionario responsable de control de acceso a los edificios, en la situación de que el usuario se encontrase sin su pase de movilidad, le facilitará el correo electrónico y numeros de teléfono de la municipalidad para que pueda acceder al servicio por estos medios.2 Los directores municipales que, por la naturaleza de sus servicios atiendan público, deberán adoptar las medidas pra el cumplimiento de los dispuesto en el número 1.1 anterior 3. Para reuniones masivas, los directores responsables, deberán atenerse a los dispuestos en el presente decreto. 4. Reitérese el cumpliento del instructivo 001 de fecha 27 de mayo de 2022, de Alcaldía, acerca de que en el interior de ltodos los establecimientos municipales de la comuna el uso de mascarilla es OBLIGATORIO. 5. Instrúyase en la dirección de Emergencia y Gestión de Riesgos,al profesional HSEQ de la municipalidad de diego de almagro a don Alejandro Ramírez Castillo, para la fiscalización del presente decreto. | |
2022 | Enero | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza las medidas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la comuna de Diego de Almagro por pandemia de Covid-19 | 238 | 25/01/2022 | 25/01/2022 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, las medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para los funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y servicios traspasados, según el siguiente detalle: 2.- AUTORÍZASE a los funcionarios y prestadores de servicio de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, para acogerse a una jornada de trabajo flexible, la que tiene el carácter de facultativa para ellos, los que en el evento de no acogerse deberán continuar con su jornada habitual. 3.- ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, deberá informar respecto de la actualización a las medidas preventivas frente al Covid-19 a las Direcciones, Departamentos y Unidades Municipales y velar por el cumplimiento de este acto administrativo. 4.- NOTIFÍQUESE el presente acto administrativo, a todas las unidades municipales vía correo electrónico, para los fines a que haya lugar. 5.- REMÍTASE al Sr. secretario Municipal a efectos de que el presente decreto sea publicado en la página web del municipio en el contexto de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, ARCHÍVESE. | |
2021 | Octubre | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza Decreto Alcaldicio nº1685 de fecha 01 De septiembre 2021; en relacion a las medidas sanitarias adoptadas para la situacion actual por pandemia covid-19 y la actualización del Plan paso a paso del Ministerio De Salud. | 2043 | 04/10/2021 | 04/10/2021 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, la actualización de las condiciones de trabajo y horarios laborales de todos los funcionarios, funcionarias y prestadores de servicio de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, incluyendo al personal de los centros de salud, según lo siguiente: Del trabajo a distancia, De los Horarios laborales, Horario laboral para todo· el personal municipal en el paso "1" 2. RESPONSABILIZASE, al personal municipal que se acoja a la modalidad de trabajo a distancia, registrando en la última marcación el detalle de las actividades realizadas a través de la "Plataforma de Marcación Virtual". 3. DESÍGNESE, a la Secretaría Municipal y Administración Municipal la creación de la "Plataforma de Marcación Virtual" de la Municipalidad de Diego de Almagro. 4. ASÚMASE, la responsabilidad por parte de cada director la supervisión permanente de la conducta de sus subalternos que registran inicio y termino de jornada laboral y las tareas realizadas en la "Plataforma de Marcación Virtual". 5. RESPONSABILIZASE, a cada Directivo de notificar al Departamento de Recursos Humanos, mediante certificado, de la nómina de funcionarios y del personal que se adopte a las medidas preventivas de la municipalidad de Diego de Almagro. 6. DESÍGNESE, al Departamento de Recursos Humanos como unidad a cargo de la revisión del registro de asistencia en la "Plataforma de Marcación Virtual" 7. ADÓPTESE, la medida de suspensión y habilitación para actividades y atención de público en las siguientes dependencias Municipales, según la ETAPA delPlan Paso a Paso del Ministerio de Salud para la Comuna de Diego de Almagro: 8. PUBLIQUESE, la presente resolución, en la plataforma de Transparencia Municipal de la l. Municipalidad de Diego de Almagro, con acceso a través de la página web www.imda.cl por la Secretaría Municipal, atendido lo previsto en la Ley 20.285. 9. NOTIFÍQUESE a todas las unidades municipales vía correo electrónico. Cúmplase por la Oficina de Gestión Municipal dependiente de la Secretaría Municipal. | |
2021 | Septiembre | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza y refunda decreto alcaldicio n°1548 de fecha 19 de agosto 2021; en relación a las medidas sanitarias adoptadas para la situación actual por pandemia COVID-19 | 1685 | 01/09/2021 | 01/09/2021 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, la actualización y modificación de las condiciones de trabajo y horarios laborales de todos los funcionarios, funcionarias y prestadores de servicio de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, incluyendo al personal de los centros de salud, según lo siguiente. 2. RESPONSABILIZASE, al personal municipal que se acoja a la modalidad de trabajo a distancia, registrando en la última marcación el detalle de las actividades realizadas a través de la “Plataforma de Marcación Virtual”. 3. DESÍGNESE, a la Secretaría Municipal y Administración Municipal la creación de la “Plataforma de Marcación Virtual” de la Municipalidad de Diego de Almagro. 4. ASÚMASE, la responsabilidad por parte de cada director la supervisión permanente de la conducta de sus subalternos que registran inicio y termino de jornada laboral y las tareas realizadas en la “Plataforma de Marcación Virtual”. 5. RESPONSABILIZASE, a cada Directivo de notificar al Departamento de Recursos Humanos, mediante certificado, de la nómina de funcionarios y del personal que se adopte a las medidas preventivas de la Municipalidad de Diego de Almagro. 6. DESÍGNESE, al Departamento de Recursos Humanos como unidad a cargo de la revisión del registro de asistencia en la “Plataforma de Marcación Virtual”. 7. ADÓPTESE, la medida de suspensión y habilitación para actividades y atención de público en las siguientes dependencias Municipales, según la ETAPA del Plan Paso a Paso del Ministerio de Salud para la Comuna de Diego de Almagro: 8. PUBLIQUESE, la presente resolución, en la plataforma de Transparencia Municipal de la l. Municipalidad de Diego de Almagro, con acceso a través de la página web www.imda.cl por la Secretaría Municipal, atendido lo previsto en la Ley 20.285. 9. NOTIFÍQUESE a todas las unidades municipales vía correo electrónico. Cúmplase por la Oficina de Gestión Municipal dependiente de la Secretaría Municipal. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2021 | Enero | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Deja sin efecto Decreto Alcaldicio N°2.731 de fecha 17 de noviembre de 2020 y Decreto Alcaldicio N°95 de fecha 14 de enero de 2021; y actualiza las medidas preventivas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la comuna de Diego de Almagro por pandemia de COVID-19 | 118 | 20/01/2021 | 20/01/2021 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. DÉJESE SIN EFECTO, Decreto Alcaldicio N°2.731 de fecha 17 de noviembre de 2020 que actualiza las medidas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la comuna de Diego de Almagro por pandemia DE COVID-19 y Decreto Alcaldicio N°95 de fecha 14 de enero de 2021 que actualiza las medidas preventivas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la comuna de Diego de Almagro por pandemia de COVID-19. 2. APRUÉBESE, la actualización de las medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para dependencias y funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y la Dirección de Salud, exceptuando los centros de salud. 3. ESTABLÉZCASE, el siguiente sistema de trabajo diferenciados para la Municipalidad de Diego de Almagro en virtud de cada etapa del plan PASO A PASO del Ministerio de Salud: 4.ADÓPTESE, la medida de suspensión para actividades y atención de público en las siguientes dependencias Municipales, según la fase del Plan Paso a Paso del Ministerio de Salud para la Comuna de Diego de Almagro: 5. DIRECCIONES MUNICIPALES, cada director será responsable de revisar, conocer, promover, difundir y fiscalizar entre sus equipos de trabajo todas las medidas necesarias a fin de resguardar la salud de los equipos de trabajo e informar de manera eficiente y oportuna cuando ocurra alguna situación que pueda poner en riesgo la salud de los funcionarios y funcionarias. 6. RESPONSABILIZASE, a cada Directivo de notificar al Departamento de Recursos Humanos, mediante certificado, de la nómina de funcionarios y del personal que se adopte a las medidas preventivas de la Municipalidad de Diego de Almagro. 7. DESÍGNESE, al Departamento de Recursos Humanos como unidad a cargo de llevar el registro y archivo de los certificados emitidos por cada Dirección ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2021 | Enero | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza las medidas preventivas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la comuna de Diego de Almagro por pandemia de COVID-19 | 95 | 14/01/2021 | 14/01/2021 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, la actualización de las medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para dependencias y funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y la Dirección de Salud, exceptuando los centros de salud. 2. ESTABLÉZCASE, el siguiente sistema de trabajo diferenciados para la Municipalidad de Diego de Almagro en virtud de cada etapa del plan PASO A PASO: 3. ADÓPTESE, según la fase del Plan Paso a Paso del Ministerio de Salud para la Comuna de Diego de Almagro, la medida de suspensión para actividades y atención de público en las siguientes dependencias Municipales: 4. RESPONSABILIZASE, a cada Directivo de notificar al Departamento de Recursos Humanos, mediante certificado, de la nómina de funcionarios y del personal que se adopte a las medidas preventivas de la Municipalidad de Diego de Almagro. 5. DESÍGNESE, al Departamento de Recursos Humanos como unidad a cargo de llevar el registro y archivo de los certificados emitidos por cada Dirección ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2020 | Noviembre | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza las medidas sobre funcionamiento administrativo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con ocasión de la emergencia sanitaria en la Comuna de Diego de Almagro por pandemia de COVID-19 | 2731 | 17/11/2020 | 17/11/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, las medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para los funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y servicios traspasados, a partir del 19 de noviembre de 2020 ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2020 | Octubre | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza y refunda decreto de emergencia N°1059 de fecha16/03/20, atendido el brote de Coronavirus (COVID-19) | 2581 | 28/10/2020 | 28/10/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, Actualiza y Refunda las medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para los funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y servicios traspasados. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2020 | Julio | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Aprueba modificaciones al protocolo de actuación COVID-19 de la Municipalidad de Diego de Almagro | 1915 | 27/07/2020 | 27/07/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, las modificaciones incorporadas al Protocolo de Actuación Covid-19 de la Municipalidad de Diego de Almagro, a partir de las razones fundadas en los Considerando N°l, N°2 y Nº3. 2. PUBLÍQUESE, el protocolo en la página web de la Municipalidad (www.imda.cl), en partes visibles del edificio consistorial y demás recintos municipales. 3. NOTIFÍQUESE Al PERSONAL DIRECTIVO Y JEFATURAS, mediante correo electrónico, para su conocimiento y cumplimiento obligatorio. 4. DIFÚNDASE A TODOS Y TODAS LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS MUNICIPALES, a través de sus directivos y jefes de departamento, para su fiel cumplimiento. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2020 | Mayo | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Aprueba protocolo de actuación COVID-19 de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro | 1502 | 27/05/2020 | 27/05/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUÉBESE, en todas sus partes, el texto del PROTOCOLO DE ACTUACIÓN COVID-19 DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE DIEGO DE ALMAGRO, 2. PUBLÍQUESE, el protocolo en la página web de la Municipalidad (www.imda.cl), en partes visibles del edificio consistorial y demás recintos municipales. 3. NOTIFÍQUESE A TODAS LOS DIRECTIVOS Y JEFATURAS, mediante correo electrónico, para su conocimiento. 4. DIFÚNDASE A TODOS Y TODAS LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS MUNICIPALES, a través de los directivos y jefes de departamento de cada unidad, para su correcto y completo cumplimiento. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2020 | Abril | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Modifica Decreto n°1059 de fecha 16/03/20, atendido el brote de coronavirus (covid-19) en la región | 1218 | 07/04/2020 | 07/04/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. Apruébese modificación Nº2 de Medidas Preventivas indicadas en el Decreto Nº 1059 que establece Decreto de Emergencia, atendido, el brote de corona virus (COVID-19) 2. Las medidas preventivas a modificar son las siguientes: ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE | |
2020 | Marzo | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Actualiza decreto de emergencia n°1059 de fecha16/03/20, atendido el brote de coronavirus (covid-19) | 1115 | 24/03/2020 | 24/03/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUEBASE modificación Nº1 de Medidas Preventivas indicadas en el Decreto Nº 1059 que establece Decreto de Emergencia, atendido, el brote de corona virus (COVID-19). ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE | |
2020 | Marzo | Decisiones | Decreto Alcaldicio | Establece decreto de emergencia, atendido el brote de coronavirus (COVID-19) | 1059 | 16/03/2020 | 16/03/2020 | Sitio web del organismo | No | No Aplica | 1. APRUEBASE medidas preventivas atendiendo a la Pandemia Coronavirus, para los funcionarios y prestadores de servicios de la Municipalidad de Diego de Almagro y servicios traspasados. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE | |
2022 | Junio | Ordenanza | Decreto Alcaldicio | Aprueba cambio de horario laboral, por brote COVID-19, al interior de la Municipalidad de Diego de Almagro. | 1652 | 15/06/2022 | 15/06/2022 | Sitio web del organismo | Sí | No Aplica | Apruébese, cambio de horario laboralde todos los funcionarios y prestadores de servicio de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, por sanitización de los Establecimientos municipales, de acuerdo a la siguiente programación: JUNIO: jueves 16 a las 14:30 hrs Diego de Almagro, Edificio consistorial y Juzgado de Policía Local. El Salvador, CES Y Delegación Municipal. viernes 17 a las 09:30 hrs Inca de Oro, Delegación Municipal, Piscina, Estadio techado y consultorio. a las 14:30 hrs Diego de Almagro, Estación cultural Pueblo Hundido, OPD,Biblioteca Pública, Ex Centro Cultural, Jardín de Abuelitos, Bodega Municipal, Casas Tuteladas y Direccion de Operaciones. viernes 24 a las 14:00 hrs todas las localidades de la comuna, todos los establecimientos municipales.JULIO todos los VIERNES con las siguientes fechas 01,08,15,22,29 todas las localidades, todos los establecimientos municipales AGOSTO todos los VIERNES con las siguientes fechas 05,12 todas las localidades, todos los establecimientos municipales. | |
2022 | Junio | Ordenanza | Decreto Alcaldicio | Aplica procedimiento para prevenir nuevos casos por brote de Covid-19 en la Municipalidad de Diego de Almagro | 1634 | 13/06/2022 | 13/06/2022 | Sitio web del organismo | Sí | No Aplica | 1. Establézcase la obligatoriedad de permanecer en sus hogares durante los siete días siguientes, a contar de la fecha del presente decreto, los funcionarios de esta municipalidad que se encuentren a en la condición de presentar una o más enfermedad pre existencial, también crónica, y que ponga aún más en riesgo su salud con el brote de COVID-19 detectado por la SEREMI de Salud en esta Municipalidad. 2. El directivo o jefe, según sea el caso, de los funcionarios que se encuentren en la situación señalada en el número anterior, contra presentación de los antecedentes médicos que en rigor acrediten la condición de una o más enfermedad crónica, adoptarán los resguardos administrativos e informarán por correo electrónico al Sr. administrador Municipal y al Dpto. de Recursos Humanos, con copia a los correos electrónicos del Sr. alcalde y de la dirección de Emergencias y Gestión de Riesgos, la nómina de funcionarios de su dirección o unidad que deberán permanecer en sus respectivos hogares hasta el próximo lunes 20 de junio de 2022. 3. El mismo procedimiento adoptará el directivo o jefe, según sea el caso, para resguardo y protección de la salud de los funcionarios de la tercera edad. 4. El directivo o jefe, en tanto, y sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el artículo 61 de la ley 18.883, de nuestro Estatuto Administrativo, instruirá trabajo remoto a los funcionarios en las situaciones antes señaladas; asimismo, velará por la continuidad del servicio. 5. Instrúyase al departamento de Salud Municipal para que realice un proceso de testeo o de búsqueda activa de casos (BAC), toma de muestras de PCR de carácter obligatorio para todos los funcionarios municipales y prestadores de servicios. 6. Las direcciones municipales remitirán al Dpto. de Salud Municipal el listado o nómina completa de sus funcionarios, cualquiera sea su vínculo laboral, para el objeto de lo señalado en el punto anterior. 7. Cada dirección municipal, con el objeto de garantizar el principio de la continuidad del servicio, deberá adoptar las medidas que sean necesarias para el resguardo de la salud de sus funcionarios debiendo para ello hacer las adecuaciones que sean necesarias a sus procedimientos, entre estos los con preeminencia a las atenciones de público que sólo tengan carácter de urgencia. 8. La municipalidad, entre las medidas de emergencia, atendido este brote de COVID -19, continuará sus servicios de recolección de residuos domiciliarios y de entrega de agua a la población en los barrios de emergencia. 9. Suspéndanse, por brote de COVID -19, todas las actividades y reuniones en todas las dependencias municipales por un tiempo de 14 días seguidos a contar de la presente fecha de este decreto. 10. Suspéndanse todas las actividades públicas, fuera de las dependencias municipales, que hayan sido organizadas por esta municipalidad, por sus direcciones y/o sus funcionarios, también por un periodo de 14 días seguidos a contar de la presente fecha de este decreto. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |
2022 | Junio | Ordenanza | Decreto Alcaldicio | Aprueba procedimiento para introducir en protocolo de actuación Covid-19 | 1581 | 07/06/2022 | 07/06/2022 | Sitio web del organismo | Sí | No Aplica | 1. APRUÉBENSE los siguientes procedimientos para los funcionarios de la municipalidad en alerta o de haber contraido el COVID-19:1.1 Alerta de covid. 1.2 Aislamiento. 1.3 Funcionario con PCR negativo. 1.4 Funcionario con PCR positivo. 1.5 Rol del Directivo de la dirección o Jefatura. 1.6 El test o examén. 2. Dispongáse de movilización municipal para el traslado de los funcionarios con alerta COVID-19 a El Salvador, ida y regreso, para la realización de su test de PCR 3. Dejése establecido que los funcionario que infringieren lo dispuesto en los numerales 1.1,1.2 y 1.3 del presente decreto, esto es que no dieren cumplimiento a la medida de aislamiento obligatorio y de realizar trabajos remotos que, con ocasión de haber informado alerta covid -19, le ordenare su directivo o jefatura, seran sancionados de conformidad con las normas de la Ley n°18,883, nuestro estatuto administrativo.4. Apliquese tambien el articulo 210 y 318 bis del codigo penal, sin perjuicio de la realización del sumario administrativo correspondiente y ordenado por la autoridad, para serguir penalmente aquellos funcionario "El que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falsos testimonio en materia que no sea contenciosa sufrira las penas de precidio menor en sus grados minimo a medio y multa de 6 a 10 UTM" y "El que, en tiempo de pandemia epidemia o contagio, genere, a sabiendas,riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria, sera sancionado con la pena de precidio menor en su grado medio a máximo, y multa de 25 a 250 UTM",respectivamnete. 5.Incorporense las presentes medidas y realicense las adecuaciones correspondiente al protocolo de seguridad sanitaria laboral COVID -19, el testo aprobado mediante a decreto alcaldicio n° 1349 de fecha 26 de julio de 2021, y modificado por decreto alcaldicio n° 275 de fecha 27 de enero del 2022. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. | |