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POSTULACIÓN AL FONDEVE: El Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) es una modalidad de inversión pública administrado por la municipalidad, que tiene como finalidad apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario, con el fin de facilitar el acceso a oportunidades de desarrollo, brindándoles la posibilidad de acceder a recursos para concretar iniciativas que aporten al desarrollo integral de la Comuna. El objeto es que sean ellas mismas quienes estipulen, prioricen y determinen en qué se invertirán estos fondos, considerando a la comunidad como la principal beneficiada y haciéndolas partícipe del proceso de Desarrollo Local Territorial.
Según se establece en el Reglamento del FONDEVE de la comuna se establece que: 9.1.- La postulación de los proyectos será a través del Formulario Tipo FONDEVE acompañando el Certificado de Personalidad Jurídica vigente de la organización postulante. Este Formulario puede ser descargado de la página web municipal www.muniflorida.cl , o bien, retirado desde las Oficinas de la SECPLAN. 9.2.- La presentación de los proyectos; deberá efectuarse en original con letra imprenta legible o computadora (digital). El Formulario FONDEVE debidamente llenado, será recepcionado en la oficina de partes en los plazos que se establecerán en las bases para cada año los que se deberán cumplir estrictamente. 9.3.- Al momento de entregar los antecedentes, el formulario deberá presentar como mínimo los siguientes documentos que a continuación se detallan y según corresponda: a) Certificado de Personalidad Jurídica Vigente. b) Carta Compromiso con Aporte de la organización según corresponda: b.1.- Aporte de materiales: Estos deben ser descritos, incorporando su valor estimativo real. b.2.- Recursos Humanos: Estos deben ser descritos, incorporando su valor estimativo real. c) Cotizaciones correspondientes a la ejecución del proyecto. d) Inscripción en el registro de entidades receptoras de fondos públicos.(certificado) e) En el caso de proyectos de mejoramiento de infraestructura, se debe acreditar propiedad del terreno donde se emplaza la construcción a intervenir, la cual puede ser municipal, de la misma organización o entregada en usufructo o comodato a esta. Para efectos de acreditar dominio, usufructo o comodato, se requiere la presentación de la inscripción de propiedad del certificado de dominio vigente con vigencia no superior a 90 días anteriores a la fecha de entrega del proyecto. f) Fotocopia del RUT de la Junta de Vecinos. g) Fotocopia Libreta de ahorro a nombre de la Junta de Vecinos. h) Se debe presentar acta de asamblea en la que se aprobó por mayoría absoluta la postulación al proyecto. i) Adjuntar tres cotizaciones de casa comercial y/o empresas, en el caso que el proyecto contemple la adquisición de bienes materiales j) Certificado de Registro civil (A contar del año 2012). Las juntas de vecinos que no cumplan con las fechas y requisitos señalados anteriormente, serán anuladas del proceso de postulación. 9.4.- Se podrá presentar sólo un proyecto por junta de vecinos, que no tenga rendición pendiente con el municipio. 9.5.- No se aceptará ninguna iniciativa que no cumpla con los documentos solicitados, quedando automáticamente fuera de la postulación. 9.6.- Aquellos proyectos rechazados podrán optar nuevamente, con las modificaciones necesarias al programa FONDEVE, del año siguiente. 9.7.- Los proyectos presentados que no fueron seleccionados, permanecerán en la espera y podrán participar, actualizados en la postulación siguiente en iguales condiciones que los nuevos proyectos que se presenten. 9.8 Las juntas de vecinos que se adjudiquen proyectos con fondo FONDEVE no podrán solicitar subvención durante el periodo anual concursable, salvo casos excepcionales evaluados previamente por el Sr. ALCALDE.
No tiene
Las solicitudes deben ser acogidas por el Alcaide. Debe contar con Acuerdo del Concejo Municipal. Los fondos deben ser sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
Gratuito
Secretaría de Planificación, Arturo Prat 675 2° piso