Constitución de organización comunitaria territorial Junta de Vecinos Ley 19.418. | Para constituir una organización territorial (Junta de Vecinos) se debe contar con un mínimo de 100 socios, quienes deben cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayor de 14 años de edad. Tener domicilio permanente en el territorio bajo juridisdición de la organización. | No tiene | Designación Comisión Electoral. Solicitud de Ministro de Fe. Realización Asamblea Constitutiva. | Gratuito | Oficina de Partes Municipalidad de Maía Pinto. Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas. | |
Constitución de una organización comunitaria funcional (Club de adulto mayor, club deportivo, centro de madres, agrupación cultural, centro de padres y apoderados, club social, comités de adelanto, otras) Ley N°19.418. | Para constituir una organización funcional (club deportivo, centro de madre, club de adulto mayor, agrupación cultural, centro de padres, agrupación juvenil, etc.) se debe contar con un mínimo de 15 socios, quienes deben cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayor de 15 años. Tener domicilio en la comuna de Maria Pinto . | No tiene | Designación Comisión Electoral. Solicitud de Ministro de Fe. Realización Asamblea Constitutiva | Gratuito | Oficina de Partes Municipalidad de María Pinto. Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas. | |
Emisión de Certificados de Vigencia de Directorios de Organizaciones Comunitarias | Secretaría Municipal certifica la vigencia de Directorios de acuerdo a sus registros. | No tiene | En oficina de completar solicitud | Gratuito | Oficina de Partes Municipalidad de María Pinto. Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas. | |